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009 Mayoral Decree Lima Metropolitana In force

Decreto de Alcaldía N.° 009

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Peru

Lima, jueves 25 de mayo de 2023

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima DECRETO DE ALCALDÍA N° 009 Lima, 5 de mayo de 2023 El ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; VISTOS: El Informe N° D000113-2023-MML-GP-SOM de la Subgerencia de Organización y Modernización (hoy Oficina de Planificación Estratégica y Modernización), el Memorando N° D0003742023-MML-GP de la Gerencia de Planificación (hoy Oficina General de Planificación Estratégica, Modernización y Cooperación Técnica), el Informe N° D000503-2023-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos jurídicos (hoy Oficina General de Asuntos Jurídicos) y el Memorando N° D000697-2023-MMLGMM de la Gerencia Municipal Metropolitana, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 6 de la referida Ley N° 27972, señala que la Alcaldía es el órgano ejecutivo de gobierno local, siendo el Alcalde su representante legal y la máxima autoridad administrativa; Que, el artículo 42 de la Ley N° 27972, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, el numeral 1 del artículo 44 de la acotada Ley N° 27972, establece entre otros, que los Decretos de Alcaldía son publicados en el Diario Oficial El Peruano en el caso de todas las municipalidades de la provincia de Lima y de la Provincia Constitucional del Callao; Que, el numeral 44.5 del artículo 44 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, y el artículo 19 de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, que aprueba Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del (TUPA); establecen que, una vez aprobado el Texto Único de Procedimientos Administrativos (en adelante el TUPA), toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldía; Que, mediante Ordenanza Nº 1874 y modificatorias, la Municipalidad Metropolitana de Lima aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) que contiene los Procedimientos Administrativos y Servicios Exclusivos, Requisitos y Derechos de Trámite que son de competencia de la entidad edil; Que, mediante Ordenanza N° 2537, publicado en el Diario Oficial se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, documento que contiene principales cambios en lo que respecta a los órganos y unidades de organización, indicando en la Disposición Complementaria Transitoria Única que en un plazo de treinta (30) días hábiles, contados desde la publicación de la ordenanza, los Órganos, Unidades Orgánicas, Órganos Desconcentrados, Organismos Descentralizados y Empresas Municipales, pertenecientes a la Municipalidad Metropolitana de Lima, se adecúen al Reglamento de Organización y Funciones; Que, mediante Memorando N° D000374-2023-MML-GP, de fecha 03 de mayo de 2023, la Gerencia de Planificación (actualmente denominada Oficina General de Planificación Estratégica, Modernización

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Lima, jueves 25 de mayo de 2023

y Cooperación Técnica) remite el Informe N° 113-2023-MML-GP-SOM, de fecha 03 de mayo de 2023, de la Subgerencia de Organización y Modernización (actualmente denominada Oficina de Planificación Estratégica y Modernización), mediante el cual sustenta la necesidad de modificar el TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a razón de los cambios en el nuevo Reglamento de Organización y Funciones respecto de la denominación de las dependencias responsables de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en el TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado con Ordenanza Nº 1874 y modificatorias; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos (actualmente denominada Oficina General de Asuntos Jurídicos) mediante Informe N° D000503-2023-MML-GAJ de fecha 04 de mayo de 2023, opina que resulta viable que mediante Decreto de Alcaldía se modifique el TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a razón de los cambios en el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima aprobada por Ordenanza 2537; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y por las facultades conferidas por el numeral 6 del Artículo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza N° 1874-MML y modificatorias, conforme se detalla en el Anexo, que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo (ahora Oficina General de la Secretaria de Concejo), la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Gobierno Digital e Innovación (ahora Oficina de Gobierno Digital), su publicación y su Anexo que forma parte del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Planificación (hoy Oficina General de Planificación Estratégica, Modernización y Cooperación Técnica), a través de su unidad orgánica competente, actualizar el “Texto Único de Procedimientos Administrativos” (TUPA) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, conforme a lo aprobado en el Artículo Primero. Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde

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Lima, jueves 25 de mayo de 2023

Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA DE "MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA (PROVINCIAL)"

Normas que aprueba o modifican el TUPA

Aprueba

Ordenanza Municipal

31/01/2015

Modifica

Decreto de Alcaldía

002-2015

13/04/2015

Modifica

Ordenanza Municipal

1915-2015

03/12/2015

Modifica

Ordenanza Municipal

1933-2016

17/02/2016

Modifica

Ordenanza Municipal

1957-2016

18/05/2016

Modifica

Ordenanza Municipal

1970-2016

20/07/2016

Modifica

Ordenanza Municipal

1982-2016

27/08/2016

Modifica

Ordenanza Municipal

2005-2016

26/11/2016

2008-2016

07/12/2016

2009-2016

15/12/2016

2018-2016

22/12/2016

2019-2016

22/12/2016

2030-2017

01/03/2017

2041-2017

04/05/2017

005-2017

16/07/2017

2082-2018

16/03/2018

003-2018

24/03/2018

2084-2018

07/04/2018

2087-2018

13/04/2018

005-2018

13/05/2018

2153-2018

02/01/2019

2187-2019

14/11/2019

Modifica

Ordenanza Municipal

Modifica

Ordenanza Municipal

Modifica

Ordenanza Municipal

Modifica

Ordenanza Municipal

Modifica

Ordenanza Municipal

Modifica

Ordenanza Municipal

Modifica

Decreto de Alcaldía

Modifica

Ordenanza Municipal

Modifica

Decreto de Alcaldía

Modifica

Ordenanza Municipal

Modifica

Ordenanza Municipal

Modifica

Decreto de Alcaldía

Modifica

Ordenanza Municipal

Modifica

Decreto de Alcaldía

020--2020

07/01/2020

Modifica

Decreto de Alcaldía

11-2020

23/09/2020

Modifica

Decreto de Alcaldía

16-2020

24/10/2020

Modifica

Ordenanza Municipal

2268-2020

13/11/2020

Decreto de Alcaldía

021-2020

27/11/2020

Op. 2180283-2

Modifica

Lima, jueves 25 de mayo de 2023

Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima

Modifica

Ordenanza Municipal

2301-2021

12/02/2021

Modifica

Decreto de Alcaldía

018-2021

20/05/2021

Modifica

Ordenanza Municipal

2396-2021

27/11/2021

Modifica

Ordenanza Municipal

2411-2021

18/12/2021

Modifica

Ordenanza Municipal

2467-2022

04/06/2022

Modifica

Ordenanza Municipal

2481-2022

17/07/2022

Modifica

Decreto de Alcaldía

009-2023

05/05/2023

Op. 2180283-2

Lima, jueves 25 de mayo de 2023

SECCIÓN N° 1: PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Op. 2180283-2

Lima, jueves 25 de mayo de 2023

Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima

Denominación del Procedimiento Administrativo "Licencia de Edificación Modalidad A: aprobación automática con firma de profesionales 1.1) Construcción de una Vivienda Unifamiliar de hasta 120 M2 construidos, siempre que constituya la única edificación en el lote." Código: PA14561E8F Descripción del procedimiento Procedimiento que permite obtener licencia de edificación para el tipo de obra que se detalla Requisitos 1.- FUE en tres (3) juegos originales, debidamente suscrito por el administrado y en la sección que corresponda, los profesionales responsables, y en la sección que corresponda, los profesionales responsables, en el que se deba consignar la información necesaria al procedimiento. El monto cancelado es consignado en el rubro "Observaciones" del FUE. 2.- En el caso que el administrado no sea el propietario del predio, debe presentar la documentación que acredite que cuenta con derecho a edificar. Documentación Técnica - 03 juegos y archivo digital, compuesto por: 3.- Plano de Ubicación 4.- Planos de Arquitectura (plantas, cortes y elevaciones), de Estructuras, de Instalaciones Sanitarias y de Instalaciones Eléctricas. Solo para el caso que se vaya a ejecutar en predios que cuenten con edificaciones existentes sin licencia, la demolición total se autoriza con la licencia de edificación de obra nueva, sin perjuicio de la multa por ejecutar sin licencia, se presenta también: 5.- Planos de distribución de la edificación existente 6.- Plano de cerramiento del predio 7.- Carta de seguridad de obra 8.- Memoria descriptiva del proceso de demolición firmada por ingeniero civil Notas: 1.- El FUE y la Documentación Técnica se presentan en tres (03) juegos originales. (Reglamento de la Ley N° 29090, Art 63.11) 2.- El FUE, así como sus anexos son visados en todas sus páginas y cuando corresponda, firmados por el administrado y los profesionales que intervienen. (Reglamento de la Ley N° 29090, Art. 7.1) 3.- Toda la documentación técnica es firmada y sellada por el profesional responsable de la misma, así como por el administrado. (Reglamento de la Ley N° 29090, Art. 7.2) 4.- El administrado puede optar por la presentación de un proyecto adquirido en el Banco de Proyectos de la Municipalidad respectiva. (TUO de la Ley N° 29090, Art. 25; Reglamento de la Ley N° 29090, Art. 63.2) 5.- El plano de ubicación y localización se deberá presentar conforme al formato aprobado por el MVCS. No están consideradas en esta modalidad: 6.- Las obras de edificación en bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación y su área de influencia, declarados por el Ministerio de Cultura e incluidos en el inventario que debe remitir el citado Ministerio, de acuerdo a lo establecido en el 2do párrafo literal f) del numeral 2 del artículo 3 de la Ley. 8.- Las obras que requieran la ejecución de sótanos o semisótanos, o una profundidad de excavación mayor a 1.50 m y colinden con edificaciones existentes. En dicho caso debe tramitarse la licencia de edificación bajo la modalidad B.

Formularios FUE Url: https://www.munlima.gob.pe/images/FUE_edificaciones.pdf Canales de atención Atención Presencial: Sede de la Entidad: Jirón Cailloma 482 - 2do Piso - Cercado de Lima Atención Virtual: https://apps-e.munlima.gob.pe/sao-001/integracion Pago por derecho de tramitación

Modalidad de pagos Caja de la Entidad Efectivo: Soles Tarjeta de Débito: Visa, Mastercard Tarjeta de Crédito: Visa, Mastercard

Monto - S/ 255.70

Plazo de atención

Calificación del procedimiento Aprobación automática: La solicitud es considerada aprobada desde el mismo momento de su presentación ante la entidad competente para conocerla, siempre que el administrado cumpla con los requisitos y entregue la documentación completa, exigidos en el TUPA de la entidad.

Sedes y horarios de atención

Op. 2180283-2

Lima, jueves 25 de mayo de 2023

Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima

Mesa de Partes Periférica de la Gerencia de Desarrollo Lunes a Viernes de 08:30 a 16:30. Urbano Unidad de organización donde se presenta la documentación GERENCIA DE DESARROLLO URBANO : Mesa de Partes Periférica de la Gerencia de Desarrollo Urbano Unidad de organización responsable de aprobar la solicitud

Consulta sobre el procedimiento

Subgerencia de Autorizaciones Urbanas

Teléfono: 631-1658 Anexo: Correo: tsoria@munlima.gob.pe

Instancias de resolución de recursos Reconsideración

Apelación

Autoridad competente Plazo máximo de presentación

No aplica

No aplica

Plazo máximo de respuesta

No aplica

No aplica

Base legal

Número

Fecha Publicación

27972

27/05/2003

Art. 4 numeral 9; Art. 10 TUO de la Ley N° 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Decreto Supremo numeral 1 literal a); Art. Urbanas y de Edificaciones

006-2017-VIVIENDA

28/02/2017

Art. 9; Art 58.6°, Arts. Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Decreto Supremo 61.1°, Art 63.1° Edificación

029-2019-VIVIENDA

06/11/2019

Artículo Art. 79 numeral 3.6.2.

Denominación

Tipo

Ley Orgánica de Municipalidades

Ley

Arts. 53 y 54

TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo Decreto Supremo General

004-2019-JUS

25/01/2019

Art. 2

Decreto Legislativo que Modifica la Ley Nº 29090, Ley de Decreto Legislativo Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones

16/09/2018

Op. 2180283-2

Lima, jueves 25 de mayo de 2023

Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima

Denominación del Procedimiento Administrativo "Licencia de Edificación Modalidad A: aprobación automática con firma de profesionales 1.2) Ampliación de una Vivienda Unifamiliar, cuya Edificación original cuente con Licencia de Construcción, Declaratoria de Fábrica y/o de Edificación sin carga, y la sumatoria del área techada de ambas no supere los 200 m2" Código: PA1456F0F6 Descripción del procedimiento Procedimiento que permite obtener licencia de edificación para el tipo de obra que se detalla. Requisitos 1.- FUE en tres (3) juegos originales, debidamente suscrito por el administrado y en la sección que corresponda, los profesionales responsables, y en la sección que corresponda, los profesionales responsables, en el que se deba consignar la información necesaria al procedimiento. El monto cancelado es consignado en el rubro "Observaciones" del FUE. 2.- En el caso que el administrado no sea el propietario del predio, debe presentar copia simple de la documentación que acredite que cuenta con derecho a edificar 3.- Copia del documento que acredite la declaratoria de fábrica o de edificación con sus respectivos planos en caso no haya sido expedido por la municipalidad; en su defecto, copia del Certificado de Conformidad o Finalización de Obra, o la Licencia de Obra o de Edificación de la construcción existente. Documentación Técnica en 3 juegos y archivo digital, compuesta por: 4.- Plano de ubicación 5.- Planos de Arquitectura (plantas, cortes y elevaciones) de Estructuras, de Instalaciones Sanitarias y de Instalaciones Eléctricas, donde se diferencien las áreas existentes de las ampliadas. Notas: 1.- El FUE y la Documentación Técnica se presentan en tres (03) juegos originales. (Reglamento de la Ley N° 29090, Art 63.11) 2.- El FUE, así como sus anexos son visados en todas sus páginas y cuando corresponda, firmados por el administrado y los profesionales que intervienen. (Reglamento de la Ley N° 29090, Art. 7.1) 3.- Toda la documentación técnica es firmada y sellada por el profesional responsable de la misma, así como por el administrado. (Reglamento de la Ley N° 29090, Art. 7.2) 4.- El plano de ubicación y localización se deberá presentar conforme al formato aprobado por el MVCS. No están consideradas en esta modalidad: 5.- Las obras de edificación en bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación y su área de influencia, declarados por el Ministerio de Cultura e incluidos en el inventario que debe remitir el citado Ministerio, de acuerdo a lo establecido en el literal f) del numeral 2 del artículo 3 de la Ley. 6.- Las obras que requieran la ejecución de sótanos o semisótanos, o una profundidad de excavación mayor a 1.50 m y colinden con edificaciones existentes. En dicho caso debe tramitarse la licencia de edificación bajo la modalidad B. Formularios FUE Url: https://www.munlima.gob.pe/images/FUE_edificaciones.pdf Canales de atención Atención Presencial: Sede de la Entidad: Jirón Cailloma 482 - 2do Piso - Cercado de Lima Atención Virtual: https://apps-e.munlima.gob.pe/sao-001/integracion Pago por derecho de tramitación

Modalidad de pagos Caja de la Entidad Efectivo: Soles Tarjeta de Débito: Visa, Mastercard Tarjeta de Crédito: Visa, Mastercard

Monto - S/ 190.10

Plazo de atención

Calificación del procedimiento Aprobación automática: La solicitud es considerada aprobada desde el mismo momento de su presentación ante la entidad competente para conocerla, siempre que el administrado cumpla con los requisitos y entregue la documentación completa, exigidos en el TUPA de la entidad.

Sedes y horarios de atención

Op. 2180283-2

Lima, jueves 25 de mayo de 2023

Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima

Mesa de Partes Periférica de la Gerencia de Desarrollo Lunes a Viernes de 08:30 a 16:30. Urbano Unidad de organización donde se presenta la documentación GERENCIA DE DESARROLLO URBANO : Mesa de Partes Periférica de la Gerencia de Desarrollo Urbano Unidad de organización responsable de aprobar la solicitud

Consulta sobre el procedimiento

Subgerencia de Autorizaciones Urbanas

Teléfono: 6311658 Anexo: Correo: tsoria@munlima.gob.pe

Instancias de resolución de recursos Reconsideración

Apelación

Autoridad competente Plazo máximo de presentación

No aplica

No aplica

Plazo máximo de respuesta

No aplica

No aplica

Base legal

Número

Fecha Publicación

27972

27/05/2003

Art. 4 numeral 9 ; Art. 10 TUO de la Ley N° 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Decreto Supremo numeral 1 literal a); Art. Urbanas y de Edificaciones 25.

006-2017-VIVIENDA

28/02/2017

Art. 9.; Arts. 61°; Art Reglamento Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Decreto Supremo 63.4°; Arts. 63.12 Edificación

029-2019-VIVIENDA

06/11/2019

16/09/2018

Artículo Art. 79 numeral 3.6.2.

Art. 2

Denominación

Tipo

Ley Orgánica de Municipalidades

Ley

Decreto Legislativo que Modifica la Ley Nº 29090, Ley de Decreto Legislativo Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones

Op. 2180283-2

Lima, jueves 25 de mayo de 2023

Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima

Denominación del Procedimiento Administrativo "Licencia de Edificación Modalidad A: aprobación automática con firma de profesionales 1.3) Remodelación de una Vivienda Unifamiliar, Sin Modificación Estructural, Ni Cambio de uso y/o incremento de área techada" Código: PA1456CF9A Descripción del procedimiento Procedimiento que permite obtener licencia de edificación para el tipo de obra que se detalla. Requisitos 1.- FUE en tres (3) juegos originales, debidamente suscrito por el administrado y en la sección que corresponda, los profesionales responsables, y en la sección que corresponda, los profesionales responsables, en el que se deba consignar la información necesaria al procedimiento. El monto cancelado es consignado en el rubro "Observaciones" del FUE. 2.- En el caso que el administrado no sea el propietario del predio, debe presentar copia simple de la documentación que acredite que cuenta con derecho a edificar. 3.- Copia del documento que acredite la declaratoria fábrica o de edificación con sus respectivos planos en caso no haya sido expedido por la municipalidad; en su defecto, copia del Certificado de Conformidad o Finalización de Obra, o la Licencia de Obra o de Edificación de la construcción existente. Documentación Técnica en 3 juegos y archivo digital, compuesta por: 4.- Plano de ubicación. 5.- Planos de Arquitectura (plantas, cortes y elevaciones) de Estructuras, de Instalaciones Sanitarias y de Instalaciones Eléctricas, donde se diferencie la edificación existente de las áreas y elementos remodelados. Notas: 1.- El FUE y la Documentación Técnica se presentan en tres (03) juegos originales. 2.- El FUE, así como sus anexos son visados en todas sus páginas y cuando corresponda, firmados por el administrado y los profesionales que intervienen. 3.- Toda la documentación técnica es firmada y sellada por el profesional responsable de la misma, así como por el administrado. 4.- El plano de ubicación y localización se deberá presentar conforme al formato aprobado por el MVCS. No están consideradas en esta modalidad: 5.- Las obras de edificación en bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación y su área de influencia, declarados por el Ministerio de Cultura e incluidos en el inventario que debe remitir el citado Ministerio, de acuerdo a lo establecido en el literal f) del numeral 2 del artículo 3 de la Ley. 6.- Las obras que requieran la ejecución de sótanos o semisótanos, o una profundidad de excavación mayor a 1.50 m y colinden con edificaciones existentes. En dicho caso debe tramitarse la licencia de edificación bajo la modalidad B. Formularios FUE Url: https://www.munlima.gob.pe/images/FUE_edificaciones.pdf Canales de atención Atención Presencial: Jirón Cailloma 482 - 2do Piso - Cercado de Lima Atención Virtual: https://apps-e.munlima.gob.pe/sao-001/integracion Pago por derecho de tramitación

Modalidad de pagos Caja de la Entidad Efectivo: Soles Tarjeta de Débito: Visa, Mastercard Tarjeta de Crédito: Visa, Mastercard

Monto - S/ 189.50

Plazo de atención

Calificación del procedimiento Aprobación automática: La solicitud es considerada aprobada desde el mismo momento de su presentación ante la entidad competente para conocerla, siempre que el administrado cumpla con los requisitos y entregue la documentación completa, exigidos en el TUPA de la entidad.

Sedes y horarios de atención

Mesa de Partes Periférica de la Gerencia de Desarrollo Lunes a Viernes de 08:30 a 16:30. Urbano

Op. 2180283-2

Lima, jueves 25 de mayo de 2023

Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima

Unidad de organización donde se presenta la documentación GERENCIA DE DESARROLLO URBANO : Mesa de Partes Periférica de la Gerencia de Desarrollo Urbano Unidad de organización responsable de aprobar la solicitud

Consulta sobre el procedimiento

Subgerencia de Autorizaciones Urbanas

Teléfono: 6311658 Anexo: Correo: tsoria@munlima.gob.pe

Instancias de resolución de recursos Reconsideración

Apelación

Autoridad competente Plazo máximo de presentación

No aplica

No aplica

Plazo máximo de respuesta

No aplica

No aplica

Base legal

Número

Fecha Publicación

27972

27/05/2003

Decreto Supremo

006-2017-VIVIENDA

28/02/2017

Art. 9., Art. 61.1°, Art Reglamento Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Decreto Supremo 63.5, Art. 63.12° Edificación

029-2019-VIVIENDA

06/11/2019

16/09/2018

Artículo Art. 79 numeral 3.6.2.

Denominación

Tipo

Ley Orgánica de Municipalidades

Ley

Art. 4 numeral 9; Art. 10 TUO de la Ley N° 29090, Ley de Regulación de numeral 1 literal c); Art. Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones 25.

Art. 2

Decreto Legislativo que Modifica la Ley Nº 29090, Ley de Decreto Legislativo Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones

Op. 2180283-2

Lima, jueves 25 de mayo de 2023

Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima

Denominación del Procedimiento Administrativo "1. Licencia de Edificación Modalidad A: aprobación automática con firma de profesionales 1.4) Construcción de Cercos de más de 20 m. de longitud, siempre que el inmueble no se encuentre bajo el régimen de unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y de propiedad común." Código: PA14565148 Descripción del procedimiento Procedimiento que permite obtener licencia de edificación para el tipo de obra que se detalla. Requisitos 1.- FUE en tres (3) juegos originales, debidamente suscrito por el administrado y en la sección que corresponda, los profesionales responsables, y en la sección que corresponda, los profesionales responsables, en el que se deba consignar la información necesaria al procedimiento. El monto cancelado es consignado en el rubro "Observaciones" del FUE. 2.- En el caso que el administrado no sea el propietario del predio, debe presentar copia simple de la documentación que acredite que cuenta con derecho a edificar. Documentación Técnica en 3 juegos y archivo digital, compuesta por: 3.- Plano de ubicación. 4.- Planos de las especialidades que correspondan y sus respectivas memorias descriptivas. Notas: 1.- El FUE y la Documentación Técnica se presentan en tres (03) juegos originales. (Reglamento de la Ley N° 29090, Art 63.11) 2.- El FUE, así como sus anexos son visados en todas sus páginas y cuando corresponda, firmados por el administrado y los profesionales que intervienen. (Reglamento de la Ley N° 29090, Art. 7.1) 3.- Toda la documentación técnica es firmada y sellada por el profesional responsable de la misma, así como por el administrado. (Reglamento de la Ley N° 29090, Art. 7.2) 4.- El plano de ubicación y localización se deberá presentar conforme al formato aprobado por el MVCS. No están consideradas en esta modalidad: 5.- Las obras de edificación en bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación y su área de influencia, declarados por el Ministerio de Cultura e incluidos en el inventario que debe remitir el citado Ministerio, de acuerdo a lo establecido en el literal f) del numeral 2 del artículo 3 de la Ley. 6.- Las obras que requieran la ejecución de sótanos o semisótanos, o una profundidad de excavación mayor a 1.50 m y colinden con edificaciones existentes. En dicho caso debe tramitarse la licencia de edificación bajo la modalidad B. Formularios FUE Url: https://www.munlima.gob.pe/images/FUE_edificaciones.pdf Canales de atención Atención Presencial: Jirón Cailloma 482 - 2° piso - Cercado de Lima Atención Virtual: https://apps-e.munlima.gob.pe/sao-001/integracion Pago por derecho de tramitación

Modalidad de pagos Caja de la Entidad Efectivo: Soles Tarjeta de Débito: Visa, Mastercard Tarjeta de Crédito: Visa, Mastercard

Monto - S/ 131.60

Plazo de atención

Calificación del procedimiento Aprobación automática: La solicitud es considerada aprobada desde el mismo momento de su presentación ante la entidad competente para conocerla, siempre que el administrado cumpla con los requisitos y entregue la documentación completa, exigidos en el TUPA de la entidad.

Sedes y horarios de atención

Mesa de Partes Periférica de la Gerencia de Desarrollo Lunes a Viernes de 08:30 a 16:30. Urbano Unidad de organización donde se presenta la documentación

Op. 2180283-2

Lima, jueves 25 de mayo de 2023

Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima

GERENCIA DE DESARROLLO URBANO : Mesa de Partes Periférica de la Gerencia de Desarrollo Urbano Unidad de organización responsable de aprobar la solicitud

Consulta sobre el procedimiento

Subgerencia de Autorizaciones Urbanas

Teléfono: 631-1658 Anexo: Correo: tsoria@munlima.gob.pe

Instancias de resolución de recursos Reconsideración

Apelación

Autoridad competente Plazo máximo de presentación

No aplica

No aplica

Plazo máximo de respuesta

No aplica

No aplica

Base legal

Artículo Art. 79 numeral 3.6.2.

Denominación

Tipo

Ley Orgánica de Municipalidades

Ley

Número

Fecha Publicación

27972

27/05/2003

Art. 4 numeral 9; Art. 10 Texto Único Ordenado de la Ley N° 29090, Ley de Regulación Decreto Supremo numeral 1 literal a); Art. de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones

006-2017-VIVIENDA

28/02/2017

Art. 9; Art 58.6°; Arts. Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias 61.1°; Art 63.6°; Arts. de Edificación 63.12

Decreto Supremo

029-2019-VIVIENDA

06/11/2019

Arts. 53 y 54

Texto Único de Ordenado de la Ley N° 27444, Ley

Decreto Supremo

004-2019-JUS

25/01/2019

Art. 2

Decreto Legislativo que Modifica la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones

Decreto Legislativo

16/09/2018

Op. 2180283-2

Lima, jueves 25 de mayo de 2023

Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima

Denominación del Procedimiento Administrativo "1. Licencia de Edificación Modalidad A: Aprobación Automática con firma de profesionales 1.5) Demolición Total de Edificaciones de hasta Tres (03) Pisos de altura, que no cuenten con semisótano y sótanos, siempre que no haga uso de explosivos." Código: PA1456F9F2 Descripción del procedimiento Procedimiento que permite obtener licencia de edificación para el tipo de obra que se detalla. Requisitos 1.- FUE en tres (3) juegos originales, debidamente suscrito por el administrado y en la sección que corresponda, los profesionales responsables, y en la sección que corresponda, los profesionales responsables, en el que se deba consignar la información necesaria al procedimiento. El monto cancelado es consignado en el rubro "Observaciones" del FUE. 2.- En el caso que el administrado no sea el propietario del predio, debe presentar copia simple de la documentación que acredite que cuenta con derecho a edificar 3.- Copia del documento que acredite la declaratoria fábrica o de edificación con sus respectivos planos en caso no haya sido expedido por la municipalidad; en su defecto, copia del Certificado de Conformidad o Finalización de Obra, o la Licencia de Obra o de Edificación de la construcción existente. 4.- En caso la edificación no pueda acreditarse con la autorización respectiva, el plano de ubicación y localización así como el plano de planta de la edificación a demoler. 5.- En caso la declaratoria de fábrica o de edificación se encuentre inscrita en el Registro de Predios, declaración jurada por parte del administrado, señalando que sobre el bien no recaigan cargas y/o gravámenes. En su defecto, copia del documento que acredite la autorización del titular de la carga o gravamen. Documentación Técnica en 3 juegos y archivo digital, compuesta por: 6.- Plano de ubicación, según formato. 7.- Plano de cerramiento del predio, cuando se trate de demolición total. 8.- Carta de Seguridad de Obra, firmada por ingeniero civil. 9.- Memoria descriptiva del proceso de demolición firmada por un ingeniero civil. Notas: 1.- El FUE y la Documentación Técnica se presentan en tres (03) juegos originales.

(Reglamento de la Ley N° 29090, Art 63.11)

2.- El FUE, así como sus anexos son visados en todas sus páginas y cuando corresponda, firmados por el administrado y los profesionales que intervienen. (Reglamento de la Ley N° 29090, Art. 7.1) 3.- Toda la documentación técnica es firmada y sellada por el profesional responsable de la misma, así como por el administrado. (Reglamento de la Ley N° 29090, Art. 7.2) 4.- El plano de ubicación y localización se deberá presentar conforme al formato aprobado por el MVCS. No están consideradas en esta modalidad: 5.- Las obras de edificación en bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación y su área de influencia, declarados por el Ministerio de Cultura e incluidos en el inventario que debe remitir el citado Ministerio, de acuerdo a lo establecido en el literal f) del numeral 2 del artículo 3 de la Ley. 6.- Las obras que requieran la ejecución de sótanos o semisótanos, o una profundidad de excavación mayor a 1.50 m y colinden con edificaciones existentes. En dicho caso debe tramitarse la licencia de edificación bajo la modalidad B. Formularios FUE Url: https://www.munlima.gob.pe/images/FUE_edificaciones.pdf Canales de atención Atención Presencial: Jirón Cailloma 482 - 2do Piso - Cercado de Lima Atención Virtual: https://apps-e.munlima.gob.pe/sao-001/integracion Pago por derecho de tramitación

Modalidad de pagos Caja de la Entidad Efectivo: Soles Tarjeta de Débito: Visa, Mastercard Tarjeta de Crédito: Visa, Mastercard

Monto - S/ 77.40

Plazo de atención

Calificación del procedimiento Aprobación automática: La solicitud es considerada aprobada desde el mismo momento de su presentación ante la entidad competente para conocerla, siempre que el administrado cumpla con los requisitos y entregue la documentación completa, exigidos en el TUPA de la entidad.

Op. 2180283-2

Lima, jueves 25 de mayo de 2023

Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima

Sedes y horarios de atención

Mesa de Partes Periférica de la Gerencia de Desarrollo Lunes a Viernes de 08:30 a 16:30. Urbano Unidad de organización donde se presenta la documentación GERENCIA DE DESARROLLO URBANO : Mesa de Partes Periférica de la Gerencia de Desarrollo Urbano Unidad de organización responsable de aprobar la solicitud

Consulta sobre el procedimiento

Subgerencia de Autorizaciones Urbanas

Teléfono: 6311658 Anexo: Correo: tsoria@munlima.gob.pe

Instancias de resolución de recursos Reconsideración

Apelación

Autoridad competente Plazo máximo de presentación

No aplica

No aplica

Plazo máximo de respuesta

No aplica

No aplica

Base legal

Número

Fecha Publicación

27972

27/05/2003

Art. 4 numeral 9 y Art. 10 Texto Único Ordenado de la Ley N° 29090, Ley de Regulación Decreto Supremo numeral 1 literal e) de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones

006-2017-VIVIENDA

28/02/2017

Decreto Supremo

029-2019-VIVIENDA

06/11/2019

Artículo Art. 79 numeral 3.6.2.

Denominación

Tipo

Ley Orgánica de Municipalidades

Ley

Art. 9, Arts. 61.1°, Art Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación 63.7°, Art 63.12° Arts. 53 y 54.

Texto Único Ord enado de la Le y N° 27444, Le y del Decreto Supremo Procedimiento Administrativo Ge neral

004-2019-JUS

25/01/2019

Art. 2

Decreto Legislativo que Modifica la Ley Nº 29090, Ley de Decreto Legislativo Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones

16/09/2018

Op. 2180283-2

Lima, jueves 25 de mayo de 2023

Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima

Denominación del Procedimiento Administrativo "1. Licencia de Edificación Modalidad A: Aprobación Automática con firma de profesionales 1.6) Las Ampliaciones y Remodelaciones consideradas obras menores según lo establecido en la norma técnica G.040 del RNE" Código: PA14566E5A Descripción del procedimiento Procedimiento que permite obtener licencia de edificación para el tipo de obra que se detalla. Requisitos 1.- FUE en tres (3) juegos originales, debidamente suscrito por el administrado y en la sección que corresponda, los profesionales responsables, y en la sección que corresponda, los profesionales responsables, en el que se deba consignar la información necesaria al procedimiento. El monto cancelado es consignado en el rubro "Observaciones" del FUE. 2.- En el caso que el administrado no sea el propietario del predio, debe presentar copia simple de la documentación que acredite que cuenta con derecho a edificar. 3.- Copia del documento que acredite la declaratoria fábrica o de edificación con sus respectivos planos en caso no haya sido expedido por la municipalidad; en su defecto, copia del Certificado de Conformidad o Finalización de Obra, o la Licencia de Obra o de Edificación de la construcción existente. Documentación Técnica en 3 juegos y archivo digital, compuesta por: 4.- Plano de ubicación. 5.- Planos de Arquitectura (planta, cortes y elevaciones) donde se diferencien las áreas existentes de las ampliadas y remodeladas. Notas: 1.- El FUE y la Documentación Técnica se presentan en tres (03) juegos originales.

(Reglamento de la Ley N° 29090, Art 63.11)

2.- El FUE, así como sus anexos son visados en todas sus páginas y cuando corresponda, firmados por el administrado y los profesionales que intervienen. (Reglamento de la Ley N° 29090, Art. 7.1) 3.- Toda la documentación técnica es firmada y sellada por el profesional responsable de la misma, así como por el administrado. (Reglamento de la Ley N° 29090, Art. 7.2) 4.- El plano de ubicación y localización se deberá presentar conforme al formato aprobado por el MVCS. No están consideradas en esta modalidad: 5.- Las obras de edificación en bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación y su área de influencia, declarados por el Ministerio de Cultura e incluidos en el inventario que debe remitir el citado Ministerio, de acuerdo a lo establecido en el literal f) del numeral 2 del artículo 3 de la Ley. 6.- Las obras que requieran la ejecución de sótanos o semisótanos, o una profundidad de excavación mayor a 1.50 m y colinden con edificaciones existentes. En dicho caso debe tramitarse la licencia de edificación bajo la modalidad B. Formularios FUE Url: https://www.munlima.gob.pe/images/FUE_edificaciones.pdf Canales de atención Atención Presencial: Jirón Cailloma 482 - 2do Piso - Cercado de Lima Atención Virtual: https://apps-e.munlima.gob.pe/sao-001/integracion Pago por derecho de tramitación

Modalidad de pagos Caja de la Entidad Efectivo: Soles

Monto - S/ 83.70

Plazo de atención

Calificación del procedimiento Aprobación automática: La solicitud es considerada aprobada desde el mismo momento de su presentación ante la entidad competente para conocerla, siempre que el administrado cumpla con los requisitos y entregue la documentación completa, exigidos en el TUPA de la entidad.

Sedes y horarios de atención

Mesa de Partes Periférica de la Gerencia de Desarrollo Lunes a Viernes de 08:30 a 16:30. Urbano Unidad de organización donde se presenta la documentación

Op. 2180283-2

Lima, jueves 25 de mayo de 2023

Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima

GERENCIA DE DESARROLLO URBANO : Mesa de Partes Periférica de la Gerencia de Desarrollo Urbano Unidad de organización responsable de aprobar la solicitud

Consulta sobre el procedimiento

Subgerencia de Autorizaciones Urbanas

Teléfono: 6311658 Anexo: Correo: tsoria@munlima.gob.pe

Instancias de resolución de recursos Reconsideración

Apelación

Autoridad competente Plazo máximo de presentación

No aplica

No aplica

Plazo máximo de respuesta

No aplica

No aplica

Base legal

Artículo Art. 79 numeral 3.6.2.

Denominación

Tipo

Ley Orgánica de Municipalidades

Ley

Número

Fecha Publicación

27972

27/05/2003

Art. 4 numeral 9 y Art.10 Texto Único Ordenado de la Ley N° 29090, Ley de Regulación Decreto Supremo de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones numeral 1 literal f)

006-2017-VIVIENDA

28/02/2017

Art. 9, Arts. 61.1°, Art Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Decreto Supremo 63.3°, Art 63.12° Edificación

029-2019-VIVIENDA

06/11/2019

Arts. 53 y 54

Texto Único Ord enado de la Le y N° 27444, Le y del Decreto Supremo Procedimiento Administrativo Ge neral

004-2019-JUS

25/01/2019

Art. 2

Decreto Legislativo que Modifica la Ley Nº 29090, Ley de Decreto Legislativo Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones

16/09/2018

Op. 2180283-2

Lima, jueves 25 de mayo de 2023

Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima

Denominación del Procedimiento Administrativo "1. Licencia de Edificación Modalidad A: Aprobación Automática con firma de profesionales 1.7) Las Edificaciones correspondientes a programas promovidos por el sector vivienda, para la reubicación de beneficiarios de atención extraordinaria del bono familiar habitacional, establecidos en el numeral 3.2.1 del artículo 3, de la Ley N° 27829, Ley que crea el bono familiar habitacional (BFH)" Código: PA145653B3 Descripción del procedimiento Procedimiento que permite obtener licencia de edificación para el tipo de obra que se detalla Requisitos 1.- FUE en tres (3) juegos originales, debidamente suscrito por el administrado y en la sección que corresponda, los profesionales responsables, y en la sección que corresponda, los profesionales responsables, en el que se deba consignar la información necesaria al procedimiento. El monto cancelado es consignado en el rubro "Observaciones" del FUE. 2.- En el caso que el administrado no sea el propietario del predio, debe presentar copia simple de la documentación que acredite que cuenta con derecho a edificar. Documentación Técnica en 3 juegos y archivo digital, compuesta por: 3.- Plano de ubicación. 4.- Planos de Arquitectura (planta, cortes y elevaciones). Notas: 1.- El FUE y la Documentación Técnica se presentan en tres (03) juegos originales.

(Reglamento de la Ley N° 29090, Art 63.11)

2.- El FUE, así como sus anexos son visados en todas sus páginas y cuando corresponda, firmados por el administrado y los profesionales que intervienen. (Reglamento de la Ley N° 29090, Art. 7.1) 3.- Toda la documentación técnica es firmada y sellada por el profesional responsable de la misma, así como por el administrado. (Reglamento de la Ley N° 29090, Art. 7.2) 4.- El plano de ubicación y localización se deberá presentar conforme al formato aprobado por el MVCS. No están consideradas en esta modalidad: 5.- Las obras de edificación en bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación y su área de influencia, declarados por el Ministerio de Cultura e incluidos en el inventario que debe remitir el citado Ministerio, de acuerdo a lo establecido en el literal f) del numeral 2 del artículo 3 de la Ley. 6.- Las obras que requieran la ejecución de sótanos o semisótanos, o una profundidad de excavación mayor a 1.50 m y colinden con edificaciones existentes. En dicho caso debe tramitarse la licencia de edificación bajo la modalidad B. Formularios FUE Url: https://www.munlima.gob.pe/images/FUE_edificaciones.pdf Canales de atención Atención Presencial: Jirón Cailloma 482 - 2do Piso - Cercado de Lima Atención Virtual: https://apps-e.munlima.gob.pe/sao-001/integracion Pago por derecho de tramitación

Modalidad de pagos Caja de la Entidad Efectivo: Soles Tarjeta de Débito: Visa, Mastercard Tarjeta de Crédito: Visa, Mastercard

Monto - S/ 86.70

Plazo de atención

Calificación del procedimiento Aprobación automática: La solicitud es considerada aprobada desde el mismo momento de su presentación ante la entidad competente para conocerla, siempre que el administrado cumpla con los requisitos y entregue la documentación completa, exigidos en el TUPA de la entidad.

Sedes y horarios de atención

Mesa de Partes Periférica de la Gerencia de Desarrollo Lunes a Viernes de 08:30 a 16:30. Urbano Unidad de organización donde se presenta la documentación

Op. 2180283-2

Lima, jueves 25 de mayo de 2023

Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima

GERENCIA DE DESARROLLO URBANO : Mesa de Partes Periférica de la Gerencia de Desarrollo Urbano Unidad de organización responsable de aprobar la solicitud

Consulta sobre el procedimiento

Subgerencia de Autorizaciones Urbanas

Teléfono: 6311658 Anexo: Correo: tsoria@munlima.gob.pe

Instancias de resolución de recursos Reconsideración

Apelación

Autoridad competente Plazo máximo de presentación

No aplica

No aplica

Plazo máximo de respuesta

No aplica

No aplica

Base legal

Artículo Art. 79 numeral 3.6.2.

Denominación

Tipo

Ley Orgánica de Municipalidades


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