Ordenanza Regional N.° 014-2018-CR/GRL
Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.
Gobierno Regional de Lima Gobierno Regional de Lima Ordenanza Regional N“Q31-2018-CR-GR£
Por cuanto:
El Consejo Regional de Lima en su sesión ordinaria del día 12 de diciembre del año 2018, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
Visto:
La Carta N° 0048-2018-GRL/PRES, del Ing. Nelson Chui Mejía, Gobernador Regional de Lima, mediante la cual solicita se eleve la Propuesta de Ordenanza Regional que Modifica e Incorpora nuevos Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Educación Lima Provincias al Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA del Gobierno Regional de Lima.
Considerando:
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú de 1993, dispone que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el artículo 2” de la Ley N*27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, indica que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho pública, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera;
Que, el artículo 5° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que la misión de los Gobiernos Regionales es organizar y conducir la Gestión Pública Regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región;
Que, el artículo 13°de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, y que le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y aquellas que le sean delegadas; /
Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiemos Regionales, señala que las
la A N Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobiemo NA ) Regional y reglamentan materias de su competencia; ( A)
Que, el Artículo 30° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que: “Los procedimientos administrativos que, por exigencia legal, deben iniciar los administrados ante las entidades para satisfacer o ejercer sus derechos, se clasifican conforme a las disposiciones del presente capítulo, en aprobación automática o de evaluación previa por la entidad y este último está sujeto, en caso de falta de pronunciamiento oportuno, al silencio positivo o silencio negativo. Cada entidad señata estos procedimientos
Boulevard Sáenz Peña N°155 — Huacho Teléfono: 239 1323
a
Gobierno Regional de Lima
en su Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, siguiendo los criterios en el presente ordenamiento;
Que, que los numerales 38,1 y 38.5 del Artículo 38° del Decreto Legislativo N° 1272, decreto que modifica la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y deroga la Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo; expresa que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que implique la incorporación de nuevos procedimientos, el incremento de derechos de tramitación o requisitos, el TUPA debe ser aprobado por Ordenanza Regional;
Que, mediante Ordenanza Regional N*02-2011-CR/GRL de fecha 24 de marzo del 2011, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional de Lima, el cual comprende 326 Procedimientos Administrativos;
Que, mediante Ordenanza Regional N° 011-2013-CRRL de fecha 20 de agosto del 2013, se modificó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Lima aprobado por Ordenanza Regional N° 02-2011-CR/GRL, el mismo que, comprende trescientos veintiséis (326) procedimientos administrativos, incrementando veintiuno (21) procedimientos administrativos nuevos, correspondientes a la Dirección Regional de Formalización de la Propiedad Rural — DIREFOR, según anexo que forma parte de la presente Ordenanza Regional;
Que, mediante Ordenanza Regional N° 007-2015-CRRL se modificó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Lima, aprobado por Ordenanza Regional | N° 02-2011-CR-GRL, el mismo que incorpora 101 procedimientos administrativos de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo - DRTPE y 16 servicios prestados en exclusividad de la Dirección Regional de la Formalización de la Propiedad Rural - DIREFOR;
Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N*158-2016-PRES, se aprueba la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Lima, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 011-2013-CR-RL y modificado mediante Ordenanza Regional N° 007-2015-CR-RL y la reconversión de los derechos administrativos vigentes, contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Lima, con el índice de ta referencia de la Unidad Impositiva Tributaria — UIT correspondiente al ejercicio fiscal del año 2016;
Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N*718-2017-PRES, se modificó los derechos de A tramitación del procedimiento administrativo 1: “Acceso a la Información Pública” del Texto Único de / MO \ Procedimientos Administrativos -TUPA del Gobierno Regional de Lima, aprobado mediante Resolución y ) // Ejecutiva Regional N° 158-2016-PRES;
Que, mediante Memorando N° 621-2018-GRL/GRPPAT, de fecha 20 de setiembre del 2018, el Director Regional de Educación Lima Provincias, solicita a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la incorporación de 34 nuevos procedimientos administrativos que requieren ser incorporados en el TUPA del Gobierno Regional de Lima;
| Que, mediante Memorandum N° 2008-2018-GRL/SG, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, opina la viabilidad de la incorporación de nuevos procedimientos de la Dirección Regional de Educación Lima Provincias al Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA vigente del Gobierno Regional de Lima siendo las siguientes:
Boulevard Sáenz Peña N°155 — Huacho Teléfono: 239 1323
Ñ ES
Gobierno Regional de Lima
Centificación de Eventos Académicos Certificación PROCARE Constancia de Nóminas y Actas de IES Pedagógico Constancia de Titulo Pedagógico por perdida, valido por tres meses, IES Pedagógico del año 2004 a la actualidad. Autenticado de Copia de Títulos Universitarios y Títulos Pedagógicos Constancia de Registro de Titulo Pedagógico en Tramite Registro de Doctorado Registro de Maestrías Registro de Titulo de Segunda Especialidad Visación de Certificados de Estudios de IES Tecnológicos al 2015 y Pedagógicos Visación de Syllabus por Ciclo de Estudlo de 1ES Visación para el Extranjero de Certificados de Estudios realizados en la EBR y EBA Certificación de Autenticidad de Instituto de Educación Superior Privado Tecnológico y Pedagógico Constancia de Funcionamiento de Instituto de Educación Superior Privado Tecnológico y Pedagógico Constancia de Ubicación Geográfica de IES (Pase Regional) Inspección Técnica a Institución Educativa de Gestión Privada: Educación Básica Regular, Educación Básica Altemativa, Educación Básica Especial y Educación Técnico Productiva - Provincias de Barranca — Huaral Inspección Técnica a Institución Educativa de Gestión Privada: Educación Básica Regular, Educación Básica Alternativa, Educación Básica Especial y Educación Técnico Productiva — Provincias de Cañete - Huarochiri - Canta - Oyón Inspección Técnica a Institución Educativa de Gestión Privada: Educación Básica Regular, Educación Básica Altemativa, Educación Básica Especial y Educación Técnico Productiva — Provincia de Huaura Cambio, Traslado de Local o Uso de Nuevo Local de Institución Educativa de Gestión Privada: Educación Básica Regular, Educación Básica Alternativa, Educación Básica Especial y Educación Técnico Productiva — Provincias de Barranca - Huaral Cambio, Traslado de Local o Uso de Nuevo Local de Institución Educativa de Gestión Privada: Educación Básica Regular, Educación Básica Altemativa, Educación Básica Especial y Educación Técnico Productiva — Provincias de Cañete - Huarochirí - Canta - Oyón Cambio, Traslado de Local o Uso de Nuevo Local de Institución Educativa de Gestión Privada: Educación Básica Regular, Educación Básica Alternativa, Educación Básica Especial y Educación Técnico Productiva — Provincia de Huaura Otras Informaciones Estadísticas Solicitadas por Hoja Padrón Estadístico a Nivel Regional Impreso y en CD Informe Escalafonario Actualización de Datos para el Banco de la Nación Apertura de Cuenta Multired Banco de la Nación Búsqueda de Boletas Originales por Mes a partir del Mes Abril del año 2004 al año 2015 Constancia de Descuento Judicial Constancia de Pago de Haberes por Mes Por Anulación de Cheque por Vencimiento de Fecha de Pago (30 días) Constancia de Haber Realizado Practicas Pre profesionales en la DRELP a partir de la Segunda Solicitud
Boulevard Sáenz Peña N°155 — Huacho Teléfono: 239 1323
Gobierno Regional de Lima
= Constancia de Trabajo por Contratación Administrativa de Servicios — CAS a partir de la Segunda Solicitud
= Constancia de Trabajo por Locación de Servicios a partir de la Segunda Solicitud
= Constancia por el Servicio y/o Bien Prestado por Proveedores
Que, mediante Informe N*1622-2018-GRL/SGRAJ, de fecha 26 de Octubre del 2018, el Sub — Gerente Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Lima, emite opinión legal favorable a la modificación del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobiemo Regional de Lima, por la incorporación de 34 procedimientos administrativos nuevos, correspondientes a la Dirección Regional de Educación Lima Provincias que se brinda en el ámbito del Gobiemo Regional de Lima.
Que, en la sesión de Consejo Regional, se dio cuenta de la carta del visto; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Lima, y; con el voto por UNANIMIDAD de los Consejeros Regionales concurrentes a la Sesión de Consejo Regional, y;
En uso de las atribuciones preceptuadas en los artículo 191° y 192° de la constitución política del estado y las conferidas en los numerales 9°, 10°, 11°, 15° y 38° de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales N*27867 y sus modificatorias, conforme con el reglamento interno del consejo regional de lima; el Consejo Regional
HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL
ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA E INCORPORA NUEVOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN LIMA PROVINCIAS AL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVOS TUPA DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la Ordenanza Regional que Modifica e Incorpora 34 nuevos Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Educación Lima Provincias al Texto Unico de Procedimientos Administrativos TUPA del Gobierno Regional de Lima, cuyo cuadro matriz forma parte
3/2 integrante como anexo de la presente Ordenanza Regional. / UY ARTÍCULO SEGUNDO: DEJAR, sin efecto la Resolución Ejecutiva Regional N°158-2016-PRES, | el mismo que dispone la actualización del Texto Unico de Procedimientos Administrativos — TUPA.
ARTÍCULO TERCERO: DEROGAR, toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza 5, Regional.
) [o
Les ARTÍCULO CUARTO: DISPENSAR, la presente Ordenanza Regional del pase a comisiones, del
SS trámite de lectura y de la aprobación del Acta.
Boulevard Sáenz Peña N°155 — Huacho Teléfono: 239 1323
Gobierno Regional de Lima ARTÍCULO QUINTO: La presente Ordenanza Regional se publicará en el Diario Oficial El Peruano y
en el portal electrónico del Gobierno Regional de Lima (ww. 0eo ion ma.co0.pe).:
En Huacho, a los 12 días del mes de diciembre del dos mil dieciocho
POR TANTO:
Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Lima para su promulgación.
. A Ps TARTAS y Re A PRESO NTE DEY CONSEJO REGIOWAL Mando se comunique, publique y éumpla.
Dado en la ciudad de Huacho, sede central del Gobiemo Regional de Lima, a los..........días del mes
Herr del dos mil dieciocho.
8 SOBIERNO REGIONAL DE LIMA
¡NEAELSON CHI MEJIA. GOBERNADOR REGIONAL DE LIMA
Boulevard Sáenz Peña N°155 - Huacho Teléfono: 239 1323
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionlima/normas-legales/7115060-014-2018-cr-grl PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8600246/7115060-ordenanza-regional-n-014-2018-cr-grl.pdf