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201-2025-GRLL-CR Regional Agreement La Libertad In force

Acuerdo Regional N.° 201-2025-GRLL-CR

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Firmado digitalmente por CARRANZA BLAS Tania Lorena FAU 20440374248 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 07.08.2025 16:32:03 -05:00

Trujillo, 07 de Agosto de Trujillo, 07 de Agosto del2025

ACUERDO REGIONAL N°

-2025-GRLL-CR

ACUERDO REGIONAL N° 000201-2025-GRLL-CR

APRUEBAN LA PRIORIZACIÓN DE LA IOARR “ADQUISICION DE AMBULANCIA URBANA, ASPIRADOR DE SECRECIONES, Y AUTOQUERATOREFRACTOMETRO; ADEMAS DE OTROS ACTIVOS EN EL(LA) EESS INSTITUTO REGIONAL DE OFTALMOLOGIA - TRUJILLO DISTRITO DE TRUJILLO, PROVINCIA TRUJILLO, DEPARTAMENTO LA LIBERTAD” con Código Único de Inversión 2572204. El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, en Sesión Ordinaria de fecha 05 de agosto de 2025, VISTO el DICTAMEN N° 078-2025-GRLL-CR/COMPLAN de fecha 30 de julio del 2025 y el informe técnico y legal en relación a aprobar la Priorización de la IOARR con Código Único de Inversión N°2572204, para ser financiada, ejecutada y supervisada, bajo la modalidad de obras por impuesto; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N°27867, los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, los acuerdos del consejo regional expresan la decisión del consejo Regional sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme a lo establecido por el artículo 39° de la citada Ley N°27867. Asimismo, el artículo 15° de esta ley establece las atribuciones del Consejo Regional, indicando entre otras, el inciso a) aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, conforme establece el artículo 1 del Texto Único Ordenado aprobado mediante el Decreto Supremo N°081-2022-EF y sus modificatorias1 (en adelante TUO de la Ley), el objetivo de dicha ley es impulsar la ejecución de proyectos de inversión pública de impacto regional y local, inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación (IOARR), las IOARR de Estado de Emergencia Nacional y el mantenimiento de infraestructura que hubiera sido ejecutada bajo la presente Ley u otra modalidad, con la participación del sector privado, mediante la suscripción de convenios con los gobiernos regionales y/o locales. Asimismo, mediante el artículo 4 del TUO de la Ley, se autoriza a los gobiernos regionales y/o locales a firmar convenios de inversión pública regional y local con las empresas seleccionadas para financiar y/o ejecutar uno o más proyectos de inversión en el marco de lo establecido en el artículo 2 del TUO de la Ley. Que, el artículo 2 del TUO de la Ley, establece que las empresas privadas que suscriban convenios de inversión, conforme a lo establecido en el artículo 6 del mismo cuerpo normativo pueden financiar, ejecutar y/o proponer proyectos de inversión, inversiones de Optimización, de Ampliación marginal, de Rehabilitación y de Reposición, e inversiones de Optimización, de Ampliación marginal, de Rehabilitación y de Reposición de emergencia en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, los que deben estar en armonía con las políticas y con los planes de desarrollo nacional, regional y/o local, y contar con la declaración de viabilidad, o con la aprobación, según corresponda; Firmado digitalmente por MORI BETTETA Carlos Enrique FAU

Modificada mediante Ley N°31735 y N°31912. 20440374248 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 07.08.2025 15:37:47 -05:00es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, Esta

aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: MNRTLLQ

Que, mediante Memorando N°000924-2025-GRLL-GGR, la Gerencia General Regional, DISPONE dar inicio a la implementación de la Fase de PRIORIZACION y los subsiguientes, según lo establecido en la Ley 29230 - Ley que Impulsa la Inversión Pública Regional y Local con Participación del Sector Privado - Obras por Impuestos, reglamento y sus modificatorias, de la siguiente IOARR: N°

NOMBRE DE LA IOARR

ADQUISICION DE AMBULANCIA URBANA, ASPIRADOR DE SECRECIONES, Y AUTOQUERATOREFRACTOMETRO; ADEMAS DE OTROS ACTIVOS EN EL(LA) EESS INSTITUTO REGIONAL DE OFTALMOLOGIA - TRUJILLO DISTRITO DE TRUJILLO, PROVINCIA TRUJILLO, DEPARTAMENTO LA LIBERTAD

NIVEL

CUI

APROBADA

2572204

Que, de acuerdo con el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento de la Ley N°29230, corresponde a la Entidad Pública aprobar la lista de priorización que incluya Inversiones, que se encuentren registradas en el PMI cuando corresponda, y contar con la declaración de viabilidad o aprobación, según corresponda, conforme a los criterios establecidos en el SNPMGI. Asimismo, se pueden incluir actividades de operación y/o mantenimiento. Las Entidades Públicas del Gobierno Nacional pueden, adicionalmente, incluir proyectos de investigación aplicada y/o innovación tecnológica; Que, el inciso 1 del numeral 19.2 del artículo 19 del Reglamento de la Ley N°29230, indica que la lista de priorización de Inversiones y/o actividades de operación y/o mantenimiento a ejecutarse en el marco del TUO de la Ley N°29230, en el caso de los Gobiernos Regionales, se aprueba mediante acuerdo del Consejo Regional. Esta facultad es indelegable; Que, el inciso 3 del numeral 19.2 del artículo 19 del Reglamento de la Ley N°29230, indica que la lista de priorización debe aprobarse en un plazo que no exceda los cuatro (4) días contados desde la comunicación de la OPMI o la que haga sus veces. Para tal fin, la OPMI verifica que el Monto de Inversión señalado en la lista de priorización corresponda al último monto registrado en el Banco de Inversiones del SNPMGI; Que, de acuerdo a lo señalado mediante Informe Técnico N°000116-2025-GRLL-GGR-GRPATSGPMI-JRB, la Sub Gerencia de Programación Multianual de Inversiones, señaló que dicha oficina verificó que el monto de inversión señalado en la lista de priorización y programado en el módulo del PMI, respecto a la IOARR con Código Único de Inversión N°2572204, corresponde al último monto registrado en el Banco de Inversiones del SNPMGI. Asimismo, añadió que dicha inversión cumple con los principios rectores que rigen con todo lo estipulado en el anexo 5: “Lineamientos para las Modificaciones de la cartera de Inversiones del PMI de la Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada mediante Resolución Directoral N°001-2019-EF/63.01 y cumplen con los lineamientos técnicos vigentes; Que, mediante Informe N°000115-2025-GRCTPIP-SGPIP-VSZ del 14 de julio de 2025, el Ing. Víctor Miguel Sánchez Zelada, profesional técnico de la Subgerencia de Promoción de la Inversión Privada, emitió opinión técnica favorable, para continuar con la priorización bajo el mecanismo de obras por impuestos de la IOARR con Código Único de Inversión N°2572204, señalando que dicha IOARR se encuentra aprobada, según el Banco de Inversiones del SNPMGI. Asimismo, señaló que la citadas Inversiones se encuentran registradas en la Programación Multianual de Inversiones (PMI) 2025 – 2027 y, cuenta con disponibilidad presupuestal, emitida por la Gerencia Regional de Presupuesto; Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: MNRTLLQ

Asimismo, precisó que Las brechas de la siguiente IOARR se encuentra articulada con el PMI, y su respectiva contribución al cierre de brechas conforme se advierte en el siguiente cuadro: NOMBRE DE LA INVERSIÓN

BRECHA ARTICULADO CON EL PMI

Se encuentra alineada al PEI Gobierno Regional La Libertad periodo 2020 – 2025. Así mismo la inversión se encuentra alineada a los criterios de priorización sectoriales establecidos a nivel nacional por el Sector para la Programación Multianual de Inversiones y a la priorización sectorial establecida en el GORE La Libertad en el CUI N° 2672204: PMI 2025-2027. Las inversiones contribuyen al cierre de brechas priorizada por la Entidad conforme se ADQUISICION DE advierte en el siguiente cuadro: AMBULANCIA URBANA, ASPIRADOR DE SECRECIONES, Y 2. Articulación con el programa multianual de inversiones (PMI) AUTOQUERATOREFRAC Servicio TOMETRO; ADEMAS DE Público con Contribución OTROS ACTIVOS EN Indicador de brechas Unidad de Espacio Brecha Año Valor de cierre de EL(LA) EESS INSTITUTO de acceso a servicios medida geográfico brechas REGIONAL DE identificada y priorizada OFTALMOLOGIA TRUJILLO DISTRITO DE TRUJILLO, PROVINCIA TRUJILLO, PORCENTAJE DE DEPARTAMENTO LA SERVICIO DE INSTITUTOS DE LIBERTAD. SALUD INSTITUTOS (Fuente Formato N° 08- ATENCIÓN DE DEPARTAME INSTITUTOS ESPECIALIZADOS CON ESPECIALIZAD

C) NTAL ESPECIALIZAD CAPACIDAD OS OS INSTALADA INADECUADA

Que, corresponde resaltar que los costos2 de la IOARR a priorizarse será cubierto dentro del tope de capacidad anual del Gobierno Regional La Libertad, establecido mediante el Decreto Supremo N°132-2025-EF publicado en el Diario Oficial “ universidades públicas para la emisión de Certificados de Inversión Pública Regional y Local – Tesoro Público (CIPRL); Que, mediante Informe N°000199-2025-GRLL-GGR-GRP, el Gerente Regional de Presupuesto, emitió el Compromiso de Priorización Presupuestal y/o acreditación de la disponibilidad presupuestal para la ejecución bajo el mecanismo de obras por impuestos de la IOARR “ADQUISICION DE AMBULANCIA URBANA, ASPIRADOR DE SECRECIONES, Y AUTOQUERATOREFRACTOMETRO; ADEMAS DE OTROS ACTIVOS EN EL(LA) EESS INSTITUTO REGIONAL DE OFTALMOLOGIA - TRUJILLO DISTRITO DE TRUJILLO, PROVINCIA TRUJILLO, DEPARTAMENTO LA LIBERTAD” con Código Único de Inversión 2572204, por un monto total en el año 2025 de S/16’322,656.92 (Dieciséis Millones Trescientos Veintidós Mil Seiscientos Cincuenta y Seis con 92/100 soles) por la Fuente de Financiamiento: ROOC, en la genérica de gasto 2.6, en atención a lo solicitado por la Gerencia Regional de Cooperación Técnica y Promoción de la Inversión Privada. Asimismo, precisó que, el monto para CIPRL asciende a S/ 16’225,305.09 (Dieciséis Millones Doscientos Veinticinco mil Trecientos Cinco con 09/100 soles), y el monto de control concurrente asciende a S/97,351.83 (Noventa y siete mil trescientos cincuenta y uno con 83/100 soles) será asumido con presupuesto de la Entidad;

2 Sin considerar los costos de control concurrente y gestión de proyectos que son asumidos por la Entidad.

Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: MNRTLLQ

Que conforme al artículo XI del Título Preliminar del Reglamento del TUO de la Ley N°29230, las Entidades Públicas pueden suscribir un Convenio de asistencia técnica con Proinversión bajo la modalidad de asesoría o de encargo, previo acuerdo del Consejo Regional, del Concejo Municipal, del Consejo Universitario, o previa resolución del titular de la Entidad Pública del Gobierno Nacional, según corresponda; Que, en ese marco legal, el Gobierno Regional de La Libertad, por convenir a los intereses de la población de su jurisdicción, de contar con servicios públicos adecuado y eficiente, puede ejecutar bajo la modalidad de obras por impuestos, las inversiones que son priorizados; Que, cabe señalar que los Gobiernos Regionales, luego de la aprobación de la lista de priorización, deben remitir a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (ProInversión) la lista priorizada con los proyectos de inversión a financiar y/o ejecutar, en un plazo de treinta (30) días calendario, conforme a lo dispuesto en el artículo 5 del TUO de la Ley; Que, en ese contexto, el Gobierno Regional La Libertad ha establecido como política de gestión, promover la participación del sector privado para la ejecución de Proyectos de inversión pública y/o IOARR en el ámbito de su jurisdicción; Que, con la promoción de la participación de la inversión privada en la ejecución de proyectos, se busca favorecer el desarrollo de nuevas fuentes de generación de bienes, servicios y empleo, contribuyendo a mejorar la calidad de vida de la población; El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad; en uso de sus atribuciones conferidas por los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias; y, los Artículos 23° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado por Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR y demás normas complementarias; en Sesión Ordinaria de fecha 05 de agosto del 2025, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad del Departamento de La Libertad, ACORDÓ POR UNANIMIDAD: ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la Priorización de la IOARR para su financiamiento y ejecución en el marco de la Ley N°29230, conforme se indica a continuación:

NOMBRE DE LA INVERSIÓN

NIVEL

CÓDIGO ÚNICO DE INVERSIÓN

MONTO Incluye I.G.V.

ADQUISICION DE AMBULANCIA URBANA, ASPIRADOR DE SECRECIONES, Y AUTOQUERATOREFRACTOMETRO; ADEMAS DE OTROS ACTIVOS EN EL(LA) EESS INSTITUTO REGIONAL DE OFTALMOLOGIA - TRUJILLO DISTRITO DE TRUJILLO, PROVINCIA TRUJILLO, DEPARTAMENTO LA LIBERTAD

2572204 APROBADA

S/16’322,656.92

ARTÍCULO SEGUNDO: FACULTAR al Gobernador de la Región La Libertad aprobar y convenir todas las variaciones o modificaciones que resulten necesarias durante la fase de ejecución, para el cumplimiento de los objetivos del proyecto priorizado hasta la emisión de los Certificados de “Inversión Pública Regional y Local –Tesoro Público” CIPRL, considerando que se encuentra facultado a suscribir los Convenios de Inversión Pública Regional con las Empresas Privadas, así como a aprobar, autorizar y supervisar los procedimientos del mecanismo de Obras por Impuestos, conforme lo establece el artículo 6 del T.U.O. la Ley N°29230. Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: MNRTLLQ

ARTÍCULO TERCERO: SOLICITAR la Asistencia Técnica, en la modalidad de asesoría, a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, según los alcances del artículo XI del Título Preliminar del Reglamento de la Ley N°29230. ARTÍCULO CUARTO: FACULTAR al Titular del Pliego a suscribir el Convenio de Asistencia Técnica con PROINVERSIÓN. ARTÍCULO QUINTO: AUTORIZAR a la administración realizar las afectaciones presupuestales y financieras en el Sistema Integrado de Administración Financiera SIAF que origine la emisión de los Certificados de “Inversión Pública Regional y Local –Tesoro Público” CIPRL, así como las modificaciones presupuestarias dirigidas a la emisión de los CIPRL, de conformidad con el Decreto Legislativo N°1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. ARTÍCULO SEXTO: PUBLICAR el presente Acuerdo en el Portal Institucional de la Entidad Pública y REMITIRLO a PROINVERSIÓN, según lo dispuesto en el numeral 23.1 del artículo 23 del Reglamento de la Ley N°29230. ARTÍCULO SÉTIMO: NOTIFICAR el presente Acuerdo al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad, al Gerente General Regional, al Gerente Regional de Cooperación Técnica y Promoción de la Inversión Privada y, a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN; para su conocimiento y fines pertinentes. REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE y ARCHÍVESE.

Documento firmado digitalmente por TANIA LORENA CARRANZA BLAS PRESIDENTA DEL CONSEJO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD

Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: MNRTLLQ


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