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000025-2025-GR-LAMB-CR Regional Agreement Lambayeque In force

Acuerdo de Consejo Regional N.° 000025-2025-GR.LAMB/CR

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GOBIERNO REGIONAL LAMBAYEQUE SEDE CENTRAL CONSEJO REGIONAL

Firmado digitalmente por ESPINOZA SOTO GUSTAVO DACIO FIR 07891732 hard Unidad: CONSEJO REGIONAL Cargo: PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL Fecha y hora de proceso:30/01/2025 - 11:03:18

Id seguridad: 19038853

Año de la recuperación y consolidación de la economía Peruana

ACUERDO REGIONAL N° 000025-2025-GR.LAMB/CR [515586135 - 9]

Chiclayo 30 enero 2025

POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Lambayeque en Sesión Ordinaria de fecha 22 de enero de 2025, con la votación que se consigna en la parte considerativa del presente acuerdo regional, y conforme a lo previsto en la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, y sus modificatorias, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Lambayeque, y demás normas complementarias, acuerda lo siguiente: CONSIDERANDO: La Constitución Política del Perú, modificada por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y Ley Nº 28607, en su artículo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia; haciendo hincapié que “La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador (...)”. Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región, conforme lo expresan los artículos 2º, 4º y 5º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas y sus disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad, y simplificación administrativa; Conforme a lo señalado en el artículo 1º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, en adelante la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, mediante dicha norma se establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales. Asimismo, define la organización democrática, descentralizada y del Gobierno Regional, conforme a lo previsto en los artículos 189º al 192º de la Constitución Política del Perú y a los artículos 7º al 12º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Por su parte el artículo 13º de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 modificado por la Ley N° 29053, prescribe que el Consejo Regional: “Es el Órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establece en la presente ley y aquellas que le sean delegadas”. El artículo 37º inciso a) y 39º de Ley Orgánica de Gobiernos Regionales concordante con lo previsto en el artículo 46º del Reglamento Interno de Consejo Regional aprobado con Ordenanza Regional N° 008-2016-GR.LAMB/CR dispone que: “Los Acuerdos Regionales expresan decisiones de carácter interno del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”. Por su parte el numeral 73.3 del artículo 73° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que cada entidad es competente para realizar tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos. En este contexto, mediante Informe Técnico N° 00003-2024-GR.LAMB/OFCOM [515586135-0], de fecha 12 de noviembre del 2024, la Oficina de Comunicaciones solicita la oficialización del logotipo institucional, teniendo en cuenta el Informe de Orientación de Oficio N° 092-2024-OCI/5343-SOO, donde el Órgano de Control Institucional detecta como situación adversa que la entidad, Gobierno Regional Lambayeque viene utilizando logo y frases que no han sido aprobados por el Consejo Regional; asimismo, no cuenta con directiva y/o lineamientos internos, que regulen criterios, características y estandarización del uso y promoción de la publicidad externa, frases y logos institucionales, situación que pondría en riesgo la correcta identificación de la entidad como institución pública regional dentro del marco legal.

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GOBIERNO REGIONAL LAMBAYEQUE SEDE CENTRAL CONSEJO REGIONAL

ACUERDO REGIONAL N° 000025-2025-GR.LAMB/CR [515586135 - 9] Mediante Informe Legal N° 000873-2024-GR.LAMB/ORAJ [515586135-1], de fecha 12 de diciembre del 2024, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica ha opinado porque se declare procedente la solicitud de Oficialización del logo institucional mediante Acuerdo Regional conforme lo ha indicado la Oficina de Comunicaciones del Gobierno Regional Lambayeque. Dentro de ésta perspectiva, en atención a las atribuciones que tiene el Consejo Regional Lambayeque conferidas por la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional, en sesión ordinaria del 22 de enero del 2025 se tuvo deliberar sobre lo solicitado por el Ejecutivo Regional, acordando por MAYORÍA la aprobación de la oficialización del logo institucional del Gobierno Regional Lambayeque. Se deja constancia que los Consejeros Regionales hábiles al momento de la votación fueron 10, precisando que la Consejera Regional Camacho Fernández votó en abstención y el Consejero Regional Orosco Nunton votó en contra. Cabe indicar que el pronunciamiento que realiza el Consejo Regional se centra sólo en la observación que realiza el Órgano de Control Institucional con respecto logo institucional; por lo que en relación a las demás situaciones adversas corresponde ser implementadas por el Ejecutivo Regional de acuerdo a sus competencias. En consecuencia, teniendo en cuenta que el Consejo Regional busca declarar la voluntad de practicar de un determinado acto, es necesario emitir el Acuerdo conforme la votación que se consignó en sesión de Consejo. En ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso a) y k) del artículo 15º, inciso a) del artículo 37º, y artículo 39º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificatorias, así como en los artículos 4º, 9º, inciso d) artículo 12º y 46º del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional N° 008-2016-GR.LAMB/CR, y su modificatoria con Ordenanza Regional N° 001-2019 GR.LAMB/CR, de conformidad con los considerandos expuestos, y en atención a lo aprobado por el Consejo Regional en su sesión de fecha 22 de enero del 2025; SE ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el LOGO INSTITUCIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL LAMBAYEQUE, para uso permanente en la documentación e identificación institucional, conforme al modelo que a continuación se detalla:

ARTÍCULO SEGUNDO: DEJAR SIN EFECTO el Acuerdo Regional N° 093-2003-GR.LAMB/CR, de fecha 23 de diciembre del 2023, y todo acto administrativo contrario a lo dispuesto en el presente Acuerdo Regional. ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR, a la Oficina de Comunicaciones, Gerencia General Regional y a las instancias administrativas del presente acuerdo regional para conocimiento y fines.

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ACUERDO REGIONAL N° 000025-2025-GR.LAMB/CR [515586135 - 9] ARTÍCULO CUARTO: EXONERAR, de la publicación en el Diario Oficial El Peruano del presente Acuerdo Regional. ARTÍCULO QUINTO: PUBLICAR, el presente Acuerdo Regional a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Lambayeque www.regionlambayeque.gob.pe. REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Firmado digitalmente GUSTAVO DACIO ESPINOZA SOTO PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL Fecha y hora de proceso: 30/01/2025 - 11:03:18

Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional Lambayeque, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sisgedo3.regionlambayeque.gob.pe/verifica/

VoBo electrónico de:

  • SECRETARIA DEL CONSEJO REGIONAL JOSE DAVID CUSTODIO CABREJOS SECRETARIO DEL CONSEJO REGIONAL 30-01-2025 / 09:04:49

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