Decreto Regional N.° 002-2018-GRL/PRES
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DECRETO REGIONAL N° 002-201 8-GRL/PRES
El Gobernador del Gobierno Regional de Lima
VISTOS: La Ordenanza Regional N° 017-2016-CR/GRL; el Acta de Sesión de Directorio de Gerentes Regionales del Gobierno Regional de Lima de fecha 05 de noviembre del afio 2018, Memorandum N° 1891-2018-GRL/SG, del 05 de noviembre I<} de 2018, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Articulo 8° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales establece como uno de los principios rectores de la politica y gestion regional, la “Gestión moderna y rendición de cuentas”, señalando que las Audiencias Públicas constituyen un mecanismo de rendición de cuentas a la ciudadanía sobre los avances, logros, dificultades y perspectivas de la Gestión Pública Regional;
Que, el Articulo 24° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Gobierno Regional realizará como mínimo dos Audiencias Públicas Regionales al año, una en la Capital de la Región y otra en una Provincia, en las que dará cuenta de los logros y avances alcanzados durante el periodo;
Que mediante la Ordenanza Regional N° 017-2016-CR-GRL se aprobó el Reglamento de las Audiencias Públicas del Gobierno Regional de Lima, la misma que en su Artículo 6° establece que la convocatoria a la Audiencia Pública Regional será efectuada por el Gobernador Regional, mediante acto respectivo, el cual se precisará la agenda, lugar, fecha y hora para el desarrollo de las Audiencias referidas;
Que, de acuerdo al Informe N° 0196-2018-GRL/GRPPAT de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del 05 ¡n de noviembre de 2018; y en atención al Acta de Sesión del Directorio de Gerentes | Regionales de fecha 05 de noviembre de 2018, se propuso, discutió y aprobó los mecanismos, lugar, fecha y hora de la convocatoria y desarrollo de las Audiencias Públicas del Periodo Anual 2018 del Gobierno Regional de Lima;
AN Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 40° de la Ley N° 27867 Ni A - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Decretos Regionales establecen normas «= J= ¡reglamentarias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los
/) procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos “de orden general y de interés ciudadano, siendo suscritos por la Presidencia Regional, con
acuerdo del directorio de las Gerencias Regionales;
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Con la conformidad de la Gerencia General Regional, de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, de la Gerencia Regional de Infraestructura, de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión de Medio Ambiente, y con los vistos de la Sub Gerencia Regional de Administración, de la Sub Gerencia Regional de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General del Gobierno Regional de Lima;
De conformidad con las atribuciones que le confiere el artículo 20°, articulo 21° inciso d) y el artículo 40° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ordenanza Regional N° 005-2009-GRL/PRES, y en atención al Acta de Sesión de Directorio de Gerentes Regionales del Gobierno Regional de Lima;
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: CONVOCAR a las Audiencias Públicas Regionales 2018 del Gobierno Regional de Lima, las mismas que serán realizadas conforme al siguiente detalle:
- Primera Audiencia Pública Regional 2018 del Gobierno Regional de Lima, se llevará a cabo en la provincia de Huaura, en las instalaciones del Auditorio del Hotel La Villa, ubicada en Av. Félix B. Cardenas N° 196, Distrito de Santa María, el día 06 de diciembre de 2018, a horas 09:00 am.
. Segunda Audiencia Pública Regional 2018 del Gobierno Regional de Lima, se llevará a cabo en la provincia de Oyón, en las instalaciones de la Municipalidad Distrital de Pachangara, ubicada en Av. Larco herrera N° 281 de Churin, el dia 13 de diciembre de 2018, a horas 09:00 am.
Para tal efecto, se convoca al registro de los Ciudadanos y Organizaciones de las Sociedad €. Civil que deseen participar en las referidas Audiencias Públicas, cuyo mecanismo de = inscripción de los participantes y el desarrollo del evento se regirá de acuerdo a lo “ establecido en el Reglamento de las Audiencias Públicas del Gobierno Regional de Lima,
aprobado mediante el Ordenanza Regional N° 017-2016-CR-GRL.
ARTICULO SEGUNDO: ENCARGAR a la Oficina de 4 Relaciones Públicas la apertura y custodia del Registro de Ciudadanos y Organizaciones de la Sociedad Civil, que deseen participar en las Audiencias Públicas Regionales correspondiente al Año Fiscal 2018, realizando las acciones necesarias para que dichas inscripciones se puedan realizar en la Sede Institucional del Gobierno Regional de la ciudad de Huacho; en las Oficinas de Coordinación Regional de Barranca, Cajatambo, Canta, Huaral, Huarochirí, Oyon; y en la Unidad Ejecutora Lima Sur.
A JE) ARTICULO TERCERO: DISPONER que la Agenda a tratar en /”) las Audiencias Públicas Regionales comprenderá los siguientes temas:
- Informe de avance de la ejecución presupuestal al mes de noviembre de 2018.
- Dificultades y acciones correctivas para mejorar la Gestión Pública Regional.
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- Logros, avances y perspectivas de la Gestión del Gobierno Regional.
- Informes sobre logros y problemáticas en la labor fiscalizadora y normativa del Consejo Regional de Lima.
ARTICULO CUARTO: ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la preparación de la información a proporcionarse en las Audiencias Públicas Regionales, exposición y esumen ejecutivo según los puntos de Agenda.
ARTÍCULO QUINTO: DISPONER que las Gerencias Regionales Direcciones Regionales, bajo responsabilidad funcional, proporcionen la información indicada en el artículo tercero, información que se utilizará para dar cumplimiento a la Agenda señalada en la presente norma.
ARTICULO SEXTO: ENCARGAR a la Gerencia General
Del wr” É “Período Anual 2018, a través de los diferentes medios de comunicación (Diarios, Radios, : TV, y Pagina Web), que permitan asegurar la participación más amplia posible de los
ciudadanos.
ARTICULO SEPTIMO: DISPONER la publicación del presente Decreto Regional en el Diario de mayor circulación regional y en el Portal de Transparencia del Gobierno Regional de Lima.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Lima a los cinco (05) días del mes de noviembre del año 2018.
3 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA
NG NEL Son ON GOBERNADOR REGIONAL Mota
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