Ordenanza Regional N.° 014-2008-CR/GRL
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Dey LUIS SOLÓRZANO PORLES FEDATARIO INSTITUCIONAL RER N*015-2007-PRES
Gobierno Regional de Lima
Ordenanza Regional No: 14-2008-CR-R£
Gobierno Regional de Lima
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA:
POR CUANTO:
El: Consejo Regional de Lima en “su Sesión Extraordinaria del 29 de diciembre del 2008,. aprueba el Dictamen N° 04-2008- GRL-CR-CO-PPTOTAATPE, siguiente: :
CONSIDERANDO:
Que, conforme” a lo dispuesto por el articulo 2° de la ley N° 27867, modificada por las Leyes N° 27902 y 28013, las cuales disponen que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho publico, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion económica y presupuestal un pliego presupuestal;
Que, el Articulo 1° de la ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que la presente Ley regula la estructura y organización del Estado en forma democrática, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales Gobiernos Locales. Asimismo, define las normas que regula la escentralización administrativa, económica, productiva, financiera, tributaria y
Que, es atribución del Consejo Regional normar la organización del Gobierno Regional a través de Ordenanza Regionales, de o conformidad con lo dispuesto en el artículo 15% inciso a) de la Ley N* 27867 y dl : sus modificatorias que señala:"Aprobar, modificar o derogar las normas que do regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”, precepto que le confiere facultad de aprobar los documentos de gestión, de las Entidades Públicas en el ámbito de jurisdiccional del Gobierno Regional, en concordancia con el Art. 38° de la Ley N* 27867 que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de
carácter general en la organización y la administración del Gobierno Regional;
Que, mediante Ordenanza Regional N° 02-2008-CR/RL, se aprobó los Reglamentos de Organización y Funciones (ROF) y los Cuadros
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DEMÍS LUIS SOLO! FEDATARIO TNO PORLES
para Asignación de Personal (CAP) de la Dirección Regional de Sálud'48 Tina y las Direcciones de Red de Salud que la conforman, encargando a la Presidencia Regional para que en un plazo de 60 (sesenta) días — plazo que fuera ampliado mediante las Ordenanzas Regionales N° 06 y 09-2008-CR/RLmediante mesas de trabajo provincia por provincia evalúe la organización de las Entidades anteriormente señaladas y proponga una organización acorde con la realidad social del ámbito regional, que contribuya a mejorar los servicios de salud y de conformidad con la normatividad vigente, proponiendo al Consejo Regional para su aprobación de los Documentos de Gestión que resulten necesarios para. su implementación. Los Consejeros Regionales, participaran en las Mesas de Trabajo de acuerdo a las funciones que le confiere la Ley de todo el proceso de la propuesta de la nueva organización en la Dirección Regional de Salud de Lima; . ..
Que mediante Resolución Ejecutiva Regional N* 228-2008- PRES, del 07 de abril del año: 2008, se conformo la Comité Técnico ' responsable de formular la propuesta de Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Dirección Regional de Salud de Lima y órganos desconcentrados que forman parte de su ámbito jurisdiccional; . to Que, mediante Carta N° '003-2008-GRL/PRES el Presidente del Gobierno Regional de Lima, ingeniero Nelson Chui Mejía, remite al Consejo Regional, Dos Propuestas de Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Salud de Lima, elaboradas por el la Comité Técnico al que se refiere el considerando anterior; la primera de las cuales mantiene vigente salvo con algunas precisiones de carácter conceptual en la redacción de las funciones la organización actual que considera 06 Direcciones de Redes de Salud con sus respectivos Hospitales; y la segunda NS propuesta que como resultado de las mesas de trabajo a nivel provincia y, ae considera la creación de 10 Direcciones de Redes de Salud, une en cada : provincia, además de la Dirección de la Red de Salud Chilca — Mala;
Que, en ambas propuestas considera los proyectos de Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Dirección Regional de Salud de Lima (DIRESA); el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y : Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de: Hospital Regional de Huacho; el Dirección Red de Salud de Cañete, Dirección Red de Salud de Chilca-Mala; Hospital San Juan Bautista de Huaral; Hospital Barranca; Hospital de Chancay
y Hospital Rezola;
Que, luego de haber analizado la Segunda propuesta, el pleno del Consejo Regional, considerando el derecho de acceso a la salud que tienen todos los peruanos como derecho fundamental consagrado en nuestra Carta Magna y con el objetivo de mejorar la calidad y cobertura de los Servicios de Salud en cada una de las provincias que conforman el ámbito jurisdiccional
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Gobierno Regional de Lima
del Gobierno Regional de Lima ha determinado conveniente aprobar el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Salud de Lima, que considera 10 Direcciones de Redes de Salud, una en cada provincia, además de la Dirección de la Red de Salud Chilca — Mala.
Que, mediante el Informe N° 122-A-2008-GRL/GRPPATHHQL e Informe N° 258-2008-GRL/GRPPAT, de fecha 15 de octubre del 2008, »la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Lima se señala que los Documentos de Gestión propuestos: Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de: Dirección Regional de Salud Lima; Hospital Regional de Huacho; Dirección Red de Salud de Cañete; Dirección Red de Salud de Chilca-Mala; Hospital San Juan Bautista de Huaral; Hospital Barranca; Hospital de Chancay y Hospital Rezola; se encuentra concordante con lo establecido en el Decreto Supremo 043-2004- : PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal — CAP de las entidades de la Administración Pública; “ Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima en su Sesion Extraordinaria de fecha 29 de diciembre de 2008, luego del debate entre los Consejeros concurrentes a la sesión de Consejo y atendiendo a las necesidades de los pueblos conformantes de la Región Lima y el derecho de acceso a la salud de sus habitantes, luego de un amplio debate y con el voto unánime de los Consejeros concurrentes a la sesión ordinaria de Consejo;
Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 9°, 10°, 11°, 15% y 38° de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales N° 27867 y modificada en parte por la Ley N° 27902 y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima, el Consejo Regional ha dado la siguiente Ordenanza Regional:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Salud Lima, que consta de cinco (05) Títulos, siete (07) capítulos, setenta (70) artículos, dos (02)
al, disposiciones complementarias, dos (02) disposiciones transitorias y el organigrama estructural que comprende los siguientes Órganos Desconcentrados:
Dirección Red de Salud de Barranca
Dirección Red de Salud de Cajatambo
Dirección Red de Salud de Canta
Dirección Red de Salud de Cañete
Dirección Red de Salud Chilca Mala
Dirección Red de Salud de Huaral Dirección Red de Salud de Huarochiri
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Huacho, .. 7 : “ENE; 2069.
Gobierno Regional de Lima
OF oat) a DEN 1
Dirección Red de Salud de Huaura AUIS SOLÓRZANO PORLES
Dirección Red de Salud de Oyón RER.Wate-2007-BRES
Dirección Red de Salud de Yauyos
Hospital Regional de Huacho
ARTÍCULO SEGUNDO: APROBAR los Reglamentos de Organización y Funciones de las siguientes Unidades Ejecutoras,
correspondientes al ámbito de competencia de la Dirección Regional de Salud Lima:
Hospital. de Barranca, que consta de cinco (05) Títulos, cinco (05) capítulos, * diez y ocho (18) artículos, una (01) disposiciones complementarias, una (01) disposieión transitoria y-el. organigrama estructural. .
Red de Salud-de Chilca Mala, que consta de cinco (05) Títulos, cinco (05) capítulos, dieciocho (18) artículos, una. (01) disposición complementaria, una (01) disposición transitoria . » y el organigrama estructura.
Hospital Regional de Huacho, que consta de cinco , (05) Títulos, cinco (05) capítulos, sesenta y nueve (89) artículos, dos (02) disposiciones complementarias, una (01) disposición transitoria y el organigrama estructural.
Hospital San Juan Bautista Huaral, que consta de cinco (05) Títulos, cinco »(05) capítulos, cuarenta y nueve (49) artículos, cinco (05) disposiciones complementarias y el organigrama estructural.
Hospital de Chancay, que consta de cinco (05) Títulos, cinco (05) capítulos, cincuenta y tres (53) artículos, una (01) disposición complementaria, una (01) disposición transitorias y el organigrama estructural.
Hospital Rezola, que consta de cinco (05) Títulos, cinco (05) capitulos, cuarenta y cuatro (44) artículos, dos (02) disposiciones complementarias y el organigrama estructural.
Dirección de Red de Salud de Cañete, que consta de cinco (05) Títulos, cinco (05) capítulos, veinte (20) artículos, una (01) disposición complementaria, una (01) disposición transitoria y el organigrama estructural.
eL Los mismos que se anexan y forman parte de la presente Ordenanza Regional, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la misma.
ARTICULO TERCERO: APROBAR los Cuadros para Asignación de Personal (CAP) siguientes:
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7 LUIS SOLÓRZANO PORLES FEDATARIO INSTITUCIONAL
RER.NEt5-2007 PRES
Gobierno Regional de Lima
De la Dirección Regional de Salud de Lima, que consta de setecientos cuarenta y seis (746) cargos, ciento cincuenta (150) ocupados y quinientos noventa y seis (596) previstos.
Dirección de Red de Salud de Cañete, que consta de setecientos ochenta y dos (782) cargos, doscientos treinta y cinco (235) ocupados y quinientos cuarenta y siete (547) previstos.
Dirección de Red de Salud de Chilca Mala, que consta de trescientos noventa y uno (391) cargos, ciento treinta y uno (131). ocupadas y doscientos sesenta (260) previstos.
Hospital de Barranca, que consta de mil quince (1015) cargos, doscientos noventa y seis (296) ocupados y setecientos diecinueve (719) previstos.
Hospital Regional de Huacho,.que consta de mil cuatrocientos sesenta y - tres (1463) cargos, quinientos cuarenta y siete (547) ocupados y - novecientos dieciséis (916) previstos.
Hospital San Juan Bautista Huaral, que consta de novecientos cincuenta (950) cargos, doscientos veinte y dos (222) ocupados y setecientas veintiocho (728) previstos.
Hospital de Chancay, que consta de trescientos dieciséis (316) cargos, ciento setenta y ocho (178) ocupádos y ciento treinta y ocho (138) previstos.
Hospital Rezola, que consta de quinientos veinte y nueve (529) cargos,
doscientos treinta (230) ocupados y doscientos noventa y nueve (299) previstos.
Los mismos que se anexan y forman parte de la presente Ordenanza Regional, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la misma.
ARTICULO CUARTO.- Encargar a la Dirección Regional de Salud Lima para que realice las acciones técnico y/o administrativas que facilite la implementación de las Redes de Salud señaladas en el Artículo Primero de la presente Ordenanza, garantizando una mayor cobertura y calidad de los Servicios Básicos de Salud de la población en sus respectivos ámbitos de competencia, de conformidad con la Resolución Ministerial N° 122- 2001-SA-DM y con la normatividad que rige los Sistemas de Administrativos
el + — Públicos. . ARTICULO QUINTO: DEROGAR toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional.
ARTICULO SEXTO: La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación el diario oficial “El Peruano”, disponiéndose su publicación asimismo en un Diario de Circulación
Regional y en el portal del Gobierno Regional de Lima (www.regionlima.gob.pe).
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Huacho,
Gobierno Regional de Lima
DENIS £UIS SOLORZAN 'EDATARIO ENE RER.N*015-2007-PRES
En Huacho, a los veintinueve días del mes de diciembre del dos mil ocho, POR TANTO:
Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Lima para su promulgación.
Mando se comunitfue, publique y cumpla.
Dado en la ciudad de Huacho, Sede Centra! del Gobierno Regional de Lima, a los treinta días el mes de diciembre del dos mil ocho. :
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