Decreto de Alcaldía N.° 013 20.09.2019
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DECRETO DE ALCALDIA QUE PRORROGA EL PERIODO EDUCATIVO ESTABLECIDO EN LA PRIMERA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA DEL DECRETO DE ALCALDIA N° 011 - REGULAN LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS DE TRANSPORTE DE CARGA Y/O MERCANCIAS EN LIMA METROPOLITANA
DECRETO DE ALCALDÍA N* 013
Lima, 2 0 SET. 2019
Que, la Constitución Política del Perú establece en su Artículo 194 que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La Municipalidad Metropolitana de Lima, de acuerdo con el Artículo 198 de la Constitución, ejerce sus competencias dentro ¿del ámbito de la provincia de Lima;
e, en el marco de las competencias establecidas en los artículos 81, 151 y 161 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad Metropolitana de Lima a través de la Ordenanza N° 1682, úblicada el 14 de abril de 2013, reguló la circulación y la prestación del Servicio de Transporte de Carga Sylo Mercancias en la provincia de Lima Metropolitana, con la finalidad de preservar el orden y la seguridad en la via publica, coadyuvando a mejorar el transito de peatones y vehiculos;
Que, la Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ordenanza N° 1682, delega a la Alcaldía Metropolitana y a la Gerencia de Transporte Urbano - GTU, para que mediante Decreto de Alcaldía o Resolución de Gerencia, dicten las normas complementarias y reglamentarias de la mencionada ordenanza;
Que, mediante Decreto de Alcaldía N* 011, publicado el 09 de setiembre de 2019, se regula la circulación
A de vehículos de transporte de carga y/o mercancías en las vías que conforman el Sistema Vial Metropolitano
E * aprobado por Ordenanza N° 341 y modificatorias, a fin de contribuir con el ordenamiento del tránsito
j vehicular, la reducción de los índices de congestión, las emisiones contaminantes y los accidentes de tránsito, optimizando el uso racionalizado de la infraestructura vial, de conformidad con los postulados de la Ley N° 27181 — Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre;
Que, la Primera Disposición Complementaria Final del mencionado Decreto de Alcaldía señala que las medidas establecidas en esta norma, están sujetas a evaluación permanente, considerando la naturaleza referida en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ordenanza N° 2164 — que establece
u vigencia se inicia con un Periodo Educativo a través del cual la Gerencia de Transporte Urbano, la Policía acional del Perú y demás órganos y/o entidades encargadas, desarrollan campañas de educación, nformación y concientización respecto a los criterios, condiciones, etapas, plazos, horarios y demás términos establecidos en la norma, siendo que este Periodo Educativo inició el 10 de setiembre y finaliza el 22 de setiembre de 2019;
Que, a través de Informe N° 070-2019-MML/GTU-SETT, de fecha 20 de setiembre de 2019, la Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte de la Gerencia de Transporte Urbano recomendó prorrogar el periodo educativo por el plazo de treinta (30) días calendario con la finalidad de evaluar otras condiciones de circulación de los vehículos de transporte de carga y/o mercancías propuestas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y representantes de la Municipalidad Metropolitana de Lima; así como
ampliar la base de indicadores de medición; determinar las áreas de espera de los vehículos que transportan carga y/o mercancías que provienen fuera de Lima Metropolitana; mejorar los procedimientos de fiscalización con el Servicio de Administración Tributaria -SAT;
Que, por Informe N° 479-2019-MML/GTU-AL, de fecha 20 de setiembre de 2019, la Asesoría Legal de la . Gerencia de Transporte Urbano considera que la ampliación del periodo educativo no constituye una A restricción al derecho de libre tránsito, por lo que no corresponde efectuar el test de proporcionalidad;
6 1 Con la opinión favorable de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, E! según Informe N° 762-2019-MML-GAJ, de fecha 20 de setiembre de 2019;
/ De conformidad con el numeral 6 del Articulo 20 y el Articulo 42 de la Ley N° 27972 — Ley Orgánica de Municipalidades, la Ordenanza N° 812 — que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima; la Ordenanza N° 1682 — que regula la presentación del Servicio de
transporte de Carga y/o Mercancías en la provincia de Lima Metropolitana; y, el Decreto de Alcaldía N° 011; DECRETA:
Artículo 1.- Dispóngase la ampliación del Periodo Educativo a que hace referencia la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto de Alcaldía N° 011 — “Regulan la Circulación de Vehículos de Transporte de Carga y/o Mercancías en Lima Metropolitana”, del 23 de setiembre al 22 de octubre de 2019, en las mismas condiciones y términos establecidos.
Artículo 2.- Publíquese la presente norma en el Diario Oficial “El Peruano”
Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cúmplase.
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/munilima/normas-legales/2526142-013-20-09-2019 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2582599/decreto-alcaldia-20092019.pdf.pdf