Ordenanza Regional N.° 007-2020-CR/GRL
Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.
Gobierno Regional de Lima
qo6ierno ~9iona{ríeLima Ordenanza <.R§giona{!N" o¡ -2020-08/q(J{L
VISTO: El Acuerdo de Consejo Regional N° 136-2020-CR/GRL, que resuelve en su ARTICULO PRIMERO: APROBAR. la Ordenanza Regional que dispone "PLAN DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DE RIESGOS DE DESASTRES 2020 - 2022." CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, publicada el 10 de marzo del 2015, establece lo siguiente: "Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. ( ... ) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador( ... )". Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, en su artículo 2 dispone: "Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuesta!"; asimismo, en su artículo 13, respecto al Consejo Regional, refiere: "Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional( ... )". Que, el artículo 38 de la citada Ley señala que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, mediante Ley Nº 29664, se crea el Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres SINAGERD, con el objeto de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros y desastres o minimizar sus m ITTE i efectos. Actualmente, dicho precepto legal y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 048~i- ,. ~}2011-PCM, asumen el paradigma de la planificación a fin de prevenir y reducir los riesgos de desastres y no ~) solo de enfrentarlos, una vez que éstos se produzcan. ~
,~
Que, de conformidad al artículo 14.1 de la Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres - Ley Nº 29664, los Gobiernos Regionales son integrantes del SINAGERD, formulan aprueban normas y planes, evalúan, dirigen, organizan, supervisan, fiscalizan y ejecutan los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres y los lineamientos del ente rector, en concordancia con lo establecido por la presente Ley y su reglamento. Asimismo, el numeral 14.3 de la acotada norma, establece que los gobiernos regionales y locales constituyen grupos de trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores y presididos por la máxima autoridad ejecutiva de la entidad.
Boulevard Sáenz Peña Nºí 55 - Huacho Teléfono: 239 í 323
Gobierno Regional de Lima
Que, el artículo 39 numeral 39.1 del Decreto Supremo N° 048-2011, Reglamento de la Ley Nº 29664, establece que en concordancia con el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, las entidades públicas en todos los niveles formulan, aprueban y ejecutan, entre otros, los siguientes planes: a) Planes de prevención y reducción de riesgo de desastres; b) Planes de preparación; o) Planes de operaciones de emergencia; d) Planes de educación comunitaria; e) Planes de Rehabilitación, y Planes de contingencia.
n
Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 111-2012-PCM, Decreto Supremo que incorpora la Poi ítica Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres como Política Nacional de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, el Gobierno Regional de Lima, en coherencia al lineamiento estratégico obre institucionalidad y desarrollo de los procesos de la gestión del riesgo de desastre a través del SINAGERD, tiene que desarrollar instrumentos técnicos y de gestión a las entidades públicas, privadas y la sociedad civil, para mejorar su capacidad de gestión en los procesos de estimación, prevención, reducción, preparación, respuesta, rehabilitación y reconstrucción. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 293-2019-GOB, para la actualización de la propuesta de plan de Prevención y Reducción de Riesgo de Desastres, fueron integrados por la Oficina Regional de Defensa Civil, quien lidera el equipo, la Gerencia General, Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Desarrollo Económico, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia de Recursos Naturales y Gestión del medio Ambiente, Gerencia de Infraestructura, Dirección Regional de Agricultura y la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones; Que, con fecha 22 de octubre de 2019, se desarrolló la reunión de trabajo de los miembros conformantes del referido grupo de trabajo, en las instalaciones de la Sala Sierra del Gobierno Regional de Lima, en la cual se validó la Propuesta del "Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres 2020-2022" del Gobierno Regional de Lima; Que, asimismo, el "Plan de Prevencióny Reducciónde Riesgos de Desastres 2020-2022", cuenta con el Informe Técnico remitido por el Gerente Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, en el cual se ratifica como opinión técnica favorable la opinión técnica contenida en el Informe Nº 148-2019-GRL-GRPPAT/OP-HQL, de fecha 02 de octubre de 2019, que, entre otros aspectos de importancia considera su estructura y contenido, acorde con los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Regional Concertado 2016-2021 que propone asegurar la calidad ambiental regional y mejorar la gestión de riesgo de desastres; Que, en sesión de Consejo Regional, se dio cuenta de la carta del visto; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Lima, y; con el voto por UNANIMIDAD de los Consejeros Regionales concurrentes a la Sesión de Consejo Regional, y; En uso de las atribuciones preceptuadas en los artículos 191 y 192 de la Constitución Política del Estado y las conferidas en los numerales 9, 10, 11, 15 y 38 de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Ley N°27867 y sus modificatorias, conforme con el Reglamento Interno del Consejo Regional de Lima; el Consejo Regional:
Boulevard Sáenz Peña Nª155 - Huacho Teléfono: 239 1323
Gobierno Regional de Lima
HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL "PLAN DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DE RIESGOS DE DESASTRES 2020-2022" ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el "Plan de Prevención y Reducción de Riesgos de Desastres 2020-2022" del Gobierno Regional de Lima, cuyo documento forma parte de la presente Ordenanza Regional. ARTICULO SEGUNDO: DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del pase a comisiones, trámite de lectura y aprobación del Acta. ARTÍCULO TERCERO: La presente Ordenanza Regional se publicará en el Diario Oficial El Peruano y en la página web del Gobierno Regional de Lima (www.regionlima.gob.pe) para conocimiento y 'fines. En Huacho, a los4.l días del mes de agosto del dos mil veinte. POR TANTO: Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Lima para su promulgación. Mando se comunique, publique y cumpla
X Mando se comunique,publique y cumpla. Dado en la ciudad de Huacho, sede centra del Gobierno Regional de Lima, a los .. Qe.... días del mes de .1':-?:':~ del año @.'~-9. ..
Boulevard Sáenz Peña N°155 - Huacho Teléfono: 239 1323
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionlima/normas-legales/3150350-007-2020-cr-grl PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3289270/ORDENANZA%20REGIONAL%20N%20%C2%B0%20007-2020-CR/GRL.pdf