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002-2010-CR-GRL Regional Ordinance Lima (Región) In force

Ordenanza Regional N.° 002-2010-CR/GRL

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Gobierno Regional de Lima

Gobierno Regional de Lima

Ordenanza Regional N° 002-2010-CR-R£

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA:

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima en su Sesión Ordinaria de fecha 20 de Mayo del 2010 llevada a cabo en la Municipalidad Distrital de Navan, Provincia de Oyón, continuada el día 27 de Mayo del 2010 en la ciudad de Huacho, estando a la Carta N° 063-2010- GRUSG del Secretario General del Gobierno Regional de Lima, por especial encargo del Presidente del Gobierno Regional de Lima Ing Nelson Chui Mejía, remite la Propuesta del Reglamento para el Desarrollo del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2011 del Gobierno Regional de Lima, con la exoneración del tramite pertinente;

CONSIDERANDO:

Que el Proceso de Descentralización, trajo consigo un marco normativo que incorpora la participación ciudadana en la toma de decisiones para la gestión regional, la misma que se da a través de los procesos de planificación concertada de desarrollo (Planes Estratégicos y Operativos) y la programación del presupuesto público (Presupuesto Participativo)

ds Que, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, señala en su Artículo 18” numeral 18.2 que “Los Planes y Presupuestos Participativos son de caracter territorial y expresan los aportes e intervenciones tanto del sector público como privado, de las sociedades regionales y locales y de la cooperación internacional”, precisando su Artículo 20° numerales 20.1 y 20.2 que “Los Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley y en concordancia con los planes de desarrollo concertados”; así también, que “los presupuestos de inversión se elaboran y ejecutan en función a los planes de desarrollo y programas de inversiones debidamente concertados conforme a lo previsto en esta Ley, sujetándose a las normas técnicas del Sistema Nacional de Inversión Pública”;

Que, la Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, modificada por la Ley N° 29298, en su Articulo 1° define el Proceso del Presupuesto Participativo como “un mecanismo de asignacién equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, ciedad Civil”. En ese sentido, su.

meo

Gobierno Regional de Lima Ordenanza Regional N° 002-2010-CR-R£ Artículo 4° establece las instancias del presupuesto participativo;

Que, mediante Decreto Supremo N° 142-2009-EF se aprobó el Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo, que establece los Objetivos del Presupuesto Participativo, precisando en su Artículo 4° inciso a)Mejorar la eficiencia en la asignación de los recursos públicos, de acuerdo a las prioridades consideradas en los objetivos de los Planes de Desarrollo Concertado y en los Programas Estratégicos del Presupuesto por Resultados. b)Reforzar la relación entre el Estado y la sociedad pública, mecanismos que permiten mejorar la focalización de la inversión pública hacia aquellos grupos de la población con mayores carencias en servicios públicos. c)Comprometer a la sociedad civil en las acciones a desarrollar para el cumplimiento de los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado, creando conciencia respecto de los derechos y obligaciones que los ciudadanos tiene como contribuyentes y como actores en la implementación de las acciones del estado y la sociedad en su conjunto. d)Reforzar el y seguimiento, control, vigilancia y rendición de cuentas de la ejecución del

presupuesto, orientada a mejorar la efectividad de la acción del estado hacia el logro de resultados. Para estos efectos, la primera disposición final dispone que los Gobiernos Regionales y Locales, emiten disposiciones complementarias a lo dispuesto en el presente Reglamento y a las Directivas que emita la Dirección Nacional del Presupuesto Público, con el propósito de facilitar el desarrollo del proceso participativo, a través de mecanismos que faciliten la participación de ciudadanos no organizados o no representados por organizaciones ya constituidas.

Que, mediante Decreto Supremo N° 097-2009-EF se establece los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecución para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital a ser considerados por los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en sus respectivos Presupuestos Participativos;

Que, el Artículo 38° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;

Que, mediante la Carta N° 063-2010-GRL/SG presentada por el Secretario General del Gobierno Regional de Lima por encargo especial del Presidente del Gobierno Regional de Lima, remite el Proyecto del Reglamento para el Desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año fiscal 2011, del Gobierno Regional de Lima, para lo cual adjunta el Informe N° 067-2010-GRL/GRPPAT;

Que, en Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno

Regional de Lima de fecha 20 de Mayo del 2010 llevada a cabo en la

| Municipalidad Distrital de Navan, Provincia de Oyón, continuada el dia 27 de Mayo del 2010 en la ciudad de Huacho, se reviso, debatió evaluó artículo por

Prolongación Moore N° 227

casona

Gobierno Regional de Lima Ordenanza Regional N° 002-2010-CR-R£

artículo el “REGLAMENTO PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO FISCAL 2011 DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA”, el mismo que fue aprobado con el voto Unánime de los Consejeros y Consejeras Regionales asistentes, ha emitido la siguiente ordenanza que;

De conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 38° de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales N° 27867 modificada por la Ley N° 27902 y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima;

EL CONSEJO REGIONAL HA DADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL:

ARTÍCULO PRIMERO - APROBAR el Reglamento para el Desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2011 del Gobierno Regional de Lima, cuyo texto comprende treinta y cinco artículos y tres disposiciones complementarias y finales.

ARTÍCULO SEGUNDO.- APROBAR el Cronograma de Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2011 en el ámbito del Gobierno Regional de Lima, el mismo que forma parte como Anexo N° 01 de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO TERCERO.- La presente Ordenanza Regional se Publicará en el Diario Oficial “El Peruano”, en un Diario de Circulación Regional y en el Portal del Gobierno Regional de Lima (www.regiónlima.gob.pe)

En Huacho, a los veintisiete días del mes de mayo del dos mil diez.

POR TANTO:

Comuniquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Lima para supromulgación. & Lone SIONAL DE LIMA. 2 Se Oe. Y

ING. TO FONSECA Z CONSEJERO DELEGADO

Mando se comunique, publique y cumpla.

Dado en la ciudad de Huacho, Sede Central del Gobierno Regional de Lima, a los veintiocho días del mes de mayo del dos mil diez.

Bye REGIONAL DE LIMA

Nelson O. Chui Mejía ESIDENTE REGIONAL

| Prolongación Moore N° 227 ~ A Telefax: 239,

Gobierno Regional de Lima

REGLAMENTO PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO FISCAL 2011 DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA

TÍTULO PRIMERO PRINCIPIOS Y DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO PRIMERO PRINCIPIOS RECTORES Y OBJETIVO

ARTÍCULO 1°.- El desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados para el Año Fiscal 2011 en el ámbito del Gobierno Regional de Lima, se enmarca dentro del nuevo enfoque del presupuesto y la gestión por resultados, se regirá por los principios establecidos en la Ley N° 28056 “Ley Marco del Presupuesto Participativo”, Ley N° 29298 “Ley que modifica la Ley Marco del Presupuesto Participativo”, Ley N° 28411 “Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto” Decreto Supremo N° 142-2009-EF “Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo”, el Decreto Supremo N° 097-2009-EF “que precisa los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital en el Presupuesto Participativo” y la Resolución Directoral N° 007-2010- EF/76.01, que aprueba el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01 “Instructivo para el Presupuesto Participativo basado en resultados”.

ARTÍCULO 2”.- El presente Reglamento tiene como objetivo reforzar la relación de concertación entre el estado y la sociedad civil para mejorar la eficiencia en la asignación y ejecución de los recursos públicos, en proyectos de inversión que estén claramente articulados a productos y resultados específicos en aquellas dimensiones más prioritarias para el desarrollo regional, en concordancia con el Plan de Desarrollo Concertado y los Planes Sectoriales y Nacionales, en las que los actores del proceso asuman un rol activo en el desarrollo con sus aportes y la vigilancia en la ejecución de los acuerdos y compromisos.

CAPÍTULO SEGUNDO BASE LEGAL Y ALCANCE

ARTÍCULO 3°.- La base legal que ampara el desarrollo del Proceso del Presupuesto del Participativo para el Año Fiscal 2011 en el ámbito del Gobierno Regional de Lima, está constituida por las siguientes normas:

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Constitución Política del Perú.

Ley N° 27783 de Bases de la Descentralización y sus modificatorias. Ley N* 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.

Ley N° 28056 Marco del Presupuesto Participativo.

Ley N° 29298 Ley que modifica la Ley Marco del Presupuesto Participativo

Decreto Supremo N° 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo.

Decreto Supremo N° 097-2009-EF, que precisa criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital en el Presupuesto Ley N° 27293 Ley del Sistema Nacional de Inversión y modificatorias. Resolución Directoral N° 012-2007-EF/68.11, que aprueba la Directiva para la Programación Multianual de la inversión Pública para los Gobiernos Locales y Regionales.

Resolución Directoral N° 001-2009-EF/68.01, que aprueba la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública"

Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01, que aprueba el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados.

ARTÍCULO 4°.- Las pautas, procedimientos y responsabilidades establecidas en el presente Reglamento son de estricto cumplimiento de los Organismos Públicos y Privados de nivel regional que desarrollan sus actividades en el ámbito del Gobierno Regional de Lima.

CAPÍTULO TERCERO ROL DE LOS ACTORES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

ARTÍCULO 5”.- Se entiende por Actores del proceso a quienes participan, con voz y voto, en la discusión y toma de decisiones en el Proceso de Presupuesto Participativo. Están integrados por:

  • Presidente del Gobierno Regional

  • Miembros del Consejo de Coordinación Regional

  • Miembros del Consejo Regional

  • Agentes Participantes.

  • Integrantes del Comité de vigilancia

ARTÍCULO 6°.- Los roles y responsabilidades de los diferentes actores del Proceso de Presupuesto Participativo son:

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6.1

6.2

6.3

6.4

Presidente Regional:

  • Convocar a reuniones del Presupuesto Participativo en su calidad de Presidente del Consejo de Coordinación Regional.

  • Organizar las actividades del proceso participativo, haciéndolas de conocimiento público.

= Proponer para consideración los resultados prioritarios a favor de la población que pueden ser objeto de atención en el

proceso.

  • Proponer la cartera de proyectos a ser sometida al Presupuesto Participativo, señalando explicitamente su conexión al resultado prioritario que corresponda.

  • Determinar e informar a los agentes participantes el porcentaje del presupuesto institucional que corresponderá al Presupuesto Participativo, sin perjuicio que los recursos no incluidos en el Presupuesto Participativo se asignen por resultados claramente especificados.

= Disponer las medidas necesarias para el cumplimiento de los acuerdos adoptados en el proceso.

  • Desarrollar las acciones necesarias para la implementación de los acuerdos.

  • Rendir cuentas a los agentes participantes sobre el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos el año anterior.

Miembros del Consejo Regional:

  • Aprobar las normas complementarias que se requieran para llevar a cabo el proceso.

a Fiscalizar el desarrollo oportuno de cada una de las fases del proceso.

  • Velar por el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos por el Gobierno Regional o Gobierno Local

Miembros del Consejo de Coordinación Regional.

  • Participar y promover activamente el proceso.

  • Responder a las convocatorias que realizan las autoridades regionales.

  • Coordinar la incorporación de los proyectos de inversión en el presupuesto institucional correspondiente.

  • Apoyar al Comité de Vigilancia en el cumplimiento de las acciones acordadas en el Presupuesto Participativo

Agentes Participantes

  • Participar activamente en la discusión, definición, priorización y toma de decisiones respecto de los resultados a ser priorizados en el proceso, así como de los proyectos a ser considerados para contribuir al logro de dichos resultados.

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  • Mantener informadas a las organizaciones a las que representan acerca de las actividades del Proceso del Presupuesto Participativo.

  • Suscribir las actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso.

  • Otros que demande el proceso.

6.5 Integrantes del Comité de Vigilancia

  • Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del presupuesto participativo.

  • Informar al Consejo Regional, Consejo de Coordinación Regional y otras dependencias públicas en el caso de incumplimiento de los acuerdos.

TÍTULO SEGUNDO

DE LA INSCRIPCIÓN, FALTAS Y SANCIONES DE LOS AGENTES PARTICIPANTES

CAPÍTULO PRIMERO DE LOS AGENTES PARTICIPANTES

ARTÍCULO 7°.- Los Agentes Participantes con derecho a Voz y Voto en los eventos del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2011 en el ámbito del Gobierno Regional de Lima serán los siguientes:

a) Los miembros del Consejo de Coordinación Regional

b) Los Consejeros Regionales.

c) Los miembros titulares del Comité de Vigilancia Regional del periodo 2009-2010.

d) Cuatro representantes de la sociedad civil de cada Consejo de Coordinación Local Provincial, elegido por acuerdo mayoritario de sus miembros.

e) Los representantes titulares de las Organizaciones de la Sociedad Civil de nivel regional, de incidencia o intervención multiprovincial o regional, debidamente identificadas e inscritas en el Libro de Registro de las organizaciones de la sociedad civil del Gobierno Regional de Lima, siempre que no participen en el Consejo de Coordinación Regional, Consejo de Coordinación Local provincial y/o distrital.

f) Tres representantes de las Universidades Nacionales que tienen como ámbito de intervención la jurisdicción del Gobierno Regional de Lima.

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g) Un representante por provincia de los Institutos Superiores Tecnológicos Públicos.

ARTÍCULO 8°.- Participarán con derecho a Voz pero sin derecho a Voto en los eventos del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2011 en el ámbito del Gobierno Regional de Lima los siguientes:

a) Los miembros del Equipo Técnico Regional

b) Los representantes de las Instituciones Públicas del Gobierno Nacional que desarrollen acciones con incidencia provincial y/o multiprovincial.

c) Los Gerentes Regionales, Directores Regionales Sectoriales y representantes titulares de las oficinas desconcentradas del Gobierno Regional.

d) Un representante de las Universidades Privadas, que tienen como

ámbito de intervención la jurisdicción del Gobierno Regional de Lima.

) Un representante por provincia de los Institutos Superiores

Tecnológicos Privados.

CAPÍTULO SEGUNDO DE LA INSCRIPCIÓN DE LOS AGENTES PARTICIPANTES

ARTÍCULO 9°.- Podrán participar como Agentes Participantes del Proceso de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2011, las organizaciones ya inscritas y por inscribirse en el Libro de Registro de la Sociedad Civil del Gobierno Regional de Lima.

ARTICULO 10°.- La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial en el Libro de Registro Regional Especial de Organizaciones Representativas de la Sociedad Civil, inscribirá a las nuevas organizaciones de incidencia o intervención multiprovincial o regional, que deseen participar en el Proceso de Presupuesto Participativo Regional para el Año Fiscal 2011, inscripción que podrá realizarse en la sede institucional de la ciudad de Huacho, en las Oficinas Zonales de Participación y Concertación de y en las Oficinas de las Agencias Agrarias de cada provincia, para lo cual deberán presentar la siguiente documentación:

a) Solicitud de Inscripción dirigida al Presidente del Gobierno Regional de Lima, indicando la razón social y el domicilio legal de la organización, el domicilio legal y la identificación de la persona que la representará, así como la designación de un representante alterno para solucionar inasistencias en casos fortuitos o de fuerza mayor, consignando teléfono, fax, correo electrónico, entre otros.

i ción Moore N° 227 - AMAY - HUACHO ee Telefax: 239 1323

b) Copia del documento de identidad del representante de la organización y del alterno designado.

¢) Constancia de Inscripción de la organización en los Registros Públicos o Copia de Acta de Constitución o su equivalente, con una antigiedad de dos años de funcionamiento como mínimo.

d) Documento que acredite que el desarrollo de sus actividades tienen incidencia o intervención provincial o regional.

e) Copia simple del Acta que contenga el acuerdo de participar en el Proceso del Presupuesto Participativo Regional y la designación de sus representantes, titular y alterno.

ARTÍCULO 11°.- Los documentos señalados en el Artículo 10° del presente Reglamento son de carácter obligatorio.

ARTÍCULO 12°.- El plazo para la actualización y/o inscripción a las que se refieren los Artículos 9° y 10° del presente reglamento, vence indefectiblemente cinco (5) días calendarios antes del Primer Taller Regional

ARTICULO 13°.- La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, procederá a elevar a la Presidencia del Gobierno Regional de Lima, en el plazo de dos (2) días calendarios posteriores al vencimiento del plazo señalado en el Artículo 12°, la relación de los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil acreditados como Agentes Participantes del proceso del Presupuesto Participativo Regional para el Año Fiscal 2011 como resultado del proceso de inscripción.

ARTÍCULO 14”.- La lista de las organizaciones de la Sociedad Civil que participaran como Agentes Participantes en el Proceso del Presupuesto Participativo Regional para el Año Fiscal 2011, al que se reñere el Artículo 13%, se publicará en el Portal Electrónico Institucional, en un diario de circulación regional y/o provincial, en los ambientes del Consejo Regional, de la Sede Central, de las Oficinas Zonales de Participación y

CAPÍTULO TERCERO DE LAS FALTAS Y SANCIONES DE LOS AGENTES PARTICIPANTES

ARTÍCULO 15°- Se consideran faltas a las normas de convivencia democrática de los Agentes Participantes durante el proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2011, las siguientes:

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a) Inasistencia injustificada a los Talleres convocados.

b) Agresión fisica y/o verbal a una Autoridad, Agente Participante, facilitador, funcionario o trabajador que conduce el proceso.

c) Asistir a los talleres en estado etílico o de alteración por consumo de drogas.

d) Alterar de manera violenta el normal desarrollo de los talleres.

ARTÍCULO 16°.- En el caso de los literales b), c) y d), del Artículo 15°, el que conduce el Taller solicitará el desalojo del Agente Participante infractor de los ambientes en donde se realiza el Taller y será sujeto a las sanciones que se señalan en Artículo 17° del presente Reglamento.

ARTÍCULO 17°.- Las sanciones que se aplicarán para el caso de las faltas serán las siguientes:

  • Para el caso a), del Artículo 15°, comunicación escrita dirigida a la organización de la sociedad civil o institución pública a la cual representa el Agente Participante infractor.

  • Para los casos b), c) y d) del Artículo 15°, el envio de una solicitud a la organización de la sociedad civil o institución pública que representa, para que nombre a su representante que lo sustituya. De no producirse dicho nombramiento se dará por inhabilitada la participación de la organización o institución pública correspondiente.

TÍTULO TERCERO

DE LA CONVOCATORIA Y DEL DESARROLLO DEL PROCESO

CAPÍTULO PRIMERO DE LA CONVOCATORIA

ARTÍCULO 18°- La convocatoria al Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2011, la realiza el Presidente del Gobierno Regional de Lima mediante Decreto Regional, designando como responsable para la difusión del proceso y del registro de los Agentes Participantes a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.

ARTÍCULO 19°.- Para lograr una mayor divulgación de la convocatoria para el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2011, se deberá realizar la publicidad y difusión a través de diferentes medios de comunicación (Diarios, Radios, TV) y con la ayuda de material informativo (trípticos, afiches, volantes, banners), promoviendo en

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especial, la participación de mujeres, jóvenes, personas con discapacidad, personas adultas mayores, comunidades campesinas, andinas y afro descendientes.

CAPÍTULO SEGUNDO DEL INICIO Y CONDUCCIÓN DEL PROCESO

ARTICULO 20°.- El Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2011 en el ámbito jurisdiccional del Gobiemo Regional de Lima se inicia con la Publicación de la Ordenanza Regional que aprueba el reglamento.

ARTÍCULO 21°.- El Presidente del Gobierno Regional, en su condición de Presidente del Consejo de Coordinación Regional y Titular del Pliego, es el responsable de conducir las distintas fases del proceso regional conforme a las disposiciones que se establecen en la Ley Marco del Presupuesto Participativo, su modificatoria, su Reglamento, el instructivo y los mecanismos señalados en el presente Reglamento.

CAPÍTULO TERCERO DE LOS TALLERES REGIONALES DE CONCERTACION

ARTICULO 22°.- Se realizarán cuatro (4) Talleres Regionales de Concertación, entendiéndose a estas como reuniones de trabajo con los Agentes Participantes acreditados para el Proceso Participativo Regional para el Año Fiscal 2011

ARTICULO 23°.- En el Primer Taller Regional de Concertación se desarrollará el informe sobre los avances en la ejecución de los acuerdos y compromisos asumidos en el presupuesto participativo del año anterior, que tendrá los siguientes aspectos:

= Programación y nivel de avance en la ejecución y resultados (en términos de población beneficiada y problemas resueltos), de los proyectos priorizados en el Proceso del Presupuesto Participativo del año anterior.

= Sustentar los cambios efectuados a los proyectos priorizados en el Presupuesto Participativo anterior y modificaciones presupuestarias realizadas.

= Nivel de cumplimiento de los compromisos asumidos por cada uno de los actores, públicos y privados participantes del proceso.

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= Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del presente ejercicio.

= Informe de los resultados de la gestión del año anterior a nivel de actividades, proyectos y logros obtenidos en el marco del Plan de Desarrollo Concertado:

= Informe del Comité de Vigilancia del Proceso del Presupuesto Participativo 2009-2010.

= Otros informes que contribuyan a fortalecer el proceso participativo.

= El equipo Técnico elaborará un Resumen Ejecutivo conteniendo esta información básica. Dicho resumen es de carácter público y debe ser colocado en la página web institucional.

ARTICULO 24°.-En el Segundo y Tercer Taller Regional de Concertación se desarrollara los siguientes aspectos:

a) Presentación del estado situacional de los proyectos de inversión pública 2007-2010 del Gobierno Regional de Lima y los resultados de la implementación de los Programas Estratégicos priorizados:

Reducción de la desnutrición crónica infantil.

Reducción de la muerte materna y neonatal.

Acceso a los servicios básicos y oportunidades de mercado.

Acceso a energía en localidades rurales.

Logros de aprendizaje al finalizar el III ciclo de educación básica

regular.

Gestión ambiental prioritaria.

= Acceso a agua potable y disposición sanitaria de excretas para poblaciones rurales.

= Acceso a servicios públicos esenciales de telecomunicaciones en localidades rurales.

= Seguridad ciudadana.

= Competitividad para la micro y pequeña empresa.

= Productividad rural y sanidad agraria.

b) En base a la presentación de resultados de la implementación de los Programas Estratégicos, se realizará el Taller de Trabajo de priorización de resultados deseados, en las que se enmarcará los proyectos a proponerse en la Primera Sesión del Consejo de Coordinación Regional.

ARTICULO 25°.- En el Cuarto Taller Regional de Concertación se desarrollaran los siguientes aspectos:

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a) Se priorizarán los proyectos de inversión pública, a partir de la “Cartera de Proyectos” propuesto por el Presidente Regional, concordante con la priorización de los resultados deseados, en el Primer Taller Regional de Concertación, previamente evaluados por el Equipo Técnico.

b) Se procederá a elegir como mínimo cinco (5) y hasta un máximo de nueve (9) miembros del Comité de Vigilancia Regional, que cumplan con los siguientes requisitos:

= Ser Agente Participante Acreditado, representante de una organización social de base o de institución privada que forman parte del ámbito jurisdiccional.

= Radicar en la jurisdicción del Gobierno Regional de Lima. = No haber sido condenado por delitos o faltas.

Deberá procurarse la participación de mujeres y representantes de comunidades campesinas y de grupos vulnerables, a fin de cumplir con los principios de igualdad de oportunidades y de equidad.

ARTICULO 26°.- Los acuerdos al que se lleguen en el Cuarto Taller Regional de Concertación se formalizarán mediante la suscripción del Acta de Acuerdos y Compromisos.

CAPÍTULO CUARTO DE LA COORDINACION ENTRE NIVELES DE GOBIERNO

ARTICULO 27°.- En la Primera Sesión del Consejo de Coordinación Regional, el Gobierno Regional de Lima, en base a la identificación y priorización de resultados del Segundo y Tercer Taller Regional, presentará y sustentará la “Cartera de Proyectos” de impacto regional, propuestos para ser incluidos en el Anteproyecto del Programa de Inversiones Concertado Regional para el Año Fiscal 2011.

ARTICULO 28°.- En base a los acuerdos que se lleguen en el Cuarto Taller Regional de Concertación y los aportes de la Primera Sesión Ordinaria del Consejo de Coordinación Regional (CCR), el Equipo Técnico Regional procederá a elaborar el Documento del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2011 y el Anteproyecto del Programa de Inversiones Concertado correspondiente, el que será presentado en la Segunda Sesión Ordinaria del Consejo de Coordinación Regional para su revisión y discusión.

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ARTICULO 29°.- Los acuerdos al que se lleguen tanto en el Primera Sesión, como en la Segunda Sesión del Consejo de Coordinación Regional del Gobierno Regional de Lima, se formalizarán mediante la suscripción de las Actas correspondientes.

CAPÍTULO QUINTO ASPECTOS A CONSIDERAR EN LA PRIORIZACIÓN DE LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA REGIONAL.

ARTICULO 30°- Las propuestas de nuevos proyectos de inversión pública deben cumplir con los siguientes requisitos:

a) Que el monto total del proyecto no sea menor a Tres Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 3 000 000,00);

b) Que su alcance sea pluriprovincial debiendo beneficiar a un mínimo de tres (03) distritos que se encuentren ubicados en dos (02) provincias como mínimo;

c) Que su cobertura en población objetivo no sea menor al 5%, respecto a la población total de la región.

d) Que cuente con la viabilidad correspondiente, de acuerdo a la normatividad del Sistema Nacional de Inversión Pública, o que excepcionalmente cuenten como mínimo con un Perfil elaborado y registrado en el Banco de Proyectos del Sistema Nacional de Inversión Pública, en el caso que la normativa de dicho Sistema resulte aplicable.

e) Que se enmarquen dentro de la priorización de resultados y objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado.

f) Que se orienten a lograr los objetivos y metas nacionales de reducción de la pobreza, en el marco de los siguientes Programas

f.1 Reducción de la desnutrición crónica infantil.

f2 Reducción de la muerte materna y neonatal.

f3 Acceso a los servicios básicos y oportunidades de mercado.

f4 Acceso a energía en localidades rurales.

f.5 Logros de aprendizaje al finalizar el III ciclo de educación básica regular.

f6 Gestión ambiental prioritaria.

f.7 Acceso a agua potable y disposición sanitaria de excretas para poblaciones rurales.

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f8 Acceso a servicios públicos esenciales de telecomunicaciones en localidades rurales.

£9 Seguridad ciudadana.

£10 Competitividad para la micro y pequeña empresa.

£11 Productividad rural y sanidad agraria.

CAPÍTULO SEXTO DEL PRESUPUESTO A CONSIDERAR EN EL PROCESO PARTICIPATIVO

ARTICULO 31°.- El monto que se oriente a las acciones del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2011, será informado por la Presidencia Regional a propuesta de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, para la cual ésta tendrá que realizar la previsión presupuestal para el aporte establecido por la ley para la Universidad Nacional; el mantenimiento de proyectos ya existentes; la elaboración de estudios de preinversión en la proporción que la normatividad presupuestal establezca; y el financiamiento que garantice la ejecución, continuidad o culminación de los proyectos considerados en los Programas de Inversiones de los años anteriores.

ARTICULO 32°.- La distribución de los recursos asignados al Gobierno Regional de Lima, para el financiamiento de proyectos de inversión, deberán ajustarse al siguiente criterio de distribución:

El 15% como mínimo orientadas al Sector Educación. El 15% como mínimo orientadas al Sector Salud.

El 10% como mínimo orientadas al Sector Agropecuaria. El 10% como mínimo orientadas a proyectos productivos.

oven

Y, el saldo orientado a los demás programas estratégicos, dependiendo

TÍTULO CUARTO DEL EQUIPO TÉCNICO

CAPITULO 1 DE LA CONFORMACIÓN DEL EQUIPO TÉCNICO

ARTÍCULO 33°- El Equipo Técnico Regional del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2011 estará presidido por el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional.

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ARTÍCULO 34°- El Equipo Técnico Regional del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2011 estará integrado por:

El Jefe de la Oficina de Presupuesto.

El Jefe de la Oficina de Planeamiento.

El Jefe de la Oficina de Programación e Inversiones.

Los Encargados de las Unidades Formuladoras, siguientes:

Y” Gerencia Regional de Infraestructura.

Y” Gerencia Regional de Desarrollo Social.

Y” Gerencia Regional de Desarrollo Económico.

Y Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente.

= Un Representante de la Sociedad Civil del Consejo de Coordinación Regional. CAPITULO II

DE LAS RESPONSABILIDADES DEL EQUIPO TÉCNICO

ARTÍCULO 35°- El Equipo Técnico Regional del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2011 tendrá las siguientes responsabilidades:

  • Formular directrices para la difusión del proceso.

  • Orientar a los agentes participantes del proceso participativo en las actividades de identificación y priorización de resultados.

® Apoyo en la organización y ejecución de los talleres de trabajo.

  • Preparar la información para el debate en los talleres de trabajo.

  • Evaluación de los resultados priorizados y planteamiento de alternativas de solución.

  • Desarrollar la evaluación técnica y financiera de los proyectos priorizados.

  • Elaboración del Documento del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2011 y su presentación a la Dirección Superior del Gobierno Regional de Lima y del Ministerio de Economía y Finanzas.

  • Otros que le encargue el Consejo de Coordinación Regional.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

PRIMERO.- En el caso de proyectos que sean declarados no viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, éstos serán reemplazados por otro resultante del Proceso del Presupuesto Participativo, según la escala de prioridades.

SEGUNDO.-Los proyectos priorizados que no sean considerados en el Presupuesto Institucional de Apertura 2011, formaran parte del listado de proyectos alternativos para ser financiados con los mayores recursos que

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Gobierno Regional de Lima pueda percibir el Gobierno Regional durante el mismo año fiscal, o considerados en el Proceso Participativo del año siguiente.

TERCERO: El presente Reglamento entrará en vigencia al dia siguiente de su aprobación.

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ANEXO 01

CRONOGRAMA DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL

AÑO FISCAL 2011 EN EL ÁMBITO DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA

4 [APROBACION ¡Ordenanza Regional 27 de mayo 2 ¡CONVOCATORIA Decreto Regional 4 de junio Publicidad y Difusion (Diarios, Radios, TV y Nee 3 [DIFUSION dos ) 4 al 18 de junio REGISTRO DE AGENTES a + hen 4 PARTICIPANTES Inscripción y Publicación 4 al 18 de junio Informe sobre los avances en la ejecución del 22 de junio a pe eieem llos acuerdos del proceso participativo anterior | Mala - Cañete Presentación de resultados de los Programas 1 de jlo 6 [SEGUNDO TALLER REGIONAL [Estaégicos y priorización de Resuliados| Y ¡esperados para el año fscal 2011. y Presentación de resultados de los Programas! 3dej 7 [TERCER TALLER REGIONAL [Estalégicos y priorización de Resuliados| Giant on lesperados para el año fiscal 2011 Defnicón de acciones conjuntes y 9 de julo 8 [PRIMERA SESION DEL CCR [presentación de “Cartera de Proyecbs” a ser| Huacho ¡consideradas en el Presupuesto Partcipaivo. Priorización de proyectos de inversión pública, 15 de julo 9 [CUARTO TALLER REGIONAL [Elección del Comité de Vigilancia y Suscripción! Haecio ide Ace de Acuerdos y Compromisos. ¡Parícipafwo y de la propuesta de proyechs aj 12 de juño 10 [SEGUNDA SESION DEL CCR ai oe omen OA) Inversiones Concertado 2011. “4 ¡SESION DEL CONSEJO ¡Aprobación del Programa de Inversiones| 21 de julio REGIONAL ¡Conceriado pare el año Fiscal 2011 Huacho

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