Decreto de Alcaldía N.° 009
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Peru
Lima, jueves 25 de mayo de 2023
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima DECRETO DE ALCALDÍA N° 009 Lima, 5 de mayo de 2023 El ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; VISTOS: El Informe N° D000113-2023-MML-GP-SOM de la Subgerencia de Organización y Modernización (hoy Oficina de Planificación Estratégica y Modernización), el Memorando N° D0003742023-MML-GP de la Gerencia de Planificación (hoy Oficina General de Planificación Estratégica, Modernización y Cooperación Técnica), el Informe N° D000503-2023-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos jurídicos (hoy Oficina General de Asuntos Jurídicos) y el Memorando N° D000697-2023-MMLGMM de la Gerencia Municipal Metropolitana, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 6 de la referida Ley N° 27972, señala que la Alcaldía es el órgano ejecutivo de gobierno local, siendo el Alcalde su representante legal y la máxima autoridad administrativa; Que, el artículo 42 de la Ley N° 27972, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, el numeral 1 del artículo 44 de la acotada Ley N° 27972, establece entre otros, que los Decretos de Alcaldía son publicados en el Diario Oficial El Peruano en el caso de todas las municipalidades de la provincia de Lima y de la Provincia Constitucional del Callao; Que, el numeral 44.5 del artículo 44 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, y el artículo 19 de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, que aprueba Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del (TUPA); establecen que, una vez aprobado el Texto Único de Procedimientos Administrativos (en adelante el TUPA), toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldía; Que, mediante Ordenanza Nº 1874 y modificatorias, la Municipalidad Metropolitana de Lima aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) que contiene los Procedimientos Administrativos y Servicios Exclusivos, Requisitos y Derechos de Trámite que son de competencia de la entidad edil; Que, mediante Ordenanza N° 2537, publicado en el Diario Oficial se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, documento que contiene principales cambios en lo que respecta a los órganos y unidades de organización, indicando en la Disposición Complementaria Transitoria Única que en un plazo de treinta (30) días hábiles, contados desde la publicación de la ordenanza, los Órganos, Unidades Orgánicas, Órganos Desconcentrados, Organismos Descentralizados y Empresas Municipales, pertenecientes a la Municipalidad Metropolitana de Lima, se adecúen al Reglamento de Organización y Funciones; Que, mediante Memorando N° D000374-2023-MML-GP, de fecha 03 de mayo de 2023, la Gerencia de Planificación (actualmente denominada Oficina General de Planificación Estratégica, Modernización
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Lima, jueves 25 de mayo de 2023
y Cooperación Técnica) remite el Informe N° 113-2023-MML-GP-SOM, de fecha 03 de mayo de 2023, de la Subgerencia de Organización y Modernización (actualmente denominada Oficina de Planificación Estratégica y Modernización), mediante el cual sustenta la necesidad de modificar el TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a razón de los cambios en el nuevo Reglamento de Organización y Funciones respecto de la denominación de las dependencias responsables de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en el TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado con Ordenanza Nº 1874 y modificatorias; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos (actualmente denominada Oficina General de Asuntos Jurídicos) mediante Informe N° D000503-2023-MML-GAJ de fecha 04 de mayo de 2023, opina que resulta viable que mediante Decreto de Alcaldía se modifique el TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a razón de los cambios en el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima aprobada por Ordenanza 2537; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y por las facultades conferidas por el numeral 6 del Artículo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza N° 1874-MML y modificatorias, conforme se detalla en el Anexo, que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo (ahora Oficina General de la Secretaria de Concejo), la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Gobierno Digital e Innovación (ahora Oficina de Gobierno Digital), su publicación y su Anexo que forma parte del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Planificación (hoy Oficina General de Planificación Estratégica, Modernización y Cooperación Técnica), a través de su unidad orgánica competente, actualizar el “Texto Único de Procedimientos Administrativos” (TUPA) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, conforme a lo aprobado en el Artículo Primero. Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde
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Lima, jueves 25 de mayo de 2023
Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima
TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA DE "MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA (PROVINCIAL)"
Normas que aprueba o modifican el TUPA
Aprueba
Ordenanza Municipal
31/01/2015
Modifica
Decreto de Alcaldía
002-2015
13/04/2015
Modifica
Ordenanza Municipal
1915-2015
03/12/2015
Modifica
Ordenanza Municipal
1933-2016
17/02/2016
Modifica
Ordenanza Municipal
1957-2016
18/05/2016
Modifica
Ordenanza Municipal
1970-2016
20/07/2016
Modifica
Ordenanza Municipal
1982-2016
27/08/2016
Modifica
Ordenanza Municipal
2005-2016
26/11/2016
2008-2016
07/12/2016
2009-2016
15/12/2016
2018-2016
22/12/2016
2019-2016
22/12/2016
2030-2017
01/03/2017
2041-2017
04/05/2017
005-2017
16/07/2017
2082-2018
16/03/2018
003-2018
24/03/2018
2084-2018
07/04/2018
2087-2018
13/04/2018
005-2018
13/05/2018
2153-2018
02/01/2019
2187-2019
14/11/2019
Modifica
Ordenanza Municipal
Modifica
Ordenanza Municipal
Modifica
Ordenanza Municipal
Modifica
Ordenanza Municipal
Modifica
Ordenanza Municipal
Modifica
Ordenanza Municipal
Modifica
Decreto de Alcaldía
Modifica
Ordenanza Municipal
Modifica
Decreto de Alcaldía
Modifica
Ordenanza Municipal
Modifica
Ordenanza Municipal
Modifica
Decreto de Alcaldía
Modifica
Ordenanza Municipal
Modifica
Decreto de Alcaldía
020--2020
07/01/2020
Modifica
Decreto de Alcaldía
11-2020
23/09/2020
Modifica
Decreto de Alcaldía
16-2020
24/10/2020
Modifica
Ordenanza Municipal
2268-2020
13/11/2020
Decreto de Alcaldía
021-2020
27/11/2020
Op. 2180283-2
Modifica
Lima, jueves 25 de mayo de 2023
Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima
Modifica
Ordenanza Municipal
2301-2021
12/02/2021
Modifica
Decreto de Alcaldía
018-2021
20/05/2021
Modifica
Ordenanza Municipal
2396-2021
27/11/2021
Modifica
Ordenanza Municipal
2411-2021
18/12/2021
Modifica
Ordenanza Municipal
2467-2022
04/06/2022
Modifica
Ordenanza Municipal
2481-2022
17/07/2022
Modifica
Decreto de Alcaldía
009-2023
05/05/2023
Op. 2180283-2
Lima, jueves 25 de mayo de 2023
SECCIÓN N° 1: PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
Op. 2180283-2
Lima, jueves 25 de mayo de 2023
Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima
Denominación del Procedimiento Administrativo "Licencia de Edificación Modalidad A: aprobación automática con firma de profesionales 1.1) Construcción de una Vivienda Unifamiliar de hasta 120 M2 construidos, siempre que constituya la única edificación en el lote." Código: PA14561E8F Descripción del procedimiento Procedimiento que permite obtener licencia de edificación para el tipo de obra que se detalla Requisitos 1.- FUE en tres (3) juegos originales, debidamente suscrito por el administrado y en la sección que corresponda, los profesionales responsables, y en la sección que corresponda, los profesionales responsables, en el que se deba consignar la información necesaria al procedimiento. El monto cancelado es consignado en el rubro "Observaciones" del FUE. 2.- En el caso que el administrado no sea el propietario del predio, debe presentar la documentación que acredite que cuenta con derecho a edificar. Documentación Técnica - 03 juegos y archivo digital, compuesto por: 3.- Plano de Ubicación 4.- Planos de Arquitectura (plantas, cortes y elevaciones), de Estructuras, de Instalaciones Sanitarias y de Instalaciones Eléctricas. Solo para el caso que se vaya a ejecutar en predios que cuenten con edificaciones existentes sin licencia, la demolición total se autoriza con la licencia de edificación de obra nueva, sin perjuicio de la multa por ejecutar sin licencia, se presenta también: 5.- Planos de distribución de la edificación existente 6.- Plano de cerramiento del predio 7.- Carta de seguridad de obra 8.- Memoria descriptiva del proceso de demolición firmada por ingeniero civil Notas: 1.- El FUE y la Documentación Técnica se presentan en tres (03) juegos originales. (Reglamento de la Ley N° 29090, Art 63.11) 2.- El FUE, así como sus anexos son visados en todas sus páginas y cuando corresponda, firmados por el administrado y los profesionales que intervienen. (Reglamento de la Ley N° 29090, Art. 7.1) 3.- Toda la documentación técnica es firmada y sellada por el profesional responsable de la misma, así como por el administrado. (Reglamento de la Ley N° 29090, Art. 7.2) 4.- El administrado puede optar por la presentación de un proyecto adquirido en el Banco de Proyectos de la Municipalidad respectiva. (TUO de la Ley N° 29090, Art. 25; Reglamento de la Ley N° 29090, Art. 63.2) 5.- El plano de ubicación y localización se deberá presentar conforme al formato aprobado por el MVCS. No están consideradas en esta modalidad: 6.- Las obras de edificación en bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación y su área de influencia, declarados por el Ministerio de Cultura e incluidos en el inventario que debe remitir el citado Ministerio, de acuerdo a lo establecido en el 2do párrafo literal f) del numeral 2 del artículo 3 de la Ley. 8.- Las obras que requieran la ejecución de sótanos o semisótanos, o una profundidad de excavación mayor a 1.50 m y colinden con edificaciones existentes. En dicho caso debe tramitarse la licencia de edificación bajo la modalidad B.
Formularios FUE Url: https://www.munlima.gob.pe/images/FUE_edificaciones.pdf Canales de atención Atención Presencial: Sede de la Entidad: Jirón Cailloma 482 - 2do Piso - Cercado de Lima Atención Virtual: https://apps-e.munlima.gob.pe/sao-001/integracion Pago por derecho de tramitación
Modalidad de pagos Caja de la Entidad Efectivo: Soles Tarjeta de Débito: Visa, Mastercard Tarjeta de Crédito: Visa, Mastercard
Monto - S/ 255.70
Plazo de atención
Calificación del procedimiento Aprobación automática: La solicitud es considerada aprobada desde el mismo momento de su presentación ante la entidad competente para conocerla, siempre que el administrado cumpla con los requisitos y entregue la documentación completa, exigidos en el TUPA de la entidad.
Sedes y horarios de atención
Op. 2180283-2
Lima, jueves 25 de mayo de 2023
Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima
Mesa de Partes Periférica de la Gerencia de Desarrollo Lunes a Viernes de 08:30 a 16:30. Urbano Unidad de organización donde se presenta la documentación GERENCIA DE DESARROLLO URBANO : Mesa de Partes Periférica de la Gerencia de Desarrollo Urbano Unidad de organización responsable de aprobar la solicitud
Consulta sobre el procedimiento
Subgerencia de Autorizaciones Urbanas
Teléfono: 631-1658 Anexo: Correo: tsoria@munlima.gob.pe
Instancias de resolución de recursos Reconsideración
Apelación
Autoridad competente Plazo máximo de presentación
No aplica
No aplica
Plazo máximo de respuesta
No aplica
No aplica
Base legal
Número
Fecha Publicación
27972
27/05/2003
Art. 4 numeral 9; Art. 10 TUO de la Ley N° 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Decreto Supremo numeral 1 literal a); Art. Urbanas y de Edificaciones
006-2017-VIVIENDA
28/02/2017
Art. 9; Art 58.6°, Arts. Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Decreto Supremo 61.1°, Art 63.1° Edificación
029-2019-VIVIENDA
06/11/2019
Artículo Art. 79 numeral 3.6.2.
Denominación
Tipo
Ley Orgánica de Municipalidades
Ley
Arts. 53 y 54
TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo Decreto Supremo General
004-2019-JUS
25/01/2019
Art. 2
Decreto Legislativo que Modifica la Ley Nº 29090, Ley de Decreto Legislativo Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones
16/09/2018
Op. 2180283-2
Lima, jueves 25 de mayo de 2023
Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima
Denominación del Procedimiento Administrativo "Licencia de Edificación Modalidad A: aprobación automática con firma de profesionales 1.2) Ampliación de una Vivienda Unifamiliar, cuya Edificación original cuente con Licencia de Construcción, Declaratoria de Fábrica y/o de Edificación sin carga, y la sumatoria del área techada de ambas no supere los 200 m2" Código: PA1456F0F6 Descripción del procedimiento Procedimiento que permite obtener licencia de edificación para el tipo de obra que se detalla. Requisitos 1.- FUE en tres (3) juegos originales, debidamente suscrito por el administrado y en la sección que corresponda, los profesionales responsables, y en la sección que corresponda, los profesionales responsables, en el que se deba consignar la información necesaria al procedimiento. El monto cancelado es consignado en el rubro "Observaciones" del FUE. 2.- En el caso que el administrado no sea el propietario del predio, debe presentar copia simple de la documentación que acredite que cuenta con derecho a edificar 3.- Copia del documento que acredite la declaratoria de fábrica o de edificación con sus respectivos planos en caso no haya sido expedido por la municipalidad; en su defecto, copia del Certificado de Conformidad o Finalización de Obra, o la Licencia de Obra o de Edificación de la construcción existente. Documentación Técnica en 3 juegos y archivo digital, compuesta por: 4.- Plano de ubicación 5.- Planos de Arquitectura (plantas, cortes y elevaciones) de Estructuras, de Instalaciones Sanitarias y de Instalaciones Eléctricas, donde se diferencien las áreas existentes de las ampliadas. Notas: 1.- El FUE y la Documentación Técnica se presentan en tres (03) juegos originales. (Reglamento de la Ley N° 29090, Art 63.11) 2.- El FUE, así como sus anexos son visados en todas sus páginas y cuando corresponda, firmados por el administrado y los profesionales que intervienen. (Reglamento de la Ley N° 29090, Art. 7.1) 3.- Toda la documentación técnica es firmada y sellada por el profesional responsable de la misma, así como por el administrado. (Reglamento de la Ley N° 29090, Art. 7.2) 4.- El plano de ubicación y localización se deberá presentar conforme al formato aprobado por el MVCS. No están consideradas en esta modalidad: 5.- Las obras de edificación en bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación y su área de influencia, declarados por el Ministerio de Cultura e incluidos en el inventario que debe remitir el citado Ministerio, de acuerdo a lo establecido en el literal f) del numeral 2 del artículo 3 de la Ley. 6.- Las obras que requieran la ejecución de sótanos o semisótanos, o una profundidad de excavación mayor a 1.50 m y colinden con edificaciones existentes. En dicho caso debe tramitarse la licencia de edificación bajo la modalidad B. Formularios FUE Url: https://www.munlima.gob.pe/images/FUE_edificaciones.pdf Canales de atención Atención Presencial: Sede de la Entidad: Jirón Cailloma 482 - 2do Piso - Cercado de Lima Atención Virtual: https://apps-e.munlima.gob.pe/sao-001/integracion Pago por derecho de tramitación
Modalidad de pagos Caja de la Entidad Efectivo: Soles Tarjeta de Débito: Visa, Mastercard Tarjeta de Crédito: Visa, Mastercard
Monto - S/ 190.10
Plazo de atención
Calificación del procedimiento Aprobación automática: La solicitud es considerada aprobada desde el mismo momento de su presentación ante la entidad competente para conocerla, siempre que el administrado cumpla con los requisitos y entregue la documentación completa, exigidos en el TUPA de la entidad.
Sedes y horarios de atención
Op. 2180283-2
Lima, jueves 25 de mayo de 2023
Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima
Mesa de Partes Periférica de la Gerencia de Desarrollo Lunes a Viernes de 08:30 a 16:30. Urbano Unidad de organización donde se presenta la documentación GERENCIA DE DESARROLLO URBANO : Mesa de Partes Periférica de la Gerencia de Desarrollo Urbano Unidad de organización responsable de aprobar la solicitud
Consulta sobre el procedimiento
Subgerencia de Autorizaciones Urbanas
Teléfono: 6311658 Anexo: Correo: tsoria@munlima.gob.pe
Instancias de resolución de recursos Reconsideración
Apelación
Autoridad competente Plazo máximo de presentación
No aplica
No aplica
Plazo máximo de respuesta
No aplica
No aplica
Base legal
Número
Fecha Publicación
27972
27/05/2003
Art. 4 numeral 9 ; Art. 10 TUO de la Ley N° 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Decreto Supremo numeral 1 literal a); Art. Urbanas y de Edificaciones 25.
006-2017-VIVIENDA
28/02/2017
Art. 9.; Arts. 61°; Art Reglamento Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Decreto Supremo 63.4°; Arts. 63.12 Edificación
029-2019-VIVIENDA
06/11/2019
16/09/2018
Artículo Art. 79 numeral 3.6.2.
Art. 2
Denominación
Tipo
Ley Orgánica de Municipalidades
Ley
Decreto Legislativo que Modifica la Ley Nº 29090, Ley de Decreto Legislativo Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones
Op. 2180283-2
Lima, jueves 25 de mayo de 2023
Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima
Denominación del Procedimiento Administrativo "Licencia de Edificación Modalidad A: aprobación automática con firma de profesionales 1.3) Remodelación de una Vivienda Unifamiliar, Sin Modificación Estructural, Ni Cambio de uso y/o incremento de área techada" Código: PA1456CF9A Descripción del procedimiento Procedimiento que permite obtener licencia de edificación para el tipo de obra que se detalla. Requisitos 1.- FUE en tres (3) juegos originales, debidamente suscrito por el administrado y en la sección que corresponda, los profesionales responsables, y en la sección que corresponda, los profesionales responsables, en el que se deba consignar la información necesaria al procedimiento. El monto cancelado es consignado en el rubro "Observaciones" del FUE. 2.- En el caso que el administrado no sea el propietario del predio, debe presentar copia simple de la documentación que acredite que cuenta con derecho a edificar. 3.- Copia del documento que acredite la declaratoria fábrica o de edificación con sus respectivos planos en caso no haya sido expedido por la municipalidad; en su defecto, copia del Certificado de Conformidad o Finalización de Obra, o la Licencia de Obra o de Edificación de la construcción existente. Documentación Técnica en 3 juegos y archivo digital, compuesta por: 4.- Plano de ubicación. 5.- Planos de Arquitectura (plantas, cortes y elevaciones) de Estructuras, de Instalaciones Sanitarias y de Instalaciones Eléctricas, donde se diferencie la edificación existente de las áreas y elementos remodelados. Notas: 1.- El FUE y la Documentación Técnica se presentan en tres (03) juegos originales. 2.- El FUE, así como sus anexos son visados en todas sus páginas y cuando corresponda, firmados por el administrado y los profesionales que intervienen. 3.- Toda la documentación técnica es firmada y sellada por el profesional responsable de la misma, así como por el administrado. 4.- El plano de ubicación y localización se deberá presentar conforme al formato aprobado por el MVCS. No están consideradas en esta modalidad: 5.- Las obras de edificación en bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación y su área de influencia, declarados por el Ministerio de Cultura e incluidos en el inventario que debe remitir el citado Ministerio, de acuerdo a lo establecido en el literal f) del numeral 2 del artículo 3 de la Ley. 6.- Las obras que requieran la ejecución de sótanos o semisótanos, o una profundidad de excavación mayor a 1.50 m y colinden con edificaciones existentes. En dicho caso debe tramitarse la licencia de edificación bajo la modalidad B. Formularios FUE Url: https://www.munlima.gob.pe/images/FUE_edificaciones.pdf Canales de atención Atención Presencial: Jirón Cailloma 482 - 2do Piso - Cercado de Lima Atención Virtual: https://apps-e.munlima.gob.pe/sao-001/integracion Pago por derecho de tramitación
Modalidad de pagos Caja de la Entidad Efectivo: Soles Tarjeta de Débito: Visa, Mastercard Tarjeta de Crédito: Visa, Mastercard
Monto - S/ 189.50
Plazo de atención
Calificación del procedimiento Aprobación automática: La solicitud es considerada aprobada desde el mismo momento de su presentación ante la entidad competente para conocerla, siempre que el administrado cumpla con los requisitos y entregue la documentación completa, exigidos en el TUPA de la entidad.
Sedes y horarios de atención
Mesa de Partes Periférica de la Gerencia de Desarrollo Lunes a Viernes de 08:30 a 16:30. Urbano
Op. 2180283-2
Lima, jueves 25 de mayo de 2023
Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima
Unidad de organización donde se presenta la documentación GERENCIA DE DESARROLLO URBANO : Mesa de Partes Periférica de la Gerencia de Desarrollo Urbano Unidad de organización responsable de aprobar la solicitud
Consulta sobre el procedimiento
Subgerencia de Autorizaciones Urbanas
Teléfono: 6311658 Anexo: Correo: tsoria@munlima.gob.pe
Instancias de resolución de recursos Reconsideración
Apelación
Autoridad competente Plazo máximo de presentación
No aplica
No aplica
Plazo máximo de respuesta
No aplica
No aplica
Base legal
Número
Fecha Publicación
27972
27/05/2003
Decreto Supremo
006-2017-VIVIENDA
28/02/2017
Art. 9., Art. 61.1°, Art Reglamento Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Decreto Supremo 63.5, Art. 63.12° Edificación
029-2019-VIVIENDA
06/11/2019
16/09/2018
Artículo Art. 79 numeral 3.6.2.
Denominación
Tipo
Ley Orgánica de Municipalidades
Ley
Art. 4 numeral 9; Art. 10 TUO de la Ley N° 29090, Ley de Regulación de numeral 1 literal c); Art. Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones 25.
Art. 2
Decreto Legislativo que Modifica la Ley Nº 29090, Ley de Decreto Legislativo Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones
Op. 2180283-2
Lima, jueves 25 de mayo de 2023
Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima
Denominación del Procedimiento Administrativo "1. Licencia de Edificación Modalidad A: aprobación automática con firma de profesionales 1.4) Construcción de Cercos de más de 20 m. de longitud, siempre que el inmueble no se encuentre bajo el régimen de unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y de propiedad común." Código: PA14565148 Descripción del procedimiento Procedimiento que permite obtener licencia de edificación para el tipo de obra que se detalla. Requisitos 1.- FUE en tres (3) juegos originales, debidamente suscrito por el administrado y en la sección que corresponda, los profesionales responsables, y en la sección que corresponda, los profesionales responsables, en el que se deba consignar la información necesaria al procedimiento. El monto cancelado es consignado en el rubro "Observaciones" del FUE. 2.- En el caso que el administrado no sea el propietario del predio, debe presentar copia simple de la documentación que acredite que cuenta con derecho a edificar. Documentación Técnica en 3 juegos y archivo digital, compuesta por: 3.- Plano de ubicación. 4.- Planos de las especialidades que correspondan y sus respectivas memorias descriptivas. Notas: 1.- El FUE y la Documentación Técnica se presentan en tres (03) juegos originales. (Reglamento de la Ley N° 29090, Art 63.11) 2.- El FUE, así como sus anexos son visados en todas sus páginas y cuando corresponda, firmados por el administrado y los profesionales que intervienen. (Reglamento de la Ley N° 29090, Art. 7.1) 3.- Toda la documentación técnica es firmada y sellada por el profesional responsable de la misma, así como por el administrado. (Reglamento de la Ley N° 29090, Art. 7.2) 4.- El plano de ubicación y localización se deberá presentar conforme al formato aprobado por el MVCS. No están consideradas en esta modalidad: 5.- Las obras de edificación en bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación y su área de influencia, declarados por el Ministerio de Cultura e incluidos en el inventario que debe remitir el citado Ministerio, de acuerdo a lo establecido en el literal f) del numeral 2 del artículo 3 de la Ley. 6.- Las obras que requieran la ejecución de sótanos o semisótanos, o una profundidad de excavación mayor a 1.50 m y colinden con edificaciones existentes. En dicho caso debe tramitarse la licencia de edificación bajo la modalidad B. Formularios FUE Url: https://www.munlima.gob.pe/images/FUE_edificaciones.pdf Canales de atención Atención Presencial: Jirón Cailloma 482 - 2° piso - Cercado de Lima Atención Virtual: https://apps-e.munlima.gob.pe/sao-001/integracion Pago por derecho de tramitación
Modalidad de pagos Caja de la Entidad Efectivo: Soles Tarjeta de Débito: Visa, Mastercard Tarjeta de Crédito: Visa, Mastercard
Monto - S/ 131.60
Plazo de atención
Calificación del procedimiento Aprobación automática: La solicitud es considerada aprobada desde el mismo momento de su presentación ante la entidad competente para conocerla, siempre que el administrado cumpla con los requisitos y entregue la documentación completa, exigidos en el TUPA de la entidad.
Sedes y horarios de atención
Mesa de Partes Periférica de la Gerencia de Desarrollo Lunes a Viernes de 08:30 a 16:30. Urbano Unidad de organización donde se presenta la documentación
Op. 2180283-2
Lima, jueves 25 de mayo de 2023
Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima
GERENCIA DE DESARROLLO URBANO : Mesa de Partes Periférica de la Gerencia de Desarrollo Urbano Unidad de organización responsable de aprobar la solicitud
Consulta sobre el procedimiento
Subgerencia de Autorizaciones Urbanas
Teléfono: 631-1658 Anexo: Correo: tsoria@munlima.gob.pe
Instancias de resolución de recursos Reconsideración
Apelación
Autoridad competente Plazo máximo de presentación
No aplica
No aplica
Plazo máximo de respuesta
No aplica
No aplica
Base legal
Artículo Art. 79 numeral 3.6.2.
Denominación
Tipo
Ley Orgánica de Municipalidades
Ley
Número
Fecha Publicación
27972
27/05/2003
Art. 4 numeral 9; Art. 10 Texto Único Ordenado de la Ley N° 29090, Ley de Regulación Decreto Supremo numeral 1 literal a); Art. de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones
006-2017-VIVIENDA
28/02/2017
Art. 9; Art 58.6°; Arts. Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias 61.1°; Art 63.6°; Arts. de Edificación 63.12
Decreto Supremo
029-2019-VIVIENDA
06/11/2019
Arts. 53 y 54
Texto Único de Ordenado de la Ley N° 27444, Ley
Decreto Supremo
004-2019-JUS
25/01/2019
Art. 2
Decreto Legislativo que Modifica la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones
Decreto Legislativo
16/09/2018
Op. 2180283-2
Lima, jueves 25 de mayo de 2023
Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima
Denominación del Procedimiento Administrativo "1. Licencia de Edificación Modalidad A: Aprobación Automática con firma de profesionales 1.5) Demolición Total de Edificaciones de hasta Tres (03) Pisos de altura, que no cuenten con semisótano y sótanos, siempre que no haga uso de explosivos." Código: PA1456F9F2 Descripción del procedimiento Procedimiento que permite obtener licencia de edificación para el tipo de obra que se detalla. Requisitos 1.- FUE en tres (3) juegos originales, debidamente suscrito por el administrado y en la sección que corresponda, los profesionales responsables, y en la sección que corresponda, los profesionales responsables, en el que se deba consignar la información necesaria al procedimiento. El monto cancelado es consignado en el rubro "Observaciones" del FUE. 2.- En el caso que el administrado no sea el propietario del predio, debe presentar copia simple de la documentación que acredite que cuenta con derecho a edificar 3.- Copia del documento que acredite la declaratoria fábrica o de edificación con sus respectivos planos en caso no haya sido expedido por la municipalidad; en su defecto, copia del Certificado de Conformidad o Finalización de Obra, o la Licencia de Obra o de Edificación de la construcción existente. 4.- En caso la edificación no pueda acreditarse con la autorización respectiva, el plano de ubicación y localización así como el plano de planta de la edificación a demoler. 5.- En caso la declaratoria de fábrica o de edificación se encuentre inscrita en el Registro de Predios, declaración jurada por parte del administrado, señalando que sobre el bien no recaigan cargas y/o gravámenes. En su defecto, copia del documento que acredite la autorización del titular de la carga o gravamen. Documentación Técnica en 3 juegos y archivo digital, compuesta por: 6.- Plano de ubicación, según formato. 7.- Plano de cerramiento del predio, cuando se trate de demolición total. 8.- Carta de Seguridad de Obra, firmada por ingeniero civil. 9.- Memoria descriptiva del proceso de demolición firmada por un ingeniero civil. Notas: 1.- El FUE y la Documentación Técnica se presentan en tres (03) juegos originales.
(Reglamento de la Ley N° 29090, Art 63.11)
2.- El FUE, así como sus anexos son visados en todas sus páginas y cuando corresponda, firmados por el administrado y los profesionales que intervienen. (Reglamento de la Ley N° 29090, Art. 7.1) 3.- Toda la documentación técnica es firmada y sellada por el profesional responsable de la misma, así como por el administrado. (Reglamento de la Ley N° 29090, Art. 7.2) 4.- El plano de ubicación y localización se deberá presentar conforme al formato aprobado por el MVCS. No están consideradas en esta modalidad: 5.- Las obras de edificación en bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación y su área de influencia, declarados por el Ministerio de Cultura e incluidos en el inventario que debe remitir el citado Ministerio, de acuerdo a lo establecido en el literal f) del numeral 2 del artículo 3 de la Ley. 6.- Las obras que requieran la ejecución de sótanos o semisótanos, o una profundidad de excavación mayor a 1.50 m y colinden con edificaciones existentes. En dicho caso debe tramitarse la licencia de edificación bajo la modalidad B. Formularios FUE Url: https://www.munlima.gob.pe/images/FUE_edificaciones.pdf Canales de atención Atención Presencial: Jirón Cailloma 482 - 2do Piso - Cercado de Lima Atención Virtual: https://apps-e.munlima.gob.pe/sao-001/integracion Pago por derecho de tramitación
Modalidad de pagos Caja de la Entidad Efectivo: Soles Tarjeta de Débito: Visa, Mastercard Tarjeta de Crédito: Visa, Mastercard
Monto - S/ 77.40
Plazo de atención
Calificación del procedimiento Aprobación automática: La solicitud es considerada aprobada desde el mismo momento de su presentación ante la entidad competente para conocerla, siempre que el administrado cumpla con los requisitos y entregue la documentación completa, exigidos en el TUPA de la entidad.
Op. 2180283-2
Lima, jueves 25 de mayo de 2023
Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima
Sedes y horarios de atención
Mesa de Partes Periférica de la Gerencia de Desarrollo Lunes a Viernes de 08:30 a 16:30. Urbano Unidad de organización donde se presenta la documentación GERENCIA DE DESARROLLO URBANO : Mesa de Partes Periférica de la Gerencia de Desarrollo Urbano Unidad de organización responsable de aprobar la solicitud
Consulta sobre el procedimiento
Subgerencia de Autorizaciones Urbanas
Teléfono: 6311658 Anexo: Correo: tsoria@munlima.gob.pe
Instancias de resolución de recursos Reconsideración
Apelación
Autoridad competente Plazo máximo de presentación
No aplica
No aplica
Plazo máximo de respuesta
No aplica
No aplica
Base legal
Número
Fecha Publicación
27972
27/05/2003
Art. 4 numeral 9 y Art. 10 Texto Único Ordenado de la Ley N° 29090, Ley de Regulación Decreto Supremo numeral 1 literal e) de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones
006-2017-VIVIENDA
28/02/2017
Decreto Supremo
029-2019-VIVIENDA
06/11/2019
Artículo Art. 79 numeral 3.6.2.
Denominación
Tipo
Ley Orgánica de Municipalidades
Ley
Art. 9, Arts. 61.1°, Art Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación 63.7°, Art 63.12° Arts. 53 y 54.
Texto Único Ord enado de la Le y N° 27444, Le y del Decreto Supremo Procedimiento Administrativo Ge neral
004-2019-JUS
25/01/2019
Art. 2
Decreto Legislativo que Modifica la Ley Nº 29090, Ley de Decreto Legislativo Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones
16/09/2018
Op. 2180283-2
Lima, jueves 25 de mayo de 2023
Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima
Denominación del Procedimiento Administrativo "1. Licencia de Edificación Modalidad A: Aprobación Automática con firma de profesionales 1.6) Las Ampliaciones y Remodelaciones consideradas obras menores según lo establecido en la norma técnica G.040 del RNE" Código: PA14566E5A Descripción del procedimiento Procedimiento que permite obtener licencia de edificación para el tipo de obra que se detalla. Requisitos 1.- FUE en tres (3) juegos originales, debidamente suscrito por el administrado y en la sección que corresponda, los profesionales responsables, y en la sección que corresponda, los profesionales responsables, en el que se deba consignar la información necesaria al procedimiento. El monto cancelado es consignado en el rubro "Observaciones" del FUE. 2.- En el caso que el administrado no sea el propietario del predio, debe presentar copia simple de la documentación que acredite que cuenta con derecho a edificar. 3.- Copia del documento que acredite la declaratoria fábrica o de edificación con sus respectivos planos en caso no haya sido expedido por la municipalidad; en su defecto, copia del Certificado de Conformidad o Finalización de Obra, o la Licencia de Obra o de Edificación de la construcción existente. Documentación Técnica en 3 juegos y archivo digital, compuesta por: 4.- Plano de ubicación. 5.- Planos de Arquitectura (planta, cortes y elevaciones) donde se diferencien las áreas existentes de las ampliadas y remodeladas. Notas: 1.- El FUE y la Documentación Técnica se presentan en tres (03) juegos originales.
(Reglamento de la Ley N° 29090, Art 63.11)
2.- El FUE, así como sus anexos son visados en todas sus páginas y cuando corresponda, firmados por el administrado y los profesionales que intervienen. (Reglamento de la Ley N° 29090, Art. 7.1) 3.- Toda la documentación técnica es firmada y sellada por el profesional responsable de la misma, así como por el administrado. (Reglamento de la Ley N° 29090, Art. 7.2) 4.- El plano de ubicación y localización se deberá presentar conforme al formato aprobado por el MVCS. No están consideradas en esta modalidad: 5.- Las obras de edificación en bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación y su área de influencia, declarados por el Ministerio de Cultura e incluidos en el inventario que debe remitir el citado Ministerio, de acuerdo a lo establecido en el literal f) del numeral 2 del artículo 3 de la Ley. 6.- Las obras que requieran la ejecución de sótanos o semisótanos, o una profundidad de excavación mayor a 1.50 m y colinden con edificaciones existentes. En dicho caso debe tramitarse la licencia de edificación bajo la modalidad B. Formularios FUE Url: https://www.munlima.gob.pe/images/FUE_edificaciones.pdf Canales de atención Atención Presencial: Jirón Cailloma 482 - 2do Piso - Cercado de Lima Atención Virtual: https://apps-e.munlima.gob.pe/sao-001/integracion Pago por derecho de tramitación
Modalidad de pagos Caja de la Entidad Efectivo: Soles
Monto - S/ 83.70
Plazo de atención
Calificación del procedimiento Aprobación automática: La solicitud es considerada aprobada desde el mismo momento de su presentación ante la entidad competente para conocerla, siempre que el administrado cumpla con los requisitos y entregue la documentación completa, exigidos en el TUPA de la entidad.
Sedes y horarios de atención
Mesa de Partes Periférica de la Gerencia de Desarrollo Lunes a Viernes de 08:30 a 16:30. Urbano Unidad de organización donde se presenta la documentación
Op. 2180283-2
Lima, jueves 25 de mayo de 2023
Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima
GERENCIA DE DESARROLLO URBANO : Mesa de Partes Periférica de la Gerencia de Desarrollo Urbano Unidad de organización responsable de aprobar la solicitud
Consulta sobre el procedimiento
Subgerencia de Autorizaciones Urbanas
Teléfono: 6311658 Anexo: Correo: tsoria@munlima.gob.pe
Instancias de resolución de recursos Reconsideración
Apelación
Autoridad competente Plazo máximo de presentación
No aplica
No aplica
Plazo máximo de respuesta
No aplica
No aplica
Base legal
Artículo Art. 79 numeral 3.6.2.
Denominación
Tipo
Ley Orgánica de Municipalidades
Ley
Número
Fecha Publicación
27972
27/05/2003
Art. 4 numeral 9 y Art.10 Texto Único Ordenado de la Ley N° 29090, Ley de Regulación Decreto Supremo de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones numeral 1 literal f)
006-2017-VIVIENDA
28/02/2017
Art. 9, Arts. 61.1°, Art Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Decreto Supremo 63.3°, Art 63.12° Edificación
029-2019-VIVIENDA
06/11/2019
Arts. 53 y 54
Texto Único Ord enado de la Le y N° 27444, Le y del Decreto Supremo Procedimiento Administrativo Ge neral
004-2019-JUS
25/01/2019
Art. 2
Decreto Legislativo que Modifica la Ley Nº 29090, Ley de Decreto Legislativo Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones
16/09/2018
Op. 2180283-2
Lima, jueves 25 de mayo de 2023
Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima
Denominación del Procedimiento Administrativo "1. Licencia de Edificación Modalidad A: Aprobación Automática con firma de profesionales 1.7) Las Edificaciones correspondientes a programas promovidos por el sector vivienda, para la reubicación de beneficiarios de atención extraordinaria del bono familiar habitacional, establecidos en el numeral 3.2.1 del artículo 3, de la Ley N° 27829, Ley que crea el bono familiar habitacional (BFH)" Código: PA145653B3 Descripción del procedimiento Procedimiento que permite obtener licencia de edificación para el tipo de obra que se detalla Requisitos 1.- FUE en tres (3) juegos originales, debidamente suscrito por el administrado y en la sección que corresponda, los profesionales responsables, y en la sección que corresponda, los profesionales responsables, en el que se deba consignar la información necesaria al procedimiento. El monto cancelado es consignado en el rubro "Observaciones" del FUE. 2.- En el caso que el administrado no sea el propietario del predio, debe presentar copia simple de la documentación que acredite que cuenta con derecho a edificar. Documentación Técnica en 3 juegos y archivo digital, compuesta por: 3.- Plano de ubicación. 4.- Planos de Arquitectura (planta, cortes y elevaciones). Notas: 1.- El FUE y la Documentación Técnica se presentan en tres (03) juegos originales.
(Reglamento de la Ley N° 29090, Art 63.11)
2.- El FUE, así como sus anexos son visados en todas sus páginas y cuando corresponda, firmados por el administrado y los profesionales que intervienen. (Reglamento de la Ley N° 29090, Art. 7.1) 3.- Toda la documentación técnica es firmada y sellada por el profesional responsable de la misma, así como por el administrado. (Reglamento de la Ley N° 29090, Art. 7.2) 4.- El plano de ubicación y localización se deberá presentar conforme al formato aprobado por el MVCS. No están consideradas en esta modalidad: 5.- Las obras de edificación en bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación y su área de influencia, declarados por el Ministerio de Cultura e incluidos en el inventario que debe remitir el citado Ministerio, de acuerdo a lo establecido en el literal f) del numeral 2 del artículo 3 de la Ley. 6.- Las obras que requieran la ejecución de sótanos o semisótanos, o una profundidad de excavación mayor a 1.50 m y colinden con edificaciones existentes. En dicho caso debe tramitarse la licencia de edificación bajo la modalidad B. Formularios FUE Url: https://www.munlima.gob.pe/images/FUE_edificaciones.pdf Canales de atención Atención Presencial: Jirón Cailloma 482 - 2do Piso - Cercado de Lima Atención Virtual: https://apps-e.munlima.gob.pe/sao-001/integracion Pago por derecho de tramitación
Modalidad de pagos Caja de la Entidad Efectivo: Soles Tarjeta de Débito: Visa, Mastercard Tarjeta de Crédito: Visa, Mastercard
Monto - S/ 86.70
Plazo de atención
Calificación del procedimiento Aprobación automática: La solicitud es considerada aprobada desde el mismo momento de su presentación ante la entidad competente para conocerla, siempre que el administrado cumpla con los requisitos y entregue la documentación completa, exigidos en el TUPA de la entidad.
Sedes y horarios de atención
Mesa de Partes Periférica de la Gerencia de Desarrollo Lunes a Viernes de 08:30 a 16:30. Urbano Unidad de organización donde se presenta la documentación
Op. 2180283-2
Lima, jueves 25 de mayo de 2023
Anexo del Decreto de Alcaldía 009-2023 que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos- Municipalidad Metropolitana de Lima
GERENCIA DE DESARROLLO URBANO : Mesa de Partes Periférica de la Gerencia de Desarrollo Urbano Unidad de organización responsable de aprobar la solicitud
Consulta sobre el procedimiento
Subgerencia de Autorizaciones Urbanas
Teléfono: 6311658 Anexo: Correo: tsoria@munlima.gob.pe
Instancias de resolución de recursos Reconsideración
Apelación
Autoridad competente Plazo máximo de presentación
No aplica
No aplica
Plazo máximo de respuesta
No aplica
No aplica
Base legal
Artículo Art. 79 numeral 3.6.2.
Denominación
Tipo
Ley Orgánica de Municipalidades
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