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003-2026 Mayoral Decree Lima Metropolitana In force

Decreto de Alcaldía N.° 003-2026

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DIARIO OFICIAL DEL BICENTENARIO

El Peruano

Gerente de Publicaciones Oficiales : Ricardo Montero Reyes

SÁBADO 24 DE ENERO DE 2026

FUNDADO EL 22 DE OCTUBRE DE 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR

“AÑO DE LA ESPERANZA Y EL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA”

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Institucionalizan el 24 de marzo de cada año como “Día de la Guitarra Criolla”, como evento cultural conmemorativo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en conmemoración del nacimiento del maestro guitarrista Óscar Guillermo Avilés Arcos DECRETO DE ALCALDÍA N° 003 Lima, 21 de enero de 2026 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; VISTOS; el Memorando N° D000906-2025-MML-GC de la Gerencia de Cultura, el Informe N° D0000082026-MML-OGPF-OPMGF de la O cina de Plani cación, Modernización y Gestión Financiera, el Memorando N° D000010-2026-MML-OGPF de la O cina General de Plani cación y Finanzas, el Informe N° D000038-2026-MML-OGAJ de la O cina General de Asuntos Jurídicos, el Memorando N° D0000932026-MML-GMM de la Gerencia Municipal Metropolitana, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM), establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; asimismo, el artículo 6 de la mencionada ley señala que la alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local, siendo el alcalde su representante legal y la máxima autoridad administrativa; Que, el artículo 42 de la LOM, establece que, los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, asimismo, de acuerdo con el sub numeral 3.2 del numeral 3 del artículo 159 de la LOM, en materia educativa, cultural y recreacional, se estableció que son competencias y funciones de la alcaldía metropolitana de Lima, promover actividades artísticas y culturales; Que, el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado mediante Ordenanza N° 2537 y modi catorias, establece en su artículo 130, que la Gerencia de Cultura es el órgano de línea responsable de formular, dirigir, administrar, promover, ejecutar y evaluar las actividades en materia de cultura, así como las expresiones culturales y artísticas de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la Ley N° 32334 publicada en el diario o cial Guitarra Criolla el 24 de marzo de cada año, en conmemoración del nacimiento del maestro guitarrista Óscar Guillermo Avilés Arcos, por su destacada trayectoria en favor del desarrollo y difusión de la música criolla; Que, mediante Memorando N° D000906-2025-MML-GC, la Gerencia de Cultura propone la institucionalización del 24 de marzo de cada año como “Día de la Guitarra Criolla”, en conmemoración del Código de validación

OP N° 2479860-1

Esta es una representación impresa cuya auten cidad puede ser contrastada con la representación imprimible localizada en la h ps://elperuano.pe. La representación imprimible ha sido generada atendiendo lo dispuesto en la Direc va Nº 003-2021-PCM/SGTD. Base: Decreto Legisla vo Nº 1412, Decreto Supremo Nº 029-2021-PCM y la Direc va Nº 002-2021-PCM/SGTD URL: h ps://elperuano.pe/Veri cador

FUNDADO EL 22 DE OCTUBRE DE 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR

Sábado 24 de enero de 2026

nacimiento de don Óscar Guillermo Avilés Arcos, lo cual contribuirá a la promoción y difusión de la música criolla, la transmisión intergeneracional del patrimonio musical de la ciudad de Lima y el fortalecimiento de nuestra identidad cultural; Que, mediante Memorando N° D000010-2026-MML-OGPF, la O cina General de Plani cación y Finanzas remite el Informe N° D000008-2026-MML-OGPF-OPMGF de la O cina de Plani cación, Modernización y Gestión Financiera, en el cual concluye lo siguiente: • La Gerencia de Cultura de la Municipalidad Metropolitana de Lima es competente para formular y proponer proyectos de decreto de alcaldía en materia cultural, de conformidad con lo establecido en el TUO del Reglamento de Organización y Funciones, al ser el órgano de línea responsable de promover, difundir y poner en valor las expresiones culturales y artísticas vinculadas a la identidad, tradición e historia de la ciudad de Lima; • La propuesta resulta viable desde el punto de vista cualitativo y presupuestal, toda vez que generará un impacto positivo en el fortalecimiento de la identidad cultural local y en el acceso ciudadano a manifestaciones artísticas emblemáticas, sin irrogar gastos adicionales al presupuesto institucional, al desarrollarse en el marco de las actividades regulares de promoción cultural de la Gerencia de Cultura; • El proyecto de decreto de alcaldía que institucionaliza el 24 de marzo de cada año como el “Día de la Guitarra Criolla” es viable, al encontrarse sustentado en el marco constitucional que reconoce el deber del Estado de promover la cultura, en la Política Nacional de Cultura al 2030 en particular el Objetivo Prioritario OP.01 y su lineamiento 1.5 y en los instrumentos de plani cación estratégica de la Municipalidad Metropolitana de Lima, al contribuir directamente al cumplimiento del Objetivo Estratégico Institucional OEI.06 “Promover el desarrollo cultural en la provincia de Lima” del Plan Estratégico Institucional 2024-2030 ampliado, así como al Objetivo Estratégico Institucional OE.08 “Mejorar la calidad de la educación en la provincia” del Plan de Desarrollo Concertado de Lima Metropolitana 2023-2035; constituyendo una intervención de alcance metropolitano orientada a la protección, puesta en valor y transmisión intergeneracional del patrimonio cultural inmaterial, especí camente del legado musical de la guitarra criolla y de los aportes artísticos de don Óscar Guillermo Avilés Arcos como referente fundamental de la identidad cultural limeña; Que, mediante Informe N° D000038-2026-MML-OGAJ, la O cina General de Asuntos Jurídicos concluye, entre otros que, resulta conforme a la normativa vigente que mediante decreto de alcaldía se institucionalice el 24 de marzo de cada año como “Día de la Guitarra Criolla”, en conmemoración al nacimiento de don Óscar Guillermo Avilés Arcos; Estando a las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- INSTITUCIONALIZAR el 24 de marzo de cada año como “Día de la Guitarra Criolla”, como evento cultural conmemorativo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en conmemoración del nacimiento del maestro guitarrista Óscar Guillermo Avilés Arcos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Cultura para que, a través de la Subgerencia de Promoción Cultural, Artes Escénicas, Museos y Bibliotecas o la que haga sus veces, plani que, organice e implemente una función gratuita, el 24 de marzo de cada año o en fecha cercana, en el Teatro Principal Manuel A. Segura, en homenaje a don Óscar Guillermo Avilés Arcos, por su destacada trayectoria en favor del desarrollo y difusión de la música criolla. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O cina General de la Secretaría del Concejo, la publicación del presente decreto de alcaldía en el diario o cial El Peruano; a la O cina de Gobierno Digital, su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima http://www. transparencia.gob.pe, y a la O cina General de Comunicaciones y Relaciones Interinstitucionales en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima o Sede Digital www.munlima.gob.pe y en la plataforma Digital Única del Estado Peruano www.gob.pe/munilima. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RENZO ANDRÉS REGGIARDO BARRETO Alcalde

Código de validación

OP N° 2479860-1

Esta es una representación impresa cuya auten cidad puede ser contrastada con la representación imprimible localizada en la h ps://elperuano.pe. La representación imprimible ha sido generada atendiendo lo dispuesto en la Direc va Nº 003-2021-PCM/SGTD. Base: Decreto Legisla vo Nº 1412, Decreto Supremo Nº 029-2021-PCM y la Direc va Nº 002-2021-PCM/SGTD URL: h ps://elperuano.pe/Veri cador


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/munilima/normas-legales/7661507-003-2026 PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9344705/7661507-decreto-de-alcaldia-n-003-2026.pdf