Decreto de Alcaldía N.° 006 30.05.2018
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“Decenio de la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres” “Año de! diálogo y la reconciliación nacional"
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
DECRETO DE ALCALDIAN? 006
Lima, 30 MAYO 2018
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; CONSIDERANDO:
Que, el 07 de junio próximo se conmemora el centésimo trigésimo octavo aniversario de la Batalla de Arica, donde el Comandante de la Octava División del Ejército Peruano Alfonso Ugarte y Vernal protegió nuestra bandera de las tropas chilenas, lanzándose con ésta desde el Morro de Arica; conmemorándose, además, en dicha fecha el Día de la Bandera;
Que, es un deber de los gobiernos locales realzar la importancia de los actos cívicos y patrióticos entre la comunidad y/o ciudadanos, así como fomentar y reafirmar entre los vecinos los sentimientos de identidad nacional y local, la revaloración de los principios de identidad, civismo, amor y respeto por la patria y los símbolos patrios;
Que, a través de la Ordenanza N° 1971 el Concejo Metropolitano institucionalizó la importancia de los actos cívicos y patrióticos y dispuso realizar el embanderamiento general de todos los inmuebles públicos y privados en el periodo o fechas conmemorativas o en algún caso especial que señale la autoridad nacional o
a Municipal;
F municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario;
De conformidad a lo establecido en la Ordenanza N° 1971 y el inciso 6 del rtículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo 1°.- Disponer el embanderamiento general de todos los inmuebles ubicados en el Cercado de Lima a partir del 01 ,*. hasta el 15 de junio de 2018, con ocasión de conmemorarse el centésimo trigésimo octavo aniversario de la Batalla de Arica; así como el Día de la Bandera.
“Decenic de la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres” "Año del diálogo y la reconciliación nacional"
Artículo 2°.- El incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1° dará lugar a la aplicación de sanciones administrativas conforme a lo dispuesto en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones — CUIS de la Municipalidad Metropolitana de Lima.
Artículo 3°.- Encargar a la Gerencia de Fiscalización y Control las acciones de fiscalización municipal y difusión de este Decreto de Alcaldía.
Artículo 4°.- Encargar a la Secretaria General del Concejo, la publicación de esta norma en el Diario Oficial “El Peruano” así como en el portal institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe).
Artículo 5”.- Este Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
ao a — : LUIS CASTAÑÍÉDA LOSSIO
ALCALDE DE LIMA
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/munilima/normas-legales/2526320-006-30-05-2018 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2582877/DECRETO%20DE%20ALCALD%C3%8DA%20006-2018.pdf.pdf