Ordenanza Regional N.° 002-2024-CR/GRL
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Gobierno Regional de Lima
qo6iemo ~9iona[ de Lima Ordenanza ~9iona[ :N° 002-2024-C<JVqCJtL
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VISTO: El OFICIO Nª002-2024-GRUGOB, suscrito por la Abg. Rosa Gloria Vásquez Cuadrado Gobernadora Regional de Lima, mediante el cual solicita la aprobación de la propuesta de Ordenanza Regional que aprueba: "DECLARAR DE INTERÉS REGIONAL LA ACTUALIZACIÓN DE LA ESTRATEGIA REGIONAL '4. c;1 DE CAMBIO CLIMATICO DE LA REGIÓN LIMA 2024 • 2030".
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CONSIDERANDO:
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Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 27680 - "Ley de Reformnstitucional del Capítulo XIV del Título IV", establece que "Los Gobiernos Regionales tienen ---,::: auto mía política y administrativa en los asuntos de su competencia(... ) La estructura orgánica básica de estos '0~ iemos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador(... )";
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,~~~L-1C. Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los
-.__......~.... ierno Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un pliego presupuesta!; Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modificada por la Ley Nº 9053, establece que el Consejo Regional: "Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le ~'7'1.&.,rresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean ~as; Q:' s E: q
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.-Oue, el artículo 15° de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sostiene que es su 1ción aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamento los asuntos y materias de su
ompetencia y funciones del Gobierno Regional, y el literal a) de su artículo 37°, indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos de Consejo Regional. Las Ordenanzas Regionales tienen rango de ley acorde al inciso 4) del artículo 200º de nuestra Constitución Política; y conforme al artículo 38º de la Ley Nº 27687, normas asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el artículo 38° de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; y, el literal a) del articulo 15º de la misma norma, dispone que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; Que, la Ley Nº 28611 - Ley General del Ambiente, en su artículo 61 º establece que: "Los Gobiernos Regionales a través de sus Gerencias de Recursos Naturales y Gestión Ambiental, y en coordinación con las 1 de5
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Comisiones Ambientales Regionales y la Autoridad Ambiental Nacional, implementan un Sistema Regional de Gestión Ambiental( ... ); Que, la Ley Nº 28245 - Ley Marco del Sistema Nacional sobre Cambio Climático, en su artículo 6 señala como instrumento de gestión y planificación ambiental: "( ... ) f. El diseño y dirección participativa de estrategias nacionales para la implementación progresiva de las obligaciones derivadas del Convenio de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, el Convenio de Diversidad Biológica y los otros tratados en los que actúe como punto focal nacional"; Que, mediante la Ley Nº 30754 - Ley Marco sobre Cambio Climático, en su artículo 8º señala que los gobiernos regionales y locales son responsables de: 8.1 Ejecutar las políticas públicas nacionales sobre cambio climático y diseñar, monitorear, evaluar y rediseñar las estrategias regionales sobre cambio climático, 8.2 Incorporar medidas de mitigación y adaptación al cambio climático en su Plan Territorial, Plan de Desarrollo Concerta , - Regional y Local, Plan Estrategico Institucional, Plan Operativo Institucional, Programas ~~ "'.l--CC'IJ:lm uestales e Instrumentos de Inversión; e, mediante Decreto Supremo N° 013--2019-MINAN, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30754, Y'--:~~ arco sobre Cambio Climático, en su artículo 10º señala como funciones de las autoridades regionales: "1) laborar, aprobar, implementar, monitorear, evaluar y actualizar su ERCC, de conformidad con la ENCC, las NDC y, sus instrumentos de gestión territorial vigentes, considerando los periodos de actualización de su Plan de Desarrollo Regional Concertado( ...). 2) Incorporar /as medidas de adaptación y mitigación de la ERCC (... ). 3) Implementar medidas de adaptación y mitigación al cambio climatico a nivel reional que contribuyan a la · p/ementación de la ENCC y NDC, en coordinación con las autoridades sectoriales, de conformidad con la IINUJJativa vigente y en el marco de sus competencias"; ... J ..
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mediante Decreto Supremo Nº 011-2015-MINAN, se aprueba la Estrategia Nacioanl de Cambio VTT:::hL~:·:.:...·atico (ENCC), el cual contiene elementos que permiten elaborar los planes sectoriales y subnacionales en teria de cambio climático; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 090-2016-MINAN, de fecha 12 de abril de 2016, se aprueban los uunamientos para la Gestión Integrada del Cambio Climáticon, cuyo objetivo es fortalecer la gestión integrada de cambio climativo, a través de la implementación de un proceso de concertación multisectorial y multinivel del sector público y privado, y de la sociedad civil, orientado a diseñar, formular e implementar medidas de reducción de emisiones de GEi y de adaptación alienadas a las políticas, planes y acciones de desarrollo vinculadas a la gestión de cambio climático y al cumplimiento de los compromisos adquiridos internacionalmente; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 152-2021-MINAN, de fecha 17 de agosto de 2021, se aprueba los lineamientos metodológicos para la formulación y actualización de las Estrategias Regionales de Cambio Climático, que orienta a los gobiernos regionales para la formulación y actualización de sus ERCC, a fin de que esos instrumentos se encuentren alineados a la ENCC y articulados a las NDC, y sus instrumentos de gestión territorial vigentes, considerando en marco normativo establecido en la Ley Nº 30754 y su Reglamento, en concordancia con lo regulado en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 090-2016-MINAN, de fecha 12 de abril de 2016, se aprueban los "Lineamientos para la Gestión Integrada del Cambio Climático", cuyo objetivo es fortalecer la gestión integrada 2de5 Boulevard Sáenz Peña Nº 155 - Huacho T.w.-. ::r.:ao 1a::r.a
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de cambio climático, a través de la implementación de un proceso de concertación multisectorial y multinivel del sector público y privado, y de la sociedad civil, orientado a diseñar, formular e implementar medidas de reducción de emisiones de GEi y de adaptación alineadas a las políticas, planes y acciones de desarrollo vinculadas a la gestión de cambio climático y al cumplimiento de los compromisos adquiridos internacionalmente; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 152-2021-MINAN, de fecha 17 de agosto de 2021, se aprueba los lineamientos metodológicos para la formulación y actualización de Estrategias Regionales de Cambio Climático, <~f(,I ~<' que orienta a los gobiernos regionales para la formulación y actualización de sus ERCC, a fin de que esos ~ooR ~ insfrumeníos de gestión territorial vigentes, considerando en marco normativo establecido en la Ley N°30754 y ~~-:i li\1- ef'su Reglamento, en concordancia con lo regulado en la Ley Nº27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;
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Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 733-2016-PRES, de fecha 27 de diciembre de 2016, se aprobó: "Artíc Primero.- CONFORMAR los grupos técnicos regionales de la comisión ambiental ~~-- ional nde se incluye el ITEM N°2 G. T.R. de cambio climático y gestión de riesgos en la región
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~ Que, mediante Decreto Regional Nº 005-2015-GRUPRES, de fecha 09 de enero de 2014, se decreta: " ículo Primero.- CONFORMAR el Grupo Técnico Regional de Adaptación al Cambio Climático GRTCC, el mismo que tiene como objetivo elaborar una propuesta de la estrategia regional de cambio climático a través de un proceso participativo y descentralizado en el ámbito regional"; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 07-2016-CR/GRL, con fecha 03 de mayo de 2016, se aprobó: "Artículo Primero.-APRUÉBESE la estrategia Regional de Cambio Climático 2015- 2021 del Gobierno ' ~anal de Lima", la misma que forma parte de la presente ordenanza regional en 5 folios;
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;;zº ,ue, conforme al Acta N° 006-2023-CAR LIMA, en reunión ordinaria de la Comisión Ambiental Regional de
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de fecha 06 de diciembre de 2023, establece como uno de sus acuerdos, solicitar al Gobierno Regional de -.......-,-,· a, a través de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, realizar las acciones técnico legales necesarias para: "Declarar de lnteres Regional el Proceso de Actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático de la Región Lima 2024 - 2030"; º
Que, con mediante Informe Legal Nº 1711-2023-GRL-SGRAJ, de fecha 29 de diciembre de 2023, la Sub Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, declara la fundabilidad de la petición debiendo aprobar el proyecto de Ordenanza Regional que declara de Interés Regional para la Actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático de la región Lima, de conformidad con los informes técnicos emitidos, sobre el sustento del principio de presunción de licitud; Que, mediante Oficio Nº 002-2024-GRUGOB, la Abg. Rosa Gloria Vásquez Cuadrado - Gobernadora Regional de Lima, remite al pleno del Consejo Regional la propuesta de Ordenanza Regional que aprueba: "DECLARAR DE INTERÉS REGIONAL LA ACTUALIZACIÓN DE LA ESTRATEGIA REGIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO DE LA REGIÓN LIMA 2024 - 2030", para su aprobación correspondiente; En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de Lima, realizada el día 30 de enero de 2024; desde la Sala de Sesiones "José Luis Romero Aguílar y Víctor Femando Terrones Mayta, in memoriam" del Consejo Regional de Lima, en la ciudad de Huacho, con los consejeros regionales presentes y consejeros regionales conectados vía el software de video llamadas y reuniones virtuales Microsoft Teams, se dio cuenta del pedido 3de5 Deul~lll'tl
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del visto; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Lima, y; con el voto por UNANIMIDAD de los consejeros regionales participlll!es de la sesión exlraordinaria del consejo regional, y; En uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley Nº 27680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modificatorias Leyes Nº 28968, Nº 29053 y Nº 31433; HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: "DECLARAR DE INTERÉS REGIONAL LA ACTUAUZACIÓN DE LA ESTRATEGIA REGIONAL DEL CAMBIO CUMÁ TICO DE LA REGIÓN LIMA 2024 - 2030"
ÍCULO PRIMERO: DEROGAR, la Ordenanza Regional Nº 015-2023-CR-RL, en donde se: Declara de terés Regional Prioritario la Elaboración e Implementación de la Estrategia Regional de Adaptación al Cambio Climático en el Ámbito de la Jurisdicción del Gobierno Regional de Lima. ARTÍCULO SEGUNDO: APROBAR DECLARAR DE INTERÉS REGIONAL LA ACTUALIZACIÓN DE LA ~~To JEGIA REGIONAL DEL CAMBIO CLIMÁTICO DE LA REGIÓN LIMA 2024- 2030. ~,-.,,,c.:,,.f'.
TÍCULO TERCERO: DESIGNAR, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio ~~te del Gobierno Regional de Lima, el proceso de actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático e~Región Lima e impulsar las coordinaciones interinstitucionales, en coordinación con el Grupo Técnico Regional de Adaptación al Cambio Climático de la Comisión Ambiental Regional. e 'A
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ARTÍCULO CUARTO: CONFORMAR y RECONOCER el Equipo Técnico Multidisciplinario del Gobierno Regional de Lima, quienes participarán activamente del proceso de actualización, así como de reportar, evaluar y monitorear el nivel de avance de la implementación de la Estrategia Regional de Cambio Climático de la Región Lima, el mismo que estará integrado de la siguiente manera: • • • • • • • • • • • • • • •
Gerencia General Regional, quien asumir! el rol de presidente. Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, quien asumir! el rol de Secretario Técnico. Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuestoy AcondicionamientoTerritorial, quien asumir! el rol de la coordinacióntécnica. Gerencia Regional de Desam,llo Económico. Gerencia Regional de Desam,llo Social. Gerencia Regional de Infraestructura. Dirección Regional de Energía y Minas. Dirección Regional de Producción. Dirección Regional de Salud. Dirección Regional de Agricultura. Dirección Regional de Vivienda, Construccióny Saneamiento. Dirección Regional de Educación. Dirección Regional de Comercio Exteriory Turismo. Dirección Regional de Transportesy Comunicaciones. Oficina Regional de Defensa Civil.
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ARTÍCULO QUINTO: ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la reactivación del Grupo Técnico Regional de Adaptación al Cambio Climático, la cual es una instancia que brindará asesoria, información y asistencia técnica para la actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático de la Región Lima. ARTÍCULO SEXTO: DISPONER que las dependencias del Gobierno Regional de Lima identificadas para integrar el Equipo Técnico Multidisciplinario, deberán de designar a un representante titular y alterno debidamente acreditado para participar en el proceso de actualización, reportar, evaluar y monitorear el nivel de de la implementación de la Estrategia Regional de Cambio Climático de la Región Lima.
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TICULO SÉTIMO: NOTIFICAR la presente Ordenanza Regional a las Gerencias y a las Direcciones les del Gobierno Regional de Lima, inmersas e interesadas en la Actualización de la Estrategia Regional --..:............,. . mbio Climático, para su conocimiento y estricto cumplimiento. 'JO
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ARTÍCULO OCTAVO: ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, remitir copia de la presente Ordenanza Regional al Ministerio de Ambiente (MINAN) como autoridad nacional en materia de cambio climático. ARTÍCULO NOVENO: FACULTAR a la Gobernadora Regional dictar las disposiciones necesarias para la adecuada implementación de la presente Ordenanza Regional. ARTÍCULO DÉCIMO: DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura, pase a comisiones y aprobación de acta. ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en la página web del Estado Peruano (www.gob.pe/regionlima), para conocimiento y fines. En Huacho, a los treinta días del mes de enero del año dos mil veinticuatro. POR TANTO: Comuníquese a la Señora Gobernadora del Gobierno Regional de Lima para su promulgación.
Mando se comunique, publique y cumpla. . Dado en la ciudad de Huacho, sede central del Gobierno gional de Lima, a los ....... '.J\V. ~~ ...... días del mes de .. ,F~.b.r.f.r.9. ..... del año ... if.e.1n .. ss~~\re.
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