Acuerdo Regional N.° 297-2025-GRLL-CR
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Firmado digitalmente por CARRANZA BLAS Tania Lorena FAU 20440374248 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 23.12.2025 08:42:49 -05:00
Trujillo, 23 de Diciembre dedel
Trujillo, 23 de Diciembre
ACUERDO REGIONAL N°
-2025-GRLL-CR
ACUERDO REGIONAL N° 000297-2025-GRLL-CR
DEJAR SIN EFECTO EL ACUERDO REGIONAL N° 176-2025-GRLL-CR, RELATIVO A “APROBAR PLAN DE TRABAJO DE LA ACTIVIDAD DE FISCALIZACIÓN (PTAF) PROPUESTA, DE FORMA INDIVIDUAL, POR LA CONSEJERA REGIONAL REPRESENTANTE DE LA PROVINCIA DE BOLÍVAR, LIC. NANCY ROSARIO PUITIZA GARIZA, PARA EL MES DE JUNIO DEL AÑO 2025, EN CUMPLIMIENTO DE LO ESTABLECIDO EN LA DIRECTIVA N° 010-2024-CG/PREVI, APROBADO MEDIANTE RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 317-2024-CG”. El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Extraordinaria de fecha 19 de diciembre de 2025, VISTO Y DEBATIDO, el Oficio N° 172-2025-GRLL-CR-DCRB de fecha 12 de diciembre de 2025, que contiene el pedido formulado por la Consejera Regional representante de la provincia de Bolívar, Nancy Rosario Puitiza Gariza, mediante el cual propone que se apruebe DEJAR SIN EFECTO EL ACUERDO REGIONAL N° 176-2025-GRLL-CR, RELATIVO A “APROBAR PLAN DE TRABAJO DE LA ACTIVIDAD DE FISCALIZACIÓN (PTAF) PROPUESTA, DE FORMA INDIVIDUAL, POR LA CONSEJERA REGIONAL REPRESENTANTE DE LA PROVINCIA DE BOLÍVAR, LIC. NANCY ROSARIO PUITIZA GARIZA, PARA EL MES DE JUNIO DEL AÑO 2025, EN CUMPLIMIENTO DE LO ESTABLECIDO EN LA DIRECTIVA N° 010-2024-CG/PREVI, APROBADO MEDIANTE RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 317-2024-CG”; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; de acuerdo a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, dispositivo legal concordante con los artículos 8°, 9° y 31° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización y con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que la misión del Gobierno Regional es organizar y conducir la gestión pública regional conforme a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, contribuyendo al desarrollo integral y sostenible de la región; Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867, antes citada, modificado por Ley N° 29053, señala que el CONSEJO REGIONAL: “Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas”, asimismo, el artículo 15°, modificado por Ley N° 31812, de las ATRIBUCIONES DEL CONSEJO REGIONAL, ha dispuesto: “a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (…), k) Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional. (…)”; Que, el literal a) del artículo 37° de la Ley Orgánica establece: “Los gobiernos regionales, a través de sus órganos de gobierno, dictan las normas y disposiciones siguientes: a) El Consejo Regional: Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional. (…)”; en ese marco es COMPETENCIA del Consejo Regional La Libertad, aprobar Acuerdos Regionales, tal como lo establece el artículo 39° de la LOGR y sus modificatorias, precepto normativo que señala: “Los acuerdos del Consejo Regional expresan decisiones sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional, o manifiestan la voluntad de practicar un determinado acto o
Firmado digitalmente por JAICO MONTALVO Karina Lenny FAU 20440374248 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 23.12.2025 08:30:12 -05:00es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, Esta
aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: HYTEFXE
sujetarse a una conducta o norma institucional. (…) Los Acuerdos Regionales serán aprobados por mayoría simple de sus miembros”; Que, el artículo 45° de la Ley antes acotada señala que: (…) Los Gobiernos Regionales definen, norman, dirigen y gestionan sus políticas regionales y ejercen sus funciones generales y específicas en concordancia con las políticas nacionales y sectoriales; Que, mediante Acuerdo Regional N° 176-2025-GRLL-CR de fecha 23 de junio de 2025, el Pleno del Consejo Regional aprobó el Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización (PTAF) para el mes de junio del año 2025, elaborado por la Consejera Regional representante de la provincia de Bolívar, en cumplimiento de lo establecido en la Directiva N° 010-2024-CG/PREVI, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 317-2024-CG; Que, sin embargo, la ejecución del citado PTAF no pudo llevarse a cabo debido a la falta de tiempo material para su implementación y, principalmente, por las condiciones climáticas adversas registradas en la provincia de Bolívar, las cuales impidieron el acceso seguro a las zonas programadas, tornando inviable la realización de las actividades de fiscalización; Que, en atención a los principios de eficacia, eficiencia, razonabilidad y debida gestión de los recursos públicos, mantener vigente un plan cuya ejecución se ha tornado imposible resultaría incompatible con una adecuada administración y programación de actividades del Consejo Regional; Que, en consecuencia, corresponde dejar sin efecto el acuerdo que aprobó dicho PTAF, a fin de permitir la formulación y reprogramación de un nuevo plan conforme a las condiciones actuales y en estricto cumplimiento de la normativa de la Contraloría General de la República; En tal sentido, el Consejo Regional del Gobierno Regional de la Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias; y los artículos 23°, 51° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR; demás normas complementarias, con dispensa de lectura y aprobación de acta, el Pleno del Consejo Regional ACORDÓ POR UNANIMIDAD: ARTÍCULO PRIMERO. – DEJAR SIN EFECTO, el Acuerdo Regional N° 176-2025-GRLL-CR de fecha 23 de junio de 2025, a través del cual se aprobó el Plan de Trabajo de la Actividad de Fiscalización (PTAF) propuesta, de forma individual, por la consejera regional representante de la provincia de Bolívar, Nancy Rosario Puitiza Gariza, para el mes de junio del año 2025, en cumplimiento de lo establecido en la Directiva N° 010-2024-CG/PREVI, aprobado mediante Resolución de Contraloría N° 317-2024-CG”. ARTÍCULO SEGUNDO. – DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. POR TANTO: MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA
Documento firmado digitalmente por TANIA LORENA CARRANZA BLAS PRESIDENTA DEL CONSEJO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD
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