Acuerdo Regional N.° 237-2025-GRLL-CR
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Firmado digitalmente por CARRANZA BLAS Tania Lorena FAU 20440374248 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 16.09.2025 15:17:32 -05:00
Trujillo, 16 de Septiembre del 2025 Trujillo, 16 de Septiembre de 2025
ACUERDO REGIONAL 000237-2025-GRLL-CR ACUERDO REGIONAL N° N° -2025-GRLL-CR APRUEBAN CONVOCAR PARA UNA PROXIMA SESIÓN DE CONSEJO REGIONAL A LOS ALCALDES DE LOS GOBIERNOS LOCALES QUE FUERON FAVORECIDOS CON LAS TRANSFERENCIAS FINANCIERAS POR PARTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD, DURANTE LOS AÑOS 2023. 2024 y 2025. El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Ordinaria de fecha 11 de Septiembre de 2025; VISTO Y DEBATIDO, el Oficio N° 051-2025-GRLL-CR-DCRT1, presentado por el Consejero Regional por la Provincia de Trujillo y Presidente de la Comisión Ordinaria de Infraestructura y Construcción, CPC Ever Cadenillas Coronel, que contiene el pedido relativo a convocar para una próxima sesión de Consejo Regional a los Alcaldes de los Gobiernos Locales que fueron favorecidos con las transferencias financieras por parte del Gobierno Regional La Libertad, durante los años 2023. 2024 y 2025”; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39° de la Ley N° 27867, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”; Que, el literales k del Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional fiscalizar la gestión pública del Gobierno Regional; Que, asimismo el Art 4° literal d, del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado por O.R. N° 005-2010-GRLL-CR, establece que la función fiscalizadora comprende la aprobación de acuerdos sobre: El uso y disposición de bienes y recursos públicos; Que, en tal sentido el Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y constituye el máximo órgano deliberativo, el mismo que ejerce las funciones y atribuciones que establece la Ley conforme a la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado por O.R. N° 005-2010-GRLL-CR; Que, mediante Acuerdo Regional N° 005-2023-GRLL-CR, el Pleno del Consejo Regional acordó solicitar al Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad disponga, conforme a la normatividad vigente, que los recursos del gobierno regional destinados a la ejecución de obras, proyectos, programas e implementación de estrategias de desarrollo por parte del ejecutivo regional se realicen bajo el mecanismo de transferencias financieras a favor de los gobiernos locales priorizados, teniendo en consideración los índices de pobreza y pobreza extrema, con el fin de cerrar brechas, en el marco de los objetivos de desarrollo sostenible, de los cuales se rige el Gobierno Regional de La Libertad, y bajo una política responsable de descentralizar el presupuesto en la región La Libertad; Firmado digitalmente por MORI BETTETA Carlos Enrique FAU 20440374248 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 16.09.2025 13:25:34 -05:00es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, Esta
aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: ICUCTYN
Que, el apartado h) del inc. 16.1 del Art. 16 de la Ley N° 31638 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, facultó excepcionalmente a los Gobiernos Regionales las siguientes Transferencias Financieras durante el Año Fiscal 2023: “Las que se realicen para el financiamiento y cofinanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, así como para el desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias financieras se efectúan hasta el tercer trimestre del año 2023, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado”; Que, por su parte la Tercera Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto de Urgencia N° 006-2024 - Decreto de Urgencia que Estableció Medidas Extraordinarias en Materia Económica y Financiera Para la Sostenibilidad Fiscal, el Equilibrio Presupuestario y la Eficiencia del Gasto Público, establece que: “Se modifica el literal h) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 13. Transferencias financieras permitidas durante el Año Fiscal 2024 13.1 Se autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de las siguientes transferencias financieras, conforme se detalla a continuación: (…) h) Las que se realicen para el financiamiento y cofinanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, así como para el desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias financieras se efectúan hasta el 30 de junio de 2024, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado. Que, asimismo el literal h) del numeral 13.1 del Art. 13 de la Ley N° 32185 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, faculta excepcionalmente a los Gobiernos Regionales las siguientes Transferencias Financieras durante el Año Fiscal 2025: “Las que se realicen para el financiamiento y cofinanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, así como para el desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias financieras se efectúan hasta el 30 de setiembre de 2025, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado; Que, en base a las normas presupuestales antes señaladas, el Consejo Regional La Libertad durante los periodos 2023, 2024 y 2025, aprobó diversas trasferencias financiaras a favor de diversos gobiernos locales; Que, a fin de cautelar los recursos transferidos para el año 2023, se estableció en la parte resolutiva de los acuerdos regionales, DESIGNAR al Gerente Regional de Infraestructura, bajo responsabilidad, del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales son entregados los recursos que comprende la presente transferencia financiera; sin perjuicio del seguimiento por parte de los consejeros regionales, a fin de cautelar el cumplimiento de la finalidad de la transferencia autorizada; Que, asimismo, a fin fortalecer y de seguir cautelando los recursos transferidos a los Gobiernos Locales, en el año 2024, se emitió el Acuerdo Regional N° 063-2024-GRLL-CR, donde en su parte Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: ICUCTYN
resolutiva se establecieron disposiciones de obligatorio cumplimiento, en materia de transferencias financieras a favor de los Gobiernos Locales, siendo las siguientes: ➢
Artículo Primero. - DISPONER, que todo pedido de transferencia solicitada por parte de una Municipalidad previa a su aprobación o no, será expuesto y sustentado por el Alcalde, ante el Consejo Regional La Libertad.
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Artículo Segundo. - DISPONER, que los Alcaldes de los gobiernos locales que han recibido transferencias financieras, expongan ante el Pleno del Consejo Regional La Libertad el estado situacional y avance de la ejecución de los proyectos de inversión pública que fueron financiados con recursos del Gobierno Regional La Libertad.
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Artículo Tercero.- DISPONER, que los Alcaldes de los gobiernos locales que han sido recibido transferencias financieras, remitan ante el Consejo Regional La Libertad, un informe trimestral del estado situacional y avance de la ejecución hasta su culminación, de los proyectos de inversión pública que fueron financiados con recursos del Gobierno Regional de La Libertad.
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Artículo Cuarto.- DISPONER, que el ejecutivo regional de La Libertad, establezca en el Convenio de Cooperación Institucional, una cláusula que obligue a los gobiernos locales a rendir cuentas de los recursos transferidos, ante el Consejo Regional La Libertad.
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Artículo Quinto.- ESTABLECER, que el Consejo Regional no aprobará una nueva transferencia financiera a favor de los Gobierno Locales, que no ejecuten los recursos que fueron transferidos por parte del Gobierno regional La Libertad, o no den cumplimiento a las disposiciones antes señaladas.
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Artículo Sexto.-DISPONER, que las Gobiernos Locales que han recibido trasferencias financieras, publicar en el cartel de obra, como en la placa de inauguración, que la inversión es financiada por parte del Gobierno Regional La Libertad
Que, en cumplimiento a lo aprobado por el Consejo Regional en materia de trasferencias, en el año 2023, el Gobierno Regional La Libertad mediante convenios de cooperación interinstitucional, ha transferido recursos ascendentes a la suma de S/. 93, 787, 026.00, para 26 obras, a cargo de 22 municipalidades; Que, por su parte en el año 2024 el Gobierno Regional La Libertad mediante convenios de cooperación interinstitucional, ha transferido recursos ascendentes a la suma de S/. 156, 000, 000.00, para 25 obras, a cargo de 20 municipalidades; Que, asimismo para el año 2025, el Gobierno Regional transfirió S/126 millones a 31 municipalidades para ejecutar 52 nuevas obras públicas; Que, en tal sentido resulta congruente que el Consejo Regional siendo el competente por Ley del Presupuesto Público 2023, 2024 y 2025, autorizar estas transferencias, también realice el seguimiento y fiscalización de estos recursos y futuras transferencias, para el cumplimiento de la finalidad encomendada, en beneficio de los pueblos de la Región La Libertad; Que, a fin transparentar la información y el buen uso de los recursos transferidos a Gobiernos Locales por parte del Gobierno Regional La Libertad, destinados a cerrar las brechas sociales en educación, salud, agricultura e infraestructura, elevando la calidad de vida del pueblo liberteño; y siendo el Consejo Regional el ente fiscalizador de los recursos de Gobierno Regional, resulta necesario que los Alcaldes de Gobiernos Locales de manera obligatoria informen ante el Pleno del Consejo Regional La Libertad, el estado situacional actual de los proyectos de inversión que Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: ICUCTYN
le fueron financiados por parte del Gobierno Regional; así como informen sobre el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Acuerdo Regional N° 063-2024-GRLL-CR; Que, en base a las consideraciones antes expuestas, resulta de vital importancia e interés regional que el Consejo Regional de La Libertad, se pronuncie sobre el presente pedido; Que, en Sesión Ordinaria de fecha 11 de septiembre de 2025, se debatió el pedido contenido en el Oficio N° 051-2025-CR-DCRT1 sustentado por e Consejero Regional por la Provincia de Trujillo y Presidente de la Comisión Ordinaria de Infraestructura y Construcción del Consejo Regional de La Libertad, CPC Ever Cadenillas Coronel, donde luego de su sustentación, se sometió al acto de votación siendo aprobado por Unanimidad, conforme consta acta de sesión de su propósito; En tal sentido, el Consejo Regional del Gobierno Regional de la Libertad en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 121° y 192° de la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias; y los artículos 23° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR; además normas complementarias, con dispensa de lectura y aprobación de acta; el Pleno del Consejo Regional; ACORDÓ POR UNANIMIDAD: ARTÍCULO PRIMERO. - CONVOCAR para una próxima sesión de Consejo de Regional a los Alcaldes de los Gobiernos Locales que fueron favorecidos con las transferencias financieras por parte del Gobierno Regional La Libertad, con el fin de informen lo siguiente: •
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Estado situacional actual de la ejecución de los proyectos de inversión pública, que fueron le financiados vía trasferencia financiera por parte del gobierno regional durante los años 2023, 2024 y 2025. Cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Acuerdo Regional N° 063-2024GRLL-CR, en materia de transferencias financieras a favor de los Gobiernos Locales.
. ARTÍCULO SEGUNDO. - DISPONER que la Mesa Directiva del Consejo Regional, en coordinación con la Comisión Ordinaria de Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, elabore una programación a efectos de que se proceda a comunicar a los Alcaldes Provinciales y Distritales, para su participación en una próxima sesión de Consejo. ARTÍCULO TERCERO. - DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional a través del Portal Electrónico del Gobierno Regional de La Libertad.
POR TANTO: Regístrese, Notifíquese y Cúmplase.
Documento firmado digitalmente por TANIA LORENA CARRANZA BLAS PRESIDENTA DEL CONSEJO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD
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