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288-2025-GRLL-CR Regional Agreement La Libertad In force

Acuerdo Regional N.° 288-2025-GRLL-CR

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Firmado digitalmente por CARRANZA BLAS Tania Lorena FAU 20440374248 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 04.12.2025 16:00:41 -05:00

Trujillo, 04 de Diciembre dedel

Trujillo, 04 de Diciembre

ACUERDO REGIONAL N°

-2025-GRLL-CR

ACUERDO REGIONAL N° 000288-2025-GRLL-CR “DECLARA DE NECESIDAD PÚBICA E INTERES REGIONAL EL MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR EN EL INSTITUTO SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO VÍCTOR RAÚL HAYA DE LA TORRE, DISTRITO DE MOCHE - PROVINCIA DE TRUJILLO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD CON CUI N° 2562366” El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Ordinaria de fecha 2 de Diciembre del 2025, VISTO Y DEBATIDO, el pedido formulado mediante Oficio N° 000145-2025GRLL-CR-DCRT3 presentado por la Consejera Regional por la provincia de Trujillo, CPC. Verónica Rebeca Escobal Ordoñez, mediante el cual solicita que el Pleno del Consejo Regional, acuerden “Declarar necesidad púbica e interés regional el mejoramiento del servicio de educación superior en el instituto superior tecnológico público Víctor Raúl Haya de La Torre, distrito de moche - provincia de Trujillo - departamento de La Libertad con CUI N° 2562366”; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 14 de la Constitución Política del Perú de 1993 establece que la educación promueve el conocimiento, el aprendizaje, la ciencia, la técnica, las artes, la educación física y el deporte, preparando para la vida y el trabajo, además de fomentar la solidaridad; disponiendo asimismo que es deber del Estado promover el desarrollo científico y tecnológico del país; Que, conforme al artículo 16 de la citada Carta Magna, el sistema educativo es descentralizado, correspondiendo al Estado formular lineamientos generales, supervisar su cumplimiento y asegurar que ninguna persona sea impedida de acceder a una educación adecuada por motivos económicos o por limitaciones físicas o mentales; Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8 reconoce la autonomía de los tres niveles de gobierno en la gestión de los asuntos públicos de su competencia, garantizando una administración eficiente y cercana a la población; y en el artículo 4, inciso f), consagra el principio de subsidiariedad, que orienta a que las funciones públicas se ejerzan en el nivel de gobierno más próximo a la ciudadanía para lograr mayor eficacia; Que, la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, regula la creación, gestión, supervisión y aseguramiento de la calidad en los Institutos de Educación Superior, disponiendo en su artículo 1 que la educación tecnológica debe ser pertinente, de calidad y orientada al desarrollo productivo, lo cual exige condiciones básicas tales como infraestructura adecuada, equipamiento especializado, idoneidad docente, pertinencia curricular y gestión institucional eficiente; Que, el artículo 191 de la Constitución y el artículo 2 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establecen que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el artículo 5 de la Ley N° 27867 define como misión del Gobierno Regional conducir la gestión pública regional conforme a sus competencias, orientándola al desarrollo integral y sostenible de la región; y su artículo 15 atribuye al Consejo Regional la facultad de aprobar normas relativas a asuntos de su competencia, precisando el artículo 39 que los Acuerdos del

Firmado digitalmente por MORI BETTETA Carlos Enrique FAU 20440374248 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 04.12.2025 15:33:08 -05:00es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, Esta

aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: TNJACGP

Consejo expresan decisiones sobre asuntos de interés institucional o ciudadano y sobre la actuación del Gobierno Regional; Que, es deber fundamental del Estado garantizar el derecho a la educación, reconocido constitucionalmente y considerado un derecho humano esencial, resultando imperativo asegurar que los jóvenes accedan a formación técnica de calidad que les permita mejorar sus oportunidades laborales, su bienestar y su contribución al desarrollo productivo de la región; Que, la Educación Superior Tecnológica constituye un componente estratégico para el desarrollo económico regional, al formar profesionales técnicos que responden a las demandas de los sectores productivos, convirtiendo a los Institutos Superiores Tecnológicos en espacios fundamentales de innovación, transferencia tecnológica y fortalecimiento de la competitividad regional; Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2017-MINEDU, Reglamento de la Ley N° 30512, se establecen las obligaciones de los Institutos de Educación Superior en materia de aseguramiento de la calidad, infraestructura, equipamiento, funcionamiento académico y administrativo, siendo responsabilidad del Estado garantizar que estas instituciones cumplan condiciones básicas que aseguren un adecuado servicio educativo; Que, en este contexto, el Instituto Superior Tecnológico Público Víctor Raúl Haya de la Torre, ubicado en el distrito de Moche, provincia de Trujillo, constituye una institución emblemática y estratégica para la formación técnica de la juventud trujillana; sin embargo, las crecientes demandas educativas, los requisitos del proceso de licenciamiento y las deficiencias detectadas en infraestructura y equipamiento hacen necesaria su intervención integral, orientada al mejoramiento de la calidad del servicio educativo; Que, en la Sesión Ordinaria del Consejo Regional de fecha 2 de diciembre de 2025, la Consejera Regional por la Provincia de Trujillo, CPC Verónica Rebeca Escobal Ordoñez, informó que, en ejercicio de su función de fiscalización, realizó una visita in situ el día 26 de noviembre de 2025 a las instalaciones del citado Instituto, constatando el grave deterioro de la infraestructura y las condiciones inadecuadas para el normal desarrollo de las actividades académicas, evidencias que sustentan la urgencia de promover la ejecución del proyecto “Mejoramiento del servicio de educación superior en el Instituto Superior Tecnológico Público Víctor Raúl Haya de la Torre, distrito de Moche – provincia de Trujillo – departamento de La Libertad”, identificado con CUI N° 2562366; En tal sentido, el Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 191 y 192 de la Constitución Política del Perú, por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley N° 27867 y sus modificatorias, así como por los artículos 23 y 64 del Reglamento Interno del Consejo Regional de La Libertad, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR, y demás normas complementarias, con dispensa de lectura y aprobación del acta, el Pleno del Consejo Regional: ACORDÓ POR UNANIMIDAD: ARTÍCULO PRIMERO. – DECLARAR de necesidad pública e interés regional el “Mejoramiento del servicio de educación superior en el Instituto Superior Tecnológico Público Víctor Raúl Haya de la Torre, distrito de Moche – provincia de Trujillo – departamento de La Libertad”, identificado con CUI N° 2562366, por constituir un proyecto prioritario para garantizar condiciones adecuadas de infraestructura, equipamiento y calidad educativa en beneficio de la juventud de la región La Libertad. ARTÍCULO SEGUNDO. – ENCARGAR al Gobierno Regional de La Libertad, a través de la Gerencia Regional de Educación y la Gerencia Regional de Infraestructura, según sus Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: TNJACGP

competencias, adoptar las acciones técnicas, administrativas y presupuestales necesarias para impulsar, viabilizar y priorizar la ejecución del proyecto señalado en el artículo precedente. ARTÍCULO TERCERO. – COMUNICAR al Gobernador Regional y al Gerente General Regional el presente Acuerdo Regional, para conocimiento y cumplimiento. ARTÍCULO CUARTO. – PUBLICAR el presente Acuerdo Regional en el Portal Institucional del Gobierno Regional de La Libertad, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. POR TANTO: MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA

Documento firmado digitalmente por TANIA LORENA CARRANZA BLAS PRESIDENTA DEL CONSEJO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD

Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: TNJACGP


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