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193-2025-GRLL-CR Regional Agreement La Libertad In force

Acuerdo Regional N.° 193-2025-GRLL-CR

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Firmado digitalmente por CARRANZA BLAS Tania Lorena FAU 20440374248 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 21.07.2025 15:40:37 -05:00

Trujillo, 21 de Julio del de 2025 Trujillo, 21 de Julio

ACUERDO REGIONAL N°

-2025-GRLL-CR

ACUERDO REGIONAL N° 000193-2025-GRLL-CR

“APRUEBAN DECLARAR DE RELEVANCIA LA INICIATIVA PRIVADA DE PROYECTOS EN ACTIVOS “URBANIZACION VISTA MAR” El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Extraordinaria de fecha 17 de Julio de 2025; VISTO Y DEBATIDO, el Dictamen N° 020-2025-GRLL-CR-CPPE, presentado por la Comisión Ordinaria de Proyectos y Programas Especiales, que contiene el Proyecto de Acuerdo Regional relativo a Emitir la Opinión de Relevancia de la iniciativa privada de Proyectos en Activos denominada “Urbanización Vista Mar”; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, en su artículo promover la inversión privada nacional y extranjera dirigidos a lograr el crecimiento artículo 45º, literal b) numeral 4, la función general de la promoción de nacional y extranjero, orientada a impulsar el desarrollo de los recursos aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de transportes de la región, de conformidad con las políticas; Que, el Decreto Legislativo Nº 1362, tiene por objeto regular el marco institucional y los procesos para el desarrollo de proyectos de inversión bajo las modalidades de Asociación Púbico Privada y Proyectos en Activos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 240-2018-EF se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362 que Regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 211-2022-EF se modifica el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362 aprobado mediante el Decreto Supremo N° 240-2018-EF; Que, el numeral 8.3 del artículo 8º del citado Decreto Legislativo, establece que, tratándose de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, las facultades del Organismo Promotor de la inversión Privada se ejercen a través del Comité de Promoción de la Inversión Privada. El órgano máximo de estos Organismos Promotores de la Inversión Privada es el Consejo Regional o el Concejo Municipal respectivamente; Que, en aplicación al numeral 79.2 del Artículo 79º del Decreto Supremo Nº 211-2022-EF que modifica el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362, aprobado con el Decreto Supremo Nº 240-2018-EF, la Opinión de Relevancia de la Iniciativa Privada es emitida por Acuerdo del Consejo Regional, y el artículo 81 del Decreto Supremo N° 240-2018-EF señala los aspectos del contenido de la Opinión de Relevancia; Que, de acuerdo al rol y funciones del CPIP establecidos en el Decreto Legislativo Nº 1362 que Regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, mediante el Acta N° 018-2024-GRLL-CPIP de fecha 08 de agosto del 2024, el Comité de Promoción de la Inversión Privada ACORDÓ ADMITIR A TRÁMITE el Proyecto en

Firmado digitalmente por MORI BETTETA Carlos Enrique FAU 20440374248 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 21.07.2025 15:10:07 -05:00es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, Esta

aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: YNSGPHC

Activos denominado “URBANIZACIÓN VISTA MAR” presentado por la empresa BECTEK CONTRATISTAS S.A.C., por haber cumplido con lo señalado en el numeral 98.1 del artículo 98 del Decreto Supremo N° 240-2018-EF que aprueba el reglamento del DL N° 1362; Que, en relación a la disponibilidad del área de terreno para la ejecución de la iniciativa privada “Urbanización Vista Mar”, la Gerencia del Proyecto Especial Chavimochic a través del Oficio N° 000021-2025-GRLL-GGR-PECH de fecha 06 de enero del 2025, comunica que el área de 20.46 has. ubicado en Área de Reserva Cumbre Salaverry (A)-1 de 11.5447 ha y Área de Reserva La Cumbre Salaverry (A)-2 de 8.9189 ha, inscritos en las Partidas Electrónicas N° 11502373 y N° 11502374, respectivamente, del Registro de Bienes Inmuebles de la Zona Registral N° V – Sede Trujillo, de propiedad del PECH, no cuenta con cargas ni gravámenes, siendo de Libre Disponibilidad, conforme al Informe N° 002-2025-GRLL-PECH-SGGT-DAT del 03.01.2025 y el Informe N° 0367-2024-GRLL-PECH-SGGT-DAT del 21.10.2024; Que, en relación al informe técnico para la opinión de relevancia, la Gerencia Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento mediante el Oficio N° 000599-2025-GRLL-GGR-GRVCS de fecha 27 de mayo del 2025, remite adjunto el Informe Técnico N° 000015-2025-GRLL-GGRGRVCS-SGVU de fecha 26 de mayo del 202, en el cual sustenta y se pronuncia sobre los aspectos señalados en el artículo 81° del Decreto Supremo Nº 240-2018-EF y donde en sus conclusiones y recomendaciones señala lo siguiente: “(…) 9. Conclusiones. El presente proyecto en activos denominado URBANIZACION VISTA MAR presentado por la empresa BECTEK CONTRATISTAS S.A.C. ha sido actualizado y es una iniciativa privada el cual se describe y hace referencia a diferentes planes que son normas legales nacionales y regional, Importancias y Consistencia del Proyecto con las prioridades Nacionales, Regionales y Locales, hacen mención a loa siguientes planes:

  • Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050 (PEDN) aprobado mediante Decreto Supremo N° 103-2023-PCM, de fecha 13 de setiembre del 2023.

  • Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030, del Ministerio de Vivienda,

Construcción y Saneamiento, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 5662023VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre del 2023. Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC): La Libertad 2023-2033, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 000007-2023-GRLL-CR, de fecha 03 de agosto del 2023.

Los mismos que si concuerdan con los ejes, objetivos especifico y acción estratégica de los actuales y vigentes planes antes mencionados. 10. Recomendación. De acuerdo al análisis y lo anteriormente expuesto se hace muy prioritario el promover el desarrollo de este proyecto con la finalidad de contar con los servicios de alta calidad que permita a los pobladores, generar oportunidades de vivienda para mejorar la calidad de vida de las personas que si lo necesitan. Se recomienda derivar el presente informe al Comité de Promoción de la Inversión Privada de la región La Libertad para su conocimiento y fines."; Que, mediante Oficio N°001293-2025-GRLL-GGR-GRCTPIP de fecha 02 de junio del 2025, la Gerencia Regional de Cooperación Técnica y Promoción de la Inversión Privada remite adjunto el Informe N° 000009-2025-GRLL-GRCTPIP-SGPIP-VER de fecha 29 de mayo del 2025 donde en Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: YNSGPHC

su Opinión Técnica señala: “Por los aspectos técnicos emitidos por la Gerencia Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento mediante el Oficio N° 000599-2025-GRLL-GGR-GRVCS y el Informe Técnico N° 000015-2025-GRLL-GGR-GRVCS-SGVU,, opino que es viable que se continúe con el procedimiento de emisión de la Opinión de Relevancia de la iniciativa privada de proyectos en activos denominado “URBANIZACION VISTA MAR” presentado por la empresa BECTEK CONTRATISTAS S.A.C. con RUC 20430578805”; Que, de acuerdo al Informe Legal N° 000101-2025- GRLL-GGR-GRAJ-MSJB, de fecha 06 de junio del 2025, la suscrita de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica es de la opinión procedente que mediante Acuerdo Regional se apruebe la Declaración de relevancia del proyecto en Activos denominada "URBANIZACION VISTA MAR"; pues, se encuentra alineado a las prioridades nacionales y regionales, expresadas en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, en el Plan Estratégico Sectorial Multianual del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y en el Plan de Desarrollo Concertado de la Región La Libertad; Ratificado por el Gerente Regional de Asesoría Jurídica mediante Oficio N°000832-2025-GRLL-GGR-GRAJ. Que, en este sentido el artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales –Ley N° 27867 y sus modificatorias, prescribe: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadana o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”; Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR, en su Art. 53° prescribe: “Los dictámenes son los documentos que contienen una exposición documentada, precisa y clara de los estudios que realizan las comisiones sobre las proposiciones de Ordenanzas Regionales y Acuerdos Regionales que son sometidas a su conocimiento, además de las conclusiones y recomendaciones derivadas de dichos estudios (...); Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 17 de julio de 2025, se debatió el Dictamen sustentado por el Presidente de la Comisión Ordinaria de Programas y Proyectos Especiales del Consejo Regional de La Libertad, Consejero Regional Ever Cadenillas Coronel, donde luego de la exposición de los informes técnicos y legal por parte de la Gerente Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Gerente Regional de Cooperación Técnica y Promoción de la Inversión Privada; así como del Representante de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de La Libertad, se sometió al acto de votación siendo aprobado por Mayoría, conforme consta acta de sesión de su propósito; Que, en virtud del principio de Presunción de Veracidad y Buena fe Procedimental, se debe asumir que los órganos competentes del Gobierno Regional La Libertad, proporcionan información fidedigna al Consejo Regional, que se ajusta a la realidad y que es correcta, debiendo proceder conforme a ella. Sin embargo, se prescribe que dicha información, es de naturaleza iuris tantum por tratarse de una presunción que admite prueba en contrario y, por tanto, podrá ser objeto de fiscalización y control posterior por los órganos y organismos correspondientes; En tal sentido, el Consejo Regional del Gobierno Regional de la Libertad, en base a los principios de confianza, buene fe y veracidad de los documentos proporcionados por el Ejecutivos Regional, y contando con el informe técnico y legal respectivo; y en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 121° y 192° de la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias; y los artículos 23° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010GRLL/CR; además normas complementarias, con dispensa de lectura y aprobación de acta; el Pleno del Consejo Regional, Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: YNSGPHC

ACORDÓ POR MAYORIA: ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR LA DECLARACIÓN DE RELEVANCIA de la Iniciativa Privada de Proyecto en Activos denominada “URBANIZACION VISTA MAR”. ARTÍCULO SEGUNDO.- DELEGAR al Presidente del Comité de Promoción de la Inversión Privada (CPIP) la emisión de opiniones y aprobaciones sobre la Iniciativa Privada “Proyecto Agroforestal, Forestación y Reforestación de Productos Maderables y no Maderables”, que correspondan al Gobierno Regional de La Libertad, de conformidad con lo establecido en el numeral 79.2 del artículo 79 del Decreto Supremo Nº 240-2018-EF. ARTÍCULO TERCERO.- REMITIR el presente expediente para que el CPIP continúe con los trámites que correspondan de acuerdo a Ley. ARTÍCULO CUARTO.- El presente Acuerdo Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Gobierno Regional de La Libertad. POR TANTO: Regístrese, Notifíquese y Cúmplase. Documento firmado digitalmente por TANIA LORENA CARRANZA BLAS PRESIDENTA DEL CONSEJO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD

Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: YNSGPHC


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