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007-2007-CR-GRL Regional Ordinance Lima (Región) In force

Ordenanza Regional N.° 007-2007-CR/GRL

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woos 03 JUL, 2007

S/HUAMAN ALFARO EDATARIG INSTITUCIONAL

Gobierno Regional de Lima R.E.R. N° 015-2007-PRES

Gobierno Regional de Lima

Ordenanza Regional N° 007-2007-CR/RL

POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima en su Sesión Ordinaria de fecha 18 de junio del 2007;

Con la exoneración del trámite, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú de 1993

y su modificatoria Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV,

sobre Descentralización N° 27680, señala que “los gobiernos regionales tienen

autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones”;

asimismo que, “la estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el

Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador, el Presidente como órgano

ejecutivo, y el Consejo de Coordinación Regional integrado por los alcaldes

provinciales y por representantes de la sociedad civil, como órgano consultivo y de

TON coordinación con las municipalidades, con las funciones y atribuciones que les señala la ley”;

= JE Que, el artículo 11°, de la Ley Orgánica de Gobiernos

Regionales N° 27867 y su modificatoria Ley N° 27902, establece la Estructura

Orgánica Básica de los Gobiemos Regionales, definiendo al Consejo de

IESO Coordinación Regional como el órgano consultivo y de coordinación del

Seine Gobierno Regional con las Municipalidades e integrado por los Alcaldes

¿elas Provinciales y por los representantes de la Sociedad Civil con las funciones y atribuciones que le señala la Ley;

Que, el artículo 11A, de la norma precitada, señala la composición, procedimiento de elección de los representantes de la Sociedad Civil y funcionamiento del Consejo de Coordinación Regional;

Que, mediante Ordenanza Regional N° 004-2007-CR/GL, se Aprobó el Reglamento de Conformación, Elección de Miembros y Funcionamiento del Consejo de Coordinación Regional de Lima, facultándose al Presidente del Gobierno Regional de Lima, para que vía Decreto Regional formule el cronograma para la elección de los Representantes de la Sociedad Civil y Alcalde Distritales ante el Consejo de Coordinación Regional, por lo que en tal virtud mediante Decreto

Av. 28 de Julio N° 468 - HUACHO Telf.: 232 2762 - 232 3645 Fax: 232 5270 E-mail: presidencia@regionlima.gob.pe

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FEDATARIQAMSTITUCIONAL

Gobierno Regional de Lima R.E.R, N°015-2007-PRES

Regional N° 002-2007-GRL/PRES, aprobó el cronograma para la elección de Representante de la Sociedad Civil y Alcaldes Distritales al Consejo de Coordinación

Regional de Lima, el cual se inició el 03 de mayo de 2007 y culminará el 04 de julio de 2007;

Que, conforme al Informe N° 120-2007-GRL-GRDS, el Gerente Regional de Desarrollo Social, Licenciado Julio Quinteros Nicho, pone en conocimiento del Presidente Regional que el plazo establecido en el Decreto Regional N° 002-2007-GRL/PRES y la Ordenanza Regional N° 003-2007-CR/PE (entiéndase Ordenanza Regional N° 004-2007-CR/RL), para la difusión de la convocatoria e inscripción de las organizaciones a nivel provincial y regional, resulta muy reducido, teniendo en cuenta la amplitud y los limitados medios de comunicación que presente el ámbito del Gobierno Regional de Lima;

Que, el Artículo 38% de la Ley Orgánica de Gobiemos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;

Que, en la Ordenanza Regional N° 004-2007-CR/RL, en su artículo 42°, respecto a la provincia de Yauyos, se dispuso que los Alcaldes Distritales elegirán a sus delegados en número de siete, sin embargo por error material se ha

ios consignado en letras seis, siendo lo correcto siete (07) delegados, por lo que es menester aclarar dicha situación;

RS, Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesion 25 Extraordinaria llevada a cabo el día 18 de junio del 2007, en la ciudad de Huacho, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley N°

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dal 27680, y Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y sus modificatorias Ley QM

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2 N° 27902 y Ley N° 28968, ha emitido la siguiente ordenanza que;

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- FACULTAR al Presidente del Gobierno Regional de Lima, a fin que vía Decreto Regional, amplíe el cronograma de elección de los Representantes de la Sociedad Civil y Alcaldes Distritales ante el Consejo de

Coordinación Regional de Lima, el cual culminará indefectiblemente el 08 de agosto de 2007.

ARTÍCULO SEGUNDO.- PRECISAR, el Artículo 42% de la Ordenanza Regional N° 004-2007-CRIRL, respecto a la provincia de Yauyos, siendo el número de Alcaldes Distritales delegados, a elegir en número de siete (07).

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3 JUL. 2007.

ARO 2 FEDATARIO INSTITUCIONAL R.E.R. N° 015-2007-PRES

Gobierno Regional de Lima

ARTICULO TERCERO.- Déjese sin efecto los articulos de la Ordenanza Regional N° 004-2007-CR/RL, que se opongan a la presente Ordenanza Regional.

POR TANTO: Mando se comunique, publique y cumpla.

Dado en la ciudad de Huacho, a los dieciocho dias del mes de junio del dos mil siete.

EE GOBIERNO REGIONAL DE LIMA

of zo Ing. Nelson O. Chui Mejia

PRESIDENTE REGIONAL

Av. 28 de Julio N° 468 - HUACHO Telf.: 232 2762 - 232 3645 Fax: 232 5270 E-mail: presidencia@regionlima.gob.pe


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionlima/normas-legales/3367648-007-2007-cr-grl PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3534098/1437.pdf.pdf