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001-2024-CR-GRL Regional Ordinance Lima (Región) In force

Ordenanza Regional N.° 001-2024-CR/GRL

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Gobierno Regional de Lima

qo6iemo 9iona{ de Lima Ordenanza giona[:N° 001-2024-C(] VISTO: El OFICIO tl'053·2024-GRUGOB, suscrito por la Abg. Rosa Gloria Vásquez Cuadrado Gobernadora Regional de Lima, mediante el cual solicita la aprobación de la propuesta de Ordenanza Regional que aprueba: "LA ESTRATEGIA PARA EL CIERRE DE BRECHAS DE ACCESO Y SOSTEN/SIL/DAD DE LOS RVICIOS DE SANEAMIENTO DE LA REGIÓN LIMA 2024 • 2026". CONSIDERANDO: Que, el articulo 191 º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680 - "Ley de Reform Constitucional del Capítulo XIV del Título IV", establece que "Los Gobiernos Regionales tienen ._. auto mía política y administrativa en los asuntos de su competencia ( ... ) La estructura orgánica básica de estos

l\i iemos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador(... )";

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¡,......:..::¡s..;¡L t I Que,

el artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los ierno Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un pliego presupuesta!;

Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modificada por la Ley Nº íl29053, establece que el Consejo Regional: "Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le ~~sponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean Q,~ sE adas; UJ o iii o :io rn E ºAl ¿ ue, el artículo 15° de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sostiene que es su f ución aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamento los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional, y el literal a) de su artículo 37°, indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos de Consejo Regional. Las Ordenanzas Regionales tienen rango de ley acorde al inciso 4) del artículo 200º de nuestra Constitución Política; y conforme al artículo 38º de la Ley Nº 27687, normas asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el articulo 38° de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; y, el literal a) del artículo 15º de la misma norma, dispone que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Resolución Ministerial N°399-2021-VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprueba el Plan Nacional de Saneamiento 2022 - 2026 (PNS 2022 - 2026); 1 de3 Boulevard Sáenz Peña Nº 155 - Huacho Teléfono: 239 1323

..

Gobierno Regional de Lima

Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº097 ·2023-GOB, de fecha 17 de febrero de 2023, el Gobierno Regional de Lima, aprobó su Plan Regional de Saneamiento - PRS 2022 - 2026, con el objetivo de contribuir al acceso universal, sostenible y de calidad de los Servicios de Saneamiento en la Región Lima mediante lineamientos sectoriales que permitan el cierre de brechas; Que, mediante Oficio Múltiple Nº014·2023·GRL·GRDS·DRVCS, de fecha 17 de marzo de 2023, el Director Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, convoca a la Dirección Regional de Salud DIRESA, Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS, Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, EPS, AGUAS DE LIMA NORTE, EMAPA HUARAL, SEMAPA BARRANCA, EMAPA CAÑETE, WALTER FOR PEOPLE Y CAC LIMA - MVCS, al primer taller para diseñar la "Estrategia Regional para la Cobertura Universal, Calidad y Sostenibilidad de los Servicios de llo,v n amiento en la Región Lima"; (ft

ctor Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento remite a la Gerencia Regional de Desarrollo Social,
--a propuesta de "ESTRATEGIA PARA EL CIERRE DE BRECHAS DE ACCESO Y SOSTENIBILIDAD DE LOS
SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE LA REGIÓN LIMA 2024 - 2026", concluyendo que, "conforme a lo
dispuesto en el numeral 2 del Plan Regional de Saneamiento 2022 - 2026, esta Dirección solicita la aprobación
de la "Estrategia para el cierre de brechas de acceso y sostenibilidad de los servicios de saneamiento de la
región Lima 2024- 2026 (. .. )". Asimismo, señala que la estrategia regional 2024-2026, es una herramienta que
establece la ruta operativa de implementación del Plan Regional de Saneamiento, para alcanzar el objetivo de
contribuir con el acceso universal, sostenible y de calidad, de los servicios de saneamiento de la región Uma,
mediante lineamientos sectoriales que permitan el cierre de brechas, que tendrá un seguimiento para su
mplimiento por parte de su representada";

'º""

~ Que, mediante Informe Nº002·2024-YFYV, de fecha 15 de enero de 2024, suscrito por el Profesional
o-n~:.....:;c...-A,-;;;Jiorde la Gerencia Regional de Desarrollo Social, en donde concluye que la Estrategia Regional 2024 - 2026,
s una herramienta que establece la ruta operativa de implementación del Plan Regional de Saneamiento del
Gobierno Regional de Lima 2022 - 2026, solicitando aprobación e implementación del Plan Regional de
Saneamiento del Gobierno Regional de Lima 2022 - 2026;
Que, medianrte Memorando Nº129-2023-GRUGRDS, de fecha 17 de enero de 2024, la Gerencia Regional
de Desarrollo Social remite a la Sub Gerencia Regional de Asesoría Jurídica el expediente referido a: "Estrategia
para el cierre de brechas de acceso y sostenibilidad de los servicios de saneamiento de la región Lima 2024 2026", para su opinión legal y de corresponder continuar con el trámite correspondiente para su aprobación
mediante Ordenanza Regional;
Que, mediante Informe Legal Nº105-2024-GRL-SGRAJ, de fecha 19 de enero de 2024, la Sub Gerencia
Regional de Asesoría Jurídica declara la fundabilidad de la propuesta: "Estrategia para el cierre de brechas de
acceso, calidad y sostenibilidad de los servicios de saneamiento de la región Lima 2024 - 2026", planteada por
la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento;
En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de Lima, realizada el dia 30 de enero de 2024; desde la
Sala de Sesiones "José Luis Romero Agui/ar y Víctor Fernando Terrones Mayta, in memoriam" del Consejo
Regional de Lima, en la ciudad de Huacho, con los consejeros regionales presentes y consejeros regionales
2de3
Boulevard Sáenz Pefta Nº 155 - Huacho
Teléfono: 239 1323

Gobierno Regional de Lima

conectados vía el software de video llamadas y reuniones virtuales Microsoft Teams, se dio cuenta del pedido
del visto; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Lima, y; con el voto por UNANIMIDAD de los
consejeros regionales participantes de la sesión extraordinaria del consejo regional, y;
En uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley Nº27680,
Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº27867 y sus modificatorias Leyes Nº 28968, Nº 29053 y Nº31433;
HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL:

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"ESTRATEGIA PARA EL CIERRE DE BRECHAS DE ACCESO Y SOSTENIBILIDAD DE LOS
SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE LA REGIÓN LIMA 2024 • 2026"

CULO PRIMERO: APROBAR la ESTRATEGIA PARA EL CIERRE DE BRECHAS DE ACCESO Y
TENIBILIDAD DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE LA REGIÓN LIMA 2024 - 2026, cuyo texto
adj nto forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR el cumplimiento e implementación de lo dispuesto en la presente
Ordenanza Regional al Gobernador Regional, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Dirección Regional de
Vivienda, Construcción y Saneamiento, y demás unidades orgánicas del Gobierno Regional de Lima.
ARTÍCULO TERCERO: DÉJESE sin efecto toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza
Regional.
ARTÍCULO CUARTO: DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura, pase a comisiones
y aprobación de acta.
ARTÍCULO QUINTO: PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial UEI Peruano" y en la
página web del Estado Peruano (wwwgob.pelreqionlim?¡, para conocimiento y fines.
En Huacho, a los treinta días del mes de enero del año dos mil veinticuatro.
POR TANTO:
Comuníquese a la Señora Gobernadora del Gobierno Regional de Lima para su promulgación.

Mando se comunique, publique y cumpla.
Dado en la ciu.dad~e Huacho, sede central del GobiernA"Regio'.tl de Lima, a los
días del mes de .. ~~.t;X;r.~... del año .S'~~J ... 'mÜ ... úg\Y\ . ..\ . .. ":!:'

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3de3
Boulevard Sáenz Peña Nº 155 - Huacho
Teléfono: 2391323

vJ.):1~~

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Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionlima/normas-legales/5624298-001-2024-cr-grl
PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/6424664/5624298-ordenanza-regional-n-001-2024-cr-grl.pdf