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007-2009-CR-GRL Regional Ordinance Lima (Región) In force

Ordenanza Regional N.° 007-2009-CR/GRL

13 min read

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enel archivo respect Huacho, £6. ..N

Gobierno Regional de Lima

SOLÓRZANO PORLES FEDATARIO RER ADIs Or PRES

Gobierno Regional de Lima

Ordenanza Regional No. 007-2009-CR-R£

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA:

POR CUANTO:

El Consejo Regional de Lima en su Sesión Ordinaria del 20 de Agosto del 2009, aprueba el DICTAMEN N° 03-2009-GRL-CR-CO-PPTOTAATPE, siguiente:

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 192 * de la Constitución Política del Perú, concordante con el Articulo 4° de la Ley N* 27867; el Gobierno Regional de Lima es una persona jurídica de derecho publico, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera un pliego

presupuestal y tiene por finalidad esencial fomentar el desarrollo integral sostenible.

Que, el literal:a) del Articulo 15° de la Ley N° 27867 -, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias señalan, que es atribución del Consejo Regional, aprobaf, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos en materia de su competencia y funciones del Gobierno Regional.

&

Que, de conformidad con el Articulo.30° de la Ley 27444 - Ley de Procedimientos Administrativo General, cada entidad, termino que comprende a los Gobierno Regionales de Acuerdo con el Articulo |, inciso 5 del Titulo Preliminar de la mencionada Ley, señala que en su Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA los procedimientos administrativos que por exigencia legal, deben iniciar los administrados ante esta para satisfacer o ejercer

sus intereses o derechos, siguiendo los criterios que a este efecto establece la citada Ley;

La Presente es Conia del documento onginar que se encuentra enel '¡archivorespectivo

FEDATARIO INSTITUCIONAL

. : : DEN Gobierno Regional de Lima Y LUIS SOLÓRZANO PORLES R.E.R.N*015- 2007 - PRES

Que, el Articulo 38° numeral 38.5 de la Ley N° 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, señala que una vez aprobado el TUPA, se podrán efectuar las modificaciones, teniendo en consideración lo siguiente: toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, norma de rango equivalente o Decreto de Alcaldía (...) En caso contrario, su aprobación se realiza conforme el mecanismo establecido en el numeral 38.1, es decir por Ordenanza Regional.

Que, el Articulo 1° de la Ley 29091 que modifica el Párrafo 38.3, del Articulo 38° de la Ley 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General que señala que el TUPA será publicado en el Portal del Servicio del CIUDADANO Y Empresas ( EPSCE), y en el Portal Institucional;

Que, el Articulo 15%, del Decreto Supremo N* 079-2007-PCM, que aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y establece disposiciones para el cumplimiento de la Ley de Silencio Administrativo, señala que el Gobierno y sus Organismos Públicos Descentralizados (Incluidos los Procedimientos de tas Direcciones Regionales Sectoriales) deben Aprobar su Texto Único de Procedimientos Administrativos por Ordenanza Regional.

Que, asimismo, la Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, deberá comprender lo siguiente: '

e Todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses”o derechos mediante el pronunciamiento de

cualquier órgano de la entidad, siempre que esa exigencia cuente con respaldo legal.

e La descripción clara y taxativa de todos los requisitos exigidos para la realización completa de cada procedimiento.

e La calificación de cada procedimiento según corresponda entre procedimientos de evaluación previa o de aprobación automática.

e En caso de procedimientos de evaluación previa si el silencio administrativo es aplicable es negativo o positivo.

La Presente es copia del documento origina que sean trasnejarchi resi

Huacho. 26 NOV “¿004

Gobierno Regional de Lima DEMÍS LUIS SOLÓRZANO PORLES

FEDATARIO INSTITUCIONAL R,E.R.N* 015-2007 - PRES

  • Los supuestos en que procede el pago de derechos de tramitación, con indicación de su monto y forma de pago el monto de los derechos se expresara con relación a la UIT, publicándose en las entidades en moneda de curso legal.

Que, en el Articulo 38° numeral 38.5 de la Ley N° 27444 — Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que una vez aprobado el TUPA, se podrán efectuar las modificaciones, que como se puede verificar en los informes presentados por la Dirección Regional de Turismo solicitan la inclusión de sus procedimientos los cuales se encuentran en los procedimientos del 159 al 193.

Que, el Informe N° 041-2009-GRL-GRPPAT/DRR hace referencia a las modificaciones referidas a la integración de procedimientos 18, 43, 138 se han fusionado en el procedimiento N° 02, el procedimiento N° 72 en el procedimiento N° 01 y los procedimientos N° 11 y N° 12 como procedimientos generales en el procedimiento N° 03 y 04 respectivamente.

Que, el Informe N° 057-2009-DRR hace referencia al Procedimiento N° 114 Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil de

Detalle, que pasa de Silencio Administrativo Positivo a Silencio Administrativo Negativo con una evaluación de 45 días.

Que, se propone la inclusión de los Procedimientos Administrativos de las Unidades Gestión Educativa Local del Sector Educación como son: “Instituciones Educativas”, “Centros de Educación Técnico Productivos" y “Escuelas de Educación Superior”; al TUPA del Gobierno Regional de Lima, de conformidad con lo aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0070-2008-ED.

Que, de conformidad con el DICTAMEN N° 03-2009-GRL-CRCO-PPTOTAATPE, y las atribuciones conferidas por los Artículos 9°,10°,11°,15° y 38° de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales N° 27867 y modificada en parte por la Ley N° 27902 y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima; &

EL CONSEJO REGIONAL HA DADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL:

_ ARTICULO PRIMERO: MODIFICAR EL PROCEDIMIENTO N° 144, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional de Lima, respecto al Procedimiento de “Inspección de Seguridad en Defensa Civil

La Presente es copia del documento ongina: que se encuentra en alarchivo respectivo

Huacho, «yam.

On”) Gobierno Regional de Lima DENJ& LUIS SOLÓRZANO PORLES

FEDATARIO INSTITUCIONAL R, E.R, N*015- 2007. PRES.

de Detalle” de conformidad con el Decreto Supremo N° 066-2007-PCM; según se detalla en el Anexo 01 que forma parte de la presente ordenanza.

ARTICULO SEGUNDO: MODIFICAR LA BASE LEGAL Y LA AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATIVO DE LOS PROCEDIMIENTOS N° 8, N° 9, N° 11 y N° 12, del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional de Lima, de conformidad con la Ley N° 27444, “Ley de Procedimiento Administrativo General; según se detalla en el Anexo 02 que forma parte de la presente ordenanza.

ARTICULO TERCERO: INCLUIR 35 PROCEDIMIENTOS QUE CORRESPONDEN A LAS UNIDADES DE GESTION EDUCATIVA LOCAL, CENTROS TECNICO PRODUCTIVOS Y ESCUELAS DE EDUCACION SUPERIOR, del procedimiento N° 63 al N° 121, de conformidad con la Resolución Ministerial N° 0070-2008-ED.

ARTICULO CUARTO: INCLUIR 34 PROCEDIMIENTOS QUE CORRESPONDEN A LA DIRECCION REGIONAL DE TURISMO, del Procedimiento N° 159 al N° 193 de conformidad con la Resolución Ministerial N° 104-2008-MINCETUR/DM.

ARTICULO QUINTO: La presente ORDENANZA REGIONAL es de cumplimiento obligatorio para todos los servidores y funcionarios del Gobierno Regional de Lima, por lo cual su inobservancia será considerado como

falta grave disciplinaria, y será sancionado previo proceso administrativo disciplinario.

ARTICULO SEXTO: DEROGUESE, y modifiquese toda norma o disposición que se opongan a la presente Ordenanza Regional. &

ARTICULO SEPTIMO: La presente Ordenanza Regional sera publicada en el Diario Oficial “El Peruano“, en el Diario de mayor Circulacion Regional, en el Portal del Servicio del Ciudadano y Empresas (EPSCE) y en el Portal del Gobierno Regional de Lima ( www.regionlima.gob.pe).

Gobierno Regional de Lima SNSTITUCIONAL, RE. R. "015 - 2007 - PRES

Ordenanza Regional No. 007-2009-CR-RL

En Huacho, a los veinte dias del mes de agosto del dos mil nueve.

POR TANTO:

Comuniquese al Sefior Presidente del Gobierno Regional de Lima para su promulgación.

Mando se comunique, publique y cumpla.

Dado en la ciudad de Huacho, Sede Central del Gobierno Regional de Lima, a los veintiocho días del mes de agosto del dos mil nueve.

ERNO REGIONS.

¿a

— on O Chu e are menTE REGU.

ANEXO N° 01

ÉCNICA DE SEGURIDAD EN DEFENSA CIVIL DE

10 N? 066-2007-PCM Publicado en El Peruano el 05 :4*, 288, 26°, 27°, 40°, 41° y demás pertinentes)

la cuenten; Locales de espectáculos deportivos y no

01, cines, teatros auditorios, centro de convenciones, el área con la que cuenten; Agencias Bancarias, entre otras de avaluación similar que cuenten con un y un número mayor de 20 computadoras;

más de dos niveles desde el nivel de terreno o

por tumo; Cabinas de Internet que cuenten con un

nputadoras; Gimnasios que cuenten con máquinas cualquiera sea su área, áreas comunes de

mes, instalaciones o recintos que por su complejidad +i de idad con tos

z soc

12 hasta 500m2 spc

2 hasta 800 m2 spc

12 hasta 1100 m2 soc

n2 hasta 3000 m2 spc

12 hasta 5000 m2 30c

‘2 hasta 10 000 m2 spe

| hasta 20 000 m2 soc

hasta 50 000 m2 ¡DC

amás m2 DC

Formulario de solicitud de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil

[Comprobante de pago por derecho de tramite.

[Copia de! Plano de Ubicación en escata 1/500 (incluya cuadro de áreas) Copia de Plano de Arquitectura (Plantas y Cortes Jactualizado (en escaía 1/50,

1/100 6 1/200) (distribución incluyendo disposición de mobiliario y equipos;

¡Para cantidades superiores a 0,45 m3 (118,18 gl) y tm3 (264,17 ql, [respectivamente

¡SLP

Informe Técnico Favorable de uso y funcionamiento emitdo por OSINERGMIN (*) LIQUIDO COMBUSTIBLE Y SUS DERIVADOS.

Informe Técnico Favorable - ITF al establecimiento como consumidor Directo amitido [por OSINERGMIN (*)

Para cantidades inferiores a 0,45m3 (118.18 ql) y 1m3 (264,171) respectivamente (*)

[Constancia de mantenimiento y Operatividad del depósito ya sea estacionaria o movible y de ta red de distribución otorgada por la empresa que le da el servicio.

[SI CUENTA CON ESTRUCTURAS DE TELECOMUNICACIONES, METALICAS Y/O PANELES PUBLICITARIOS

¡ción de sobrecaraz sobre estructura donde está instalada Carta de Seguridad de la estructura.

[Constancia de mantenimiento de la estructura de soporte (señalando lexoresamente el periodo de aarantia)

St CUENTA CON FACHADAS VIDRIADAS FLOTANTES [Carta de mantenimiento o seauridad del sistema de fachadas flolantesde (señalando expresamenta el periodo de garantia)

ISI CUENTA CON CALDERAS [Constancia de mantenimianto de las calderas (vigente)

IS! CUENTA CON EQUIPOS RADIOLOGICOS ¡Certificado emitido a ta instatacién por autoridad compentente (°*)

443.80

552.65

640.14

785.94

917.16

1,019.22

1,310.82

1,796.82

2,020.38

2,331.42

15 días

Trámite Documentario y Archivo

Oficina de Defensa Civil

Presidencia Regional

La Presente es copia del documento engina: quese: enelarchi

Ol LUIS SOLÓRZANO PORLES FEDATARIO INSTITUCIONAL R.E.R.N*015 - 2007 » PRES

ANEXO N° 01

ECNICA DE SEGURIDAD EN DEFENSA CIVIL DE

o N* 088-2007-PCM Publicado en El Peruano el 0S

4*, 25*, 26*, 27°, 40°, 41° y demás pertinentes)

a cuenten; Locales de espectáculos deportivos y no

8, cines, tentros auditorios, centro de convenciones, él área con la que cuenten; Agencias Bancarias,

entre otras de evaluación similar que cuenten con un] y un número mayor de 20 computadoras:

más de dos niveles desde el nivel de terreno o

por tuno; Cabinas de intemet que cuenten con un

putadoras; Gimnasios que cuenten con máquinas zualquiera sea su área, áreas comunes de

ines, instalaciones o recintos que por su complejidad inspección de conformidad con los dispositivos

ak

2 hasta 500m2 3DC

2 hasta $00 m2

2 hasta 1100 m2 30c

12 hasta 3000 m2 30c 12 hasta 5000 m2

red hasta 10 000 m2 500,

hasta $0 000 m2 soc hasta 50 000 m2 pc

amás m2 oc

[Formulario de solicitud de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil

[Comprobante de pago por derecho de tramite

[Copia det Plano de Ubicación en escaiz 1/500 (incluya cuadro de áreas)

Para cantidades superiores a 0,45 m3 (118,18 ai) y 1m3 (264,17 al), ¡respectivamente

GLP

informe Técnica Favorabie de uso y funcionamiento emitdo por OSINERGMIN (*) ILIGUIDO COMBUSTIBLE Y SUS DERIVADOS.

Informe Técnico le - ITF al estabiecimiento como consumidor Directo emitido ¡por OSINERGMI Para cantidad

riores a 0,45m3 {118.18 gl) y 1m3 (264.179)

vento y Operatividad del depósito ya sea estacionaria o movible y de la red de distribución otorgada por la empresa que le da el servicio.

|S CUENTA CON ESTRUCTURAS DE TELECOMUNICACIONES, ¡METALICAS Y/O PANELES PUBLICITARIOS

[Para el caso de estructuras que soportan antenas de más de 3m Evaluación de sobrecarca sobre estructura donde está instalada. [Caria de Seguridad de la estructura.

[Constancia de mantenimiento de la estructura de soporte (señalando [expresamente el periodo de carantia)

¡St CUENTA CON FACHADAS VIDRIADAS FLOTANTES ¡Carta de mantenimiento o seauridad det sistema de fachadas flotantesde (señalando expresamente el periodo de ga: : .

SI CUENTA CON CALDERAS e ia de mantenimiento de las calderas (vigente)

[SI CUENTA CON EQUIPOS RADIOLOGICOS ¡Certificado emitido a la instalación por autoridad compentente (*-)

443.80

552.66

540.14

785.94

917.18

1,019.22

1,310.82

1,796.82

2,020.33

2,331.42

45 dias

Trámite Documentario y Archivo

Oficina de Defensa Civit

Presidencia Regionat

La Prasente es copia del documento ongmnat que sa encuentraanelarchivo res]

Huacho, WA DENISAUIS SOLÓRZANO PORLES

FEDATAR?O INSTITUCIONAL R.E. R.N*015- 2007 . PRES

DICE

ANEXO N° 02

8 |oenuncia.

Base Legal: Ley N° 27444, Arts., 106° al 112°, del 11-10-01

  1. Comunicación exponiendo lo indicado en el Art. 105°, inciso 105.2. de la tey N° 27444. Se debe exponer claramente ¡a relación de los hechos, las circunstancia de tiempo, lugar y modo que permitan su constatación, la indicación de su presunto autores, participes y damnificados,

el aporte de la evidencia o su descripción para que la administración confirme ta denuncia.

Gratuito

30 días

Trámite Documentario y| Archivo

Subgerencia Regional de Asesoria Juridica

Gerencia General.

DEBE DECIR

12 [DENUNCIA,

Base Legal: Ley N° 27444, Arts., 105° al 112°, del 11-10-01

  1. Comunicación exponiendo lo indicado en ef Art 105%, inciso 105.2. de la ley N° 27444. Se debe exponer claramente la relación de los hechos, las circunstancia de tiempo, lugar y modo que permitan su constatación, la indicación de su presunto autores, participes y damnificados,

el aporte de ta evidencia o su descripción para que la administración confirme la denuncia.

Gratuito

30 dias

Trámite Documentario y| Archivo

Subgerencia Regional de Asesoria Juridica

La Autoridad Competente

DICE

9 [QUEJA

[Base Legal: Ley N° 27444, Arts. 106° al 112% del 11-10-01

Presentación dirigida al Presidente Regional. (2) Documentación sustentatoria (opcional)

Gratuito

04 días

Trámite ¡Documentario y Archivo

Subgerencia Regional de Asesoria Jurídica

Gerencia General .

DEBE DECIR

13 JQUEJA

Base Legal: Ley N° 27444, Aris,, 106° al 112° y Art 158° del

Presentación dirigida a! Presidente Regional.

(2) Documentación sustentatoria (opcional).

Gratuito

04 días

Trámite Documentario y Archivo

Subgerencia Regional de Asesoña Jurídica

Superior Jerarquico Quejado

DICE

[RECURSO DE RECONSIDERACIÓN

11 Tease Legal: Ley N" 27444, Art 106° al 112°

9 Presentación ante ef órgano que dictó el primer acto que es materia de la impugnación, indicando Ml información requerida en el Art, 113° de la Ley N° 27444 y suscrito con firma de Abogado.

  1. Documentación sustentatoria,

  2. Copia del DNI.

[4) Croquis domiciliario.

Gratuito

Evaluación Previa 30 días

Trámite Documentario dela Dependencia que Corresponda

Autoridad que emitio el acto impugentivo

Gerencia General.

DEBE DECIR

RECURSO DE RECONSIDERACIÓN

3 [Base Legal: Ley N° 27444, Art 208°

  1. Presentación ante el órgano que dictó el primer acto que es matena de la impugnación, indicando

información requerida en el Art. 113° de la Ley N* 27444 y suscrito con firma de Abogado. 2) Documentación sustentatoria 13) Copia del ONt. 14) Croquis domiciliario.

Gratuito.

Evaluación Previa 30 días

Trámite Documentario dela Dependencia que Coresponda

Autoridad que emitlo el acto impugantivo

Autoridad que emitio al acto impugnado

12 [RECURSO DE APELACIÓN

Base Legal: Ley N° 27444, Articulo 106° al 112° del 11-10-01

  1. Presentación ante el órgano que dició el primer acto que es materia de la impugnación, indicando informacion requerida en el Art. 113* de la Ley N* 27444 y suscrito con firma de Abogado.

  2. Fundamento de Derecho.

[3) Copia del DNI.

[4) Croquis comicttiario,

Gratuito

Evaluación Previa 30 diss

Trámite Documentario dela Dependencia

que Corrasponda

Autoridad ‘Superior que resolvio en

instancia

Gerencia General

DEBE DECIR

4 [RECURSO DE APELACIÓN ¡Base Legal: Ley N° 27444, Articulo 209° del 11-10-01

  1. Presentación ante el órgano que dictó el primer acto que es materia de la impugnación, indicando información requerida en el Art. 113° de la Ley N° 27444 y suscrito con firma de Abogado.

  2. Fundamento de Derecho.

  3. Copia del DNI.

  4. Croquis domiciario. La Presente es copia del documento ongina!

Gratuito.

Previa 30 días

Huscho 4. DA fy. 2009 Genie) e LUIS SOLÓRZANO PORLES

FEDATARIO INSTITUCIONAL R.E.R N*015. 2007 - PRES


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionlima/normas-legales/3366823-007-2009-cr-grl PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3533116/3347.pdf.pdf