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017-2012-CR-GRL Regional Ordinance Lima (Región) In force

Ordenanza Regional N.° 017-2012-CR/GRL

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Gobierno Regional de Lima

Gobierno Regional de Lima Ordenanza Regional N° 017-2012-CR-RL

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima en su Sesión Extraordinaria del dia 27 de diciembre del 2012 en la ciudad de Huacho, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

VISTO:

El pedido de la Consejera Regional de la provincia de Barranca, Lic. Beatriz Castillo Ochoa, quien solicita se incorpore como punto de agenda en la sesién extraordinaria el Oficio N° 188-2012-BECO-CRPB-CR-GRL que contiene la propuesta para su aprobación de Ordenanza Regional donde se declare en el ámbito del Gobierno Regional de Lima, el dia 9 de diciembre de todos los afios el “Dia contra la corrupción”.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, dispone que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, en el mismo sentido, el Art. 2 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Que, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal;

Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, modificado por Ley N° 27680, “Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, establece: “Los gobierno regionales tienen autonomía política y administrativa en los asuntos de sus competencia (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador CJ

Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N° 29053, establece que el Consejo Regional: “Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas.

Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la

organización y la administración del Gobierno Regional reglamentan materias de su Prolongación Moore N° 227 - AMAY - HUACH Telefax: 239 1323

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competencia; y. el literal a) del artículo 15° de la misma norma, dispone que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;

Que, en la sesión extraordinaria del Consejo Regional de Lima, de fecha 27 de diciembre del 2012, se aprueba por mayoría la exoneración del pase a la Comisión Ordinaria de Construcción, Vivienda, Población, Saneamiento y Desarrollo Social del Consejo Regional;

Que, la Convención Interamericana contra la Corrupción, suscrita el 29 de marzo de 1996 en Caracas en la República de Venezuela, ratificada por el Perú, mediante Decreto Supremo N° 012-97-RE, de fecha 21 de marzo de 1997, tiene como objetivo aglutinar los esfuerzos de los países del continente americano, miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA) en prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción;

Que, la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, tiene el objetivo de implementar medidas preventivas, fortalecer la transparencia de los actos públicos, estimular la participación de la sociedad en la correcta gestión de los asuntos y el uso de los bienes públicos, y sugerir la armonización de legislaciones penales nacionales. Además tiene como objetivo implementar políticas públicas eficaces en materia de prevención y de medidas para combatir la corrupción. La Convención fue suscrita el 31 de octubre de 2003 y ratificada por el Perú el 16 de octubre de 2004, mediante Decreto Supremo N° 075-2004-RE y vigente desde el 14 de diciembre de 2005;

Que, el 31 de octubre de 2003, la Asamblea General de las Naciones Unidas, proclamó el 9 de diciembre como “DÍA INTERNACIONAL CONTRA LA CORRUPCIÓN”, con la finalidad de aumentar la sensibilización sobre dicha práctica, así como del papel que puede desempeñar esta convención para combatir y prevenir la corrupción;

Que, el Estado Peruano cuenta con una vasta legislación orientada a la lucha contra la corrupción, entre las principales, tenemos, la Ley N* 26771, Ley Contra el Nepotismo, Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización del Estado, Ley N° 27815, Ley del Cédigo de Etica de la Funcién Pública, Ley N° 29542, Ley de Protección del Denunciante en el ámbito administrativo y de colaboración eficaz en el ámbito penal;

Que, el Gobierno Regional de Lima mediante Resolución Gerencial General Regional N* 0037-2009-GGR aprueba la directiva para la Aplicación del Código de Etica en el Gobierno Regional de Lima;

Que, en el Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima, ha aprobado y publicado la Ordenanza N° 13-2007-CR-RL, en la que se dispone como requisito obligatorio para el ejercicio profesional en el ámbito de la Administración Pública del

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Gobierno Regional de Lima, Acreditación del Certificado o Constancia de Habilitación Vigente, otorgado por el Colegio Profesional respectivo, cuando así la ley lo exigiere; y la Ordenanza Regional N° 10-2010-CR-RL, Ordenanza Regional que dispone la Creación del Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Gobierno Regional de Lima;

Que, en el Segundo Congreso Nacional del ANCOR llevado a cabo en la Ciudad de Iquitos del 23 al 27 de Setiembre del 2012, el pleno ha acordado mediante el Acta Río Amazonas 2012, una lucha frontal contra la corrupción para el cual debe establecerse de manera obligatoria el Consejo Regional de Anticorrupción, acuerdo que tienen carácter vinculante entre los integrantes de los Consejos Regionales del Perú, por lo que siendo un pleno de máxima instancia organizacional, es vital la aplicación en cuanto corresponde;

Que, mediante oficio N° 185 — BECO-CRPB-GRL la Consejera regional por la provincia de Barranca Lic. Beatriz Castillo Ochoa, solicita opinión legal a la Sub Gerencia Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Lima sobre ordenanza regional;

Que, con el Informe N° 3252-2012-GRL-SCR de la Secretaría del consejo regional, remite el Informe N° 2106-2012-GRL/SGRAJ de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica quien emite la siguiente opinión legal que a la letra dice:

Ítem N° 3 dice: “En ese sentido, además del marco legal que existe en el Perú, se debe tener conciencia que el problema de la Corrupción requiere de estrategias que vayan más allá de lo meramente legal o punitivo, ya que resulta necesario lograr cambiar el comportamiento de toda la sociedad en su conjunto lo que tiene que ver con el desarrollo de una cultura nacional basada en valores, lo que en buena cuenta significa incidir más en el aspecto preventivo”.

{tem N° 4 dice: “Por tal motivo consideramos acertada la propuesta de la Consejera Regional por la Provincia de Barranca, que pretende, vía ordenanza regional, se declare dentro de la Jurisdicción del Gobierno Regional de Lima, al día 9 de diciembre de todos los años, como el DÍA CONTRA LA CORRUPCIÓN, puesto que ello contribuirá a formar una mayor conciencia en la población en general respecto de este mal que aqueja no solo a las instituciones públicas sino también a toda la sociedad.

En cuanto al análisis costo beneficio, sin perjuicio de que el área correspondiente emita la opinión respectiva, consideramos que cualquier inversión que se efectúe para la ejecución de políticas públicas para erradicar o mitigar la corrupción tiene sobrada justificación en razón a los beneficios que pudieran obtenerse, ya que dicho mal social, genera entre otras distorsiones, que los recursos públicos no lleguen a alcanzar la finalidad a la que deberían destinarse, además de impedir que las necesidades de los sectores más vulnerables del país sigan sin solución, generando mayor pobreza. Consecuentemente, consideramos que la propuesta bajo análisis será beneficiosa dentro de la jurisdicción del Gobierno Regional;

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Que, mediante oficio N” 186 — BECO-CRPB-GRL GRL la Consejera regional por la provincia de Barranca Lic. Beatriz Castillo Ochoa, solicita opinión técnica a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Lima sobre ordenanza regional;

Que, con el Informe N* 3252-2012-GRL-SCR de la secretaría del consejo regional, remite el Oficio N° 01439-2012-GRL/GRPPAT donde ajunta el Informe N° 1291-2012-GRL/GRPPAT/OPRE de la Gerencia de Planeamiento, presupuesto y Acondicionamiento Territorial quien emite la siguiente opinión técnica y/o análisis costo-beneficio, que a la letra dice:

Ítem N° 2 dice: “Desde el punto de vista presupuestal dada la naturaleza de dicha declaración, no generaría gastos adicionales al presupuesto que manejan las entidades públicas de nuestro ámbito jurisdiccional, toda vez que las actividades que se programen y/o ejecuten con motivo de la celebración del DIA CONTRA LA CORRUPCIÓN, se financiarían con cargo a los presupuesto institucionales, en la medida que su cuantía y disponibilidad lo permita”.

Ítem N° 3 dice: “Considerando que en Artículo Segundo del Proyecto de Ordenanza Regional dispone que las Instituciones Públicas del ámbito regional, realicen actividades que sensibilicen, eduquen y generen reflexión sobre el impacto de la corrupción, es importante señalar que una vez que entre en vigencia dicha Ordenanza Regional, y sea debidamente reglamentada en el marco de lo dispuesto en el Artículo Cuarto, correspondería a la Gerencia Regional de Desarrollo Social impartir directivas para que en los Planes Operativos Institucionales (POI) de las entidades que forman parte del Gobierno Regional de Lima incluyan una actividad de sensibilización sobre el Día Contra la Corrupción, siempre y cuando no demanda mayores recursos a los presupuestos institucionales aprobados.

Que, siendo de necesidad impostergable iniciar el proceso de lucha frontal contra la corrupción, a través de la construcción de una visión estratégica que permita anticiparse y construir futuro desde el presente, con iniciativas en la prevención de la corrupción orientadas a la sensibilización, educación, organización y participación desde los espacios de la familia, de la educación básica, tecnológica y universitaria y de la comunidad en general;

Que, en la Sesión Extraordinaria del Consejo Regional, de fecha 04 de diciembre de 2012, se trató el pedido de la Consejera Regional de la provincia de Barranca, Lic. Beatriz Castillo Ochoa, quien solicita se incorpore como punto de agenda en la sesión extraordinaria el Oficio N° 188-2012-BECO-CRPB-CR-GRL que contiene la propuesta para su aprobación de Ordenanza Regional donde se declare en el ámbito del Gobierno Regional de Lima, el día 9 de diciembre de todos los años el “Día contra la corrupción” y se solicita también la aprobación de la exoneración del respectivo pase a Comisión Ordinaria; del debate de los miembros del Conejo Regional de Lima , y con el voto por Mayoría de los consejeros regionales concurrentes a la sesión del Consejo Regional;

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En uso de sus facultades conferidas en el artículo 15° inciso a), c) y s) de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias;

HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL

_ SE DECLARE EN EL AMBITO DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA EL DÍA 09 DE DICIEMBRE DE TODOS LOS ANOS COMO EL “DIA CONTRA LA CORRUPCION”

ARTÍCULO PRIMERO: DECLÁRESE en el ámbito del Gobierno Regional de Lima, el día 09 de diciembre de todos los años como el “DIA CONTRA LA CORRUPCION”, con la finalidad de luchar frontalmente contra la corrupción en todas sus formas, y promover la sensibilización contra dicho flagelo en el marco legislativo nacional e internacional.

ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que las instituciones públicas del ámbito regional, realicen actividades que sensibilicen, eduquen y generen reflexión sobre el impacto negativo de la corrupción.

ARTÍCULO TERCERO.- EXHORTAR al sector privado y a la sociedad civil a sumarse a la campaña de sensibilización y educación contra la corrupción.

ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER que el Ejecutivo Regional, reglamente mediante Decreto Regional, las especificaciones para el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional.

ARTICULO QUINTO: DEROGAR toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional.

ARTÍCULO SEXTO.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del Trámite de lectura y aprobación del Acta.

ARTÍCULO SÉPTIMO.- La presente Ordenanza se publicará en el Diario Oficial “El Peruano”, en un diario de circulación regional y en el portal del Gobierno Regional de Lima (www.regionlima.gob.pe).

En Huacho, a los veintiocho días del mes de diciembre del dos mil doce.

POR TANTO:

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Ordenanza Regional N* 017-2012-CR-RL

Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Lima para su promulgación.

pa COBIERNQ REGION CC

ALDO MERINO E

CRE. CONSEJERO DELEGADO

Mando se comunique, publique y cumpla.

Dado en la ciudad de Huacho, sede central del Gobierno Regional de Lima, a los veintinueve días del mes de diciembre del dos mil doce.

REGIONAL DE LIMA

JAVIBR ALVARADO GONZALES DEL VALLE LENTE REGIONAL

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