Ordenanza Regional N.° 016-2017-CR/GRL
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Gobierno Regional de Lima
(}o6iemo ~giona{ tfe Lima Ortfenanza <R§giona{!N°01{,-2017-CCJ(;fi<JtL EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima en su Sesión Ordinaria del día 15 de Diciembre del 2017 en la ciudad de Huacho, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiénte:
VISTO: La Carta Nº 007-2017-CECMACRN1752017-CR/GRL del Sr. Vladimir Alexander Rojas Hinostroza, Presidente de la Comisión Especial Encargada de Establecer los Emblemas (Bandera, Himno) representativos de la Región Lima y la Medalla de Gran Libertador de la Republica, quien solicita agendar en la Sesión Ordinaria del día 15 de diciembre del presente año, la aprobación del Informe Final recaído en el Acuerdo de Consejo Regional Nº175-2017-CR/GRL mediante el cual se solicita la Aprobación de la Ordenanza Regional que instituye como Símbolos Regionales: la Bandera, el Escudo, el Himno del Gobierno Regional de Lima. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado considera que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente del Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; con este propósito, se ha otorgado a los Gobiernos Regionales la autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo 49º segundo párrafo señala que los símbolos nacionales son: la Bandera con los colores rojos, blanco y rojo; el escudo nacional y el himno nacional; Que, el artículo 191 ºde la Constitución Política del Estado, modificado por Ley Nº 27680, "Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, establece: "Los gobiernos regionales tienen autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia ( ... ) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman _el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador( ... )".
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Que, el artículo 13° de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 29053, establece que el Consejo Regional: "Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas.{ ... )"; Que, en el artículo 37° literal a) de la Ley Nº27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley N°29053, indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos Regionales; Que, el artículo 38" de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; y el literal a) del artículo 15º de la misma norma, dispone que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regio"nal; Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su_ artículo 18~, concordante con el artículo 4º de la Ley organiza de Gobiernos Regionales, Ley N°27867 prescriben que los Gobiernos Regionales tienen por finalidad fomentar el desarrollo integral sostenible promoviendo la inversión pública, privada y el empleo, así, como garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes de acuerdo con los planes y programas sociales, regionales y locales de desarrollo; Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N°004-2004-CR/GRL, de fecha 18 de febrero del 2004, se convocó al primer Concurso Regional para la creación del himno, Marcha y emblemas oficiales y representativos del Gobierno Regional de Lima; Que, mediante Ordenanza
aprobó el Reglamento de Condecoraciones del Gobierno Regional de Lima, en cuyo capítulo 11 de los grados y condecoraciones, Artículo 4º dice: La Condecoración "General Don José de San Martin- en el Grado se •. R!A.\ \ Libertador de la Republica" es la más alta distinción que se otorga en la Región Lima{ ... );
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Regional N° 013-2012-CR-GL de fecha 04 de Diciembre de 2012 se
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Que, mediante Decreto Regional Nº 004-2012-GRUPRES de fecha 08 de noviembre de 2012; se institucionalizó el Himno de la Región Lima, cuya letra y música ha sido compuesta por el ilustre ciudadano huaralino Sr. Luis Ángel Díaz Roldan. Que, La Bandera Regional tiene como detalles fondo base color blanco que simboliza Integridad y paz, en la parte central figura el Escudo Regional simbolizando a las nueve provincias del Gobierno Regional de Lima; Que, el Escudo Regional, creado por el Ilustre ciudadano de la Región Lima Sr. Alfonso Salcedo Rubio; está compuesto de manera geométrica simboliza la Unión, confraternidad, tiempo, etc.; La "Chacana" o cruz andina es un símbolo recurrente en las culturas originarias de los andes, registrándose por primera vez en la cultura Caral, la civilización Madre de América, predominan los colores del Arco Iris: amarillo, rojo, verde oscuro, marrón, verde claro, azul, celeste, purpura y anaranjado, cada uno simboliza a una de las nueve provincias del Gobierno Regional de Lima; lado izquierdo del símbolo las provincias de Cañete (amarillo), Barranca(rojo), Huaral (verde oscuro), Canta (marrón), en el centro la provincia de Huaura (verde claro), lado
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derecho del símbolo las provincias de Oyón (azul), Cajatambo (celeste), Yauyos (purpura) y Huarochirí (anaranjado); Que, en la Sesión Ordinaria del Consejo Regional realizada el 15 de diciembre de 2017, en la Sala de Sesiones José Luis Romero Aguilar del Consejo Regional de Lima, se trató la Carta Nº 007-2017CECMACRN1752017- CR/GRL del Sr. Vladimir Alexander Rojas Hinostroza , Presidente de la Comisión Especial conformada en virtud del Acuerdo de Consejo Regional N° 175-2017-CR/GRL, en la cual solicita la aprobación del Informe Final del encargo recaído en el Acuerdo de Consejo Regional N° 175-2017-CR/GRL; del debate entre los miembros del Pleno del Consejo Regional, con el voto por UNANIMIDAD de los consejeros regionales concurrentes a la sesión del Consejo Regional, se aprueba la presente ordenanza Regional; En uso de las atribuciones preceptuadas en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado y las conferidas en los numerales 9°, 10º, 11º, 15° y 38º de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modificatorias, conforme con el Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Lima, el Consejo Regional;
HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: ORDENANZA REGIONAL QUE INSTITUYE COMO SIMBOLOS REGIONALES: LA BANDERA, EL ESCUDO Y EL HIMNO DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA ARTICULO PRIMERO.- INSTITUIR como símbolo Regional, la Bandera de la Región Lima, que tiene como característica el fondo base color blanco que simboliza la integración y paz, en la parte central figura el Escudo Regional simbolizando a las nueve provincias del Gobierno Regional de Lima, que será utilizado como emblema oficial en los actos cívicos y actividades protocolares de nuestra Región y Nación. ARTICULO SEGUNDO.- INSTITUIR como símbolo Regional, el Escudo de la Región Lima, creado 0 ~eG•o~~Ó f i5f" r: ... or el Ilustre ciudadano, Sr. Alfonso Salcedo Rubio; que es de manera geométrica, simboliza la Unión,
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R_:~-~1 L ~ onfratemidad y tiempo; La "Chacana" o cruz andina, es un símbolo recurrente en las culturas originarias de
ª ' _.7Íos andes, registrándose por primera vez en la cultura Caral, la civilización Madre de América, predominan los colores del Arco Iris: amarillo, rojo, verde oscuro, marrón, verde claro, azul, celeste, purpura y anaranjado, cada uno simboliza a una de las nueve provincias del Gobierno Regional de Lima; lado izquierdo del símbolo las provincias de Cañete (amarillo), Barranca (rojo), Huaral (verde oscuro), Canta (marrón), en el Centro la provincia de Huaura (verde claro), lado derecho del símbolo las provincias de Oyón (azul), Cajatambo (celeste), Yauyos (purpura) y Huarochirí (anaranjado), que será utilizado como emblema oficial en los actos cívicos y actividades protocolares de nuestra región. ARTICULO TERCERO.· INSTITUIR el Himno Regional como símbolo del Gobierno Regional de Lima, la cual se deberá entonar con el protocolo respectivo en toda reunión o ceremonia cívica, patriótica, militar y en los estamentos educativos de todos los niveles y modalidades de la educación en nuestra región, cuya letra y música ha sido compuesta por el ciudadano Ilustre Sr. Luis Ángel Díaz Roldan, siendo la siguiente:
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HIMNO A LA REGION LIMA En el mar tus riquezas pesqueras en tus valles la fertilidad y en los suelos de nuestras alturas la abundancia minera y el sol. Desde Huaura, Huaral y Barranca hasta Y auyos, Canta y Huarochirí con Cañete, Oyón y Cajatambo costa y sierra, así es nuestra región. (1 )Región Lima tu eres historia primer grito de la libertad por la gloria de nuestro pasado y el futuro de nuestra región, hoy tus hijos cantamos unidos en el norte, en el centro y el sur. Región Lima, tu eres grandeza tus riquezas no tienen igual los vestigios de nuestra cultura patrimonio de la humanidad, raza noble gente generosa región Lima, tu eres el Perú. REPETIR (1) ARTICULO CUARTO.· DEJAR SIN EFECTO el Decreto Regional Nº004-2012-GRL/PRES, donde se Institucionaliza el Himno de la Región Lima. ARTÍCULO QUINTO.· MODIFICAR el Artículo 10° la Ordenanza Regional Nº013-2012-CR-RL, en su CAPITULO 111 DE LAS CARACTERISTICAS DE LAS CONDECORACIONES. La que quedará redactada de la siguiente manera: "ARTICULO 100.· Para el otorgamiento de las Condecoraciones del Gobierno Regional de Lima, la medalla debe reunir las siguientes características: Medalla de oro: contenido de alto relieve, tamaño de 6x6 aprox., 1ml. de grosor, material bañado en oro, según modelo anexo al presente reglamento. Medalla de bronce: contenido de alto relieve tamai'io 6x6 aprox., 1ml. de grosor, material de bronce, según modelo anexo al presente reglamento". ARTICULO SEXTO.·ENCARGAR al Sr. Nelson Chui Mejía, Gobernador Regional del Gobierno Regional de Lima, el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional.
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ARTICULO SEPTIMO.· La presente Ordenanza Regional se publicará en el Diario Oficial "El Peruano" y en el portal del Gobierno Regional de Lima (www.reaionalima.gob.pe). En Huacho, a los quince días del mes de diciembre del dos mil diecisiete. POR TANTO: Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Lima para su promulgación.
Mando se comunique,publiquey cumpla. Dado en la ciudad de Huacho, sede central del Gobierno Regional de Lima, a los ... ~~ ..... días del mes de~~-~~ ... del dos mil .. :"P.j_(.~\9!;..~P
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