Decreto Regional N.° 000010-2022-GR.LAMB/GR
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GOBIERNO REGIONAL LAMBAYEQUE SEDE CENTRAL GOBERNACIÓN REGIONAL Id seguridad: 6262705
Firmado digitalmente por DIAZ BRAVO LUIS ALBERTO FIR 41395972 hard Unidad: GOBERNACIÓN REGIONAL Cargo: GOBERNADOR REGIONAL DE LAMBAYEQUE Fecha y hora de proceso:04/07/2022 - 16:35:16
Año del fortalecimiento de la Soberanía Nacional
Chiclayo 4 julio 2022
DECRETO REGIONAL N° 000010-2022-GR.LAMB/GR [4201794 - 8] El Gobernador del Gobierno Regional Lambayeque VISTO:
El Informe Técnico N° 005-2022-GR.LAMB/ORPP-OFOTI [4201794 - 0] de la Oficina de Organización y Tecnologías de la Información; Oficio N° 00299-2022-GR.LAMB/SG [4201794 - 4] de la Secretaría General; Informe N° 000105-2022-GR.LAMB/ORPP-OFOTI [4201794 - 5] de la Oficina de Organización y Tecnologías de la Información; Oficio N° 001462-2022-GR.LAMB/ORPP [4201794 - 4] de la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Informe Legal N° 00267-2022-GR.LAMB/ORAJ [4201794 - 7] de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO: Que, el Gobierno Regional Lambayeque aprobó la Directiva N° 09-2016-GR.LAMB/GR, “Normas relacionadas con la Gestión Documentaria Electrónica”, por Decreto Regional N° 025-2016-GR.LAMB/GR, del 13 de junio de 2016, a fin de regular las fases de recepción, registro, clasificación, derivación, atención y archivamiento del procedimiento simplificado sobre la “Gestión Documentaria” utilizando el sistema informático reconocido como SISGEDO y con alcance a todas las dependencias que conforman la entidad regional; Que, el Decreto Legislativo N° 1310, del 30 de diciembre de 2016, aprueba “Medidas Adicionales de Simplificación Administrativa”, y en su Artículo 8° establece que “Las entidades de la Administración Pública deben interconectar sus sistemas de trámite documentario o equivalentes para el envío automático de documentos electrónicos entre dichas entidades a través de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE administrado por la Presidencia del Consejo de Ministros a través de la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática - ONGEI. Las entidades del Poder Ejecutivo deben adecuar sus sistemas de trámite documentario o equivalentes para el envío automático de documentos electrónicos con otras entidades, así como dentro de sus áreas, órganos y unidades, hasta el 31 de diciembre de 2018”; Que, la Resolución de Secretaría de Gobierno Digital N° 001-2017-PCM/SEGDI, del 9 de agosto de 2017 aprueba el “Modelo de Gestión Documental”, cuyo alcance es “obligatorio a todas las entidades del Poder Ejecutivo, sin perjuicio de aquellas otras entidades del sector público que opten voluntariamente por implementar el Modelo de Gestión Documental”, asimismo en su Artículo 8° establece que “Las entidades que ya cuenten con un Modelo de Gestión Documental o equivalente implementado quedan exceptuadas de la aplicación de la presente Resolución, siempre que dicho Modelo cuente con una política, objetivos y procesos de gestión documental que les facilite dar trazabilidad, seguridad, interoperabilidad e intercambio de documentos electrónicos técnica y jurídicamente validos con otras entidades y cumplir con el artículo 8° del Decreto Legislativo N° 1310; Que, en el proceso de implementación de los lineamientos que refiere la Resolución de Secretaría de Gobierno Digital N° 001-2017-PCM/SEGDI, el Gobierno Regional Lambayeque mediante Decreto Regional N° 038-2017-GR.LAMB/GR, del 29 de agosto de 2017, aprobó la Directiva N° 011-2017-GR.LAMB/GR, denominada “Normas relacionadas con la Gestión Documentaria Electrónica”, norma regional que además de regular sobre las fases de recepción, registro, clasificación, derivación, atención y archivamiento sobre la “Gestión Documentaria Electrónica” utilizando el sistema informático reconocido como SISGEDO, incluye dos aspectos: el uso de plantillas electrónicas y la firma electrónica; Que, el Decreto Legislativo N° 1412, publicado el 13 de setiembre de 2018, aprueba la Ley de Gobierno Digital, en cuyo Artículo 29° establece que “Las entidades de la Administración Pública titulares de Software Público Peruano, desarrollado mediante la contratación de terceros o por personal de la entidad para soportar sus procesos o servicios, adoptan las medidas necesarias a fin de obtener la titularidad exclusiva sobre los derechos patrimoniales del referido Software Público Peruano. Todas las entidades de
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DECRETO REGIONAL N° 000010-2022-GR.LAMB/GR [4201794 - 8] la Administración Pública deben compartir Software Público Peruano bajo licencias libres o abiertas que permitan (i) usarlo o ejecutarlo, (ii) copiarlo o reproducirlo, (iii) acceder al código fuente, código objeto, documentación técnica y manuales de uso, (iv) modificarlo o transformarlo en forma colaborativa, y (v) distribuirlo, en beneficio del Estado Peruano; Que, el Gobierno Regional Lambayeque se le reconoció como propietario titular de la aplicación informática denominada “Sistema de Gestión Documentario”, en su versión 3.0, como parte del Sistema Integrado de Gestión Administrativa Regional – SIGA Regional, el 20 de Julio de 2018, mediante Partida Registral N° 01023-2018 de INDECOPI; en dicho contexto el Gobierno Regional Lambayeque emitió la Directiva N° 011-2018-GR.LAMB/GR, denominada “Las Comunicaciones Electrónicas y la Gestión Documental en el Gobierno Regional Lambayeque”, aprobada por Decreto Regional N° 033-2018-GR.LAMB/GR, del 16 de julio de 2018; siendo que mediante Decreto Regional N° 042-2018-GR.LAMB/GR, del 15 de agosto de 2018 se autorizó el inició del uso del SISGEDO V.3 en todas las unidades de organización del Gobierno Regional Lambayeque desde el 03 de setiembre de 2018; con lo cual esta Entidad Regional se enmarcó dentro de lo establecido por el Artículo 8° del Decreto Legislativo N° 1310, ya que definió, dentro de un sistema integrado de diversos sistemas administrativos (SIGA Regional), la multiplataforma para el sistema de gestión documental tanto para sus órganos, unidades orgánicas y demás unidades de organización que conforman la Entidad Regional, y sobre todo con las condiciones tecnológicas de adaptarse a cualquier sistema nacional sobre gestión documental; por tanto el Gobierno Regional Lambayeque desde el año 2016 hasta el 2018 ha venido constituyendo un “Modelo de Gestión Documental” soportado en una plataforma tecnológica como es el SISGEDO, el mismo que cumple todas las condiciones que refiere el Artículo 29° del Decreto Legislativo N° 1412; es decir, su elaboración fue por personal de planta del Gobierno Regional Lambayeque utilizando herramientas de software libre, cuenta con la documentación de titularidad exclusiva sobre los derechos patrimoniales del sistema informático, y tiene las condiciones técnico administrativos de ser replicado; Que, el 01 de julio de 2020, por Decreto Regional N° 010-2020-GR.LAMB/GR, se aprueba la Directiva N° 02-2020-GR.LAMB/GR, denominada “Modelo de Gestión Documental en el Gobierno Regional Lambayeque”, mediante la cual se busca gestionar “eficiente y sistemáticamente la recepción, emisión, archivo y distribución de los documentos, uniformizando los procesos de la gestión de los documentos físicos y electrónicos en el Gobierno Regional Lambayeque”; Que, en el proceso de implementación y como parte de la dinámica administrativa aparece la necesidad institucional de perfeccionar la citada norma regional en aspectos como: el cambio de la expresión “Software de Gestión Documental – SGD”, por el de “Sistema de Gestión Documental – SISGEDO”; precisar que varias opciones para que un funcionario o servidor público obtenga un Certificado Digital; precisar que la expresión “órganos y unidades de organización” sea considera como “unidades de organización”; precisar en el marco de la Ley las definiciones de “Documento Reservado” y “Documento Confidencial”; precisar la opción de tramitar un documento vía SISGEDO durante “las 24 horas del día, durante los 365 días del año”; definir el mecanismo sobre la recepción o no de un documento interno; en otros. Que, estando a lo actuado, con las visaciones de las Oficinas Regionales de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Asesoría Jurídica y Secretaría General, con aprobación del Directorio de Gerentes Regionales adoptado en su sesión ordinaria de fecha 22 de junio de 2022; así como el uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y su modificatoria, Ley Nº 27902. SE DECRETA: Artículo Primero.- Actualizar la Directiva N° 02-2020-GR.LAMB/GR, denominada “Modelo de Gestión Documental en el Gobierno Regional Lambayeque”, que refiere el Decreto Regional N° 010-2020-GR.LAMB/GR, conforme al documento unitario constituido por ocho (8) numerales, dos (2) formatos y cinco (5) flujogramas se anexan al presente y forma parte del mismo.
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DECRETO REGIONAL N° 000010-2022-GR.LAMB/GR [4201794 - 8] Artículo Segundo.- Disponer la publicación de este Decreto Regional en el portal institucional www.regionlambayeque.gob.pe en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 29091 en su artículo 5°. REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Firmado digitalmente LUIS ALBERTO DIAZ BRAVO GOBERNADOR REGIONAL DE LAMBAYEQUE Fecha y hora de proceso: 04/07/2022 - 16:35:16 Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional Lambayeque, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sisgedo3.regionlambayeque.gob.pe/verifica/
VoBo electrónico de:
- SECRETARIA GENERAL RICARDO VICENTE SILVA PERALTA SECRETARIO GENERAL 30-06-2022 / 12:16:52
- OFICINA REGIONAL DE ASESORIA JURIDICA LENIN ALEXANDER GUERRERO SAAVEDRA JEFE REGIONAL DE ASESORIA JURIDICA 30-06-2022 / 12:13:09
- OFICINA REG. DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y A.T. HERMES FRANCISCO GUIMOYE CADENAS JEFE REG. DE PLANEAMIENTO, PPTO. Y ACOND. TERRITORIAL 01-07-2022 / 09:34:03
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