Decreto de Alcaldía N.° 004 06.06.2017
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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
DECRETO DE ALCALDIA N* 0 0 4 2017-MML
06 JUN. 2017
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, establece que las Municipalidades Provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el 07 de junio próximo se conmemora el CXXXVII Aniversario de la Batalla de Arica y Renovación del Juramento de Fidelidad a la Bandera, en esta fecha se recuerda la defensa Heroica de la ciudad de Arica por un el ejército de Peruano comandado por el Coronel Francisco Bolognesi.
Que, es deber de los gobiernos locales incentivar la participación cívica de los vecinos, resaltando valores y el respeto a los símbolos patrios;
Que, atendiendo a lo señalado es conveniente propiciar una mayor identificación patriótica, promoviendo en la ciudadanía la reafirmación de su identidad con la gesta heroica de la defensa de la ciudad de Arica por el ejército Peruano comandado por el Coronel Francisco Bolognesi quien cumplió con sus palabras “TENGO DEBERES SAGRADOS QUE CUMPLIR Y LOS CUMPLIRÉ HASTA QUEMAR EL ÚLTIMO CARTUCHO”, mediante el embanderamiento de los inmuebles ubicados en los alrededores de la Plaza Bolognesi de Lima;
Que, el artículo 42° de la Ley Organiza de Municipalidades, Ley N° 27972, señala que través de los decretos se establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, se sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario;
conformidad a lo establecidos en el inciso 6 del artículo 20° de la Ley Orgánica de
'Municipalidades;
DECRETA:
Artículo 1°.- Disponer el embanderamiento general de todos los inmuebles ubicados en los al rededores de la Plaza Bolognesi y en las siguientes zonas (Av. Guzmán Blanco, Av. 09 de diciembre, Calle Paraguay, Av. Alfonso Ugarte cuadra 14 y Av. Brasil cuadra 01) que se encuentren dentro de la Jurisdicción de la Municipalidad de Lima Metropolitana, el 07 de junio del presente año, con la finalidad de dar el realce merecido a tan magna ceremonia Cívico Militar, incluyendo todos los predios, privados o públicos.
Artículo 2°.- El incumpliendo de los dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía dará lugar a la aplicación de las sanciones correspondientes,
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Artículo 3°.- Encargar a la Gerencia de Fiscalización y Control y a la Gerencia de Comunicación Social y Relaciones Publicas la fiscalización y difusión, respectivamente, del presente Decreto de Alcaldía.
Artículo 4°.- El presente Decreto entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/munilima/normas-legales/2526355-004-06-06-2017 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2582928/D%20A%20%20%20004%20%2006%2006%202017.pdf.pdf