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185-2025-GRLL-CR Regional Agreement La Libertad In force

Acuerdo Regional N.° 185-2025-GRLL-CR

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Firmado digitalmente por CARRANZA BLAS Tania Lorena FAU 20440374248 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 14.07.2025 17:20:57 -05:00

Trujillo, 14 de Julio del de 2025 Trujillo, 14 de Julio

ACUERDO REGIONAL N°

-2025-GRLL-CR

ACUERDO REGIONAL N° 000185-2025-GRLL-CR

APRUEBAN EXHORTAR A LA EMPRESA DE SERVICIO PÚBLICO DE ELECTRICIDAD ELECTRO NORTE MEDIO S.A – HIDRANDINA EVALÚE Y PROMUEVA PROYECTOS DE ELECTRIFICACIÓN A FIN DE AMPLIAR Y MEJORAR EL SERVICIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE TODA LA POBLACIÓN DE LA PROVINCIA DE SÁNCHEZ CARRIÓN, QUE PERMITA AMPLIAR LA COBERTURA ELÉCTRICA EN DICHA PROVINCIA EN BENEFICIO DE SUS HABITANTES. El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, en Sesión Ordinaria Descentralizada de fecha 03 de junio del 2025; VISTO Y DEBATIDO el pedido formulado por la consejera Regional representante de la provincia de Virú, señora Edy Luz Bertha Camacho Barreto, mediante el cual aprueba el Pleno del Consejo Regional, aprueban exhortar a la Empresa de Servicio Público de Electricidad Electro Norte Medio S.A – HIDRANDINA, evalúe y promueva proyectos de electrificación a fin de ampliar y mejorar el servicio de energía eléctrica de toda la población de la provincia de Sánchez Carrión, que permita ampliar la cobertura eléctrica en dicha provincia en beneficio de sus habitantes, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 191° de la Constitución Política del Perú de 1993 y al artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; se establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el artículo 5 de la cita Ley Orgánica, establece que la misión de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región; así como el artículo 10 de la precitada norma, establece competencia compartida, en concordancia con el artículo 36 de la Ley Orgánica de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783; Que, el artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece las atribuciones del Gobierno Regional, indicando entre otras, el aprobar modificar o derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; y el artículo 39 establece que Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, y su reglamento, el Decreto Supremo N° 025-2007-EM. Esta ley declara de necesidad nacional y utilidad pública la electrificación de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera. El objetivo principal es promover el desarrollo económico y social sostenible en estas

Firmado digitalmente por MORI BETTETA Carlos Enrique FAU 20440374248 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 14.07.2025 16:59:42 -05:00es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, Esta

aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: KOUYTIO

áreas, mejorando la calidad de vida de la población rural y fomentando el uso de energías renovables. Que, el articulo 2 la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, sobre la necesidad y utilidad pública de la electrificación rural Declárase de necesidad nacional y utilidad pública la electrificación de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país, con el objeto de contribuir al desarrollo socioeconómico sostenible, mejorar la calidad de vida de la población, combatir la pobreza y desincentivar la migración del campo a la ciudad. Que, el articulo 4 la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, sostiene el rol del Estado en la electrificación rural en el proceso de ampliación de la frontera eléctrica en las zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país, el Estado asumirá un rol subsidiario, a través de la ejecución de los Sistemas Eléctricos Rurales (SER), así como promocionará la participación privada, incluso desde las etapas de planeamiento y diseño de los proyectos. Que, la electrificación rural tiene como propósito concentrar la igualdad de derechos ciudadanos, en particular el de acceso al servicio básico de electricidad a la vivienda, resolviendo así las enormes brechas existentes en infraestructura entre las zonas urbanas y las áreas rurales y de frontera del país. Con esto, se logra incorporar a sus beneficiarios al mercado, al consumo y al desarrollo, así como su inclusión social con la finalidad de reducir la pobreza, Por tanto, Hidrandina, como empresa distribuidora de energía eléctrica, tiene un rol importante en la electrificación rural de las regiones de Áncash, La Libertad y parte de Cajamarca. La empresa trabaja en la implementación de proyectos de electrificación rural, como la instalación de redes eléctricas y sistemas aislados, para llevar energía a zonas alejadas y promover el desarrollo social y económico de estas comunidades. Que, en Sesión Ordinaria Descentralizada de fecha 03 de junio del 2025, realizada en la provincia de Sánchez Carrión – Caserío de Yanasara, la Presidenta del Consejo Regional de La Libertad, sometido a consideración del Pleno del Consejo Regional el pedido formulado por la consejera Regional representante de la provincia de Virú, señora Edy Luz Bertha Camacho Barreto, el cual fue sustentado y sometido al acto de votación, siendo aprobado por unanimidad, conforme consta del acta de su propósito; En tal sentido, el Consejo Regional del Gobierno Regional de la Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 121° y 192° de la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias; y los artículos 23° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR; además normas complementarias, con dispensa de lectura y aprobación de acta; el Pleno del Consejo Regional,

Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: KOUYTIO

ACORDÓ POR UNANIMIDAD: ARTÍCULO PRIMERO. – APRUEBAN EXHORTAR a la Empresa de Servicio Público de Electricidad Electro Norte Medio S.A – HIDRANDINA, evalúe y promueva proyectos de electrificación a fin de ampliar y mejorar el servicio de energía eléctrica de toda la población de la provincia de Sánchez Carrión, que permita ampliar la cobertura eléctrica en dicha provincia en beneficio de sus habitantes. ARTÍCULO SEGUNDO. - NOTIFICAR el presente Acuerdo Regional a la Gerencia Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de La Libertad. ARTÍCULO TERCERO. - DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional a través del Portal Electrónico del Gobierno Regional de la Libertad.

POR TANTO: Regístrese, Notifíquese y Cúmplase.

Documento firmado digitalmente por TANIA LORENA CARRANZA BLAS PRESIDENTA DEL CONSEJO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD

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