Decreto de Alcaldía N.° 11 09.06.2022
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"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres" "Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional" “Año del Bicenternario del Congreso de la República del Perú” Programa de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora en el Cercado de Lima 2022
INDICE
I.
INTRODUCCIÓN
II.
MARCO LEGAL
III. ANTECEDENTES
IV. JUSTIFICACIÓN
V.
ALCANCE
VI. OBJETIVOS
VII. INTERRELACIÓN CON INSTRUMENTOS DE GESTIÓN AMBIENTAL
VIII. SITUACIÓN ACTUAL DE RUIDO Y PUNTOS DE MONITOREO
IX. PROGRAMA DE VIGILANCIA Y MONITOREO DE RUIDO
X.
INFORMES TÉCNICOS
XI. RECURSOS
XII. PROCEDIMIENTOS A UTILIZAR
XIII. SENSIBILIZACIÓN Y CAPACITACIÓN EN MATERIA DE CONTAMINACIÓN SONORA 18 XIV. ANEXOS
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"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres" "Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional" “Año del Bicenternario del Congreso de la República del Perú” Programa de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora en el Cercado de Lima 2022
I.
INTRODUCCIÓN La concentración de actividades y población viene acompañada de generación de ruidos, los cuales dependiendo de los niveles de presión sonora puede afectar en el ambiente exterior o en el interior de las edificaciones y generar riesgos a la salud y al bienestar humano. Es así que con el Decreto Supremo N° 085-2003-PCM “Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido”, se estableció los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental (ECA) para ruido y los lineamientos para no excederlos, con el objetivo de proteger la salud, mejorar la calidad de vida de la población y promover el desarrollo sostenible. Asimismo, en la Ordenanza N° 2419 “Ordenanza Metropolitana para la prevención y control de la contaminación sonora” se establecen los niveles de presión sonora de una fuente generadora que, en ningún caso, podrán ser excedidos por el desarrollo de las actividades domésticas, comerciales y de servicios. En el Cercado de Lima, la contaminación sonora proviene de fuentes móviles (parque automotor) y fuentes fijas (establecimientos comerciales) tales como bares, restaurantes, discotecas, imprentas, casinos, puestos de venta de CDs, iglesias evangélicas, tiendas y/o galerías, talleres, actividades de la construcción, afectaciones en edificios, entre otros.
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A fin de cumplir con las funciones establecidas en el artículo 80 de la Ley N° 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, la Municipalidad Metropolitana de Lima cuenta en su estructura orgánica con la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental que constituye el órgano de línea encargado de ejecutar las funciones ambientales que corresponden a la Municipalidad Metropolitana de Lima. Para el cumplimiento de sus objetivos y funciones cuenta con la Subgerencia de Gestión Ambiental que es la unidad orgánica responsable de la evaluación y supervisión ambiental. La Municipalidad Metropolitana de Lima a través de la Subgerencia de Gestión Ambiental realiza la supervisión y control de las actividades urbanas (fuentes fijas y móviles) en materia de contaminación sonora en el Cercado de Lima, en horario diurno y nocturno; a fin de atender las quejas, denuncias, diligencias fiscales convocadas por el Ministerio Público, así como las supervisiones programadas en el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental (PLANEFA). El presente Programa de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora en el Cercado de Lima para el año 2022 ha sido elaborado con la finalidad de contribuir al desarrollo efectivo de las acciones de vigilancia y monitoreo de la contaminación sonora en el ámbito local, orientadas a verificar el cumplimiento de los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) para ruido establecidas en el Decreto Supremo N° 085-2003-PCM “Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido” y la Ordenanza N° 2419, Ordenanza Metropolitana para la Prevención y Control de la Contaminación Sonora.
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II.
MARCO LEGAL 2.1 Constitución Política del Perú 2.2 Ley N° 27972 y sus modificatorias, Ley Orgánica de Municipalidades 2.3 Ley N° 28611 y sus modificatorias, Ley General del Ambiente 2.4 Ley N° 28245 y sus modificatorias, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental 2.5 Ley N° 26842 y sus modificatorias, Ley General de Salud 2.6 Decreto Supremo N° 085-2003-PCM, que aprueba el Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido. 2.7 Decreto Supremo N° 023-2021-MINAM, que aprueba la Política Nacional del Ambiente al 2030 2.8 Decreto Supremo N° 164-2021-PCM, Decreto Supremo que aprueba la Política General de Gobierno para el periodo 2021-2026 2.9 Ordenanza N° 1628, que aprueba la Política Metropolitana del Ambiente 2.10 Ordenanza N° 1659, que aprueba el Plan Regional de Desarrollo Concertado de Lima Metropolitana 2012-2025. 2.11 Ordenanza N° 2200-MML, Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro de infracciones y sanciones administrativas de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 2.12 Ordenanza N° 2208-MML, Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 2.13 Ordenanza N° 2271-MML, Aprueba el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima 2020 – 2022. 2.14 Ordenanza N° 2419-2021, Ordenanza Metropolitana para la Prevención y Control de la Contaminación Sonora. 2.15 Ordenanza N° 2420, Ordenanza que aprueba el Plan de Acción para la Prevención y Control de la Contaminación Sonora de la Provincia de Lima (2021-2025). 2.16 Decreto de Alcaldía N° 003-2020, Reglamento de Denuncias Ambientales presentadas ante la Municipalidad Metropolitana de Lima. 2.17 Decreto de Alcaldía N° 032-2021, Reglamento de Supervisión Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 2.18 Resolución de Alcaldía N° 091, Aprueba el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA 2022 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 2.19 Resolución de Alcaldía N° 117, Aprueba el Plan Estratégico Institucional 2020-2024 ampliado de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 2.20 Resolución de Alcaldía N° 425, Aprueba el Plan Operativo Institucional 2022 de la Municipalidad Metropolitana de Lima.
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III.
ANTECEDENTES Mediante el Decreto Supremo N° 085-2003-PCM, se aprueba el Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para ruido, cuya finalidad fue establecer los estándares nacionales de calidad ambiental para ruido y los lineamientos para no Página 4 de 20
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excederlos, con el objetivo de proteger la salud, mejorar la calidad de vida de la población y promover el desarrollo sostenible. Asimismo, en los artículos 14° y 20° se describe que la vigilancia y el monitoreo de la contaminación sonora es una actividad a cargo de las municipalidades provinciales y distritales, sobre la base de lineamientos que establezca el Ministerio de Salud, que a su vez a través de la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) realizará la evaluación de los programas de vigilancia de la contaminación sonora presentando de ser necesario apoyo a los municipios. Mediante el Decreto de Alcaldía N° 006 de fecha 25 de mayo del 2016 se aprobó el Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora en el Cercado de Lima correspondiente al año 2016. Mediante el Decreto de Alcaldía N° 001 de fecha 14 de febrero del 2017 se aprobó el Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora en el Cercado de Lima correspondiente al año 2017. Mediante el Decreto de Alcaldía N° 004 de fecha 28 de marzo del 2018 se aprobó el Programa de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora en el Cercado de Lima correspondiente al año 2018. Mediante el Decreto de Alcaldía N° 005 de fecha 03 de abril del 2019 se aprobó el Programa de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora en el Cercado de Lima correspondiente al año 2019.
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IV.
JUSTIFICACIÓN La elaboración del Programa de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora en el Cercado de Lima se justifica en lo dispuesto en el artículo 10° (según orden articulado sería 14) del Decreto Supremo N° 085-2003-PCM “Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido”, el cual señala que la vigilancia y monitoreo de la contaminación sonora en el ámbito local es una actividad a cargo de las municipalidades provinciales y distritales de acuerdo a sus competencias. Asimismo, el presente programa se justifica en lo descrito por el artículo 15 de la Ordenanza N° 2419-2021 “Ordenanza para la Prevención y Control de la Contaminación Sonora”, el cual menciona que la vigilancia y el monitoreo de la contaminación sonora en el ámbito local está a cargo de las municipalidades provinciales y distritales de acuerdo con su competencia e involucra actividades como supervisiones opinadas e inopinadas, operativos, entre otras.
Firmado digitalmente por AVILA ASCARRUZ Elvira FAU 20131380951 hard Motivo: Doy V° B° Fecha: 20.05.2022 18:34:19 -05:00
V.
ALCANCE El Programa de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora se hará efectivo en la jurisdicción del distrito del Cercado de Lima, con una vigencia anual desde su aprobación.
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VI.
OBJETIVOS 6.1
Objetivo General Establecer acciones para la vigilancia y monitoreo de la contaminación sonora en el ámbito del Cercado de Lima, orientadas a verificar el cumplimiento de los Estándares de Calidad Ambiental para Ruido vigentes; con el fin de mejorar la calidad de vida de la población del Cercado de Lima.
6.2
Objetivos Específicos ● ● ●
VII.
Realizar la supervisión y control de los niveles de presión sonora generados por las actividades de abastecimiento y comercialización de productos, de servicios y domésticas, de competencia municipal; en horario diurno y nocturno. Determinar los niveles de presión sonora generados por el parque automotor que circula en la red vial de Cercado de Lima. Identificar las zonas críticas de contaminación sonora en el Cercado de Lima, en horario diurno y/o nocturno.
INTERRELACIÓN CON INSTRUMENTOS DE GESTIÓN AMBIENTAL 7.1 Política Nacional del Ambiente al 2030
Firmado digitalmente por SEVILLA SEVILLA Susana Solange FAU 20131380951 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 20.05.2022 14:39:43 -05:00
De acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 023-2021-MINAM que aprueba la Política Nacional del Ambiente al 2030, siendo uno de los objetivos prioritarios el: “Reducir la contaminación del aire, agua y suelo” según se detalla a continuación: Cuadro N° 01: Objetivos prioritarios y lineamientos de la Política Nacional del Ambiente al 2030
Firmado digitalmente por AVILA ASCARRUZ Elvira FAU 20131380951 hard Motivo: Doy V° B° Fecha: 20.05.2022 18:34:39 -05:00
Fuente: Decreto Supremo N° 023-2021-MINAM que aprueba la Política Nacional del Ambiente al 2030
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7.2
Plan de Acción para la Prevención y Control de la Contaminación Sonora de la Provincia de Lima. Mediante la Ordenanza N° 2420-2021, se aprobó el Plan de Acción para la Prevención y Control de la Contaminación Sonora de la Provincia de Lima. El referido plan, tiene un horizonte de 5 años (2021 – 2025) cuyo cumplimiento corresponde a la Municipalidad Metropolitana de Lima, las municipalidades distritales y las instituciones públicas que integran el Grupo Técnico Metropolitano de Gestión de la Calidad de Aire El referido plan, tiene por objetivo:
Establecer políticas, estrategias y medidas necesarias para no exceder los Estándares de Calidad Ambiental de Ruido; con el fin de mejorar la calidad de vida de la población en la Provincia de Lima.
“El Plan de Acción para la Prevención y Control de la Contaminación Sonora de la Provincia de Lima se encuentra disponible en el portal del Sistema Metropolitano de Información Ambiental mediante el siguiente enlace: https://smia.munlima.gob.pe/normas/detalle/1224” 7.3 Firmado digitalmente por SEVILLA SEVILLA Susana Solange FAU 20131380951 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 20.05.2022 14:40:00 -05:00
Firmado digitalmente por AVILA ASCARRUZ Elvira FAU 20131380951 hard Motivo: Doy V° B° Fecha: 20.05.2022 18:35:17 -05:00
Plan de Trabajo del año 2022 del Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental (EDUCCA – Lima) 2020 – 2022. Mediante Resolución de Gerencia N° D000027-2022-MML-GMM se aprobó el Plan de Trabajo del año 2022 del Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima 2020-2022, “Programa EDUCCA – Lima” El referido programa forma parte de los compromisos asumidos por la Municipalidad de Lima, en el marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, para la mitigación de los impactos de cambio climático y la promoción de valores ambientales en la ciudadanía de la Provincia de Lima. El Órgano de línea a cargo de dicho programa es la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, y su objetivo general es: “Promover el desarrollo de la educación, cultura y formación de una ciudadanía ambientalmente responsable y participativa en el distrito de Cercado de Lima y en la Provincia de Lima, bajo el liderazgo horizontal de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en articulación con otras instituciones y organismos locales de Lima Metropolitana. “El Plan de trabajo del año 2022 del Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental (EDUCCA-Lima) 2020-2022 se encuentra disponible en el portal del Sistema Metropolitano de Información Ambiental mediante el siguiente enlace: https://smia.munlima.gob.pe/normas/detalle/1244” Página 7 de 20
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VIII.
SITUACIÓN ACTUAL DE RUIDO Y PUNTOS DE MONITOREO 8.1 Descripción del Cercado de Lima El Distrito del Cercado de Lima, es el primer distrito en crearse de los 43 distritos que conforman la Provincia de Lima. Su ubicación geográficamente está entre la latitud Sur 12º 05’ 06” y 12º 01’ 50”, la longitud Oeste 77º 05’ 30” y 77º 00’ 00”. La superficie del Distrito abarca un área de 22.00 Km2 según el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI)1. Sus Límites son: ● Por el Norte : Con los Distritos de San Martín de Porres, Rímac y San Juan de Lurigancho. ● Por el Este : Con el Distrito de El Agustino. ● Por el Sur : Con los Distritos de La Victoria, Lince, Jesús María, Breña, Pueblo Libre y San Miguel. ● Por el Oeste : Con la Provincia Constitucional del Callao (Distritos de: Bellavista, Callao y Carmen de la Legua Reynoso).
Firmado digitalmente por SEVILLA SEVILLA Susana Solange FAU 20131380951 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 20.05.2022 14:40:12 -05:00
Firmado digitalmente por AVILA ASCARRUZ Elvira FAU 20131380951 hard Motivo: Doy V° B° Fecha: 20.05.2022 18:36:34 -05:00
El Distrito posee en sus Zonas Vecinales, Agrupaciones de Viviendas diferenciadas entre sí; tales como “Barrios Altos”, la residencial “Santa Beatriz”, el muy visitado “Centro Histórico”, la “Zona Industrial de Lima” y las Urbanizaciones “Elio”, “Panda, III Etapa”, “Los Cipreses”, entre otras. Asimismo, la población censada en el Cercado de Lima durante el año 2017 fue de 268,352 (INEI, 2018)1. De acuerdo a la “Ordenanza N° 1630 - Sobre definición y delimitación de las zonas del Cercado de Lima”, el Cercado de Lima está dividido en 06 Zonas Vecinales (Ver Anexo N° 01), según detalle a continuación: Cuadro N° 02: Descripción de las Zonas Vecinales del Cercado de Lima Delimitado por avenidas y/o jirones Río Rímac (margen izquierda), Av. Abancay, Nicolás de Piérola, Jr. de la Unión, Av. Zona Vecinal 01 Uruguay, Av. Alfonso Ugarte. Av. Abancay, Av. Miguel Grau, Av. Paseo de la República, Jr. Manuel Segura, Av. Zona Vecinal 02 Arenales, Av. República de Chile, Av. 28 de Julio, Av. Brasil, Av. Alfonso Ugarte, Av. Uruguay, Jr. de la Unión, Av. Nicolás de Piérola. Av. Tingo María, Av. Venezuela, Límite con Callao (distrito de Bellavista), Av. Colonial. Zona Vecinal 03
Zonas Vecinales
Zona Vecinal 04 Zona Vecinal 05 Zona Vecinal 06
Río Rímac, Jr. Plácido Jiménez, Av. El Ángel, Jr. Ancash, Jr. José de Rivera y Dávalos, Jr. Conchucos, Jr. Junín, Jr. Miguel Grau, Av. Paseo de la República, Av. 28 de Julio, Jr. Huánuco, Av. Abancay. Av. Tingo María, Av. Mariano Cornejo, Av. Universitaria Sur, Av. República de Venezuela. Río Rímac (margen izquierda), Av. Alfonso Ugarte, Jr. Zorritos, Av. Tingo María, Av. Colonial, Límite con Callao (Carmen de la Legua), Jr. Túpac Amaru.
Fuente: Ordenanza N° 1630 Aprobación sobre definición y delimitación de las zonas del Cercado de Lima 1 Instituto Nacional de Estadística e Informática. (2018). “Perú: Crecimiento y distribución de la población total, 2017”.
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8.2 Identificación de zonas críticas de contaminación sonora En el año 2017, la Subgerencia de Gestión Ambiental a través de la División de Calidad de Aire y Evaluaciones Ambientales, realizó el Inventario de fuentes fijas de ruido para el Cercado de Lima, para lo cual consideró las seis (06) Zonas Vecinales del Cercado de Lima, establecidas en la “Ordenanza N° 1630 – Sobre definición y delimitación de las zonas del Cercado de Lima”. En el Inventario realizado en el Cercado de Lima, se identificaron 526 fuentes fijas de ruido, de los cuales las zonas críticas de contaminación sonora en el Cercado de Lima se encuentran en la Zona Vecinal 01 (233 fuentes fijas de ruido) y la Zona Vecinal 04 (186 fuentes fijas de ruido) representando en total el 80% de los locales inventariados. 8.3 Criterios de determinación de puntos de monitoreo de ruido Las actividades de supervisión y control de las fuentes fijas y móviles de ruido, son definidos en función a los siguientes criterios:
Firmado digitalmente por SEVILLA SEVILLA Susana Solange FAU 20131380951 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 20.05.2022 14:40:27 -05:00
a. Posible riesgo de afectación de la población y de los componentes ambientales por las actividades desarrolladas en el Cercado de Lima. b. Quejas y/o denuncias recibidas, respecto de las actividades desarrolladas en el Cercado de Lima, y/o a las vías donde se estarían generando ruido debido al uso indebido de claxon, u otras fuentes móviles. c. Diligencias fiscales convocadas por el Ministerio Público - Fiscalía Especializada en Materia Ambiental y la Policía Ecológica. 8.4 Supervisiones de Fuentes Fijas de Ruido
Firmado digitalmente por AVILA ASCARRUZ Elvira FAU 20131380951 hard Motivo: Doy V° B° Fecha: 20.05.2022 18:36:53 -05:00
En el año 2020, la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima, atendió 657 denuncias ambientales, de los cuales, el 20% (132 denuncias) corresponden a temas de ruido, según se detalla a continuación: Cuadro N° 03: Tipo de afectación de las denuncias ambientales RESUMEN TIPO DE AFECTACIÓN CANTIDAD
RESIDUOS SÓLIDOS TALA, PODA SEVERA O AFECTACIÓN A LAS
ÁREAS VERDES PÚBLICAS
RUIDO
EMISIONES GASEOSAS Y RUIDO EMISIONES GASEOSAS Y MATERIAL
PARTICULADO
AIRE ACONDICIONADO
OLORES
AFECTACION DE FLORA Y FAUNA
AFECTACIÓN DE CUERPOS DE AGUA
Otros
TOTAL
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Gráfico N° 01: Tipo de afectación de las denuncias ambientales - 2020 AIRE ACONDICIONADO 0.2% EMISIONES GASEOSAS Y MATERIAL PARTICULADO 5.9% EMISIONES GASEOSAS Y RUIDO 2.1%
OLORES 1.8%
Otros 0.6%
AFECTACION DE FLORA Y FAUNA 1.4%
RUIDO 20.1%
AFECTACION DE CUERPOS DE AGUA 0.9%
RESIDUOS SÓLIDOS 53.7%
TALA, PODA SEVERA O AFECTACIÓN A LAS ÁREAS VERDES PÚBLICAS 13.2%
Firmado digitalmente por SEVILLA SEVILLA Susana Solange FAU 20131380951 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 20.05.2022 14:40:42 -05:00
Asimismo, durante el año 2021 se ha registrado en la Plataforma de Denuncias Ambientales de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, 915 denuncias ambientales, de los cuales, 267 corresponden a temas de ruido, según se detalla a continuación: Cuadro N° 04: Tipo de afectación de las denuncias ambientales
Firmado digitalmente por AVILA ASCARRUZ Elvira FAU 20131380951 hard Motivo: Doy V° B° Fecha: 20.05.2022 18:37:18 -05:00
Tipo de afectación Afectación a cuerpos de agua Afectación a la fauna y flora en lomas costeras y humedales Contaminación lumínica Emisión de olores Emisiones de gases vehiculares Emisiones gaseosas y material particulado Residuos Sólidos Ruido Ruido de fuentes móviles Tala, poda severa o afectación a las áreas verdes públicas Otros TOTAL
Cantidad
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Gráfico N° 02: Tipo de afectación de las denuncias ambientales - 2021
Afectación a cuerpos de agua; 0%
Afectación a la fauna y flora en lomas costeras y humedales; 1%
Contaminación lumínica; 1%
Otros; 10%
Emisión de olores; 4% Emisiones de gases vehiculares; 1%
Tala, poda severa o afectación a las áreas verdes públicas; 14%
Emisiones gaseosas y material particulado; 8% Ruido de fuentes móviles 4%
Residuos Sólidos; 32%
Ruido; 25%
Firmado digitalmente por SEVILLA SEVILLA Susana Solange FAU 20131380951 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 20.05.2022 14:40:58 -05:00
El incremento de las denuncias ambientales durante el año 2021, se debería al reinicio de las actividades económicas en comparación con el año 2020. 8.5 Mapa Temático de Ruido El personal técnico de la Subgerencia de Gestión Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima realizó durante los meses de julio, agosto y setiembre del año 2019, mediciones del nivel de presión sonora en 33 puntos del Cercado de Lima, lo cual, permitió obtener un Mapa Temático de Ruido (Ver Anexo N° 02).
Firmado digitalmente por AVILA ASCARRUZ Elvira FAU 20131380951 hard Motivo: Doy V° B° Fecha: 20.05.2022 18:38:03 -05:00
El estudio determinó que las principales fuentes de contaminación sonora provienen del parque automotor, el comercio ambulatorio motorizado y los colectivos informales.
IX.
PROGRAMA DE VIGILANCIA Y MONITOREO DE RUIDO 9.1 Plan Operativo Institucional 2022 y Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA 2022 De acuerdo a lo establecido en el Plan Operativo Institucional y en el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental para el año 2022 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, corresponde a la División de Calidad de Aire y Evaluaciones Ambientales de la Subgerencia de Gestión Ambiental realizar las siguientes tareas: Página 11 de 20
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Cuadro N° 05: Actividades establecidas en el POI y PLANEFA 2022 Actividades POI Tarea 4 POITarea 13 PLANEF A
Supervisión y control de actividades urbanas en materia de contaminación sonora y lumínica -Cercado de Lima y Provincia de Lima Campaña de control de niveles de presión sonora en vía pública (Operativos – Programa “Alto Al Bocinazo”) Campaña de control de niveles de presión sonora en vía pública (Operativos – Programa “Alto Al Bocinazo”)
Unidad de Medida
Meta Anual
Meta Mensual
Informe
Evento
Informe
Aprox. 2
El PLANEFA de la MML para el año 2022, fue aprobado por Resolución de Alcaldía N° 091 de fecha 15.03.2021. En los Formatos N° 01 y N° 03, hacen referencia a la Programación de Supervisiones y Programación de Evaluaciones Ambientales respectivamente, donde se detallan las actividades en materia de la contaminación sonora a realizar por parte de la División de Calidad de Aire y Evaluaciones Ambientales. “El PLANEFA 2022 de la Municipalidad Metropolitana de Lima 2022 se encuentra disponible en el portal del Sistema Metropolitano de Información Ambiental mediante el siguiente enlace: https://smia.munlima.gob.pe/normas/detalle/524”
X.
INFORMES TÉCNICOS 10.1 Informes Técnicos
Firmado digitalmente por SEVILLA SEVILLA Susana Solange FAU 20131380951 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 20.05.2022 14:41:20 -05:00
Firmado digitalmente por AVILA ASCARRUZ Elvira FAU 20131380951 hard Motivo: Doy V° B° Fecha: 20.05.2022 18:38:47 -05:00
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 20° del Reglamento de Supervisión Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima aprobado por Decreto de Alcaldía N° 032-2021, el informe de supervisión ambiental tendrá como mínimo el siguiente contenido: a) b) c) d) e) f) g)
Antecedentes. Base Legal Información general de la supervisión ambiental Objetivos de la supervisión ambiental Análisis de la supervisión ambiental Conclusiones y recomendaciones Anexos
10.2 Informe Fundamentado De acuerdo a lo dispuesto en Decreto Supremo N° 007-2017-MINAM “Aprueban Reglamento del numeral 149.1 del artículo 149° de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente”, la autoridad administrativa ambiental deberá elaborar el informe fundamentado, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 4°.- Contenido del Informe Fundamentado; por lo cual la MML cuando participa en diligencias fiscales y/o policiales emite el informe fundamentado, considerando como mínimo el siguiente contenido: Página 12 de 20
"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres" "Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional" “Año del Bicenternario del Congreso de la República del Perú” Programa de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora en el Cercado de Lima 2022
Antecedentes. Base Legal Competencias de la Autoridad Administrativa Ambiental. Obligaciones Ambientales de los Administrados. Información sobre las acciones de fiscalización ambiental. Descripción de las Actividades. Ubicación del Área. Acciones relacionadas con la inspección. Equipos y Metodología de la Medición de Ruido. Resultados de la Medición de Ruido. Análisis e Interpretación de Resultados. Análisis de Competencias. Conclusiones. Recomendaciones. Anexo N° 01: Registro Fotográfico. Anexo N° 02: Certificado de Calibración del Sonómetro. Anexo N° 03: Acta de Diligencia.
XI.
RECURSOS 11.1 Recursos Humanos
Firmado digitalmente por SEVILLA SEVILLA Susana Solange FAU 20131380951 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 20.05.2022 14:41:36 -05:00
Firmado digitalmente por AVILA ASCARRUZ Elvira FAU 20131380951 hard Motivo: Doy V° B° Fecha: 20.05.2022 18:39:09 -05:00
La Municipalidad Metropolitana de Lima es el ente rector del Sistema Metropolitano de Gestión Ambiental en la provincia de Lima, correspondiéndole realizar, en el marco del referido sistema, las acciones de supervisión y fiscalización a través de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, de acuerdo a lo establecido en el artículo 5° de la Ordenanza para la Prevención y Control de la Contaminación Sonora. Asimismo, en el artículo 6° de la referida Ordenanza, establece como funciones específicas exclusiva de la Municipalidad Metropolitana de Lima, lo siguiente: a) Regular y controlar la emisión de ruido originado por las actividades comerciales, de servicios y de actividades domésticas cuando estas generen una afectación al ambiente. b) Regular y controlar las emisiones de ruido generadas por el parque automotor, en coordinación con las instituciones involucradas como la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao, la Policía Nacional del Perú, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. (…) d) Vigilar y monitorear el grado de contaminación sonora en el Cercado de Lima, enfocándose en su prevención y control. (…) La Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental está conformada por la Subgerencia de Estrategia Ambiental y Cambio Climático, la Subgerencia de Servicios a la Ciudad y la Subgerencia de Gestión Ambiental, en esta última se encuentra la División de Calidad de Aire y Evaluaciones Ambientales, cuyo equipo técnico es el encargado de realizar funciones de supervisión y control de fuentes fijas y móviles de ruido de competencia municipal. Página 13 de 20
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Cuadro 06: Equipo de fuentes fijas de ruido – DCAEA N°
Cargo
Jefe de la División de Calidad del Aire y Evaluaciones Ambientales Analista en Calidad de Aire Analista en Fuentes de Área Analista en Calidad Ambiental Técnico en Calidad de Aire Asistente en Calidad Ambiental
Cuadro 07: Equipo de fuentes móviles – DCAEA N°
Cargo
Asistente Ambiental de Fuentes Móviles Técnico en Materia Ambiental Asistente de Contaminación Sonora
Cuadro 08: Apoyo en campo y administrativo – DCAEA N°
Cargo
03 apoyos en campo 01 apoyo en campo y gabinete
11.2 Equipos de Medición Firmado digitalmente por SEVILLA SEVILLA Susana Solange FAU 20131380951 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 20.05.2022 14:41:53 -05:00
Firmado digitalmente por AVILA ASCARRUZ Elvira FAU 20131380951 hard Motivo: Doy V° B° Fecha: 20.05.2022 18:39:28 -05:00
La Subgerencia de Gestión Ambiental cuenta con 03 sonómetros integradores Instruments; Clase 1, según la norma IEC 61672-3:2006, debidamente calibrados de acuerdo a los requerimientos señalados en el Decreto Supremo Nº 085-2003-PCM, según detalle a continuación: Cuadro N° 09: Equipos de Medición (Sonómetro) Datos Equipo 1 Equipo 2 Marca CIRRUS CIRRUS Modelo CR:171B CR:171B Número de Serie G302392 G302355 Cuadro N° 10: Programa de Calibración de Sonómetros N° de Serie del Certificado de Sonómetro Calibración G302392 () LAC-044-2021 G302355 () LAC-046-2021 G302394 () LAC-045-2021 () Anexo N° 03
Equipo 3 CIRRUS CR:171B G302394
Fecha de Calibración 07.04.2021 07.04.2021 07.04.2021
Adicionalmente se cuenta con los siguientes accesorios:
- 03 Pantallas cortaviento, micrófono y otros.
- 03 Calibradores.
- 03 Trípodes.
- Pilas recargables.
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Equipos auxiliares:
- 01 GPS.
- 01 Cámara fotográfica.
- 01 camioneta (asignada según programación) Equipos Informáticos.
- Equipos de cómputo.
- La Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental cuenta con un Software Noisetools (Sonómetro: Cirrus Research plc)
- Impresora multifuncional.
XII.
PROCEDIMIENTOS A UTILIZAR 12.1
Firmado digitalmente por SEVILLA SEVILLA Susana Solange FAU 20131380951 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 20.05.2022 14:42:12 -05:00
Firmado digitalmente por AVILA ASCARRUZ Elvira FAU 20131380951 hard Motivo: Doy V° B° Fecha: 20.05.2022 18:39:49 -05:00
Procedimiento de medición de ruido ambiental generado por fuentes fijas y móviles de ruido. ● Ordenanza N° 2419, Ordenanza para la Prevención y Control de la Contaminación Sonora En el Anexo N° 3 de la referida Ordenanza, se detalla el procedimiento para la medición de ruido: en interiores, en exteriores y según el ruido generado por el tránsito automotor. Considerando previamente la calibración del equipo, la verificación o ajuste en campo, así como la instalación del sonómetro. Para la medición de ruido ambiental se debe tener en consideración el siguiente procedimiento y lo establecido en el Protocolo Nacional de Medición de Ruido Ambiental vigente.
- Se debe usar para la medición de ruido ambiental con fines de comparación con el ECA Ruido, sonómetros clase 1 o 2 (especificado en la IEC 61672).
- La selección de los puntos tiene que seguir las recomendaciones de la NTP/ISO 1996-2 vigente.
- La incertidumbre de los niveles de presión sonora, el intervalo de tiempo de medida y la repetitividad debe ser determinada conforme a la ISO/IEC Guía 98-3 (GUM), NTP 854.001, NTP/ISO 1996 que se encuentre vigente y las normas que le sean aplicable. De acuerdo a la actividad se tienen procedimientos específicos, entre ellos se tienen: a) Mediciones en interiores − La medición se realiza en LA,eqT con sonómetro integrador clase 1 o 2. − Al iniciarse la medición se debe abandonar la sala y verificar que no haya personas dentro de la misma. Si es por cuestiones sociales o de responsabilidad las personas no pueden dejar su lugar, solicitarles que no emitan ruidos. Página 15 de 20
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− La ventana de la habitación tiene que estar abierta para reducir la incidencia de los modos normales de la misma que afectan la medición. − La selección de los puntos tiene que seguir las recomendaciones de la NTP/ISO 1996-2 vigente o la que haga sus veces. b) Mediciones en exteriores − La medición se realiza en LA,eqT con sonómetro integrador clase 1 o 2. − Al iniciarse la medición el supervisor ambiental debe alejarse del equipo de medida (sonómetro) para evitar apantallar el mismo. − La selección de los puntos tiene que seguir las recomendaciones de la NTP/ISO 1996-2 vigente o la que haga sus veces. − Asentar en el reporte los tipos de sonidos presentes en el lugar de la inmisión. c) Mediciones de ruido generado por el tránsito automotor − La medición se realiza en LA,eqT, con sonómetro integrador clase 1 o 2. − El tiempo a medir debe ser tal que capture el ruido producido por el paso vehicular de los distintos tipos de vehículos que transitan y a una velocidad promedio para el tipo de vía. − Se debe contar el número de vehículos que pasan en el intervalo de medición, distinguiendo los tipos (por ejemplo: pesados y livianos). − Se debe identificar el tipo o características de la vía donde se desplazan los vehículos. Firmado digitalmente por SEVILLA SEVILLA Susana Solange FAU 20131380951 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 20.05.2022 14:42:31 -05:00
Firmado digitalmente por AVILA ASCARRUZ Elvira FAU 20131380951 hard Motivo: Doy V° B° Fecha: 20.05.2022 18:40:44 -05:00
Otras normativas referidas a la medición del ruido se detallan a continuación: ● Norma Técnica Peruana – NTP – ISO 1996-1-2007 (Revisada el 2017). Acústica. Descripción, medición y evaluación del ruido ambiental. Parte 1: Índices básicos y procedimiento de evaluación. ● Norma Técnica Peruana – NTP – ISO 1996-2. Acústica. Descripción, medición y evaluación del ruido ambiental. Parte 2: Determinación de los niveles de ruido ambiental. ● Norma Técnica Peruana – NTP – ISO 7196. Acústica. Características de ponderación en frecuencia para mediciones de infrasonidos. ● Norma Técnica Peruana – NTP – ISO 80000-8-2010. Cantidades y unidades. Parte 8: Acústica. ● Norma Técnica Peruana – NTP- ISO 9612-2010. Acústica. Determinación de la exposición al ruido laboral. Método de Ingeniería. ● Norma Técnica Peruana – NTP – ISO 140-4-2013. Acústica. Medición del aislamiento acústico en edificios y de elementos de construcción. Parte 4: Medición “in situ” del aislamiento al ruido aéreo entre locales. ● Norma Técnica Peruana – NTP – ISO 3382-1-2014 (Revisada el 2019). Acústica. Medición de parámetros acústicos en locales. Parte 1: Salas de espectáculos. ● Norma Técnica Peruana – NTP – ISO 3382-2-2015. Acústica. Medición de parámetros acústicos en ambientes cerrados. Parte 2: Tiempo de reverberación en ambientes cerrados ordinarios. ● Norma Técnica Peruana – NTP – ISO 3382-3-2015. Acústica. Medición de parámetros acústicos en ambientes cerrados. Parte 3: Oficinas diáfanas. Página 16 de 20
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● Norma Técnica Peruana – NTP 854.001-1 – 2012 (Revisada el 2017). Acústica. Métodos para el registro del nivel de la presión sonora. Parte 1: Medición y valoración de un ruido presuntamente molesto proveniente de fuentes fijas. ● Norma Técnica Peruana – NTP 854.001-2 – 2012 (Revisada el 2017). Acústica. Método para el registro del nivel de la presión sonora. Parte 2: Medición del ruido ambiental para estudios de impacto ambiental acústico. ● Norma Técnica Peruana – NTP 854.001-3 – 2012 (Revisada el 2017). Acústica. Métodos para el registro del nivel de la presión sonora. Parte 3: Mapas de simulación de la propagación sonora. Requisitos mínimos. ● Norma Técnica Peruana – NTP – ISO 1683-2017. Acústica. Valores de referencia recomendados para los niveles sonoros y vibratorios. ● Norma Técnica Peruana – NTP – ISO/TR 25417-2009 (Revisada el 2019). Acústica. Definiciones de los índices básicos y términos. ● Norma Técnica Peruana – NTP-ISO 717-1-2014 (Revisada el 2019). Acústica. Evaluación del aislamiento acústico en los edificios y de los elementos de construcción. Parte 1: Aislamiento a ruido aéreo. 12.2
Procedimiento para la atención y supervisión de denuncias ambientales en temas de ruido. ● Decreto de Alcaldía N° 003-2020, Reglamento de Denuncias Ambientales presentadas ante la Municipalidad Metropolitana de Lima.
Firmado digitalmente por SEVILLA SEVILLA Susana Solange FAU 20131380951 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 20.05.2022 14:42:52 -05:00
Firmado digitalmente por AVILA ASCARRUZ Elvira FAU 20131380951 hard Motivo: Doy V° B° Fecha: 20.05.2022 18:41:03 -05:00
El referido reglamento tiene por objeto regular el procedimiento para la atención de las denuncias ambientales presentadas ante la Municipalidad Metropolitana de Lima. Se precisa además que las denuncias ambientales serán atendidas a través de la unidad orgánica de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental que corresponde, de acuerdo a su competencia. No obstante, las denuncias fuera del ámbito de jurisdicción de la MML, serán remitidas a la EFA competente. Se comunicará al denunciante en un plazo máximo de 11 días hábiles, las acciones realizadas en atención a su denuncia. "El referido reglamento de atención de denuncias ambientales se encuentra disponible en el portal del Sistema Metropolitano de Información Ambiental mediante el siguiente enlace: https://smia.munlima.gob.pe/normas/detalle/116” ● Decreto de Alcaldía N° 32-2021, Aprueba el Reglamento de Supervisión Ambiental de la Municipalidad Metropolitana de Lima. El referido reglamento tiene por objeto establecer las disposiciones y criterios técnicos para regular y uniformizar el ejercicio de la función de supervisión en el marco del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental y Página 17 de 20
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de la normativa vigente sobre la materia con que le atribuyen dicha función a la MML. La supervisión ambiental comprende tres (03) etapas: Planificación de la supervisión ambiental, Ejecución de la supervisión ambiental y Resultados de la supervisión ambiental. "El Reglamento de Supervisión Ambiental se encuentra disponible en el portal del Sistema Metropolitano de Información Ambiental mediante el siguiente enlace: https://smia.munlima.gob.pe/normas/detalle/998”
XIII.
SENSIBILIZACIÓN Y CAPACITACIÓN CONTAMINACIÓN SONORA
EN
MATERIA
DE
13.1 Campaña “Alto Al Bocinazo” Esta campaña tiene como objetivo general reducir la contaminación sonora generada por el uso inadecuado de la bocina en el sistema de transporte en Lima Metropolitana por lo cual busca: Firmado digitalmente por SEVILLA SEVILLA Susana Solange FAU 20131380951 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 20.05.2022 14:43:13 -05:00
Firmado digitalmente por AVILA ASCARRUZ Elvira FAU 20131380951 hard Motivo: Doy V° B° Fecha: 20.05.2022 18:46:36 -05:00
● Promover el uso responsable de las bocinas y la reducción del uso de las bocinas de aire comprimido por parte de las empresas de transporte que circulan en Lima Metropolitana. ● Sensibilizar a la ciudadanía sobre la importancia de prevenir la contaminación sonora por su impacto en la salud y en el ambiente, se utilizan papeletas educativas. (Ver Anexo N° 04) Área de influencia: • Vías que presentan altos niveles de ruido y población con alta sensibilidad acústica. • Zonas de protección especial como hospitales. Público Objetivo: • Conductores del parque automotor de Lima Metropolitana • Peatones de Lima Metropolitana Actores clave: Dentro de la Municipalidad Metropolitana de Lima, esta campaña es liderada por la Subgerencia de Gestión Ambiental con el soporte de:
- Gerencia de Movilidad Urbana
- Gerencia de Participación Vecinal Adicionalmente, participan las Municipalidades distritales y la Policía Nacional del Perú a través de su Dirección de Transporte y Seguridad Vial.
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"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres" "Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional" “Año del Bicenternario del Congreso de la República del Perú” Programa de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora en el Cercado de Lima 2022
Foto 01: Campaña Alto Al Bocinazo realizado en la cuadra 07 del Jr. Camaná, Cercado de Lima.
Durante el año 2021, se realizaron 86 operativos “Alto al Bocinazo” en el Cercado de Lima, así como varios distritos de Lima Metropolitana.
Firmado digitalmente por SEVILLA SEVILLA Susana Solange FAU 20131380951 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 20.05.2022 14:43:31 -05:00
Para el año 2022 se ha programado realizar 12 campañas de sensibilización “Alto Al Bocinazo” en diversos puntos del Cercado de Lima. Asimismo, se apunta a realizar 35 campañas a nivel metropolitano y 30 sensibilizaciones en paralelo por el Día Internacional de Concienciación Sobre el Ruido. (Ver Anexo N° 05) 13.2 Coordinación con Empresas de Transporte Público
Firmado digitalmente por AVILA ASCARRUZ Elvira FAU 20131380951 hard Motivo: Doy V° B° Fecha: 20.05.2022 18:46:58 -05:00
La MML viene trabajando directamente con las empresas de transporte público desde el 2019, logrando capacitar presencialmente a los trabajadores de dichas empresas. Para el 202
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