Ordenanza Regional N.° 007-2012-CR/GRL
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Gobierno Regional de Lima
Gobierno Regional de Lima
Ordenanza Regional N° 007-2012-CR-R£
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima en su Sesión Extraordinaria del día 22 de junio del 2012 en la ciudad de Huacho, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
VISTO:
El Oficio N* 1022-2012-GRL/SG de fecha 30 de marzo del 2012 de la Secretaria General del Gobierno Regional de Lima, que da a conocer que la Oficina de Recursos Humanos solicita Fe de Erratas en la Ordenanza Regional N° 001-2012-CR-RL que en su artículo segundo modifica el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) del Gobierno Regional de Lima y el Informe N° 812-2012-SCR-GRL de la Secretaría del Consejo Regional de Lima que solicita que se apruebe mediante nueva ordenanza la modificación del artículo segundo de la Ordenanza Regional N° 001-2012-CR-RL publicada en el Diario
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con
' el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que
los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, constituyendo para su administración económica y financiera, un pliego presupuestal;
Que, mediante el Oficio N° 1022-2012-GRL/SG de fecha 30 de marzo del 2012 de la Secretaría General del Gobierno Regional de Lima, da a conocer que mediante Informe N° 335-2012-GRL/SGRA-ORH de la Oficina de Recursos Humanos solicita Fe de Erratas en la Ordenanza Regional N° 001-2012-CR-RL que en su artículo segundo modifica el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) del Gobierno Regional de Lima;
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Ordenanza Regional N° 007-2012-CR-RL
Que, mediante el Informe N° 812-2012-SCR-GRL la Secretaría del Consejo Regional de Lima solicita que al haberse incurrido en error de tipo tipográfico se apruebe mediante nueva ordenanza la modificación del artículo segundo de la Ordenanza Regional N° 001-2012-CR-RL publicada en el Diario El Peruano el 14 de marzo del 2012;
Que, en la sesión ordinaria descentralizada del Consejo Regional de Lima, de fecha 10 de mayo del 2012, realizada en el distrito de Sayán - Provincia de Huaura se aprueba el Acuerdo Regional N° 057-2012-CR/GRL que resuelve derivar a la Comisión Ordinaria de Trabajo, Promoción del Empleo, Igualdad de Oportunidades, Libre Competencia, Acceso al Mercado, Pymes y Artesanía del Consejo Regional la modificación del artículo segundo de la Ordenanza Regional N° 001-2012-CR/RL; para su análisis, debate e informe respectivo;
Que, en la Sesión Extraordinaria llevada a cabo el día 22 de junio del 2012, en las instalaciones del Consejo Regional de Lima ubicado en la ciudad de Huacho, se dio cuenta el Dictamen N° 000-2012 de la Comisión Ordinaria de Trabajo, Promoción del Empleo, Igualdad de Oportunidades, Libre Competencia, Acceso al Mercado, Pymes y Artesanía mediante el cual proponen al Pleno de Consejo Regional de Lima la aprobación de la Ordenanza Regional que modifica el artículo segundo de la Ordenanza Regional 001-2012-CRL/RL publicada en el Diario El Peruano el 14 de marzo del 2012; con la sustentación de la Consejera Regional por la provincia de Canta y Presidenta de la Comisión Ordinaria de Trabajo, Promoción del Empleo, Igualdad de Oportunidades, Libre Competencia, Acceso al Mercado, Pymes y Artesanía; del informe del Abog. David León Flores, Asesor Legal del Consejo Regional de Lima; del debate entre los señores consejeros regionales, y con el voto por Unanimidad de los Consejeros Regionales concurrentes a la sesión del Consejo Regional de Lima;
En uso de sus facultades conferidas en el artículo 15° inciso a), c) y s) de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias;
HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA EL ARTÍCULO SEGUNDO DE LA ORDENANZA REGIONAL N° 001-2012-CR-RL
ARTÍCULO PRIMERO: MODIFICAR el artículo segundo de la Ordenanza Regional N° 001-2012-CR-RL en los términos siguientes:
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DICE:
ARTICULO SEGUNDO.- MODIFICAR el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Unidad Ejecutora 001 Región Lima, incluyendo los cargos previsto, para operativizar el cumplimiento de las funciones transferidas en materia de trabajo y promoción del empleo en un capítulo correspondiente a los órganos desconcentrados, el mismo que comprende de cincuentaiuno (51) cargos, de los cuales ocupados son treinta seis (36) y previstos son quince (15), y forman parte como anexo de la presente Ordenanza Regional.
DEBE DECIR:
ARTICULO SEGUNDO.- MODIFICAR el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Unidad Ejecutora 001 Región Lima, incluyendo los cargos previsto, para operativizar el cumplimiento de las funciones transferidas en materia de trabajo y promoción del empleo en un capítulo correspondiente a los órganos desconcentrados, el mismo que comprende de cincuentaiuno (51) cargos, de los cuales ocupados son treintaicinco (35) y previstos son dieciséis (16), y forman parte como anexo de la presente Ordenanza Regional.
ARTICULO SEGUNDO.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del Trámite de lectura y aprobación del Acta.
ARTICULO TERCERO.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano y en el Portal del Gobierno Regional de Lima (www.regionlima.gob.pe).
En Huacho, a los veinticinco días del mes de junio del dos mil doce.
POR TANTO:
Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Lima para su promulgación.
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Mando se comunique, publique y cumpla.
Dado en la ciudad de Huacho, sede central del Gobierno Regional de Lima, a los veintisiete días del mes de junio del dos mil dogé.
BRS BIERNO REGIONAL DE LIMA
7,
RADO GONZALES DEL Vi PRESIDENTE REGIONAL
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