Ordenanza Regional N.° 005-2005-CR/GRL
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Gobierno Regional de Lima
GOBIERNO REGIONAL DE LIMA
Ordenanza Regional N° 005-2005-CR/RL CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 28273 “ Ley del Sistema Nacional de Acreditación de Gobiernos Regionales y Locales”, así como su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N® 080-2004 - PCM, establece que el Gobierno Nacional a través de los Sectores determinará los Planes Anuales de Transferencia de Competencias y Funciones, Recursos Presupuestarios, Personal, bienes muebles e inmuebles y acervo documentario a favor de los Gobiernos Regionales y Locales;
Asimismo las indicadas Normas Legales, establecen requisitos generales y
específicos de transferencia, entre los cuales se encuentran los documentos siguientes:
Plan Anual y Presupuesto Participativo 2005.
Lineamientos de Política Sectorial Regional.
Cuadro de Asignación de Personal — CAP de las Direcciones Regionales. Lineamientos de Política para la Administración y Concesión de Tierras Eriazas y Urbanas del Estado, excluyendo las Municipales.
Que, el Gobierno Nacional a través del Consejo Nacional de Descentralización CND, presentó y aprobó mediante Resolución Presidencial N° 012-CND-P-2005 el Plan Anual de Transferencia de Competencias y Funciones, Recursos Presupuestales, Bienes Muebles e Inmuebles y Acervo Documentario para el año
2004, estableciéndose cuatro sectores: Agricultura, Comercio Exterior y Turismo, Energía y Minas y Producción;
Que, el Gobierno Regional de Lima, pese a no contar con la implementación como otros Gobiernos Regionales de las Direcciones Regionales Sectoriales de Agricultura, Comercio Exterior y Turismo, Energía y Minas y Producción, destinó parte de sus escasos recursos en dotar de los instrumentos de gestión como el Reglamento de Organización y Funciones, personal y bienes muebles para cumplir con los requisitos generales y específicos requeridos por la Ley del Sistema de Acreditación, su Reglamento y el Plan Anual de Transferencia 2004;
Av. Túpac Amaru 403 - 405 - Huacho (O 232 2762 Central 239 1450 Fax 232 5567
Gobierno Regional de Lima
Que, el Consejo Nacional de Descentralización de conformidad a las normas legales acotadas, procedió a través de consultoras a evaluar los requisitos generales y específicos para la acreditación, de administración y concesión de
tierras, funciones y competencias de las Cuatro Direcciones Regionales Sectoriales referenciales;
Que, dentro del plazo que estableció el CND en materia de evaluación del proceso de acreditación, el Gobierno Regional de Lima puso a consideración los
requisitos generales y específicos, antedichos no mereciendo en esa oportunidad la aprobación requerida;
Que, el CND remitió las observaciones vía página web para su levantamiento, cuya fecha límite es el 15 de julio del presente año, a efecto que se pueda acreditar los indicados requisitos que faltan y que permitiría acceder a la transferencia de competencias y funciones, recursos presupuestarios, personal, bienes muebles e inmuebles y acervo documentario;
Que, es el Consejo Regional quien debe aprobar según la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y la Ley del Sistema Nacional de Acreditación de Gobiernos Regionales y Locales los requisitos generales y específicos establecidos en el segundo considerando de esta presente Ordenanza Regional y en cumplimiento a lo dispuesto por la Resolución Presidencial N° 023 — CND-P- 2005 “ Procedimiento a seguir de los Gobiernos Regionales y Locales
quienes no certifiquen el cumplimiento de los requisitos generales y específicos”.
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar los siguientes requisitos generales y específicos establecidos por la Ley N° 28273, Ley del Sistema Nacional de Acreditación de Gobiernos Regionales y Locales, su Reglamento y el Plan Anual de Transferencias 2004 de Competencias y Funciones, Recursos Presupuestarios, Personal, Bienes Muebles e Inmuebles y Acervo Documentario:
a) Plan Anual y Presupuesto Participativo 2005. b) Lineamientos de Política Sectorial Regional de Agricultura, Comercio
Exterior, Turismo y Artesanía, Energía y Minas, Producción: Industria y Pesquería.
c) Cuadro de Asignación de Personal — CAP de las Direcciones Regionales: Agricultura, Comercio Exterior y Turismo, Energía y Minas y Producción.
Av. Túpac Amaru 403 - 405 - Huacho (()232 2762 Central 239 1450 Fax 232 5567
Gobierno Regional de Lima
d) Lineamientos de Política para la Administración y Concesión de
Tierras Eriazas y Urbanas del Estado, excluyendo las Municipales.
ARTÍCULO SEGUNDO: En el Proceso de Administración y Concesión de Tierras Eriazas y Urbanas del Estado que el Gobierno Nacional transfiera a favor del Gobierno Regional de Lima, el Consejo Regional en mérito a sus atribuciones por la Ley N°27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales autorizará la transferencia correspondiente.
ARTÍCULO TERCERO: La Presidencia Regional con la autorización del Consejo Regional según lo dispuesto en el artículo precedente de esta norma legal regional, procederá según lo establecido por el Art. 21°, inc.
K) de la Ley N°27867 a ejercer su atribución en la venta y/o concesión de las tierras eriazas y urbanas transferidas por el Gobierno Nacional.
POR TANTO : MANDO SE COMUNIQUE, PUBLIQUE Y CUMPLA
Dado en la ciudad de Huacho, a los trece días del mes de Julio del 2005
GOBIERNO REGIONAL DE LIMA
MIGUEL ANGEL MUFARECH NEMY
PRESIDENTE
Av. 28 de Julio N° 468 - Huacho ©) 232 2762 - 2323645 Fax 232 5270 Email: presidenciaQregionlima.gob.pe
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionlima/normas-legales/3371345-005-2005-cr-grl PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3537817/918.pdf.pdf