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008-2020-CR-GRL Regional Ordinance Lima (Región) In force

Ordenanza Regional N.° 008-2020-CR/GRL

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Gobierno Regional de Lima

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VISTO: El Acuerdo de Consejo Regional N° 143-2020-CR/GRL, que resuelve en su ARTICULO PRIMERO: APROBAR. la Ordenanza Regional que dispone "PLAN REGIONAL DE INTEGRIDAD Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN 2020 - 2021 DE LA REGIÓN LIMA CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. En tal sentido, el literal del Artículo 9º de la Ley Nº 27867, establece como atribuciones de los Gobiernos Regionales, dictar las normas inherentes a la gestión regional, las cuales deben adecuarse al ordenamiento jurídico nacional, de conformidad con el Articulo 36º de la misma ley;

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Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. En tal sentido, el artículo 15° literal a) de la norma señalada, establece que es atribución del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; para tal efecto, dicta Ordenanzas y Acuerdos del Consejo Regional, conforme lo dispone el artículo 37° literal a) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; ~$1 N,1,-.

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Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, ;?.~$ .. '~stablece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la ·:· ,. administración del Gobierno Regional, y reglamentan en materia de su competencia; Que, mediante Ordenanza Regional N° 026-2015-CR/RL modificado por Ordenanza Regional Nº 004-2017-CR/RL se aprobó el Reglamento Interno del Consejo Regional; el mismo que, en su Artículo 3º establece que "El Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional. Ejerce las funciones normativas, fiscalizadoras, investigadoras, de fiscalización de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional y de la gestión y conducta pública de los funcionarios del mismo, y las demás que establece la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización Nro. 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nro. 27867, sus modificatorias y conexas.

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Que, el Acuerdo Nacional, suscrito el 22 de julio de 2002, establece como Política de Estado la afirmación de un Estado eficiente y transparente (Política 24º), así como la promoción de la transparencia y la erradicación de la corrupción en todas sus formas (Política 26º); correspondiendo al Estado afirmar en la sociedad y en el Estado, principios éticos y valores sociales así como la vigilancia ciudadana, la transparencia y la rendición de cuentas para garantizar la institucionalidad de nuestro país; asimismo, constituye elemento consustancial a dichas políticas el destierro de la impunidad, del abuso de poder, de la corrupción y del atropello de los derechos. Que, mediante la Ley Nº 29976 - se crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, el cual establece en su artículo 1° lo siguiente: "Créase la Comisiónde Alto Nivel Anticorrupción, con el objeto de articular esfuerzos,coordinar accionesy proponer políticasde corto, medianoy largo plazo dirigidas a prevenir y combatir la corrupción en el país" y el artículo 9° inc. 9.1 de la citada Ley, establece: "Los gobiernos gionales y locales implementan Comisiones Regionales y Locales Anticorrupción, cuya conformación se da en el marco de la presente Ley, en lo que fuera aplicable(... )". Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2018-PCM se establece medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la Corrupción, mencionando en su artículo 1 que. el objeto y finalidad de la norma es "Establecer medidas en materia de integridad pública con el objeto de orientar la correcta, transparente y eficiente actuación de los servidores públicos y de las entidades señaladas en el artículo I del Titulo Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, con la finalidad de contribuir al cumplimiento de las políticas en materia de integridad pública, como parte de las acciones de prevención y lucha contra la corrupción para la consolidación de la democracia, el estado de derecho y el buen gobierno". Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM se aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, el cual tiene un instrumento que establece las acciones priorizadas sobre la ,,@OÑ:?' materia que se deben emprender para prevenir y combatir la corrupción e impulsar la integridad pública, en el :P~ . .. ,.<;marco de la Politica Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción.

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Que, en el ámbito de nuestro Gobierno Regional, mediante Ordenanza Regional Nº 005.-2013-CR/RL, modificado por Ordenanza Regional Nº 014-2016-CR/GRL, se creó la Comisión Regional Anticorrupción del Gobierno Regional de Lima, el cual tiene como objetivo principal implementar acciones de prevención y combate de la corrupción, en el marco del Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción. Dicha Comisión está integrada por Instituciones del Estado del ámbito del Gobierno Regional de Lima, cuenta con una Secretaria Técnica quien ejecuta sus acuerdos, elabora los estudios y trabajos técnicos que requiera dicha Comisión; y asimismo cuenta con instituciones representantes de la sociedad civil, del órgano de control ,y del sector empresarial en su calidad de observadores, de manera que se garantice la participación de las principales instituciones del sector público, sector empresarial y de la sociedad civil, involucradas en la lucha contra la corrupción de la jurisdicción.

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Que, la Comisión Regional Anticorrupción del Gobierno Regional de Lima, mediante el Oficio Nº 152019P-CRAL, recibido el 30 de diciembre de 2019, a través de su Presidente, remite al Gobernador Regional el Plan Regional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2020-2021, el mismo que ha sido aprobado en la sesión de la Comisión Regional Anticorrupción de Lima Provincias, celebrada el 23 de diciembre de 2019, a efectos que sea remitido al Consejo Regional para su aprobación mediante ordenanza regional; Que, mediante Informe N° 159-2020-GRL-SGRAJ, de fecha 31 de enero de 2020, la Sub Gerencia Regí Fial de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal favorable En uso de las atribuciones preceptuadas en los artículos 191º y 192° de la Constitución Política del Estado y las conferidas en los numerales 9°, 10°, 11 º, 15° y 38° de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modificatorias, conforme con el Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Lima, el Consejo Regional En SesiónOrdinariaVirtualdel Consejo Regional de Lima, desde la Sala de Sesiones "José Luis Romero Aguilar" del Consejo Regional de Lima, en la ciudad de Huacho, con los consejeros regionales presentes y consejeros regionales conectados vía el software de video llamadas y reuniones virtuales ZOOM, se dio cuenta del pedido del visto; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Lima, y; con el voto por UNANIMIDAD de los consejeros regionales presentes en la sesión Ordinaria virtual del consejo regional, y; En uso de las atribuciones preceptuadas en los articulas 191 y 192 de la Constitución Política del Estado y las conferidas en los numerales 9, 10, 11, 15 y 38 de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Ley Nº27867 y sus modificatorias, conforme con el Reglamento Interno del Consejo Regional de Lima; el Consejo Regional:

HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL .?-.. _

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LA CORRUPCIÓN 2020 - 2021 DE LA REGIÓN LIMA"

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ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el Plan Regional de Integridad y Lucha contra la Corrupción Región Lima 2020-2021, documento aprobado mediante acta de sesión de fecha 23 de diciembre de 2019, de la Comisión Regional Anticorrupción de la Región Lima. ARTICULO SEGUNDO: DISPONER que, el Plan Regional de Integridad y Lucha contra la Corrupción de la Región Lima 2020-2021, será de obligatorio cumplimiento para todas las entidades públicas en la

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jurisdicción del Gobierno Regional de Lima, así como para las entidades privadas de la misma jurisdicción territorial, de acuerdo a sus competencias y en lo que fuera aplicable.

ARTICULOTERCERO: DISPONER que, Todas las instituciones públicas de la jurisdicción territorial del Gobierno Regional de Lima quedan obligadas a desarrollar sus propios planes de integridad institucional y lucha contra la corrupción, sin perjuicio de adoptar, del presente Plan Regional, las acciones que les fuera directamente de su competencia con la finalidad de incluirlas en sus planes operativos institucionales, presupuestarlas y ejecutarlas oportunamente.

ARTÍCULO CUARTO: OTORGAR a la Comisión Regional Anticorrupción de la Región Lima la atribución de monitorear y supervisar el estricto desarrollo y cumplimiento del presente Plan Regional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, en todas las entidades públicas en la jurisdicción del Gobierno Regional de Lima, así como para las entidades privadas de la misma jurisdicción territorial, de acuerdo a sus competencias y en lo que les fuere aplicable.

ARTICULO QUINTO: DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del pase a comisiones, trámite de lectura y aprobación del Acta. ARTÍCULO SEXTO: La presente Ordenanza Regional se publicará en el Diario Oficial El Peruano y en la página web del Gobierno Regional de Lima (www.regionlima.gob.pe)para conocimiento y fines. En Huacho, a los l.Q dias del mes de~."....~tt.del dos mil veinte.

POR TANTO: Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Lima para su promulgación.

Mando se comunique,publique y cumpla. Dado en la ciudad de Huacho, sede central del Gobierno Regional de Lima, a los ... ~~ .. días del mes de ~~~.'!'". del año ~.=:2P. .

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