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015-2008-CR-GRL Regional Ordinance Lima (Región) In force

Ordenanza Regional N.° 015-2008-CR/GRL

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La Presente es copia uci documento origina:

A ENE? S009

Huacho, co...

DEJAS LUIS SOLORZANO PORLE: FECATARIO INST; CIONAL RRR NO :

Gobierno Regional de Lima

Gobierno Regional de Lima Ordenanza Regional No. 15-2008-CR-R£

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA:

POR CUANTO:

ñ Que, la Presidenta de la Comisión de Impulsar la Creación del Distrito Electoral Abogada Marianela T. Junco Barrera mediante Oficio N° 066-2008-CCDELP en nombre de la_Comisión propone que el año 2009 se denomine "AÑO DE LA RESTITUCIÓN DEL DISTRITO ELECTORAL DE LIMA PROVINCIAS”; el Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima en su Sewón Extraordinaria del 29 de diciembre del 2008, aprueba el Dictamen N*35-2008-GRL-CR-CO-PPTOTAATPE; — ”

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 197° ve la Constitución Política del Perú concordante con el Artículo 4° de la Ley N° 27867; el Gobierno Regional de Lima es una persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de competencia, constituyendo para su administración económica y financiera un pliego presupuestal, y tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo

Que, el Artículo 38% de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;

Que, desde la emisión de Acuerdo Regional N* 31-2008- CR-GRL, la Comisión ha venido implementando diversas estrategias de difusión y articulación con el Congreso de la Republica, y líderes políticos y sociales a nivel regional. Asimismo se han realizado diversas expresiones de apoyo a favor de la Creación del Distrito Electoral a nivel de partidos políticos como organizaciones diversas, lo cual saludamos y nos hemos sumado, considerando que este derecho constitucional debe ser asumido con compromiso social desde todos espacios;

Que, con fecha 03 de noviembre del año 2006; EL DR. ALAN GARCIA PEREZ PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Av. 28 de Julio N* 468 - HUACHO - Telf.: 232 2762 - 232 3645 Fax: 232 5270 presidencia@recionlima.gob.pe

La Presente es copia dei documento original que se encuentra en el archivo respectivo.

Huacho, ...2.6..ENE...2009

Gobierno Regional de Lima

Y EL DR. JORGE DEL CASTILLO GALVEZ PRESIDENTE DEL CONSEJO DE MINISTROS presentaron el PROYECTO DE LEY 611-2006-PE inciso 2, PROYECTO DE LEY QUE CREA EL DISTRITO ELECTORAL DE LIMA PROVINCIAS (MODIFICACION DEL ART. 21 DE LA LEY N° 26859 LEY ORGANICA DE ELECCIONES y;

Que, han transcurrido dos años sin conocer el trámite del PROYECTO DE LEY 611-2006-PE inciso 2, por lo que hemos solicitado en forma reiterativa el cumplimiento de las funciones legislativas, de la Comisión Ordinaria de Constitución y Reglamento DICTAMINE, con la celeridad que ordena el artículo 105 de Constitución Política que a la letra dice: Ningún proyecto de ley puede sancionarse sin haber sido previamente aprobado por la respectiva Comisión Dictaminadora, salvo excepción señalada en el Reglamento del Congreso. Tienen preferencia los proyectos enviados por . el Poder Ejecutivo con carácter de urgencia;

Que, con Dictamen N° 05-2008-GRL-CR-COPPTOTAATP del Consejo Regional presentó al pleno del Consejo Regional el proyecto de Ordenanza que aprueba la DENOMINACION DEL AÑO 2009 "AÑO DE LA RESTITUCION DEL DISTRITO ELECTORAL DE LIMA PROVINCIAS”, el mismo que se ubicara después de la denominación del año según D.S. 086-2008-PCM, teniendo como base la opinión legal de la Sub Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, la misma que se delibero en la sesión extraordinarig del Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima de fecha

29 de diciembre del 2008, y con el voto unánime de los consejeros y consejeras asistentes;

Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 38° de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales N° 27867 y modificada en parte por la Ley N° 27902 y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de» Lima, el Consejo Regional ha dado la siguiente Ordenanza Regional:

ARTÍCULO PRIMERO: DENOMINAR al año 2009 “Año de sl. la Restitución del Distrito Electoral de Lima Provincias”, el mismo que se € ubicará después de la denominación del año según el Decreto Supremo N°

086-2008-PCM, en todos los documentos oficiales.

ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR al Presidente del Gobierno Regional de Lima, disponga las medidas necesarias para el cumplimiento del artículo precedente.

ARTICULO TERCERO: La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

Av. 28 de Julio N° 468 - HUACHO - Telf.: 232 2762 - 232 3645 Fax: 232 5270 presidencia@regioniima.gob. pe

La Presente es copia del documento original que se encuentra en elarchivo respectivo,

“6 EN e pao 54,150)

Gobierno Regional de Lima DENIp LUIS SOLÓRZANO PORLES FEDATARIO INSTITUCIONAL REF Nao. PRES

Huacho, coccion

ARTICULO CUARTO: La presente Ordenanza Regional se publicará en el diario oficial “El Peruano”, en un Diario de Circulación Regional y en el portal del Gobierno Regional de Lima (www.regionlima.gob.pe). :

SEJO |=

es An Huacho, a los veintinueve dias del mes de diciembre del dos mil ocho. ORAL

POR TANTO:

Comuniquese al Sefior Presidente del Gobierno Regional de Lima para su promulgación.

GOBIERNO REGIONAL DE

CONSEJERA Ú Consejo Regronal del Gobierno Regina: a

a e

Mando se comunique, publique y cumpla.

Dado en la ciudad de Huacho, Sede Central del Gobierno Regional de Lima, a los treinta días del mes de diciembre del dos mil ocho.

gaooneno REGIONAL DE LIMA

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oy) hui Mera OPES SIOENTE REGIONAL

Av. 28 de Julio N° 468 - HUACHO - Telf.: 232 2762 - 232 3645 Fax: 232 5270 presidencia@regionlima.gob.pe


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionlima/normas-legales/3367084-015-2008-cr-grl PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3533457/2328.pdf.pdf