Skip to content
L Legalize.pe
000013-2022-GR-LAMB-GR Regional Decree Lambayeque In force

Decreto Regional N.° 000013-2022-GR.LAMB/GR

7 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

GOBIERNO REGIONAL LAMBAYEQUE SEDE CENTRAL GOBERNACIÓN REGIONAL Id seguridad: 6377277

Firmado digitalmente por DIAZ BRAVO LUIS ALBERTO FIR 41395972 hard Unidad: GOBERNACIÓN REGIONAL Cargo: GOBERNADOR REGIONAL DE LAMBAYEQUE Fecha y hora de proceso:16/08/2022 - 15:28:47

Año del fortalecimiento de la Soberanía Nacional

Chiclayo 16 agosto 2022

DECRETO REGIONAL N° 000013-2022-GR.LAMB/GR [4083547 - 10] El Gobernador del Gobierno Regional Lambayeque: VISTO: El Decreto Regional N° 000012-2022-GR.LAMB/GR (4083547-3), Informe Técnico N°000040-2022-GR.LAMB/OERH (Reg. 4083547-8), de la Oficina Ejecutiva de Recursos Humanos, el Informe Legal N°000362-2022-GR.LAMB/ORAJ (Reg. 4083547-9) de fecha 10 de agosto de 2022 emitido por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo 1° del Decreto Regional N° 000012-2022-GR.LAMB/GR (4083547-3), de fecha 25 de julio del 2022, se dispone REVOCAR el Decreto Regional Nº 046-2017-GR.LAMB de fecha 4 de octubre de 2017; Que, mediante el INFORME N° 000040-2022-GR.LAMB/OERH (4083547-8), de fecha 01 de agosto de 2022, el Jefe de la Oficina Ejecutiva de Recursos Humanos, manifiesta que la Oficina Ejecutiva de Recursos Humanos dentro de la acciones para el cumplimiento de mandato judicial recaído en los Expedientes Judiciales N° 05311-2010-0-1706-JR-LA-04 y N° 00897-2018-50-1706-JR-LA-03, procedió a emitir el Informe Técnico N° 000033-2022-GR.LAMB/OERH (4083547-0) concluyendo en los siguientes extremos: "(...) 1.- De conformidad con lo resuelto por el Órgano Jurisdiccional, se concluye que al servidor Edinson Jhon Alvarez Villalobos, le corresponde la asignación de plaza/cargo con su respectivo nivel remunerativo, asimismo le corresponde percibir los incentivos laborales. 2.- Teniendo en cuenta los derechos que le asiste al servidor Edinson Jhon Alvarez Villalobos, amparado con lo resuelto en el Expediente Judicial Nº 05311-2010-0-1706-JR-LA-04 y el Expediente Judicial Nº 00897-2018-50-1706-JR-LA-03 ambos con calidad de cosa juzgada, resulta procedente REVOCAR el Decreto Regional Nº 046-2017-GR.LAMB/PPR, donde se le había otorgado al servidor en mención la ubicación y condición laboral PERMANENTE al cargo denominado “Trabajador de Servicios I” con categoría remunerativa SAF, en la Procuradurìa Publica Regional; Decreto Regional que hasta la fecha no ha sido implementado por cuanto aún no se ha aprobado el proyecto de CAP- P de la Sede del Gobierno Regional Lambayeque por parte de SERVIR. 3.- Posterior a la Revocación del mencionado Decreto Regional, la Oficina Ejecutiva de Recursos Humanos gestionará el reordenamiento, de conformidad con el numeral 5 del Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad -CPE”, aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE modificada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE. (...) Habiendo precisado en los párrafos precedentes a través del Informe Técnico N° 000033-2022-GR.LAMB/OERH y el Informe Legal N°000058-2022-GR.LAMB/ORAJ que al servidor Edinson Jhon Alvarez Villalobos le corresponde el cargo/plaza “Trabajador de Servicios I” con categoría remunerativa SAF, resulta procedente RECTIFICAR el error material contenido en el Artículo 2° del Decreto Regional N° 000012-2022-GR.LAMB/GR (4083547-3), en el siguiente extremo: Dice: “Artículo 2°.- Disponer que la Oficina Ejecutiva de Recursos Humanos, de no contar con plaza vacante de Trabajador de Servicios I con categoría remunerativa SAF, gestione el reordenamiento de un cargo/plaza existente en plaza de Abogada I, de conformidad con el numeral 5 del Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad -CPE”, aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE modificada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, en atención al Informe Técnico N° 000098-2021-GR.LAMB/OERH.”

1/3

GOBIERNO REGIONAL LAMBAYEQUE SEDE CENTRAL GOBERNACIÓN REGIONAL

DECRETO REGIONAL N° 000013-2022-GR.LAMB/GR [4083547 - 10] Debe decir: “Artículo 2°.- Disponer que la Oficina Ejecutiva de Recursos Humanos, de no contar con plaza vacante de Trabajador de Servicios I con categoría remunerativa SAF, gestione el reordenamiento de un cargo/plaza existente en plaza de Trabajador de Servicios I, de conformidad con el numeral 5 del Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad -CPE”, aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE modificada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, en atención al Informe Técnico N° 000033-2022-GR.LAMB/OERH.” (...)" Que, asimismo, indicar que el numeral 1) del Informe Técnico N° 000033-2022-GR.LAMB/OERH (4083547-0) señala que actualmente el servidor cuenta con Decreto Regional Nº 046-2017-GR.LAMB/PPR, donde se le ha otorgado la ubicación y condición laboral PERMANENTE al cargo denominado “Trabajador de Servicios I” con categoría remunerativa SAF, en la Procuraduría Publica Regional, y teniendo en cuenta la fecha de expedición del citado Decreto Regional (data del 04 de Octubre del 2017), es decir fue expedido cuando el servidor había culminado su primer proceso judicial. Que, el numeral 212.1 del Artículo 212 del TUO de la Ley N° 27444–Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS prevé: Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. Que, de acuerdo a lo señalado, corresponde emitir el acto administrativo mediante el cual se disponga la enmienda de oficio del Decreto Regional N° 000012-2022-GR.LAMB/GR, de fecha 25 de julio del 2022; en consecuencia, se debe emitir el acto administrativo que corresponde; Que, en uso de las facultades conferidas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; con la formalidad determinada por la Secretaría General, la Oficina Ejecutiva de Recursos Humanos, el visado de las Oficinas Regionales de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y de Asesoría Jurídica, y, con cargo a dar cuenta al Directorio de Gerentes; y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, SE DECRETA: Artículo Primero.- Proceder a rectificar el error material contenido en el Artículo 2° del Decreto Regional N° 000012-2022-GR.LAMB/GR (4083547-3), de fecha 25 de julio del 2022 en el siguiente extremo: Dice: “Artículo 2°.- Disponer que la Oficina Ejecutiva de Recursos Humanos, de no contar con plaza vacante de Trabajador de Servicios I con categoría remunerativa SAF, gestione el reordenamiento de un cargo/plaza existente en plaza de Abogada I, de conformidad con el numeral 5 del Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad -CPE”, aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE modificada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, en atención al Informe Técnico N° 000098-2021-GR.LAMB/OERH.” Debe decir: “Artículo 2°.- Disponer que la Oficina Ejecutiva de Recursos Humanos, de no contar con plaza vacante de Trabajador de Servicios I con categoría remunerativa SAF, gestione el reordenamiento de un cargo/plaza existente en plaza de Trabajador de Servicios I, de conformidad con el numeral 5 del Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad -CPE”, aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE modificada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, en atención al Informe Técnico N°

2/3

GOBIERNO REGIONAL LAMBAYEQUE SEDE CENTRAL GOBERNACIÓN REGIONAL

DECRETO REGIONAL N° 000013-2022-GR.LAMB/GR [4083547 - 10] 000033-2022-GR.LAMB/OERH.” Artículo Segundo.- Dejar subsistente en los demás que contiene el Decreto Regional antes acotado. Artículo Tercero.- Notificar el presente Decreto Regional a la Oficina Ejecutiva de Recursos Humanos y al servidor EDINSON JHON ÁLVAREZ VILLALOBOS; así como, a los demás órganos estructurados que correspondan. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación del presente Decreto Regional a través del Portal Electrónico Institucional: www.regionlambayeque.gob.pe, en cumplimiento de lo dispuesto en el TUO de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y, el TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.

Firmado digitalmente LUIS ALBERTO DIAZ BRAVO GOBERNADOR REGIONAL DE LAMBAYEQUE Fecha y hora de proceso: 16/08/2022 - 15:28:47 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional Lambayeque, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sisgedo3.regionlambayeque.gob.pe/verifica/

VoBo electrónico de:

  • OFICINA REG. DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y A.T. HERMES FRANCISCO GUIMOYE CADENAS JEFE REG. DE PLANEAMIENTO, PPTO. Y ACOND. TERRITORIAL 16-08-2022 / 11:36:05
  • OFICINA REGIONAL DE ASESORIA JURIDICA LENIN ALEXANDER GUERRERO SAAVEDRA JEFE REGIONAL DE ASESORIA JURIDICA 12-08-2022 / 13:59:52
  • SECRETARIA GENERAL LORENA ALARCON DIAZ SECRETARIA GENERAL 12-08-2022 / 10:55:54
  • OFICINA EJECUTIVA DE RECURSOS HUMANOS JUAN MANUEL MECHAN VEGA JEFE OFICINA EJECUTIVA DE RECURSOS HUMANOS 12-08-2022 / 10:58:32

3/3 Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionlambayeque/normas-legales/3818120-000013-2022-gr-lamb-gr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/4014859/DR%20N%C2%B0%20000013-2022-GR.LAMB.GR.pdf.pdf