Skip to content
L Legalize.pe
00017-2003-GR-LAMB-CR Regional Ordinance Lambayeque In force

Ordenanza Regional N.° 00017-2003-GR.LAMB/CR

3 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

GOBIERNO REGIONAL DE

a

LAMBAYEQUE

“UNA REGION CON ALMA”

“AÑO DE LOS DERECHOS DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD Y DEL CENTENARIO DEL NACIMIENTO DE JORGE BASADRE GROHMANN”

ORDENANZA REGIONAL N° 017-2003-GR.LAMB./CR.

Chiclayo, 25 de agosto de 2003.

El Presidente del Gobierno Regional de Lambayeque;

POR CUANTO:

El Consejo Regional de Lambayeque en su Sesión Ordinaria de fecha 18 de agosto de 2003, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 27 de noviembre de 1874, el Congreso de la República Peruana aprobó la ley cuyo Artículo Unico, creó un nuevo departamento bajo la denominación de Lambayeque, compuesto por las provincias de Chiclayo y Lombayeque, señalándose como su capital la ciudad de Chiclayo;

Que, con fecha 01 de Diciembre del año antes referido, en la ciudad de Lima, la Casa de Gobierno dispone la impresión y publicación de la indicada Ley para que circule y se le de el debido cumplimiento;

Que, con la promulgación de la ley antes citada la colectividad lambayecana quedó agrupada como una unidad políticamente organizada, reconocida por el Gobierno Central e integrada en un territorio geográficamente, forjándose con este antecedente histórico la identidad que en la actualidad significamos como “lambayecanidad”:

Que, conforme a lo dispuesto por el Artículo 190° de la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralización; el proceso de regionalización se inicia eligiendo gobiernos en los actuales departamentos y la Provincia Constitucional del Callao, definiendo a estos gobiernos como gobiernos regionales; lo cual es concordante con lo preceptuado por el Artículo 30°, numeral 30.1, de lu Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización;

Que, conforme al Artículo 3° de la Ley N° 27867, “Ley Orgónica de Gobiemos Regionales”, los gobiernos regionales tienen jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme o ley; constituyendo ésta, para el caso de la Región Lambayeque, el mismo Departamento de Lambayeque incluyendo sus tres provincias: Chiclayo, Lambayeque y Ferreñafe;

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE

"UNA REGION GON ALMA”

ORDENANZA REGIONAL N° 017-2003-GR.LAMB. /CR

Que, mediante Acuerdo Regional N° 039-2003-GR.LAMB./PR de 09.JUN.2003, se ha conformado una Comisión con lo finalidad de seleccionar a través de un concurso público la letra y música del futuro himno de la Región Lambayeque, así como también del diseño de la bandera como símbolos emblemáticos de nuestros valores regionales, encargo al que se sumó, por acuerdo regional aprobado por el Consejo Regional en su Sesión Ordinaria de 18 de agosto del presente, el diseño del escudo regional;

Que, asimismo, es politica del Gobiemo Regional de Lambayeque, propiciar la afirmación y significado colectivo de identidad regional mediante la creación de la letra y música del futuro himno de la Región Lambayeque, así como también del diseño de la bandera como símbolos emblemáticos de nuestros valores regionales;

Que, para contribuir a la construcción de una mayor conciencia regional, se hace necesario instituir una fecha en la que se conmemore lo creación de la Región Lambayeque, fecha en la que los hijos de esta tierra puedan dar realce a los raíces y sentimientos inherentes a la lambayecanidad, reconociendo en el himno y la bandera regionales, valores representativos que manifiesten la afirmación y significado colectivo propios a la Región Lambayeque;

Que, para resaltar el acontecimiento de instituir una fecha en la que se conmemore la creación de la Región Lambayeque, los artistas plásticos, poetas y músicos integrantes de la Comisión Pro — Himno y Bandera de la Región Lambayeque, sugieren hacer coincidir el estreno del Himno y Bandera señalados con la celebración del día de la Región Lambayeque, a fin de tener en cuenta el antecedente histórico de la creación del Departamento de Lambayeque;

Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional Lambayeque ha emitido la siguiente;

ORDENANZA REGIONAL:

ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR el día primero de Diciembre de cada año como Día de la Región Lambayeque, oficializándose su institución ante la Dirección Regional de Turismo, Comercio y Artesanía para que su celebración se tenga en cuenta en el Calendario de Festividades Regionales.

ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER que el estreno del Himno, Bandera y Escudo de la Región Lambayeque, se lleve a cabo en acto público el día primero de Diciembre de 2003.

POR TANTO:

MANDO SE PUBLIQUE, REGISTRE Y CUMPLA.


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionlambayeque/normas-legales/6472491-00017-2003-gr-lamb-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7634021/6472491-dia-de-la-region-lambayeque.pdf