Acuerdo Regional N.° 217-2025-GRLL-CR
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Trujillo, 04 de Septiembre dedel
Trujillo, 04 de Septiembre
ACUERDO REGIONAL N°
-2025-GRLL-CR
ACUERDO REGIONAL N° 000217-2025-GRLL-CR
“APRUEBAN VENTA POR SUBASTA PUBLICA PRESENCIAL DE 172 (CIENTO SETENTA Y DOS) BIENES MUEBLES PATRIMONIALES EN CALIDAD DE CHATARRA DE PROPIEDAD DE LA GERENCIA REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES LA LIBERTAD Y ASIMISMO AUTORIZAR A LA GERENCIA REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES LA LIBERTAD A REALIZAR LAS ACCIONES ADMINISTRATIVAS PERTINENTES PARA LLEVAR A CABO EL ACTO DE DISPOSICIÓN POR LA CAUSAL DE VENTA POR SUBASTA PUBLICA PRESENCIAL No. 0001-2025-GR-LL-GGR-GRTC DE ACUERDO A LOS PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS EN LA DIRECTIVA NO. 0006-2021-EF/54.01 DENOMINADA “DIRECTIVA PARA LA GESTIÓN DE BIENES MUEBLES PATRIMONIALES EN EL MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE ABASTECIMIENTO”. El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad en Sesión Ordinaria de fecha 02 de setiembre del 2025, VISTO Y DEBATIDO, el Oficio No. 115-2025-CR-COMPLAN, que contiene el Dictamen No. 083-2025-GRLL-CR/COMPLAN, emitido por la Presidenta de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de La Libertad, Lic. Indhira Leyla Espir Calderón, recaído en el Proyecto de Acuerdo Regional, relativo a Aprobar la venta por subasta publica presencial de 172 (ciento setenta y dos) bienes muebles patrimoniales en calidad de chatarra de propiedad de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones La Libertad y asimismo autorizar a la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones La Libertad a realizar las acciones administrativas pertinentes para llevar a cabo el acto de disposición por la causal de venta por subasta publica presencial N.° 0001-2025-GR-LL-GGR-GRTC de acuerdo a los procedimientos establecidos en la Directiva N.° 0006-2021-EF/54.01 “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley No. 27867, los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, los literales a) y d) del Artículo 15° de la Ley No. 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar y modificar o derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional y aprobar los Estados financieros y Presupuestarios; Que, la Ley No. 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias, en el literal i) del artículo 15° establece: “Son atribuciones del Consejo Regional: i. Autorizar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles en la modalidad de donación de propiedad del Gobierno Regional”; Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39° de la Ley No. 27867, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”; Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional NO. 0052010GRLL/CR, en su Artículo 53 prescribe: “Los Dictámenes son los documentos que contienen una exposición documentada, precisa, clara de los estudios que realizan las comisiones sobre las Firmado digitalmente por MORI BETTETA Carlos Enrique FAU 20440374248 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 04.09.2025 15:35:51 -05:00es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, Esta
aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: METDVNO
proposiciones de Ordenanzas Regionales y Acuerdos Regionales que son sometidos a su conocimiento, además de las conclusiones y recomendaciones derivadas de dichos estudios; Que, asimismo el artículo 25 de la norma regional antes señalada prescribe que compete a las comisiones del Consejo Regional, el estudio y dictamen de los proyectos de Ordenanzas Regionales, Acuerdos Regionales y absolución de consultas; Que, mediante Resolución Gerencial Regional No. 175-2021-GR-LL-GGR/GRTC de fecha 01 de marzo del 2021, aprueba la baja de sesenta (60) bienes muebles, por la causal de “Estado de Chatarra”; Que, a través de la Resolución Gerencial Regional No. 002053-2021-GR-LL-GGR/GRTC de fecha 26 de noviembre del 2021, aprueba la baja de noventa y tres (93) bienes muebles, por la causal de “Estado de Chatarra”; Que, por Resolución Gerencial Regional No. 188-2020-GR-LL-GGR/GRTC de fecha 19 de febrero del 2020 aprueba la baja de uno (01) bien mueble, por la causal de “Destrucción Accidental”; Que, mediante Resolución Gerencial Regional No 1123-2019-GR-LL-GGR/GRTC, de fecha 16 de diciembre del 2019 aprueba la baja de once (11) bienes muebles, por la causal de “Estado de Chatarra”; Que, con Resolución Gerencial Regional No. 066-2020-GR-LL-GGR/GRTC, de fecha 21 de enero del 2020 aprueba la baja de dos (02) bienes muebles, por la causal de “Estado de Chatarra”; Que, vía Resolución Gerencial Regional No. 00167-2021-GR-LL-GGR/GRTC de fecha 24 de febrero del 2021 aprueba la baja de cinco (05) bienes muebles, por la causal de “Estado de Chatarra”; Que, a requerimiento del Oficio No. 000025-2025-GRLL-GGR-GRTC-OAD de fecha 24 de enero del 2025 de la Oficina Administrativa de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones La Libertad, con Oficio No. 0000004-2025-GRLL-PECH-SGO-OAV de fecha 10 de febrero del 2025, el Ingeniero Olson Ricardo Avellaneda Vargas Perito – Tasador remite el Informe Pericial, conteniendo la valuación de los 172 (ciento setenta y dos) bienes muebles patrimoniales en condición de chatarra, con un valor base de S/ 20,022.00, precio, que servirá para llevar adelante el Acto de Disposición de Bienes Muebles Patrimoniales por causal de Venta por Subasta Pública Presencial No. 0001-2025-GRLL-GR-GRTC; Que, según Informe Técnico No. 000007-2025-GRLL-GGR-GRTC-ACPTMR de fecha 14 de abril del 2025 el Área de Control Patrimonial, en el Ítem III. DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES MUEBLES PATRIMONIALES indica la distribución de los 172 (ciento setenta y dos) bienes muebles patrimoniales dados de baja por la causal de “Chatarra” y “Destrucción Accidental”, objeto de disposición por la causal de venta por “Subasta pública Presencial”, los cuales se encuentran en 05 (cinco) Lotes que se detallan a continuación y cuya relación pormenorizada se encuentra en los ANEXOS 01, 02, 03, 04 Y 05 respectivamente, adjuntos al presente Informe Técnico y que forman parte del mismo: LOTE N°01.- Constituido por 153 bienes muebles que han sido dados de baja en condición de Chatarra con las resoluciones: RGR No. 175-2021-GR-LL-GGR/GRTC y RGR No. 002053-2021-GRLL-GGR/GRTC. LOTE N°02.- Lo constituye 01 Camioneta Nissan Azul oscuro, Modelo Navara, año 2010, con Placa de Rodaje EGC-001, bien mueble dado de baja por causal de Destrucción Accidental, con la RGR No. 1882020-GR-LL-GGR/GRTC. LOTE N°3.- Lo constituyen 11 bienes muebles (equipos de maquinaria pesada obsoletos en condición de chatarra), dados de baja 09 bienes muebles con la RGR No. 1123-2019- GR-LL-GGR/GRTC y dos (02) bienes muebles de la RGR No. 066- 2020-GR-LL-GGR/GRTC.
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LOTE N°4.- Lo constituyen cinco (05) bienes muebles (Equipos y accesorios topográficos obsoletos en condición de chatarra) con la RGR No. 167-2021-GR-LL-GGR/GRTC. LOTE N°5.- Lo constituyen dos (02) bienes muebles (una compresora y un equipo de engrase para vehículos en condición de chatarra) con la RGR No. 1123-2019- GR-LL-GGR/GRTC. Que, asimismo, el referido Informe Técnico también indica que todos los bienes muebles patrimoniales dados de baja se encuentran en condición de chatarra, están ubicados en los diferentes depósitos que tiene la Institución como es Almacén Periférico (Parque Industrial - Distrito de la Esperanza) y en el Depósito Cruce Carrera Industrial (Ovalo La Marina - Distrito de Trujillo); Que, también el citado Informe Técnico en el Ítem IV. ANALISIS Y EVALUACIÓN aduce que en el presente acto de disposición debe tenerse en cuenta la Ley No. 27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales” y modificatorias, específicamente en su artículo 15° establece: “Son atribuciones del Consejo Regional”, Literal i.) Autorizar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles en la modalidad propiedad del Gobierno Regional. Además la Resolución Directoral No. 0015-2021EF/54.01, que aprueba la Directiva No. 0006-2021-EF/54.01, “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento” y su modificatoria, especialmente los Artículos 66°, 67°, 68°, 69°, 70°, 71°, 72°, 73°, 74°, 75°, 76°, 77°, 78°, y 79°, con los que se implementa las medidas que conduzcan a la ejecución y puesta en marcha sobre el procedimiento de subasta pública que implica la transferencia a título oneroso de la propiedad de un bien mueble patrimonial, mediante la adjudicación de dicho bien al postor que ofrezca la mejor oferta, siempre que éste igual o supere el precio base del lote puesto a venta; Que, además, el referido Informe Técnico del Área de Control Patrimonial detalla el ANEXO y LOTE con respecto a las Resoluciones Gerenciales Regionales con las que se dieron de baja a los 172 (ciento setenta y dos) bienes muebles patrimoniales en condición de chatarra, para ejecutarse el acto de disposición por la causal de compra venta por subasta pública presencial como es:
- Con Resolución Gerencial Regional No. 175-2021-GR-LL-GGR/GRTC de fecha 01 de marzo del 2021, aprueba la baja de sesenta (60) bienes muebles, que figuran en el Registro Patrimonial y Contable del Pliego 451 del Gobierno Regional La Libertad - Unidad Ejecutora 200 – Transportes La Libertad, por causal de estado de Chatarra, cuyas características y detalles obran en el ANEXO No. 001 - LOTE
Con Resolución Gerencial Regional No. 002053-2021-GR-LL-GGR/GRTC de fecha 26 de noviembre del 2021, aprueba la baja de noventa y tres (93) bienes muebles, que figuran en el Registro Patrimonial y Contable del Pliego 451 del Gobierno Regional La Libertad - Unidad Ejecutora 200 – Transportes La Libertad, por causal de estado de Chatarra, cuyas características y detalles obran en el ANEXO No. 001- Lote 01.
Con Resolución Gerencial Regional No. 188-2020-GR-LL-GGR/GRTC de fecha 19 de febrero del 2020, aprueba la baja de uno (01) bienes muebles, que figura en el Registro Patrimonial y Contable del Pliego 451 del Gobierno Regional La Libertad - Unidad Ejecutora 200 – Transportes La Libertad, por causal de estado de Destrucción Accidental, cuyas características y detalles obran en el ANEXO No. 002 - LOTE 02.
Con Resolución Gerencial Regional No. 1123-2019-GR-LL-GGR/GRTC de fecha 16 de diciembre del 2019, aprueba la baja de once (11) bienes muebles, que figura en el Registro Patrimonial y Contable del Pliego 451 del Gobierno Regional La Libertad - Unidad Ejecutora 200 – Transportes La Libertad, por causal de estado de Chatarra, cuyas características y detalles obran con nueve (09) bienes muebles en el ANEXO No. 003 LOTE 03 y dos (02) bienes muebles en el ANEXO No. 005 - LOTE 05.
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- Con Resolución Gerencial Regional No. 066-2020-GR-LL-GGR/GRTC de fecha 21 de enero del 2020, aprueba la baja de dos (02) bienes muebles, que figura en el Registro Patrimonial y Contable del Pliego 451 del Gobierno Regional La Libertad – Unidad Ejecutora 200 – Transportes La Libertad, por causal de estado de Chatarra, cuyas características y detalles obran en el ANEXO No. 003 - LOTE 03.
- Con Resolución Gerencial Regional No. 00167-2021-GR-LL-GGR/GRTC de fecha 24 de febrero del 2021, aprueba la baja de cinco (05) bienes muebles, que figura en el Registro Patrimonial y Contable del Pliego 451 del Gobierno Regional La Libertad - Unidad Ejecutora 200 – Transportes La Libertad, por causal de estado de Chatarra, cuyas características y detalles obran en el ANEXO No. 004 - LOTE
Que, el mencionado Informe Técnico también señala que del Oficio No. 000004-2025-GRLL-PECH-SGOOAV, emitido por el Perito Tasador – Ingeniero Olson Ricardo Avellaneda Vargas con CIP No. 24147, indica que realizada la tasación a valor comercial en el mercado de los 172 (ciento setenta y dos), bienes muebles en condición de chatarra de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones de La Libertad, asciende a un importe total de valor residual a S/ 20,022.00, los cuales se encuentran distribuidos de la siguiente manera: LOTE N°01.- Constituido por 153 Bienes Muebles que han sido dados de baja en condición de Chatarra con las Resoluciones Gerenciales Regionales Nos. 175-2021-GR-LL-GGR/GRTC y 002053-2021-GRLLGGR/GRTC. LOTE N°02.- Lo constituye una (01) Camioneta Nissan Azul oscuro, Modelo Navara, año 2010, con Placa de Rodaje EGC-001, bien mueble dado de baja por causal de destrucción accidental, con la R.G.R. N 188-2020-GR-LL-GGR/GRTC. LOTE N°3.- Lo constituyen once (11) Bienes Muebles (equipos de maquinaria pesada obsoletos en condición de chatarra), dados de baja nueve (09) bienes muebles con la RGR No. 1123-2019- GR-LLGGR/GRTC y dos (02) bienes muebles de la RGR No. 066- 2020-GR-LL-GGR/GRTC. LOTE N°4.- Lo constituyen cinco (05) Bienes muebles (Equipos y accesorios topográficos obsoletos en condición de chatarra) con la RGR No. 167-2021-GR-LL-GGR/GRTC. LOTE N°5.- Lo constituyen dos (2) Bienes muebles (una compresora y un equipo de engrase para vehículos en condición de chatarra) con la RGR No. 1123-2019- GR-LL-GGR/GRTC; Que, asimismo señala, que según la Tasación Comercial de los Bienes Muebles dados de Baja en condición de Chatarra considerando los materiales que constituyen los bienes dados de baja en condición de chatarra y de acuerdo al peso de los equipos mecánicos obsoletos y valor residual en el caso de los equipos de topografía, la valuación de cada lote sería el que a continuación se detalla, precisando que conforme a la Inspección Ocular realizada por el perito tasador de los 172 bienes muebles en condición de chatarra se obtuvo el Precio Base de S/ 20,022.00 (Veinte Mil Veintidós con 00/100 Soles), que servirá para llevar a cabo el acto de disposición de compra venta por subasta pública presencial de los 172 bienes muebles patrimoniales, en virtud a lo dispuesto por Directiva No. 0006-2021-EF/54.01 “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento” aprobada con Resolución Directoral No. 015-2021-EF/54.01 modificada por Resolución Directoral No. 0006-2022-EF/54.01: CUADRO NO. 1 VALUACIÓN DE BIENES A VALOR COMERCIAL EN EL MERCADO ITEM
No. LOTE Lote No. 01 Lote No. 02
VALOR COMERCIAL S/ 772.00 1,200.00
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TOTAL PRECIO BASE
Lote No. 03 Lote No. 04 Lote No. 05 DE LOS 05 LOTES
14,450.00 2,600.00 1,000.00 20,022.00
Que, también se señala que de acuerdo al artículo 9 del Decreto Legislativo No. 1439 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, una de las funciones de las áreas involucradas en la Gestión de la Cadena de Abastecimiento Público, es administrar los activos fijos y consolidar la información sobre su estado de conservación y de realizar coordinaciones y acciones de mantenimiento, conservación y seguridad sobre los bienes de uso de las entidades del sector público, y además el artículo 15 del Decreto Supremo No. 217-2019-EF que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo No. 1439 “Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento” establece que el registro constituye una actividad de la Gestión de Adquisiciones que permite la identificación de la obtención de bienes, servicios, y obras, así como el adecuado seguimiento y control de los mismos a fin de asegurar el logro de las metas u objetos estratégicos y operativos de las entidades y de conformidad con la Resolución Directoral No. 0015-2021-EF/54.01 que aprueba la Directiva No. 00062021-EF/54.01 “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el Marco del Sistema Nacional de Abastecimiento” en su inciso h) numeral 4.2 articulo 4 conceptualiza a la Gestión de Bienes Muebles Patrimoniales: Como el conjunto de actos y procedimientos ejecutados para el manejo eficiente de estos y comprende actos de adquisición, administración, y disposición; así como los procedimientos para su asignación en uso, alta, baja, registro, inventario, saneamiento administrativo, mantenimiento, aseguramiento y supervisión, entre otras de gestión interna y así mismo en su inciso i) del acotado numeral y artículo define al Informe Técnico como: Documento elaborado por la OCP, cuando se cuente con la documentación completa, para sustentar la gestión de bienes muebles patrimoniales, conforme al Anexo No. 01. De ser necesario la OCP requiere la opinión del área técnica especializada para sustentar la viabilidad de los actos y procedimientos sobre bienes muebles patrimoniales que por sus características requieran tratamiento especial y según el artículo 61 de la acotada Directiva No. 0006-2012-EF/54.01 son tipos de actos de disposición de bienes muebles patrimoniales: a) Transferencia, b) Donación, c) Subasta Pública y d) Permuta, definiendo en artículo 66 de la tantas veces citada Directiva a la Subasta Pública como: La venta por subasta pública implica la transferencia a título oneroso de la propiedad de un bien patrimonial, mediante la adjudicación de dicho bien al postor que ofrezca la mejor oferta, siempre que ésta iguale o supere el precio base del lote puesto en venta; Que, finalmente, el citado Informe Técnico del Área de Control Patrimonial manifiesta que realizada la valorización por el Perito Tasador Ingeniero - Olson Ricardo Avellaneda Vargas, cuya valuación está a valor comercial del mercado, determinándose que el Precio Base de los cinco (05) lotes, asciende al importe total de S/ 20,022.00 (Veinte Mil Veintidós con 00/100 Soles) de acuerdo a los artículos 67 y 70 de la referida Directiva No. 0006-2021-EF/54.01 y su modificatoria como se detalla precedentemente en el CUADRO NO. 1 - VALUACIÓN DE BIENES A VALOR COMERCIAL EN EL MERCADO, por lo que, estando a los dispositivos legales aplicables al caso en comento y sobre todo que los bienes muebles patrimoniales a someterse a subasta pública en la condición de chatarra y destrucción accidental, evidencian un promedio de 50 años de antigüedad, habiendo sobrepasado su vida útil y económica, ocupando espacio físico que demandan gastos innecesarios de almacenamiento y custodia, la citada Área de Control Patrimonial, sugiere se realice el Acto de Disposición de Bienes Muebles Patrimoniales por causal de Venta por Subasta Pública Presencial No. 0001-2025-GRLL-GRGRTC de conformidad a lo dispuesto en la tantas veces citada Directiva No. 0006-2021-EF/54.01 y su modificatoria, recomendando asimismo derivar el expediente administrativo al Consejo Regional de La Libertad de conformidad con lo dispuesto en el literal j) del Artículo 15 de la Ley No. 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, a fin de que se apruebe el acto de disposición de los 172 bienes muebles patrimoniales por la causal de venta por subasta pública presencial y asimismo se autorice a la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional La Libertada a realizar las acciones administrativas pertinentes para llevar adelante el Acto de Disposición de Venta por Subasta Pública; Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. 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Que, con Decreto Legislativo No. 1439, se aprueba el Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, el cual tiene como objeto desarrollar el Sistema Nacional de Abastecimiento y, como finalidad, establecer los principios, definiciones, composición, normas y procedimientos del Sistema Nacional de Abastecimiento, asegurando que las actividades de la Cadena de Abastecimiento Público se ejecuten de manera eficiente y eficaz, promoviendo una gestión Inter operativa, articulada e integrada, bajo el enfoque de la gestión por resultados, determinando como ente rector del sistema a la Dirección General de Abastecimiento (DGA) del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante Decreto Supremo No. 217-2019-EF, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo No 1439 Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, el cual tiene como objeto desarrollar la Cadena de Abastecimiento Público, con una visión sistemática e integral y, como finalidad regular los mecanismos para asegurar el aprovechamiento y la gestión de los bienes, servicios y obras que requieran las Entidades para el cumplimiento de sus metas u objetivos estratégicos y operativos, a través del empleo eficiente y eficaz de los recursos públicos asignados; Que, mediante la Resolución Directoral No. 0015-2021-EF/54.01, se aprueba la Directiva No. 00062021-EF/54.01 “Directiva para la Gestión de Bienes Muebles Patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento”, que tiene por objeto permitir una adecuada gestión de los bienes muebles patrimoniales de las Entidades comprendidas en el ámbito del Sistema Nacional de Abastecimiento; Que, del análisis a los actuados se establece que el Informe Técnico No. 000007-2025-GRLL-GGRGRTC-ACPTMR del 14 de abril del 2024, el Área de Control Patrimonial sustenta el acto de disposición de Subasta Pública Presencial No. 001-2025-GRLL-GGR-GRTC de los 172 (ciento setenta y dos) bienes muebles patrimoniales indicados en el Ítem III respectivamente dados de baja progresivamente, a través de la Resolución Gerencial Regional No. 175-2021-GR-LL-GGR/GRTC de fecha 01 de marzo del 2021, Resolución Gerencial Regional No. 002053-2021-GR-LL-GGR/GRTC de fecha 26 de noviembre del 2021, Resolución Gerencial Regional No. 188-2020-GR-LL-GGR/GRTC de fecha 19 de febrero del 2020, Resolución Gerencial Regional No 1123-2019-GR-LL-GGR/GRTC de fecha 16 de diciembre del 2019, Resolución Gerencial Regional No. 066-2020-GR-LL-GGR/GRTC, de fecha 21 de enero del 2020 y Resolución Gerencial Regional No. 00167-2021-GR-LL-GGR/GRTC de fecha 24 de febrero del 2021, con un Valor Base de S/ 20,022.00 (Veinte Mil Veintidós y 00/100 Soles), según Anexo de TASACIÓN COMERCIAL DE CHATARRA DE LA GRTC-LL de fecha 06 de febrero del 2025, emitido por el Perito Tasador Olson Ricardo Avellaneda Vargas, que contiene toma de fotografías obtenidas en la Inspección Ocular, adjuntas al citado Informe Técnico No. 000007-2025-GR-LL-GGR-GRTC-ACPTMR en calidad de ANEXO en 26 (veintiséis) folios; Que, además también en virtud de los Artículos 66°, 67°, 68°, 69°, 70°, 71°, 72°, 73°, 74°, 75°, 76°, 77°, 78°, y 79° de la acotada Directiva No. 0006-2021-EF/54.01, “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento” aprobada con Resolución Directoral No. 0015-2021-EF/54.01, y su modificatoria Resolución Directoral No. 0006-2022-EF/54.01, como lo manifiesta el Área de Control Patrimonial en su Informe Técnico No. 00007-2025-GRLL-GGRGRTC-ACPTMR de fecha 14 de abril del 2025, se procede a implementar las medidas que conduzcan a la ejecución y puesta en marcha del Acto de Disposición correspondiente, que implica la transferencia a título oneroso de la propiedad de un bien mueble patrimonial, mediante la adjudicación de dicho bien al postor que ofrezca la mejor oferta, siempre que ésta iguale o supere el precio base del lote puesto a venta; Que, estando a la conclusión y recomendación del Área de Control Patrimonial en Informe Técnico No. 000007-2025-GRLL-GGR-GRTC-ACPTMR que recomienda a la Oficina Administrativa derivar el Expediente Administrativo de Acto de Disposición de 172 (ciento setenta y dos) Bienes Muebles Patrimoniales por causal de Venta por Subasta Pública Presencial al Consejo Regional de La Libertad, de acuerdo a lo dispuesto en el literal j), del Artículo 15 de la Ley No. 27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales” a fin de que se Apruebe la venta por subasta pública presencial de los 172 (ciento setenta Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: METDVNO
y dos) bienes muebles patrimoniales en condición de chatarra y Autorizar a la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones de La Libertad a realizar las acciones administrativas pertinentes para llevar adelante el Acto de Disposición por Subasta Pública Presencial No. 0001-2025-GRLL-GGR-GRTC y además a los actuados, dispositivos legales invocados, Proveído No. 004380-2025-GRLL-GGR-GRTCOAD del 14 de abril del 2025 de la Oficina Administrativa de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones La Libertad, dando conformidad al Informe Técnico No. 000007-2025-GRLL-GGRGRTC del Área de Control Patrimonial; Que, conforme al Informe N° 000001-2025-GRLL-GGR-GRTC-OAJ-CMA de fecha 08 de mayo del 2025, la Oficina de Asesoría Jurídica de la Gerencia Regional de Transporte y Comunicaciones es de la opinión se remita el expediente administrativo al Gobierno Regional de La Libertad y posteriormente este lo eleve al Consejo Regional de La Libertad para que por Acuerdo Regional se proceda APROBAR la realización del Acto Administrativo de Disposición de los 172 (Ciento Setenta y dos) Bienes Muebles Patrimoniales por la causal de Venta por Subasta Pública Presencial No. 0001-2025-GRLL-GGR-GRTC en condición de Chatarra de propiedad de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones La Libertad, dados de baja progresivamente mediante Resolución Gerencial Regional No. 175-2021-GRLL-GGR/GRTC de fecha 01 de marzo del 2021, Resolución Gerencial Regional No. 002053-2021-GR-LLGGR/GRTC de fecha 26 de noviembre del 2021, Resolución Gerencial Regional No. 188-2020-GR-LLGGR/GRTC de fecha 19 de febrero del 2020, Resolución Gerencial Regional No 1123-2019-GR-LLGGR/GRTC, de fecha 16 de diciembre del 2019, Resolución Gerencial Regional No. 066-2020-GR-LLGGR/GRTC, de fecha 21 de enero del 2020 y Resolución Gerencial Regional No. 00167-2021-GR-LLGGR/GRTC de fecha 24 de febrero del 2021 y ser adjudicado al postor que ofrezca la mejor oferta siempre que ésta iguale o supere el precio base del lote puesto en venta, con un valor base de S/ 20,022.00 y se AUTORICE a la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional La Libertad, a realizar las acciones administrativas pertinentes para llevar a cabo el Acto Administrativo de Disposición (…). Que, mediante Informe Legal Nº 154-2025-GRLL-GGR-GRAJ-MMCA, de fecha 29 de mayo del 2025, la adjunta de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica es de la opinión procedente el proyecto de Acuerdo de Consejo Regional respecto al Acto Administrativo de Disposición de los 172 (Ciento Setenta y dos) Bienes Muebles Patrimoniales por la causal de Venta por Subasta Pública Presencial No. 00012025-GRLL-GGR-GRTC en condición de Chatarra de propiedad de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones La Libertad, dados de baja; ratificado por el Gerente Regional de Asesoría Jurídica según Oficio N°001367-2025-GRLL-GGR-GRAJ. Que, mediante Oficio N° 632 -2025-GRLL-CR de fecha 04 de agosto del 2025 el Gerente General Regional, solicita al Pleno del Consejo Regional evaluar la aprobación de la propuesta de Acuerdo Regional relativo a Aprobar el Acto de Disposición de 172 (Ciento Setenta y Dos) Bienes Muebles Patrimoniales por la causal de Venta por Subasta Pública Presencial en condición de Chatarra de propiedad de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones La Libertad, dados de baja; Que, mediante Oficio N° 396-2025-GRLL-CR de fecha 04 de agosto del 2025, la Presidenta del Consejo Regional, solicita emitir Dictamen de Comisión al Proyecto de acuerdo Regional mencionado en párrafos anteriores. Que, en Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad de fecha 02 de setiembre del año en curso, la Presidente del Consejo Regional de La Libertad, propuso a debate el Dictamen N° 83-2025-GRLL-CR/COMPLAN, emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de La Libertad, que aprobó por UNANIMIDAD el Proyecto de Acuerdo Regional a APROBAR la realización del Acto Administrativo de Disposición de los 172 (Ciento Setenta y dos) Bienes Muebles Patrimoniales por la causal de Venta por Subasta Pública Presencial No. 0001-2025-GRLL-GGR-GRTC en condición de Chatarra de propiedad de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones La Libertad, dados de baja, según constan del acta de su propósito, sometido a votación del Pleno del Consejo Regional, siendo aprobado por MAYORÍA. Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: METDVNO
El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley No. 27867 y sus modificatorias; y los Artículos 23° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad aprobado con Ordenanza Regional No. 005-2010-GR-LL/CR, demás normas complementarias; con dispensa de lectura y aprobación de Acta, el Pleno del Consejo Regional ACORDÓ POR MAYORÍA: ARTICULO PRIMERO.- APROBAR el Acto Administrativo de Disposición de los 172 (Ciento Setenta y dos) Bienes Muebles Patrimoniales por la causal de Venta por Subasta Pública Presencial No. 00012025-GRLL-GGR-GRTC en condición de Chatarra de propiedad de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones La Libertad, dados de baja progresivamente mediante Resolución Gerencial Regional No. 175-2021-GR-LL-GGR/GRTC de fecha 01 de marzo del 2021, Resolución Gerencial Regional No. 002053-2021-GR-LL-GGR/GRTC de fecha 26 de noviembre del 2021, Resolución Gerencial Regional No. 188-2020-GR-LL-GGR/GRTC de fecha 19 de febrero del 2020, Resolución Gerencial Regional No 1123-2019-GR-LL-GGR/GRTC, de fecha 16 de diciembre del 2019, Resolución Gerencial Regional No. 066-2020-GR-LL-GGR/GRTC, de fecha 21 de enero del 2020 y Resolución Gerencial Regional N° 00167-2021-GR-LL-GGR/GRTC de fecha 24 de febrero del 2021, para ser adjudicados al postor que ofrezca la mejor oferta siempre que ésta iguale o supere el precio base de los bienes puesto en venta, cuyo detalle se describe en los cuadros siguientes:
ANEXO Nª 01 - RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL N°175-2021-GR-LL-GGR/GRTC Y RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL N°002053- 2021-GR-LL-GGR/GRTC LOTE N°01
ITEM CANT.
CODIGO RESOLUCION DE VALOR UBICACIÓN DESCRIPCION FECHA DE ADQ. CAUSAL DE BAJA FECHA DE BAJA PATRIMONIAL DADOS DE BAJA COMERCIAL (S/) FISICA R. G. R. N° 175ARCHIVADOR DE 74640389-0023 30/01/1977CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 METAL GGR/GRTC R. G. R. N° 175ARCHICADOR DE 74640389-0028 30/01/1974CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 METAL GGR/GRTC R. G. R. N° 17574640660-0002 ARMARIO DE METAL 30/01/1975CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 GGR/GRTC R. G. R. N° 17574640660-0022 ARMARIO DE METAL 30/01/1974CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 GGR/GRTC R. G. R. N° 17574640660-0024 ARMARIO DE METAL 30/01/1974CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 GGR/GRTC R. G. R. N° 17574640660-0030 ARMARIO DE METAL 30/01/1974CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 GGR/GRTC R. G. R. N° 175BANCA DE ASIENTOS 74641118-0001 10/09/2002CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 MULTIPLES GGR/GRTC R. G. R. N° 175BANCA DE ASIENTOS 74641118-0003 10/09/2022CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 MULTIPLES GGR/GRTC
DEPOSITO CRUCE 15.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 15.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 15.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 15.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 15.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 15.00 INDUSTRIAL 5.00
DEPOSITO CRUCE INDUSTRIAL
5.00
DEPOSITO CRUCE INDUSTRIAL
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: METDVNO
R. G. R. N° 17574641203-0004 BANCA METALICA 30/01/1995CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 GGR/GRTC R. G. R. N° 17574641881-0004CAJA FUERTE 30/01/1975CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 GGR/GRTC R. G. R. N° 175ESCRITORIO DE 74643712-0002 30/01/1978CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 MADERA GGR/GRTC R. G. R. N° 175ESCRITORIO DE 74643779-0033 31/01/1976CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 METAL GGR/GRTC R. G. R. N° 175ESCRITORIO DE 74643779-0036 30/01/1977CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 METAL GGR/GRTC R. G. R. N° 175ESCRITORIO DE 74643779-0037 30/01/1977CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 METAL GGR/GRTC R. G. R. N° 175ESCRITORIO DE 74643779-0053 30/01/1974CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 METAL GGR/GRTC R. G. R. N° 175ESCRITORIO DE 74643779-0063 30/09/1974CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 METAL GGR/GRTC R. G. R. N° 17574643779-0079 ESCRITORIO METAL 30/01/1986CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 GGR/GRTC R. G. R. N° 175ESTANTE DE 74644118-0001 30/01/1980CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 MADERA GGR/GRTC R. G. R. N° 175ESTANTE DE 74644118-0004 30/01/1977CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 MADERA GGR/GRTC R. G. R. N° 175ESTANTE DE 74644118-0010 30/01/1977CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 MADERA GGR/GRTC R. G. R. N° 175ESTANTE DE 74644118-0015 30/01/1978CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 MADERA GGR/GRTC R. G. R. N° 175ESTANTE DE 74644118-0017 30/01/1977CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 MADERA GGR/GRTC R. G. R. N° 175ESTANTE DE 74644118-0020 30/01/1977CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 MADERA GGR/GRTC R. G. R. N° 175ESTANTE DE 74644118-0021 30/01/1980CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 MADERA GGR/GRTC R. G. R. N° 175ESTANTE DE 74644118-0022 30/01/1977CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 MADERA GGR/GRTC R. G. R. N° 175ESTANTE DE 74644118-0023 30/01/1977CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 MADERA GGR/GRTC R. G. R. N° 175ESTANTE DE 74644118-0029 30/01/1980CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 MADERA GGR/GRTC
8.00
DEPOSITO CRUCE INDUSTRIAL
DEPOSITO CRUCE 50.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 10.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 15.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 15.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 15.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 15.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 15.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 15.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 10.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 10.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 10.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 10.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 10.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 10.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 10.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 10.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 10.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 10.00 INDUSTRIAL
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: METDVNO
R. G. R. N° 175ESTANTE DE 30/01/1974CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 MADERA GGR/GRTC R. G. R. N° 17574222993-0002 GUILLOTINA 30/01/1992CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 GGR/GRTC R. G. R. N° 17574222993-0003 GUILLOTINA 10/12/2012CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 GGR/GRTC MAQUINA R. G. R. N° 17574223261-0001ANILLADORA 30/05/1997CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 PERFORADORA GGR/GRTC R. G. R. N° 17574644932-0003 MESA DE MADERA 30/01/1980CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 GGR/GRTC R. G. R. N° 175MESA DE MADERA 74645000-0002 30/01/1988CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 PARA DIBUJO GGR/GRTC R. G. R. N° 175MESA DE MADERA 74645000-0005 30/10/1980CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 PARA DIBUJO GGR/GRTC MESA DE MADERA R. G. R. N° 17574645475-0001 PARA MAQUINA DE 30/05/1995CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 ESCRIBIR GGR/GRTC MODULO DE R. G. R. N° 17574646124-0006 MELAMINA PARA 21/11/2007CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 COMPUTADORA GGR/GRTC R. G. R. N° 175SILLA FIJA DE 74648119-0039 30/01/1980CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 MADERA GGR/GRTC R. G. R. N° 17574648187-0008 SILLA FIJA DE METAL 30/01/1986CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 GGR/GRTC R. G. R. N° 17574648187-0044 SILLA FIJA DE METAL 30/01/1974CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 GGR/GRTC R. G. R. N° 17574648187-0064 SILLA FIJA DE METAL 10/09/2002CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 GGR/GRTC R. G. R. N° 175SILLA GIRATORIO DE 74648390-0032 30/12/2004CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 METAL GGR/GRTC R. G. R. N° 175SILLA GIRATORIO DE 74648390-0050 9/12/2010 CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 METAL GGR/GRTC R. G. R. N° 175SILLA GIRATORIA DE 74648390-0079 12/08/2011CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 METAL GGR/GRTC R. G. R. N° 175SILLA GIRATORIA DE 74648390-0084 12/08/2011CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 METAL GGR/GRTC R. G. R. N° 175SILLON FIJO DE 74648797-0001 30/01/1974CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 METAL GGR/GRTC R. G. R. N° 175SILLON GIRATORIO 74648933-0009 31/01/1986CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 DE METAL GGR/GRTC 74644118-0038
DEPOSITO CRUCE 10.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 20.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 20.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 10.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 10.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 10.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 10.00 INDUSTRIAL 5.00
DEPOSITO CRUCE INDUSTRIAL
5.00
DEPOSITO CRUCE INDUSTRIAL
2.00
DEPOSITO CRUCE INDUSTRIAL
5.00
DEPOSITO CRUCE INDUSTRIAL
5.00
DEPOSITO CRUCE INDUSTRIAL
5.00
DEPOSITO CRUCE INDUSTRIAL
DEPOSITO CRUCE 10.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 10.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 10.00 INDUSTRIAL DEPOSITO CRUCE 10.00 INDUSTRIAL 8.00
DEPOSITO CRUCE INDUSTRIAL
8.00
DEPOSITO CRUCE INDUSTRIAL
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: METDVNO
R. G. R. N° 175SILLON GIRATORIO 74648933-0046 23/03/2012CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 DE METAL GGR/GRTC R. G. R. N° 175SILLON GIRATORIO 74648933-0051 5/07/2012 CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 DE METAL GGR/GRTC R. G. R. N° 175SILLON GIRATORIO 74648933-0063 5/07/2012 CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 DE METAL GGR/GRTC R. G. R. N° 175SILLON GIRATORIO 74648933-0067 5/07/2012 CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 DE METAL GGR/GRTC R. G. R. N° 175SILLON GIRATORIO 74648933-0073 5/07/2012 CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 DE METAL GGR/GRTC R. G. R. N° 175SILLON GIRATORIO 74648933-0074 16/09/2014CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 DE METAL GGR/GRTC R. G. R. N° 175SILLON GIRATORIO 74648933-0076 16/09/2014CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 DE METAL GGR/GRTC R. G. R. N° 175SILLON GIRATORIO 74648933-0082 16/09/2014CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 DE METAL GGR/GRTC R. G. R. N° 175SILLON GIRATORIO 74648933-0091 16/09/2014CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 DE METAL GGR/GRTC R. G. R. N° 175SILLON GIRATORIO 74648933-0092 16/09/2014CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 DE METAL GGR/GRTC R. G. R. N° 175TABURETE FIJO DE 74649475-0001 30/10/1980CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 METAL GGR/GRTC R. G. R. N° 17574649814-0001 VITRINA DE MADERA 30/01/1985CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 GGR/GRTC R. G. R. N° 17574649814-0003 VITRINA DE MADERA 30/01/1986CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 GGR/GRTC R. G. R. N° 17574649814-0005 VITRINA DE MADERA 30/01/1944CHATARRA2021-GR-LL- 1/03/2021 GGR/GRTC R. G. R. N° SILLA FIJA DE OTRO 74648255-0051 3/11/2016 CHATARRA 002053-2021-GR26/11/2021 MATERIAL LL-GGR/GRTC R. G. R. N° SILLA FIJA DE OTRO 74648255-0052 3/11/2016 CHATARRA 002053-2021-GR26/11/2021 MATERIAL LL-GGR/GRTC R. G. R. N° SILLA FIJA DE OTRO 74648255-0053 3/11/2016 CHATARRA 002053-2021-GR26/11/2021 MATERIAL LL-GGR/GRTC R. G. R. N° SILLA FIJA DE OTRO 74648255-0054 3/11/2016 CHATARRA 002053-2021-GR26/11/2021 MATERIAL LL-GGR/GRTC R. G. R. N° SILLA FIJA DE OTRO 74648255-0055 3/11/2016 CHATARRA 002053-2021-GR26/11/2021 MATERIAL LL-GGR/GRTC
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DEPOSITO CRUCE INDUSTRIAL
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R. G. R. N° SILLA FIJA DE OTRO 74648255-0056 3/11/2016 CHATARRA 002053-2021-GR26/11/2021 MATERIAL LL-GGR/GRTC R. G. R. N° SILLA FIJA DE OTRO 74648255-0057 3/11/2016 CHATARRA 002053-2021-GR26/11/2021 MATERIAL LL-GGR/GRTC R. G. R. N° SILLA FIJA DE OTRO 74648255-0058 3/11/2016 CHATARRA 002053-2021-GR26/11/2021 MATERIAL LL-GGR/GRTC R. G. R. N° SILLA FIJA DE OTRO 74648255-0059 3/11/2016 CHATARRA 002053-2021-GR26/11/2021 MATERIAL LL-GGR/GRTC R. G. R. N° SILLA FIJA DE OTRO 74648255-0060 3/11/2016 CHATARRA 002053-2021-GR26/11/2021 MATERIAL LL-GGR/GRTC R. G. R. N° SILLA FIJA DE OTRO 74648255-0061 3/11/2016 CHATARRA 002053-2021-GR26/11/2021 MATERIAL LL-GGR/GRTC R. G. R. N° SILLA FIJA DE OTRO 74648255-0062 3/11/2016 CHATARRA 002053-2021-GR26/11/2021 MATERIAL LL-GGR/GRTC R. G. R. N° SILLA FIJA DE OTRO 74648255-0063 3/11/2016 CHATARRA 002053-2021-GR26/11/2021 MATERIAL LL-GGR/GRTC R. G. R. N° SILLA FIJA DE OTRO 74648255-0064 3/11/2016 CHATARRA 00
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