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017-30-10-2019 Mayoral Decree Lima Metropolitana In force

Decreto de Alcaldía N.° 017 30.10.2019

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MODIFICAN E INCORPORAN DISPOSICIONES AL DECRETO DE ALCALDÍA N° 011, REGULAN LA CIRCULACIÓN Y LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE DE CARGA Y/O MERCANCÍAS EN LA PROVINCIA DE LIMA METROPOLITANA

DECRETO DE ALCALDIA N° 0 17

Lima, 30 de octubre de 2019 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú establece en su Artículo 194 que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La Municipalidad Metropolitana de Lima, de acuerdo con el Artículo 198 de la Constitución, ejerce sus competencias dentro del ámbito de la provincia de Lima;

Que, en el marco de las competencias establecidas en los artículos 81, 151 y 161 de la Ley N* 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad Metropolitana de Lima a través de la Ordenanza N° 1682, publicada el 14 de abril de 2013, reguló la circulación y la prestación del Servicio de Transporte de Carga y/o Mercancías en la provincia de Lima Metropolitana, con la finalidad de preservar el orden y la seguridad en la vía pública, coadyuvando a mejorar el tránsito de peatones y vehículos;

Que, en cumplimiento a lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la mencionada ordenanza, mediante Decreto de Alcaldía N* 011, publicado el 09 de setiembre de 2019, se regula la circulación de vehículos de transporte de carga y/o mercancías en la provincia de Lima Metropolitana en las vías que conforman el Sistema Vial Metropolitano aprobado por Ordenanza N° 341 y modificatorias, a fin de contribuir con el ordenamiento del tránsito vehicular, la reducción de los índices de congestión, las emisiones contaminantes y los accidentes de tránsito, optimizando el uso racionalizado de la infraestructura vial, de conformidad con los postulados de la Ley N° 27181 — Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre;

Que, a través del Oficio N° 636-2019-MTC/18, de fecha 18 de octubre de 2019, la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, precisa que el artículo 145 del Reglamento Nacional de Tránsito, aprobado mediante Decreto Supremo N° 016-2009-MTC, permite que el carril izquierdo sea de uso preferencial para vehículos de carga y/o mercancías en vías de tres o más carriles, siempre que existan dispositivos reguladores específicos que determinen dicha utilización de acuerdo al Manual de Dispositivos de Control de Tránsito Automotor para Calles y Carreteras;

Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima ha sostenido reuniones con representantes de la Sociedad Nacional de Industrias, sus gremios asociados y transportistas de carga, en relación a la implementación de un carril preferente al lado izquierdo de la vía Panamericana Sur, la fijación de condiciones sobre los otros carriles de la mencionada

ía; la ampliación de la Red Vial de Carga, así como la aplicación progresiva del Decreto

Que, mediante Resolución de Gerencia N° 277-2019-MML/GTU, publicada el 26 de octubre de 2019, se implementó la utilización preferencial del carril izquierdo adyacente

al separador central en la Panamericana Sur (tramo Av. Mateo Pumacahua hasta la Av. El Derby) para vehículos de carga y/o mercancías, en el horario de 6:00 a 21:00 horas de lunes a sábado, en ambos sentidos, como Plan Piloto del 28 de octubre hasta el 02 de noviembre de 2019;

Que, de acuerdo a lo establecido en la Novena Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ordenanza N° 1682, y lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza N° 812 y modificatorias, la Gerencia de Transporte Urbano a través del Memorando N° 1300-2019-MML/GTU, de fecha 30 de octubre de 2019, hace suyo el Informe N° 93-2019-MML/GTU-SETT, de la Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte, el Informe N° 565-2019-MML/GTU-SIT, de la Subgerencia de Ingeniería del Tránsito y el Informe N° 691-2019-MML/GTU-AL, de fechas 30 de octubre de 2019, los cuales recomiendan modificar e incorporar disposiciones al Decreto de Alcaldía N° 011, publicado el 09 de setiembre de 2019;

Con la opinión favorable de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, según Informe N° 885-2019-MML-GAJ, de fecha 30 de octubre de 2019;

De conformidad con el numeral 6 del Artículo 20 y el Artículo 42 de la Ley N° 27972 - Ley Organica de Municipalidades, la Ordenanza N° 812 - que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima; y la Ordenanza N° 1682 - que regula la prestación del Servicio de Transporte de Carga y/o Mercancías en la provincia de Lima Metropolitana;

DECRETA:

Artículo Único.- Modificación de los Artículos 2, 3, 4, la Segunda y Tercera Disposiciones Complementarias Transitorias e incorporación del Artículo 7 y la Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto de Alcaldía N° 011 - “Regulan la circulación de vehículos de transporte de carga y/o mercancías en Lima Metropolitana.

Modificase los Artículos 2, 3, 4, la Segunda y Tercera Disposiciones Complementarias Transitorias del Decreto de Alcaldía N° 011, conforme a lo siguiente:

“Articulo 2.- Red Vial de Carga

(...)

  1. Av. Tomas Valle (en toda su extensión)

  2. Av. El Sol (en toda su extensión)

  3. Av. Los Laureles (Av. Los Cisnes — Av. Quinta Avenida)

  4. Av. Pedro Miotta (en toda sus extensión)

  5. Av. Antigua Panamericana Sur (Conchán — Av. Mateo Pumacahua)

  6. Av. Quinta Avenida (en toda su extensión)

  7. Av. Las Torres (Quinta Avenida — Ramiro Prialé)

  8. Av. Argentina (Calle Rodolfo Beltrán — límite provincial)

“Artículo 3.- Condiciones de circulación en vías distintas a la Red Vial de Carga

(...) .

3.1. N1 y N2 (hasta 6.5 toneladas Peso Bruto Vehicular, en adelante, “PBV”)

(...) 3.2. N2 (mayor a 6.5 toneladas PBV), N3 (hasta 18.5 toneladas PBV)

(...) 3.3. N3 (mayor a 18.5 toneladas PBV) / 03 y O04

(...)

3.4. En las zonas industriales establecidas por Ley, se permite la circulación sin restricción para los vehículos de carga N1, N2, N3, 03 y O4 a través de sus vías colectoras y locales, accediendo por la vía arterial o la Red Vial de Carga más próxima durante la franja horaria establecida en la norma.

Excepcionalmente, los vehículos de carga para contenedores que requieren utilizar vías locales o colectoras para llegar a su lugar de origen o destino, fuera de zonas industriales, pueden acceder por la vía arterial o la Red Vial de Carga más próxima durante la franja horaria establecida en la norma.

3.5. Los vehículos de carrocería hormigonera, bomba hormigonera y los que transportan materiales de construcción de categoría N3 (mayor a 18.5 toneladas PBV), circulan en las vías colectoras y locales de conformidad con la respectiva autorización de interferencia de vías emitida por la Subgerencia de Ingeniería del Tránsito o la que haga sus veces”.

“Artículo 4.- Carriles de vehículos de carga y/o mercancía (VCM)

En las siguientes vías:

a. Panamericana Sur: tramo Av. Mateo Pumacahua hasta la Av. El Derby.

b. Vía de Evitamiento: tramo Av. 07 de junio hasta Av. Plácido Jiménez.

(e Panamericana Norte: tramo Av. Universitaria hasta Av. Juan Vicente Nicolini.

Los vehículos de las categorías N2 (mayor a 6.5 toneladas), N3, 03 y O4 deben circular por el carril preferencial al lado izquierdo (adyacente al separador central) del tramo Av. Mateo Pumacahua hasta la Av. El Derby en ambos sentidos de la Panamericana Sur de lunes a sábado en el horario de 06:00 a 21:00 horas, para el transporte de carga.

Para efectos de la implementación de lo dispuesto, establézcase tramos con señalización.

Respecto a los carriles no considerados preferencial queda restringida su circulación en el horario comprendido entre las 6:30 hasta las 10:00 horas, de lunes a sábado, considerando el último dígito de la Placa Unica de Rodaje.

El criterio referido al último digito de la Placa Única de Rodaje Par (incluido el cero) consiste en la restricción de circulación los días lunes, miércoles y viernes; mientras que el criterio impar, se aplicará los días martes, jueves y sábados, respectivamente.

Las restricciones establecidas en la presente norma no son aplicables los días feriados y no laborables (sector público y privado)”.

"DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS (...)

Segunda.- Las resoluciones emitidas en el marco del Decretos de Alcaldía N° 041 y Decreto de Alcaldía N° 015, mantienen su vigencia hasta el 04 de julio de 2020.

Tercera.- La entrada en vigencia de las disposiciones aplicables a la Etapa 1 establecida en el Artículo 7 del presente Decreto de Alcaldía, se inicia con un Periodo Educativo a través del cual, la Gerencia de Transporte Urbano, la Policía Nacional del Perú y demás órganos y/o entidades encargadas, desarrollarán campañas de educación, información y concientización respecto a los criterios, condiciones, etapas, plazos, horarios y demás términos establecidos en la presente norma.

Este Periodo Educativo inicia el 04 de noviembre y finaliza el 25 de noviembre de 2019”.

Alcaldía N° 011, conforme a lo siguiente: “Articulo 7.- Implementación de Macro zonas

La implementación de las condiciones de circulación del Decreto de Alcaldía N° 011 se realiza de manera gradual en tres (03) etapas de acuerdo a lo especificado en el Anexo | de la presente norma.

La implementación se realizará por Macro zonas, durante 3 etapas, de la siguiente manera: :

En la Etapa 1, la norma tendrá vigencia en la Macro zona 1 únicamente para los vehículos de categoría N3 mayor a 18.5 Ton y 03/04.

En la Etapa 2, la norma incluirá su vigencia dentro de la Macro zona 1, también para los vehículos N2 de 6.5 hasta 12 Ton y los vehículos N3 de hasta 18.5 Ton. En esta Etapa se incorpora la Macro zona 2 con vigencia de la norma solo para los vehículos de categoria N3 mayor a 18.5 Ton y 03/04.

De manera análoga, se realizará para la Etapa 3, tal como se describe en el Cuadro N° 01.

Cuadro N° 01. Etapas de implementación por Macro zonas.

ETAPA MACRO ZONA CATEGORIA TIPO DE VIA HORARIO TODAS N2, N3, 03, 04 RED VIAL DE CARGA SIN RESTRICCION () ARTERIALES DE 10:00 A 17:00 HORAS NA Ree Gan DE 21:00 A 06:30 HORAS ore 3/04 COLECTORAS Y NO CIRCULAN Al MACRO ZONA 1 LOCALES 04.07.2020 san ARTERIALES, SIN RESTRICCION e O COLECTORAS Y sats: LOCALES TODAS N2, N3, 03, 04 RED VIAL DE CARGA SIN RESTRICCION () NB (> a 18.5 Ton) ARTERIALES DE 10:00 A 17:00 HORAS 03/04 DE 21:00 A 06:30 HORAS COLECTORAS Y NO CIRCULAN LOCALES e ARTERIALES SIN RESTRICCION ETAPA 2 N2 (de 6.5 a 12 Ton) COLECTORAS DE 10:00 A 17:00 HORAS 05.07.2020 N3 (s a 18.5 Ton) DE 21:00 A 06:30 HORAS Al “05.03.2021 LOCALES NO CIRCULAN N3 (> a 18.5 Ton) ARTERIALES DE 10:00 A 17:00 HORAS 03/04 DE 21:00 A 06:30 HORAS COLECTORAS Y NO CIRCULAN MACRO ZONA 2 LOCALES a ARTERIALES, SIN RESTRICCION N3 (<a 18.5 Ton) ads e LOCALES TODAS N2, NB, 03, 04 RED VIAL DE CARGA SIN RESTRICCION (*) N3 (> a 18.5 Ton) ARTERIALES DE 10:00 A 17:00 HORAS 03/04 DE 21:00 A 06:30 HORAS COLECTORAS Y NO CIRCULAN LOCALES MACRO ZONA 1 N2 (de 6.5 a 12 Ton) ARTERIALES SIN RESTRICCION N3 (<a 18.5 Ton) COLECTORAS DE 10:00 A 17:00 HORAS DE 21:00 A 06:30 HORAS LOCALES NO CIRCULAN ETAPA 3 NB (> a 18.5 Ton) ARTERIALES DE 10:00 A 17:00 HORAS A partir del 03/04 DE 21:00 A 06:30 HORAS 06.03.2021 COLECTORAS Y NO CIRCULAN LOCALES MACRO ZONA 2 N2 (de 6.5 a 12 Ton) ARTERIALES SIN RESTRICCION N3 (<a 18.5 Ton) COLECTORAS DE 10:00 A 17:00 HORAS DE 21:00 A.06:30 HORAS LOCALES NO CIRCULAN N3 (> a 18.5 Ton) ARTERIALES DE 10:00 A 17:00 HORAS 03/04 DE 21:00 A 06:30 HORAS MACRO ZONA 3 COLECTORAS Y NO CIRCULAN LOCALES

N2 (de 6.5 a 12 Ton) ARTERIALES SIN RESTRICCION N3 (<a 18.5 Ton) = COLECTORAS DE 10:00 A 17:00 HORAS DE 21:00 A 06:30 HORAS LOCALES NO CIRCULAN ZONAS N3/03/04 ARTERIALES, SIN RESTRICCION PERIFERICAS N2 COLECTORAS Y LOCALES

(*) A excepción de la restricción por placa en Panamericana Sur”

“DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

(...)

Sexta.- La responsabilidad administrativa establecida en la tercera disposición complementaria final del Decreto de Alcaldía N° 011 no se aplica a los vehículos

de la categoría O3 y O4.”

DAD METROPOLTANADE Li

/

ecretaria General del Concejo

LEYENDA Macrozona1 mamma Macrozona 2 menea Macrozona3 ma

Anexo |

Perímetro de la Macro zona 1

Ce sara” N° Via Tramo 0 1 Av. José Carlos Mariátegui Vía de Evitamiento - Av. Cesar Vallejo ge O 2 Av. José de la Riva Agúero Av. Cesar Vallejo - Av. Nicolás Ayllón By o 113 Av. Nicolás Ayllón Av. José de la Riva Agúero - Av. México = E 4 Av. México Av. Nicolás Ayllón - Av. Paseo de la República & Ke) 5 Jr. Manuel Castafieda Av. Paseo de la Republica - Jr. Manuel Segura nae 6 Jr. Manuel Segura Jr. Manuel Castafieda - Av. Arequipa 7 Jr. Domingo Cueto Av. Arequipa - Av. Edgardo Rebagliati 8 Av. Edgardo Rebagliati Jr. Domingo Cueto - Av. Salaverry 9 Av. Húsares de Junín Av. Salaverry - Av. Brasil 10 Av. Bolívar Av. Brasil - Av. José de San Martín 11 Av. José de San Martín Av. Bolívar - Plaza La Bandera 12 Av. Tingo María Plaza La Bandera - Av. Oscar R. Benavides 13 Av. Oscar R. Benavides Av. Tingo María - Av. Alfonso Ugarte 14 Av. Alfonso Ugarte Av. Oscar R. Benavides - Vía de Evitamiento 15 Vía de Evitamiento Av. Alfonso Ugarte - Av. José Carlos Mariátegui

Perímetro de la Macro zona 2

N° Via Tramo

1 Av. Primavera Carretera Panamericana Sur - Av. San Luis 2 Av. Angamos Este Av. San Luis - Av. Arequipa

3 Av. Angamos Oeste Av. Arequipa - Av. General Cordova

4 Av. General Cordova Av. Angamos Oeste - Ca. Jorge Polar

5 Ca. Jorge Polar Av. General Cordova - Av. Del Ejército 6 Av. Del Ejército Av. Santa Cruz - Av. Brasil

7 Av. Brasil Av. Del Ejército - Jr. Cusco

8 Jr. Cusco Av. Brasil - Av. Universitaria

9 Av. Universitaria Jr. Cusco - Av. Venezuela

10 Av. Amezaga Av. Venezuela - Av. Ramón Herrera 11 Av. Ramón Herrera Av. Amezaga - Av. Oscar R. Benavides 12 Av. Universitaria Av. Oscar R. Benavides - Av. José Granda 13 Av. José Granda Av. Universitaria - Panamericana Norte 14 Av. Eduardo de Habich Panamericana Norte - Av. Túpac Amaru 15 Av. Túpac Amaru Av. Eduardo de Habich - Av. Caquetá 16 Av. Francisco Pizarro Av. Caquetá - Jr. Ayabaca

17 Jr. Cajamarca Jr. Ayabaca - Av. 9 de Octubre

18 Vía de Evitamiento Jr. Cajamarca - Av. Javier Prado Este 19| Carretera Panamericana Sur Av. Javier Prado Este - Av. Primavera

Perímetro de la Macro zona 3

N° Via Tramo 1 Av. Defensores del Morro (Huaylas) Carretera Panamericana Sur - Circuito de Playas 2 Circuito de Playas Av. Defensores del Morro (Huaylas) - Av. Rafael Escardó 3 Av. Rafael Escardó Circuito de Playas - Av. La Marina 4} Av. La Marina Av. Rafael Escardó - Av. Universitaria 5 Av. Universitaria Av. La Marina - Av. Metropolitana 6 Av. Metropolitana Av. Universitaria - Av. Naranjal 7 Av. Túpac Amaru Av. Naranjal - Av. Eléspuru 8 Av. Eléspuru Av. Túpac Amaru - Av. Alcázar 9 Av. Alcázar Av. Eléspuru - Jr. Atahualpa (Alameda de los Descalzos) 10 Jr. Atahualpa (Alameda de los Av. Alcázar - Jr. Madera Descalzos) 11 Jr. Madera Jr. Atahualpa (Alameda de los Descalzos) - Jr. Hualgayoc 12 Jr. Hualgayoc Jr. Madera - Jr. Cajamarca 13 Jr. Cajamarca Jr. Hualgayoc - Av. 9 de Octubre 14 Av. 9 de Octubre Jr. Cajamarca - Av. Mcon Checa Eguiguren 15 Av. Próceres de la Independencia Av. Mcon Checa Eguiguren - Av. Lima 16 Av. Lima Av. Próceres de la Independencia - Av. Las Flores de Primavera 17 Av. Las Flores de Primavera Av. Lima - Av. Canto Grande 18 Av. Canto Grande Av. Las Flores de Primavera - Av. El Sol 19 Av. El Sol Av. Canto Grande - Av. 13 de Enero

Av. 13 de Enero

Av. El Sol - Av. Lurigancho

Av. Lurigancho

Av. 13 de Enero - Av. El Santuario

Ca. Gran Pajaten

Av. El Santuario - Av. Gran Chimú

Av. Gran Chimú

Ca. Gran Pajaten - Av. Mcon Checa Eguiguren

Av. Mcon Checa Eguiguren

Av. Gran Chimú - Rio Huaycoloro

Av. Los Cisnes

Rio Huaycoloro - Ca. Las Águilas

Ca. Las Águilas

Av. Los Cisnes - Ca. Tokio

Ca. Tokio

Ca. Las Águilas - Ca. Los Laureles

Ca. Los Laureles

Ca. Tokio - Autopista Ramiro Prialé

Autopista Ramiro Prialé

Ca. Los Laureles - Av. Las Torres

Av. Las Torres

Autopista Ramiro Prialé - Nicolás Ayllón

Nicolás Ayllón

Av. Las Torres - Av. Separadora Industrial

Av. Separadora Industrial

Nicolás Ayllón - Av. Huarochirí

Av. Huarochirí

Av. Separadora Industrial - Av. Javier Prado Este

Av. Melgarejo

Av. Javier Prado Este - Av. La Universidad

Av. La Molina Av. La Universidad - Av. Raúl Ferrero Av. Raúl Ferrero Av. La Molina - Av. El Polo Av. El Polo

Av. Raúl Ferrero - Av. Lima Polo

Av. Lima Polo

Av. El Polo - Av. José Nicolás Rodrigo

Av. José Nicolás Rodrigo

Av. Lima Polo - Av. Primavera

Av. Primavera

Av. José Nicolás Rodrigo - Av. La Encalada

Av. La Encalada

Av. Primavera - Av. Las Casuarinas

Av. Las Casuarinas

Av. La Encalada - Ca. Gardenias

Ca. Gardenias

Av. Las Casuarinas - Jr. Jacarandá

Jr. Jacarandá

Ca. Gardenias - Ca. De los Ingenieros

Ca. De los Ingenieros

Jr. Jacarandá - Av. Agustín Rosa Lozano

Av. Agustín Rosa Lozano

Ca. De los Ingenieros - Av. Salvador Allende

Av. Salvador Allende

Av. Agustín Rosa Lozano - Av. 26 de Noviembre

Av. 26 de Noviembre

Av. Salvador Allende - Av. Pachacútec

Av. Pachacútec

Av. 26 de Noviembre - Av. Lima

Av. Lima

Av. Pachacútec - Av. María Reiche

Av. María Reiche

Av. Lima - Carretera Panamericana Sur

Carretera Panamericana Sur

Av. María Reiche - Intercambio vial Huaylas

AS: SE


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/munilima/normas-legales/2526155-017-30-10-2019 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2582612/decreto-alcaldia-30102019.pdf.pdf