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002-2008-CR-GRL Regional Ordinance Lima (Región) In force

Ordenanza Regional N.° 002-2008-CR/GRL

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Y ARORA ALFARO

Lima Ordenanza Regional No. 02-2008-CR-RL

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA:

POR CUANTO: El Presidente del Gobierno Regional de Lima, mediante Oficio N° 0170-2008-GRL/PRES adjunta el proyecto de Ordenanza Regional para la aprobación de los Reglamentos de Organización y Funciones (ROF) y Cuadros de Asignación de Personal (CAP) de la Dirección

Regional de Salud, y Direcciones de Redes de Salud y Hospitales adscritos a la jurisdicción.

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 188° de la Constitución Política del Estado, establece que la descentralización es una política permanente del Estado, de carácter obligatorio, a cuyo efecto el proceso de la descentralización se realiza por etapas en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencias de recursos del Gobierno Nacional hacia los gobiernos Regionales y locales;

Que, la Quinta Disposición Transitoria de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización dispone que las transferencias de funciones, programas y organismos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales, comprenden el personal, acervo documentario y recursos presupuestales correspondientes, que se encuentren directamente vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones o servicios transferidos, incluyendo la titularidad y dominio de los bienes correspondientes;

Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 2° de la ley N° 27867, y su modificatoria la Ley N° 27902, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho publico, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y presupuestal un pliego presupuestal. Asimismo el Artículo 9*, literal a) señala que es competencia de los Gobiernos Regionales “Aprobar su organización interna y presupuestal”;

Que, con el decreto Supremo N° 036-2007-PCM, se aprobó el plan Anual de Transferencia de competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007 y mediante Resolución N° 003- 2007-PCM/SD, aprueba la Directiva N* 001-2007 PCM/SD, “Normas para la ejecución de la transferencia del año 2007 a los gobiernos Regionales y

Av. 28 de Julio N° 468 - HUACHO - Telf.: 232 2762 - 232 3645 Fax: 232 5270 presidencia@regionlima.gob.pe

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HEGATERIO INSAITUCIONAL “E.R. N° 019-2007-PRES

adjuntando la propuesta del Cuadro de Asignación de Personal de la Dirección Regional de Salud de Lima, el Informe N* 115-2008-OGPP/MINSA conteniendo la opinión técnica favorable a los proyectos de Reglamento de Organización y Funciones y Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección de Red de Salud de Huaura-Oyón (a fojas 30), el Informe N° 116-2008-OGPP/MINSA conteniendo la opinión técnica favorable a los proyectos de Reglamento de Organización y Funciones y Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección de Red de Salud de Barranca-Cajatambo (a fojas 33), el Informe N° 117-2008-OGPP/MINSA conteniendo la opinión técnica favorable a los proyectos de Reglamento de Organización y Funciones y Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección de Red de Salud de Huaral (a fojas 32), el Informe N* 118-2008-OGPP/MINSA conteniendo la opinión técnica favorable a los proyectos de Reglamento de Organización y Funciones y Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección de Red de Salud de Chilca-Mala (a fojas 36), el Informe N° 119-2008-OGPP/MINSA conteniendo la opinión técnica favorable a los proyectos de Reglamento de Organización y Funciones y Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección de Red de Salud de Cañete-Yauyos (a fojas 38), el Informe N° 120-2008-OGPP/MINSA conteniendo la opinión técnica favorable a los proyectos de Reglamento de Organización y Funciones y Cuadro para Asignación de Personal del Hospital Rezola (a fojas 63), el Informe N* 121-2008-OGPP/MINSA conteniendo la opinión técnica favorable a los proyectos de Reglamento de Organización y S Funciones y Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección de Red de

Corera Ay Salud de Huarochiri-Canta (a fojas 22), el Informe N° 122-2008-OGPP/MINSA DELEGADA E/ conteniendo la opinión técnica favorable a los proyectos de Reglamento de / Organización y Funciones y Cuadro para Asignación de Personal del Hospital San Juan de Matucana (a fojas 30), informes estos últimos suscritos por la Lic. Adm. Ana María León Mescua —Directora Ejecutiva de la Oficina de Organización — Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud y de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Lima, asimismo se cuenta con el Informe N° 007-2008-GRL de la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Lima, adjuntando su propuesta del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Salud de Lima y sus entidades;

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El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima en su Sesión Extraordinaria de fecha 17 de marzo de 2008, luego del debate entre los Consejeros concurrentes a la sesión de Consejo y atendiendo a las razones de la publicidad de la norma (Decreto de Supremo N* 008-2008-SA, publicado en el Diario Oficial “ proceso de transferencia se encuentran impagos los jubilados del sector Salud y estando asimismo próxima la ejecución del cronograma de pago del personal activo del sector Salud, se solicito la exoneración del tramité a la presente Ordenanza Regional, la misma que fue aprobada con el voto unánime de los Consejeros Regionales y luego de un amplio debate sobre la propuesta de

Ay. 28 de Julio N° 468 - HUACHO - Telf.: 232 2762 - 232 3645 Fax: 232 5270 presidencia@regionlima.gob.pe

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Locales, de las funciones sectoriales incluidas en los Planes. :anuales de Transferencia” que establece los procedimientos para la transferencia de funciones sectoriales en el marco de la Ley 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales;

Que, por Resolución de secretaria de Descentralización N° 037-2007-PCM/SD, se certifica que el Gobierno regional de Lima, ha cumplido requisitos específicos mínimos para la transferencia de funciones sectoriales en materia de salud;

Que, mediante el Decreto Súpremo N° 008-2008-SA Autorizan la transferencia de partidas del Ministerio de Salud al Gobierno Regional del departamento de Lima. Transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año fiscal 2008, hasta por la suma de CIENTO TREINTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y

NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES. (S/. 138 759 689 00);

Que, el Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Dirección Regional de Salud — Lima, se encuentra concordante con el Decreto Supremo 043-2006-PCM, Ley que Aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de las Entidades de la Función Pública. Los mismos que cumplen. con las

Que, Informe N° 344-2008-GRL/SGRAJ del Sub Gerente de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Lima, el Oficio N° 149- 2008- GRL/GRPPAT , opina que es procedente aprobar los Reglamentos

ride las red de Salud de Barranca- Cajatambo, Huaura-Oyon, Huaural, Cañeteyauyos, Chilca- Mala y Huarochiri- Canta., asi como los Cuadro de Asignación de Personal de la Dirección Regional de Salud Lima, Red de salud BarrancaCajatambo, Huaura-Oyón, Huaraz, Chancay, Cañete-yauyos, Chilca Mala y

Huarochiri Canta,y de los Hospitales Rezola de Cañete, Chancay, Huaral Huacho y Barranca;

Que, con el documento denominado Ayuda Memoria a folios 02 (dos), el Análisis de Situación de la Disa SII Lima, el Oficio N° 016- 2008-GRL/GGR remitido por la Gerente General del Gobierno Regional de Lima, con el Oficio N° 0865-2008-OGPP-OO/MINSA, remitido por el Director General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, adjuntando la propuesta de Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Salud de Lima, el Oficio N* 0859-2008-OGPP-OO/MINSA remitido por el Director General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud,

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Ordenanza y con el voto unánime de los Consejeros concurrentes a la sesión extraordinaria de Consejo, se aprobó lo siguiente;

Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 9°, 10°, 11°, 15% y 38% de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales N° 27867 y modificada en parte por la Ley N° 27902 y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima, el Consejo Regional ha dado la siguiente Ordenanza Regional:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR los Reglamentos de Organización y Funciones (ROF) de las siguientes entidades de la Dirección Regional de Salud que se detallan a continuación:

Dirección Regional de Salud de Lima. Red de Salud de Barranca Cajatambo. Red de Salud de Huaura Oyón.

Red de Salud de Huaral.

Red de Salud de Cañete Yauyos.

Red de Salud de Chilca Mala y

Red de Salud de Huarochiri Canta.

NOARON> y

Los mismos que se anexan y forman parte de la presente Ordenanza Regional, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la misma.

ARTICULO SEGUNDO: APROBAR los Cuadros de Asignación de Persona! (CAP) siguientes:

  1. Cuadros para la asignación de personal (CAP) de la Dirección Regional de Salud Lima, los mismos que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza Regional.

  2. Cuadros para la asignación de personal (CAP) de la Red de Salud de Barranca Cajatambo, los mismos que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza Regional.

  3. Cuadros para la asignación de personal (CAP) de la Red de Salud Huaura Oyon, los mismos que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza Regional.

  4. Cuadros para la asignación de persona! (CAP) de la Red de Salud

Huaral, los mismos que se anexa y forma parte. de la presente Ordenanza Regional.

  1. Cuadros para la asignación de personal (CAP) de la Red de Salud

Chancay, los mismos que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza Regional.

Av. 28 de Julio N* 468 - HUACHO - Telf.: 232 2762 - 232 3645 Fax: 232 5270 presidencia@regionlima.gob.pe

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  1. Cuadros para la asignación de personal (CAP) de la Red de Salud Cañete Yauyos, los mismos que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza Regional a folios.

  2. Cuadros para la asignación de personal (CAP) de la Red de salud de Chilca Mala, los mismos que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza Regional.

  3. Cuadros para la asignación de personal (CAP) de la Red de Salud Huarochiri, los mismos que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza Regional.

  4. Cuadros para la asignación de persona! (CAP) del Hospital Rezola de Cañete, los mismos que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza Regional.

10.Cuadros para la asignación de personal (CAP) del Hospital de Chancay, los mismos que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza Regional. ry

11.Cuadros para la asignación de personal (CAP) del Hospital de Huaral,

los mismos que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza Regional.

12.Cuadros para la asignación de personal (CAP) del Hospital de Huacho, los mismos que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza Regional.

13.Cuadros para la asignación de personal (CAP) del Hospital de Barranca,

los mismos que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza Regional.

ARTICULO TERCERO: ENCARGAR a la Presidencia Regional para que en un plazo de 60 (sesenta) días, mediante mesas de trabajo provincia por provincia con participación de los Consejeros Regionales, evalúe la Organización de las Entidades anteriormente señaladas y proponga una Organización acorde con la realidad social del ámbito regional, que contribuya a mejorar los servicios de Salud y de conformidad con los normatividad vigente, proponiendo al Consejo Regional para su aprobación los Documentos de Gestión que resulten necesarios para su implementación. Los Consejeros Regionales, participaran en las Mesas de Trabajo de acuerdo a las funciones que le confiere la Ley de todo el proceso de la propuesta de nueva organización en la Dirección Regional de Salud de Lima.

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a Presente es copia del cocumento original ue se encuentra en el archivo respectivo

Gobierno Regional de Lima ; Bs LO PE RAIEMBR ALFARO

ARTICULO CUARTO: La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al dia siguiente de su publicación el diario oficial “El Peruano”, disponiéndose su publicación asimismo en un Diario de Circulación Regional y en el portal del Gobierno Regional de Lima (www.regionlima.gob.pe).

En Huacho, a los diecisiete dias del mes de marzo del dos mil ocho.

POR TANTO:

Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Lima para su promulgación. .

GOBIERNO REGIONAL DE Liki.

Mando se comunique, publique y cumpla.

Dado en la ciudad de Huacho, Sede Central del Gobierno Regional de Lima, a los dieciocho dias el mes de marzo del dos mil ocho.

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionlima/normas-legales/3367073-002-2008-cr-grl PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/3533380/1422.pdf.pdf