Decreto Regional N.° 000014-2022-GR.LAMB/GR
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GOBIERNO REGIONAL LAMBAYEQUE SEDE CENTRAL GOBERNACIÓN REGIONAL Id seguridad: 5406624
Firmado digitalmente por DIAZ BRAVO LUIS ALBERTO FIR 41395972 hard Unidad: GOBERNACIÓN REGIONAL Cargo: GOBERNADOR REGIONAL DE LAMBAYEQUE Fecha y hora de proceso:17/08/2022 - 16:33:39
Año del fortalecimiento de la Soberanía Nacional
Chiclayo 17 agosto 2022
DECRETO REGIONAL N° 000014-2022-GR.LAMB/GR [3851271 - 13] El Gobernador del Gobierno Regional Lambayeque: VISTO: El Oficio N° 000737-2021-GR.LAMB/ORAD-OFTE [3851271-15] de fecha 11 de agosto de 2021, emitido por la Oficina de Tesorería; el Oficio N° 001986-2021-GR.LAMB/ORPP [3851271-17] de fecha 16 de agosto de 2021, el Oficio N° 003369-2021-GR.LAMB/ORPP [3851271-25] de fecha 21 de diciembre de 2021 y el Oficio N° 001163-2022-GR.LAMB/ORPP [3851271 - 32] de fecha 09 de mayo de 2022 emitidos por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; el Oficio N° 000328-2022-GR.LAMB/ORAD [3851271-28] de fecha 25 de marzo de 2022 emitido por la Oficina Regional de Administración; las Actas de Reunión de trabajo de fecha 07 de abril de 2022, el 11 de mayo de 2022 y 6 de julio del 2022; los Informes Legales N° 000238 -2022-GR.LAMB/ORAJ de fecha 24 de mayo de 2022 y N° 000313 -2022-GR.LAMB/ORAJ de fecha 7 de julio del 2022 emitidos por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 188° de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país. El proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales; Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú señala que los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, en consonancia, con los artículos 188° y 191° de la Constitución Política del Estado, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8° señala que “ la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia. Se sustenta en afianzar en las poblaciones e instituciones, la responsabilidad y el derecho de promover y gestionar el desarrollo de sus circunscripciones, en el marco de la unidad de la nación. La autonomía se sujeta a la Constitución y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas”; Que, la Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales quienes tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, el artículo 40° de la Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales dispone que “ los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano. Los Decretos Regionales son aprobados y suscritos por la Presidencia Regional, con acuerdo del directorio de Gerencias Regionales”; Que, el numeral d) del artículo 21° de la citada normativa estipula que, es atribución del Gobernador Regional dictar Decretos y Resoluciones Regionales; Que, el numeral 1.1 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, dispone que: "(...) Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la
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DECRETO REGIONAL N° 000014-2022-GR.LAMB/GR [3851271 - 13] Constitución, la Ley y al derecho dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que fueron conferidas”; Que, mediante Decreto Regional N° 005-2018-GR.LAMB/PR de fecha 14 de febrero de 2018 se aprobó la Directiva N° 001-2018-GR.LAMB denominada “Normas para el otorgamiento de viáticos y rendición de comisión de servicios en el Gobierno Regional Lambayeque”; Que, posteriormente, a través del Decreto Regional N° 000007-2021-GR.LAMB/GR de fecha 17 de junio de 2021 se aprobó modificar la Directiva N°001-2018-GR.LAMB/GR, denominada "Normas para el Otorgamiento de Viáticos y su Rendición por Comisión de servicios en el Gobierno Regional Lambayeque”, en cuanto al numeral 4 del “Alcance”; Que, mediante el Oficio N° 000737-2021-GR.LAMB/ORAD-OFTE de fecha 11 de agosto de 2021, la Oficina de Tesorería del Gobierno Regional de Lambayeque remitió el proyecto de actualización de la Directiva N° 001-2018-GR.LAMB denominada “Normas para el Otorgamiento de Viáticos y su Rendición de Comisión de Servicios en el Gobierno Regional Lambayeque”, teniendo en consideración los lugares de las comisiones, los servicios que prestan las diferentes oficinas del Gobierno Regional de Lambayeque, la normativa vigente relacionada con el otorgamiento de viáticos y su rendición por comisión de servicio, así como, la disponibilidad presupuestal y financiera; Que, evaluado dicho requerimiento, y a opinión de la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial a través de los Oficios N° 001986-2021-GR.LAMB/ORPP, N° 003369-2021-GR.LAMB/ORPP y N° 001163-2022-GR.LAMB/ORPP, así como a opinión de la Oficina Regional de Administración a través del Oficio N° 000328-2022-GR.LAMB/ORAD se emitió opinión de la procedencia del proyecto de actualización de la Directiva ; Que, mediante Informe Legal N° 000238 -2022-GR.LAMB/ORAJ de fecha 24 de mayo de 2022, se opinó aprobar mediante Decreto Regional, el proyecto de Directiva que actualiza a la Directiva N° 001-2018-GR.LAMB denominada “Normas para el Otorgamiento de Viáticos y su Rendición de Comisión de Servicios en el Gobierno Regional Lambayeque”; Que, en Sesión de Directorio de Gerentes del Gobierno Regional Lambayeque de fecha 22 de junio de 2022 se expuso la problemática centrada en que la mayoría de los conductores de la Entidad al ser repuestos por mandato judicial no se les podría reconocer viáticos, debido a que estos no están incluidos en el alcance 4.0 de la citada Directiva, lo cual genera inconvenientes en las Oficinas de Contabilidad y Tesorería; por lo que sería oportuno evaluar si es posible incorporar a los servidores repuestos por mandato judicial en el numeral 4.1 del alcance 4.0 del proyecto de actualización de la Directiva denominada “Normas para el Otorgamiento de Viáticos y su Rendición de Comisión de Servicios en el Gobierno Regional Lambayeque”. Asimismo, en dicho Directorio se evaluó la posibilidad de reconocer a los conductores asignados a la Alta Dirección (Gobernación Regional, Vice gobernación, Gerencia General Regional) y Consejo Regional, Gerencias Regionales y responsable de Unidades Ejecutoras del Gobierno Regional Lambayeque un monto equitativo y proporcional en caso de no cubrir las horas indicadas en el numeral c) del punto 5.2.3 “COMISIÓN CON RETORNO EL MISMO DÍA”; en mérito a que dichas horas son fuera del horario normal de Lunes a Viernes; Que, mediante Oficio Múltiple N° 000007-2022-GR.LAMB/ORAJ [3851271 - 34] de fecha 05 de julio de 2022, el Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica convocó a los Jefes de la Oficinas de Administración, de Contabilidad, de Tesorería, de Organización y Tecnología de la información, y de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a una reunión de trabajo para el día miércoles 06 de julio a las 10:30 am en la Oficina Regional de Asesoría Jurídica – Sede Central del Gobierno Regional de Lambayeque, a efectos de evaluar posibles modificaciones al proyecto de actualización de la Directiva denominada “Normas para el Otorgamiento de Viáticos y su Rendición de Comisión de Servicios en el Gobierno Regional Lambayeque”, en mérito a las recomendaciones realizadas en la última sesión del Directorio de Gerentes del Gobierno Regional Lambayeque de fecha 22 de junio de 2022;
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DECRETO REGIONAL N° 000014-2022-GR.LAMB/GR [3851271 - 13] Que, con fecha 06 de julio de 2022, se realizó la reunión de trabajo en la Oficina Regional de Asesoría Jurídica de la Sede Central del Gobierno Regional de Lambayeque, en la cual participaron el Jefe de la Oficina Regional de Administración; la Jefa de la Oficina de Contabilidad; la Jefa (e) de la Oficina de Tesorería; el CPC. Jorge Luis Chaname Bernal y el Lic. Héctor Tejada Tongo, servidores de la Oficina de Tesorería; la Lic. Maria E. De F. Aljobin Tejada, servidora de la Oficina de Organización y Tecnología de la información; y el Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica. El propósito de dicha reunión fue revisar nuevamente el proyecto de actualización de la Directiva denominada “Normas para el Otorgamiento de Viáticos y su Rendición de Comisión de Servicios en el Gobierno Regional Lambayeque”, específicamente el numeral 4.1 punto 4.0 “ALCANCE” y el numeral c) del punto 5.2.3 “COMISIÓN CON RETORNO EL MISMO DÍA”, en la que se suscribió Acta de Reunión de Trabajo en la que se llegaron a ciertos acuerdos; Que, mediante Informe Legal N°000313 -2022-GR.LAMB/ORAJ de fecha 7 de julio de 2022, se opinó que la Directiva N° 001-2018-GR.LAMB denominada “Normas para el Otorgamiento de Viáticos y su Rendición de Comisión de Servicios en el Gobierno Regional Lambayeque” ha sido actualizada teniendo en cuenta lo dispuesto en la normativa legal vigente; Estando a lo actuado, con la conformidad de la Secretaría General, las visaciones de las Oficinas Regionales de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Administración y de Asesoría Jurídica, con aprobación del Directorio de Gerentes Regionales, adoptado en sesión de fecha 11 de julio del 2022 así como en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias; SE DECRETA: ARTÍCULO 1°.- APROBAR la Directiva N° 000002-2022-GR.LAMB , denominada "NORMAS PARA EL OTORGAMIENTO DE VIÁTICOS Y SU RENDICIÓN DE COMISIÓN DE SERVICIOS EN EL GOBIERNO REGIONAL LAMBAYEQUE", la misma que está conformada por siete (07) numerales y seis (06) anexos, que en conjunto forma parte del presente Decreto. ARTÍCULO 2°.- DEJAR SIN EFECTO a la Directiva 001-2018-GR.LAMB aprobada con Decreto Regional N° 05-2018-GR.LAMB/PR, así como a toda disposición administrativa que se oponga a lo dispuesto por el presente Decreto. ARTÍCULO 3°.- DISPONER la publicación del presente Decreto Regional en el portal institucional www.regionlambayeque.gob.pe; en cumplimiento de lo dispuesto en el TUO de la Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y, el TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Firmado digitalmente LUIS ALBERTO DIAZ BRAVO GOBERNADOR REGIONAL DE LAMBAYEQUE Fecha y hora de proceso: 17/08/2022 - 16:33:39 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional Lambayeque, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sisgedo3.regionlambayeque.gob.pe/verifica/
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- OFICINA REGIONAL DE ASESORIA JURIDICA LENIN ALEXANDER GUERRERO SAAVEDRA JEFE REGIONAL DE ASESORIA JURIDICA 16-08-2022 / 16:18:54
- OFICINA REG. DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y A.T. HERMES FRANCISCO GUIMOYE CADENAS JEFE REG. DE PLANEAMIENTO, PPTO. Y ACOND. TERRITORIAL 16-08-2022 / 15:46:08
- SECRETARIA GENERAL LORENA ALARCON DIAZ SECRETARIA GENERAL 16-08-2022 / 12:06:52
- OFICINA REGIONAL DE ADMINISTRACION EDWIN CHAPPA AREVALO JEFE REGIONAL DE ADMINISTRACION 16-08-2022 / 16:05:04
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