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004-2011-CR-GRL Regional Ordinance Lima (Región) In force

Ordenanza Regional N.° 004-2011-CR/GRL

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Gobierno Regional de Lima

Gobierno Regional de Lima Ordenanza Regional N°0 04-2011 -CR-RL

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima en su Sesión Ordinaria del día 12 de mayo del 2011 en la ciudad de Huaral, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

VISTO:

El Dictamen N° 002-2011-COPPOTATE/CR/GRL, de la Comisión Ordinaria de Planificación Estratégica, Presupuesto, Tributación, Ordenamiento Territorial y Administración y Adjudicación de Tierras de Propiedad del Estado del Consejo Regional, con respecto al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el ara Asignación de Personal (CAP) de la Gerencia Subregional Lima Sur.

ONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, en su artículo 2° se establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y presupuestal un pliego presupuestal; y en su artículo 9°, literal a), establece que una de las competencias constitucionales de los Gobiernos Regionales es la de aprobar su organización interna y su presupuesto;

Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece que: Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia.

Que, mediante el Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, se aprueba los "Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, por parte de las Entidades de la Administración Pública", que define al ROF como un documento Técnico, Normativo y de Gestión, que se constituye como una herramienta importante para la adecuada gestión administrativa pública, que ordena las funciones a su cargo, conteniendo su estructura orgánica, debiendo a su vez, tener una vigencia que permita consolidar la estructura organizacional según el marco legal que explica la razón misma de ser de la entidad,

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que da origen a sus funciones, así como las prioridades o la estrategia institucional que haya sido ideada por la entidad, para afrontar dichas responsabilidades.

Que, mediante el Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, se aprueba los “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal — CAP de las Entidades de la Administración Pública”.

Que, mediante la Vigésimo Séptima Disposición Final de la Ley N* 29289 "Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009", se autoriza la

Creación de la Unidad Ejecutora Lima Sur en el Gobierno Regional de Lima con cargo a su propio recurso;

Que mediante Ley N° 29289 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009”, se operativiza la Unidad Ejecutora Lima Sur implementando los sistemas administrativos públicos que permita la interacción de los Órganos rectores de la Administración Financiera del Sector Público, siendo necesario modificar el Reglamento de Organizaciones y Funciones vigente del Gobierno Regional de Lima, incorporando en la Estructura Orgánica la “Gerencia Subregional Lima Sur” como Órgano Desconcentrado, que cuente con personería jurídica para garantizar su cionalidad como entidad pública y para el logro de los fines;

Que mediante la Ordenanza Regional N° 009-2009-CR-RL de fecha 31/12/2009, se aprobó la modificación de la Estructura Orgánica y los Artículos 61° y 62° del Título XI, De los Órganos Desconcentrados del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), del Gobierno Regional de Lima, encargando a la Presidencia del Gobierno Regional de Lima, para que en un plazo de sesenta (60) días, presente al Consejo Regional para su aprobación, los documentos de gestión: el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), el Manual de Organización y Funciones (MOF), el Cuadro Para Asignación de Personal (CAP) y el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), necesarios para la implementación administrativa de la Unidad Ejecutora Lima Sur.

Que, la Comisión Ordinaria de Planificación Estratégica, Presupuesto, Tributación, Ordenamiento Territorial y Administración y Adjudicación de Tierras de Propiedad del Estado del Consejo Regional, en Sesión de la Comisión, de fecha 04 de mayo del 2011, contando con la presencia del señor Presidente de la Comisión Ordinaria y Consejero Regional por la provincia de Huaura, Marcial Alcibíades Palomino García Milla, señor Secretario de la Comisión y Consejero Regional por la provincia de Yauyos, Eduardo Ulises Rodríguez Lázaro, señor Miembro de la Comisión y Consejero Regional por la provincia de Oyón, Olmer Luis Torres Albornoz, contando con la presencia y participación de la señora Consejera Regional por la provincia de Cañete, Rosa Liliana Torres Castillo; de los funcionarios del Gobierno Regional de Lima, Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Ing. José Manuel Villarán Valdivia, Jefe de Planeamiento, Dante Zurita Puma; señores asesores legales del Consejo Regional,

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luego de la revisión, debate, y contando con la evaluación técnica - legal, fue aprobada por Unanimidad por los miembros integrantes de la Comisión la PROPUESTA DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Y EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL (CAP) DE LA GERENCIA SUBREGIONAL LIMA SUR DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA, para su presentación al Pleno del Consejo Regional, mediante el Dictamen N* 002-201 1-COPPOTATE/CR/GRL.

Que, en la Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Lima, de fecha 12 de. mayo de 2011, llevada a cabo en la provincia de Huaral, se vio en la estación de despacho que posteriormente pasara a la orden del día, el Dictamen N° 002-2011- COPPOTATE/CR/GRL, de la Comisión Ordinaria de Planificación Estratégica, Presupuesto, Tributación, Ordenamiento Territorial y Administración y Adjudicación de Tierras de Propiedad del Estado del Consejo Regional, con respecto a la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Gerencia Subregional Lima Sur, escuchada la sustentación del Presidente de la Comisión Ordinaria, del representante de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y ; del Sub Gerente de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Lima, luego del

Y Ces entre los señores consejeros regionales, y con el voto por Unanimidad de los

sejeros Regionales concurrentes a la sesión del Consejo Regional;

En uso de sus facultades conferidas en artículo 15% inciso a) y s) de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias;

HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL:

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Gerencia Subregional Lima Sur del Gobierno Regional de Lima, la misma que consta de siete (07) títulos, doce (12) capítulos, treinta y tres (33) artículos y (04) disposiciones complementarias, transitorias y finales, y teniendo la siguiente estructura orgánica que forma parte como anexo de la presente ordenanza regional.

ARTÍCULO SEGUNDO.- APROBAR, el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Gerencia Subregional Lima Sur del Gobierno Regional de Lima que comprende de treinta y cuatro (34) cargos, del cual treinta y cuatro (34) son previstos, y forman parte como anexo de la presente Ordenanza Regional.

ARTÍCULO TERCERO.- DEROGUESE, y/o modifíquese toda norma O disposición que se opongan a la presente Ordenanza Regional.

ARTÍCULO CUARTO.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial "El Peruano, disponiéndose su

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publicación asimismo en un Diario de Circulación Regional y en el Portal del Gobierno Regional de Lima (www.regionlima.gob.pe).

En Huacho, a los doce días del mes de mayo del dos mil once.

POR TANTO:

Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Lima para su promulgación.

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Mando se comunique, publique y cumpla.

Dado en la ciudad de Huacho, sede central del Gobierno Regional de Lima, a los veinticuatro días del mes de mayo del dos mil once.

AVIER ALVARADO GONZALES DEL VALLE PRESIDENTE REGIONAL

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