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004-2020-GRL-GOB Regional Decree Lima (Región) In force

Decreto Regional N.° 004-2020-GRL/GOB

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DECRETO REGIONAL

N° 04-2020-GRL/GOB

El Gobernador del Gobierno Regional de Lima

VISTOS: El Decreto Regional N° 02-2020-GRL/GOB, de fecha 19 de febrero de 2020; el Decreto de Urgencia N° 057-2020, de fecha 18 de mayo de 2020; el Oficio Múltiple N° 082-2020-GRL/GRPPAT, el Oficio Múltiple N° 083-2020- RL/GRPPAT, el Oficio Múltiple N° 084-2020-GRL/GRPPAT, de fecha 15 y 17 de junio de 2020; el Informe N° 307-2020-GRL/GRPPAT/OP, de fecha 25 de agosto de 2020; el Informe N° 133-2020-GRL/GRPPAT, recibido el 26 de agosto de 2020; el Memorando N° 1632-2020-GRL/GGR, recibida el 01 de setiembre de 2020; el Informe N° 336-2020- GRL/GRPPAT/OP, recibida el 08 de setiembre de 2020; el Memorando N° 01810-2020- \ GRL/GRPPAT, de fecha 08 de setiembre de 2020; el Acta de Sesión de Directorio de Gerentes Regionales de fecha 09 de setiembre de 2020; el Memorando N° 1142-2020- GRL/SG, recibida el 11 de setiembre de 2020; el Informe N° 0996-2020-GRL/SGRAJ, recibido el 15 de setiembre de 2020; el Memorando N° 1190-2020-GRL/SG, de fecha 15 de setiembre de 2020; y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 40 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias para la Ejecución de las Ordenanzas Regionales;

Que, por Ordenanza Regional N° 05-2017-CR-GRL, se aprueba el Reglamento para el Desarrollo del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en resultados del Gobierno Regional de Lima;

Que, mediante Decreto Regional N° 02-2020-GRL/GOB, se

aprueba el Cronograma de Actividades para el Desarrollo del Proceso de Presupuesto 4. Participativo para el Año Fiscal 2021 del Gobierno Regional de Lima, con fecha de inicio ue 2) del 20 de febrero de 2020 y fecha de culminación del 20 de abril de 2020;

Que, con fecha 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud calificó el brote de Coronavirus (COVID-19) como una pandemia al haberse extendido en más de cien países del mundo de manera simultánea; i

Que, mediante, Decreto Supremo N° 008-2020-SA, se declara $ >. la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario, y se “S 2 dictan medidas para la prevención y control para evitar la propagación del COVID-19, (8% disponiéndose en su Artículo 2, numeral 2.3, que los Gobiernos Regionales y Locales

“. / adoptan las medidas preventivas para evitar la propagación del COVID-19 y coadyuvan al

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5} cumplimiento de las normas y disposiciones correspondientes emitidas por el Poder / Ejecutivo;

Que, asimismo, mediante Decreto Supremo N° 044-2020- PCM, modificado por los decretos supremos números 045, 046, 051, 053, 057, 058, 061, 063, 064, 068, 072 y 083-2020-PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional a partir del 16 de marzo de 2020 y se dispuso el aislamiento social obligatoria (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19; Estado de Emergencia Nacional que fue prorrogado sucesivamente con los Decretos Supremos números 051, 064, 075 y 083-2020-PCM, que dispuso la ampliación del plazo del Estado de Emergencia del 11 hasta el 24 de mayo de 2020;

Que, a su vez, el Artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 057- 2020, establece la suspensión del proceso de presupuesto participativo, disponiendo que durante el año fiscal 2020 se suspenden las actividades del proceso participativo regulado | | por la Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, con el fin de contribuir a las medidas de aislamiento social en el marco de la emergencia sanitaria nacional, salvo en \ aquellos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que tengan implementados | mecanismos de tecnologías digitales que permitan la participación de la población, asegurando la participación inclusiva y representativa de todas las organizaciones y ciudadanos, o en aquellos Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales en las cuales ya se realizó el proceso de presupuesto participativo;

Que, por último, mediante el Artículo 2 del Decreto Supremo N° 094-2020-PCM, se prorroga el Estado de Emergencia Nacional a partir del 25 de mayo hasta el 30 de junio de 2020, y se dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID- 19;

Que, en este contexto, de acuerdo con las funciones previstas en el Reglamento de Organización y F unciones-ROF del Gobierno Regional de Lima, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, con Oficio Múltiple N° 082-2020-GRL/GRPPAT, Oficio Múltiple N° 083- 2020-GRL/GRPPAT y Oficio Múltiple N° 084-2020-GRL/GRPPAT, comunica la suspensión del Proceso del Presupuesto Participativo 2021 del Gobierno Regional de Lima, a los Miembros del Consejo Regional, a los Miembros del Consejo de Coordinación Regional (Alcaldes Provinciales, a los representantes de los Alcaldes Distritales, a los representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil y al representante de la Mesa de Concertación de la Lucha Contra la Pobreza) y a los Miembros del Comité de Vigilancia electos en el Presupuesto Participativo 2020 del Gobierno Regional de Lima, en el marco del Decreto de Urgencia N° 057-2020;

Que, por tales consideraciones, estando a las graves circunstancias de carácter extraordinario que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, y conforme con la normativa vigente de la materia, disponer la suspensión, durante el Año Fiscal 2020, de la aplicación del Decreto Regional N° 02-2020- /GRL/GOB que aprueba el Cronograma de Actividades del proceso de Presupuesto “ Participativo para el Año Fiscal 2021 del Gobierno Regional de Lima;

EGIO

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S Que, estando a la opinión de la Gerencia Regional de \ -\Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, de acuerdo con los informes el visto, y a lo opinado por la Sub Gerencia Regional de Asesoria Juridica; y estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y sus modificatorias de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, y en uso de sus facultades conferidas;

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO: SUSPENDER durante el Afio Fiscal 2020, la aplicación del Decreto Regional N° 02-2020-GRL/GOB, de fecha 19 de febrero de 2020; que aprueba el Cronograma de Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2021 del Gobierno Regional de Lima, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 057-2020.

ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto Regional, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.

AN ARTÍCULO TERCERO: DISPONER que el presente $ Decreto sea publicado en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Lima.

Dado en la Sede del Gobierno Regional de Lima a los 15 días del mes de setiembre de . 2020.

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionlima/normas-legales/3986483-004-2020-grl-gob PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/4239170/Decreto%20Regional%20N%C2%B0004-2020-GRL/GOB.pdf