Skip to content
L Legalize.pe
01-21-01-2022 Mayoral Decree Lima Metropolitana In force

Decreto de Alcaldía N.° 01 21.01.2022

10 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

Municipalidad Metropolitana de Lima

DECRETO DE ALCALDÍA N° 01 - 2022 LIMA, 21 DE ENERO DE 2022

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA

VISTO:

El Oficio N*000967-2021-EMAPE/GG de la Gerencia General de la Empresa Municipal Administradora de Peajes de Lima S.A. - EMAPE S.A, el Informe N° D000562-2021-MML-GPSPMI de la Subgerencia de Programación Multianual de Inversiones perteneciente a la Gerencia de Planificación, el Memorado N° DOO0006-2022-MML-GP de la Gerencia de Planificación, el Informe N° D000001-2022-MML-GPIP-SGCPP de la Subgerencia de Gestión de Contratos con Participación Privada perteneciente a la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada, el Memorando N° D000022-2022-MML-GPIP de la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada, el Informe N° DOO0048-2022-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal, en tanto que conforme al numeral 1 del Artículo 44, los Decretos de Alcaldía se publican en el Diario Oficial El Peruano en el caso de todas las municipalidades de la provincia de Lima y de la Provincia Constitucional del Callao;

pa Municipal 2019-2022 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, entre otros proyectos, el proyecto de inversión pública: “Mejoramiento de la infraestructura Vial de la prolongación Av. Revolución (Pasamayito) Tramo Ca. Julio Cesar Tello — Av. Miguel Grau en los distritos de Comas y San Juan de Lurigancho de la Provincia de Lima — Departamento de Lima”, con Código Único de Inversiones N° 2472971; encargándose a las unidades orgánicas competentes, en el marco de sus funciones y atribuciones, desarrollar las acciones necesarias para el cumplimiento del citado Acuerdo;

Que, el Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura, tiene por objeto establecer el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de Obras de Infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; cuya norma tiene su Texto Único Ordenado aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA;

Que, el acotado Decreto Legislativo se sustenta, entre otros, en el Principio de Celeridad y Eficacia, que señalan que quienes participan en los procesos regulados en el Decreto Legislativo deben ajustar su actuación a fin de lograr la obtención oportuna de los inmuebles, evitando actuaciones que constituyan meros formalismos, sin que ello releve a las autoridades del respeto al debido proceso o vulnere el ordenamiento jurídico;

Que, el literal a) del numeral 20.4 del Artículo 20 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192 señala que, dentro de los diez dias hábiles de recibida la aceptación de la oferta del Sujeto Pasivo, el Sujeto Activo a través de decreto de alcaldía en caso de los Gobiernos Locales, aprueba el valor total de la Tasación y el pago, incluyendo el Incentivo al que se hace referencia el inciso iii) del numeral 20.2 del Artículo 20. La facultad para aprobar el valor total de la Tasación y el Pago, incluyendo el Incentivo, pueden ser delegados a otros órganos, conforme a ley; lo que es concordante con el numeral 78.1 del Artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, el cual establece que procede la delegación de competencia conferida a sus órganos a otras entidades;

Que, el Artículo 220 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por la Ordenanza N° 2208, establece que la Empresa Municipal Administradora de Peaje de Lima S.A. (EMAPE) tiene por objeto la construcción, remodelación, conservación, explotación y administración de autopistas, carreteras o vías de tránsito rápido, sean urbanas, sub-urbanas o interurbanas, incluyendo sus vías de acceso, puentes, pasos a desnivel, zonas de servicios, zonas de recreación y ornato y áreas anexas, asimismo realizar mantenimiento y explotación de otras obras de infraestructura, especialmente vial;

Que, la Empresa Municipal Administradora de Peaje de Lima S.A. - EMAPE S.A. tiene a cargo la ejecución de la obra: “Mejoramiento de la Infraestructura Vial de la prolongación Av. Revolución (Pasamayito) Tramo Ca. Julio Cesar Tello — Av. Miguel Grau en los distritos de Comas y San Juan de Lurigancho de la Provincia de Lima — Departamento de Lima” — CUI N° 2472971, por lo que el Gerente General de EMAPE S.A. mediante Oficio N° 000967-2021-EMAPE/GG de 30 de diciembre de 2021, remite el Informe N° 077-2021-EMAPE-GESO/EASD del Coordinador de

  1. Obra y el Informe N° 006034-2021-EMAPE/GESO de la Gerencia de Ejecución y Supervisión de

Obras a través de los cuales solicitan y sustentan la pertinencia de la delegación de facultades prevista en el Decreto Legislativo N° 1192, a fin de que se continúe con el ejecución del Proyecto: “Mejoramiento de la Infraestructura Vial de la prolongación Av. Revolución (Pasamayito) Tramo Ca. Julio Cesar Tello — Av. Miguel Grau en los distritos de Comas y San Juan de Lurigancho de la Provincia de Lima — Departamento de Lima” — CUI N° 2472971;

Que, asimismo adjunta el Informe N° 000197-2021-EMAPE/GCI de 28 de diciembre de 2021, de la Gerencia Central de Infraestructura e Informe N° 000025-2022-EMAPE/GCAL de 19 de enero

\de 2022 de la Gerencia Central de Asesoría Legal de EMAPE S.A., a través de los cuales,

eñalan que existe la necesidad de aprobar el valor de tasación, el pago, así como suscribir los ocumentos que sean necesarios para inscribir a favor de la Municipalidad Metropolitana de ima, los bienes afectados por el Proyecto: “Mejoramiento de la Infraestructura Vial de la prolongación Av. Revolución (Pasamayito) Tramo Ca. Julio Cesar Tello — Av. Miguel Grau en los distritos de Comas y San Juan de Lurigancho de la Provincia de Lima — Departamento de Lima” — CUI N° 2472971, en el marco del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192;

Que, la Gerencia de Planificación mediante Memorado N° D000006-2022-MML-GP de 05 de enero de 2022, remite el Informe N° D000562-2021-MML-GP-SPMI de la Subgerencia de Programación Multianual de Inversiones, por el cual señala que, de acuerdo al registro del Banco de Inversiones, EMAPE S.A. es la Unidad Ejecutora de Inversión quien es responsable de la ejecución del Proyecto “Mejoramiento de la Infraestructura Vial de la prolongación Av. Revolución (Pasamayito) Tramo Ca. Julio Cesar Tello — Av. Miguel Grau en los distritos de Comas y San Juan de Lurigancho de la Provincia de Lima — Departamento de Lima” — CUI N° 2472971, la misma que en el Formato N° 08A-Registros en la Fase de Ejecución, registra como Componente N° 02, el item Interferencias y Subítem: “Otras acciones de terrenos: Afectaciones prediales”, siendo estos componentes de responsabilidad de la Unidad Ejecutora de Inversión;

Que, la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada mediante Memorando N° D000022-2022- MML-GPIP de 14 de enero de 2022, remite el Informe N° D000001-2022-MML-GPIP-SGCPP de la Subgerencia de Gestión de Contratos con Participación Privada, el cual señala: i) Considerando que EMAPE S.A. se encuentra bajo el ámbito del concepto de entidades establecido por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, a efectos de poder realizar las gestiones para la liberación de predios, le

Municipalidad Metropolitana de Lima

sería aplicable el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192; ii) El Proyecto consiste en la ejecución de obras de infraestructura vial con inversión pública; siendo EMAPE S.A. titular del referido proyecto, en razón de lo cual cuenta con la información de los predios afectados, así como ha gestionado sus respectivos expedientes de tasación y realizado el análisis técnico legal de cada uno de ellos; y iii) Teniendo en cuenta ello, además, en concordancia con el principio de subsidiariedad institucional, el cual radica en la premisa de que las decisiones y gestiones deben ser ejecutadas por las entidades que se encuentren en contacto directo con los administrados; es preciso que se delegue en EMAPE S.A. las gestiones y acciones necesarias para la liberación de predios en el marco del Proyecto;

Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos a través del Informe N° D000048-2022-MML-GAJ de 20 de enero de 2022, concluye entre otros que, la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada sustenta las razones índole técnica, social y territorial para la delegación a favor de EMAPE S.A. conforme a lo dispuesto en la Ley del Procedimiento Administrativo General; por lo que resulta viable que mediante Decreto de Alcaldía se delegue al Gerente General y al Gerente Central de Administración y Finanzas de EMAPE S.A., las facultades para que en forma individual y/o conjunta, puedan aprobar el valor de la tasación, gestionar, emitir y aprobar todo tipo de actos, suscribir bajo cualquier modalidad contractual e inscribir en Registros Públicos, todos los documentos que sean necesarios, sin limitación o reserva alguna, en concordancia con el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, que aprueba la “Ley de Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura”, y demás normas y disposiciones aplicables, vinculadas a la ejecución del proyecto de Inversión Pública: “Mejoramiento de la Infraestructura Vial de la prolongación Av. Revolución (Pasamayito) Tramo Ca. Julio Cesar Tello — Av. Miguel Grau en los distritos de Comas y San Juan de Lurigancho de jla Provincia de Lima — Departamento de Lima” — CUI N° 2472971, dada la opinión favorable de ;/ la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada;

Que, resulta necesario delegar en el Gerente General y en el Gerente Central de Administración y Finanzas de la Empresa Municipal Administradora de Peajes de Lima S.A. - EMAPE S.A, las facultades de aprobar el valor total de la Tasación y el pago, así como de suscribir en representación del Alcalde Metropolitano de Lima e inscribir en Registros Públicos, todos los documentos que sean necesarios, sin limitación o reserva alguna, en concordancia con el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, vinculadas a la ejecución del proyecto con EN y Código Único de Inversión N° 2472971;

DECRETA:

Artículo 1. Delegar al señor José Rómulo Buleje Guillén, Gerente General de la Empresa Municipal Administradora de Peajes de Lima S.A. - EMAPE S.A., identificado con DNI N° 21544296 y al señor Pedro César Ruiz Cerna, Gerente Central de Administración y Finanzas de EMAPE S.A, identificado con DNI N° 25785856, las facultades para que en forma individual y/o conjunta, puedan aprobar el valor de la tasación, gestionar, emitir y aprobar todo tipo de actos, suscribir bajo cualquier modalidad contractual e inscribir en Registros Públicos, todos los documentos que sean necesarios, sin limitación o reserva alguna, en el marco del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, que aprueba la “Ley de Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura”, y demás normas y disposiciones aplicables, vinculadas a la ejecución del proyecto de Inversión Pública: “Mejoramiento de la Infraestructura Vial de la prolongación Av. Revolución (Pasamayito) Tramo Ca. Julio Cesar Tello — Av. Miguel Grau en los distritos de Comas y San Juan de Lurigancho de la Provincia de Lima — Departamento de Lima” — CUI N° 2472971.

Artículo 2. Encargar al Gerente de Finanzas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la realización de las acciones necesarias para poner a disposición los recursos para atender los fines señalados en el Artículo precedente.

Municipalidad Metropolitana de Lima

Artículo 3. Notificar el presente Decreto de Alcaldía a EMAPE S.A., a los funcionarios designados en el Artículo 1 del presente Decreto y a las instancias competentes, con las formalidades de Ley.

y Artículo 4. Encargar a Secretaría General del Concejo la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano ya la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima www.munlima.gob.pe).

POR TANTO:

Registrese, Comuniquese y Cumplase.

M moda. METRE aa DELI

bene iba Ma Li


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/munilima/normas-legales/3344834-01-21-01-2022 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3507507/DECRETO%20DE%20ALCALD%C3%8DA%20N%C2%BA%2001%2021.01.2022.pdf.pdf