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007-17-04-2019 Mayoral Decree Lima Metropolitana In force

Decreto de Alcaldía N.° 007 17.04.2019

8 min read

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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

DECRETO DE ALCALDíA N°

Lima,

O07

1 7 ABR. 2019

EL ALCALDE ME-rROPOLlTANO DE LIMA CONSIDERANDO:

Que, el artIculo 194 de la Constitución Política del Perú señala que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. En concordancia, el articulo 11 del Título Preliminar de la Ley W 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza N° 812 Y modificatorias se aprobó el Reglamento de Organización y A~~~ Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, conforme al cual la Corporación Municipal engloba la Municipalidad propiamente, a sus organismos descentralizados, empresas municipales, programas


y prohibiciones éticas que rigen para los servidores públicos de las entidades de la Administración
Pública, estableciendo el deber de la Probidad, el cual implica actuar con rectitud, honradez y honestidad
en aras de satisfacer el interés general y desechando todo provecho o ventaja personal, obtenido por sí
6$ti'E~),..o por interpósita persona. En esa misma línea, el Código prohíbe a todo funcionario mantener relaciones
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~ de aceptar situaciones en cuyo contexto sus intereses personales, laborales, económicos o financieros
j3, " .0 ')~dieran estar en conflicto con el cumplimiento de los deberes y funciones a su cargo;

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(~~·;.,;:~~'Que, el numeral 6 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley W 28175 - Ley Marco del Empleo Público,

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señala que son principios que rigen el empleo público, entre otros, el principio de Probidad y Ética
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Pública, que prescriben que el empleado público actuará de acuerdo a los principios y valores éticos
.
~o
establecidos
en la Constitución y las leyes, que requiera la función pública;
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'Que, el literal i) del articulo 111 del Título Preliminar de la Ley W 30057 - Ley del Servicio Civil, señala que
"~Go"era\ ",\'0°<' son principios de la Ley del Servicio Civil, la probidad y ética pública, señalando que el servicio civil
promueve una actuación transparente, ética y objetiva de los servidores civiles quienes, por demás,
actúan de acuerdo con los principios y valores éticos establecidos en la Constitución y las leyes que
requieran la función pública;
Que, mediante Decreto Supremo W 092-2017-PCM se aprueba la Política Nacional de Integridad y
Lucha contra la Corrupción, la misma que establece como Objetivo Especifico 5: "Instalar y consolidar
la gestión de conflicto de intereses y la gestión de intereses en la administración pública";
Que, asimismo, mediante Decreto Supremo N° 044-2018-PCM se aprueba el Plan Nacional de
Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2018-2021, estableciendo como parte de sus 69 acciones
estratégicas, la necesidad de implementar en todo el aparato público la obligación de transparentar los
intereses que tengan aquellos funcionarios y serVidores públicos con capacidad de decisión y manejo
de recursos y bienes públicos, estableciéndose la obligatoriedad de la presentación jurada de intereses;

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

Que, el artículo 39 de la Ley W 27292, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que el Alcalde ejerce
las funciones ejecutivas de gObierno y los asuntos administrativos a su cargo mediante decretos de
alcaldía y resoluciones de alcaldía, respectivamente;
Que, de acuerdo al artículo 42 de la acotada Ley W 27972, los decretos de alcaldía establecen normas
reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la
correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés
para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal;

Que, en ese sentido, resulta necesario y de especial interés institucional promover medidas que
consagren una cultura de integridad y respeto a los principios éticos de la función pública, a través de
una debida regulación de la gestión de intereses y de prevención de los conflictos de intereses en la
Municipalidad Metropolitana de Lima, así como en sus organismos descentralizados, empresas,
programas y proyectos; por lo que en aras de ejecutar acciones que permitan alcanzar los objetivos del
Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, resulta de imperiosa necesidad la emisión de
::::~ un decreto de alcaldía que regule lo pertinente a la declaración jurada de Intereses en toda la corporación
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~l municipal, cuya acción permitirá la construcción de una cultura de integridad y transparencia más aún si
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2 al respecto se cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Asuntos Jurídicos formalizada a través
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G del Informe W 61-2019-MML-GAJ, de fecha 07 de febrero de 2019;

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Estando a las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20 de la Ley W 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades;

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ECRETA:

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~,:"q,~~rtícuIO Primero.- Presentación de la Declaración Jurada de Intereses
~~l->4',.

~~..-"'- Dispóngase la presentación obligatoria de la Declaración Jurada de Intereses de los funcionarios y
servidores públicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, sus organismos descentralizados,
empresas, programas y proyectos, independientemente del régimen bajo el cual laboren, contraten o se
relacionen.

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i~ tf '¡~:. ~\ rtículo Segundo.- Finalidad
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I presente decreto tiene por finalidad transparentar la información de los funcionarios y servidores

~~~/aGon ra\ÓO,cl públicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, sus organismos descentralizados, empresas,

programas y proyectos, para la detección y prevención de posibles conflictos de intereses en el
desempeño de sus funciones o responsabilidades, por su capacidad de decisión y manejo de recursos
y bienes públicos.

Artículo Tercero.- Ámbito de aplicación
Se encuentran comprendidos dentro del ámbito de aplicación de la presente norma, los funcionarios y
servidores públicos que prestan servicios en la Municipalidad Metropolitana de Lima, sus organismos
descentralizados, empresas, programas y proyectos, que ocupen los siguientes cargos, puestos o
plazas:
Alcalde
Gerente Municipal

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

c)
d)
e)

f)
g)

h)
i)
j)

Directores, subdirectores, gerentes, subgerentes, jefes de unidades y jefes de oficinas, jefes
de área y jefes de división.
Asesores, consejeros, consultores y funcionarios de la alta dirección.
Titulares o encargados de los sistemas administrativos tales como: gestión de recursos
humanos, endeudamiento, planeamiento, tesorería, presupuesto, contabilidad, logística y
abastecimiento.
Titulares de programas, proyectos y proyectos especiales.
Aquellos que, en el ejercicio de su cargo, labor o función, sean responsables de la
preparación de bases de procesos de contratación pública, o integrantes de los comités
especiales de selección de dichos procesos.
Aquellos que administran, maneja o disponen de fondos o bienes del Estado.
Todo servidor cuyo cargo se encuentre clasificado a partir del Nivel F5 o su equivalente.
Supervisores o inspectores de obras o sus equivalentes.

Artículo Cuarto.- Contenido

a)

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'1.k¡;o

Información de empresas, sociedades u otras entidades en las que posea alguna clase de
participación patrimonial o similar.
b) Participación en directorios, consejos de administración y vigilancia, consejos directivos, sea
remunerado o no.
c) Empleos, asesorías, consultorías y similares, en el sector público, sea remunerado o no.
d) Participación en organizaciones privadas (asociaciones, gremios y organismos no
gubernamentales).

c.

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/,§'"Artículo Quinto.- Forma de presentación
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.<~#)~.~¡.~,.

-~.:...;'/

La Declaración Jurada de Intereses podrá presentarse en forma virtual a través de la Plataforma de
Declaración Jurada de Intereses implementada por la Subgerencia de Tecnologías de la Información de
la Municipalidad Metropolitana de Lima siendo coordinada con la Secretaría de Integridad Pública de la
Presidencia de Consejo de Ministros. Para su presentación se deberá contar con firma digital, para lo
oPO(¡~ cual se requiere obtener el Documento Nacional de Identidad Electrónico.

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~ ~o . n caso no se cuente con la plataforma o el documento electrónico, podrá presentarse en formato físico
.,
~

la Unidad de Personal o la que haga sus veces.

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Artículo Sexta.- Oportunidad de presentación

..

La oportunidad de la presentación de la Declaración Jurada de Intereses se realiza de la siguiente
.
manera:
a) Al inicio: Dentro de los quince (15) días hábiles de haber sido designado y/o contratado.
b) De actualización: Durante el ejercicio, con una periodicidad anual contada desde la
presentación de la declaración jurada.
c) De cese: Dentro de los quince (15) días hábiles de haber cesado en el puesto.

~rtICUIo Sétima.- Disponibilidad de la Declaración Jurada de Inlereses

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

La Declaración Jurada de Intereses forma parte del legajo personal de los sujetos obligados. Su
disponibilidad se rige de acuerdo a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Artículo Octava.- Seguimiento a la presentación de la Declaración Jurada de Intereses
La Subgerencia de Personal de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en coordinación con las demás
áreas de personal de las entidades de la Corporación Municipal o la que hagan sus veces, efectuarán el
seguimiento y requerimiento, de corresponder, para garantizar el cumplimiento de la presentación de la
declaración jurada de intereses, conforme al Anexo A que forma parte integrante del presente Decreto.
Para dicho efecto, se contará con el apoyo de la Subgerencia de Tecnologías de la Información de
Gerencia de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima.
6~~~

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
De la Declaración Jurada de Intereses opcional
Regidores del Concejo Metropolitano de Lima, voluntariamente podrán adherirse a la presente
iniciativa de integridad y lucha contra la corrupción.

4'~~. Segunda.- Vigencia

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~

\1 presente Decreto de Alcaldía entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario
~~~icial El Peruano, sin perjuicio de su publicación en el portal institucional.

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.
~>, DISPOSICiÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA

UNICA.- Plazo para la presentación de la Declaración Jurada de Intereses
Los funcionarios y servidores públicos comprendidos bajo el ámbito de la presente norma que se
encuentran ejerciendo funciones en la Municipalidad Metropolitana de Lima, organismos
descentralizados, empresas, programas y proyectos, cuentan con un plazo de veinticinco (25) días
hábiles para presentar la Declaración Jurada de Intereses, contados desde el dia siguiente de la
publicación en el Diario Oficial El Peruano.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.

'*

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

ANEXO A
Lista de obligados a presentar Declaración Jurada de Intereses

Celular o telelono
ONI

Nombres

Apellido Paterno

Apellido Materno

Cargo
Institucional

Correo Institucional

---

Fuente: https://www.gob.pe/institucion/munilima/normas-legales/2526111-007-17-04-2019
PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2582560/decreto-alcaldia-17042019.pdf.pdf