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182-2025-GRLL-CR Regional Agreement La Libertad In force

Acuerdo Regional N.° 182-2025-GRLL-CR

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Firmado digitalmente por CARRANZA BLAS Tania Lorena FAU 20440374248 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 14.07.2025 17:24:19 -05:00

Trujillo, 12 de Julio del de 2025 Trujillo, 14 de Julio

ACUERDO REGIONAL N° 000182-2025-GRLL-CR

ACUERDO REGIONAL N° 000182-2025-GRLL-CR

AUTORIZAN LICENCIA A LA CONSEJERA REGIONAL POR LA PROVINCIA DE SANCHEZ CARRION GISSELA LILETH CRISOLOGO POLO, DEL 14 AL 30 DE JULIO DE 2025

El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, en su Sesión Ordinaria de fecha 1 de julio de 2025, VISTO Y DEBATIDO, el pedido formulado mediante Oficio Nº 93-2025- GRLL-CR-DCRSC2, por la Consejera Regional por la provincia de Sánchez Carrión, Gissela Lileth Crisólogo Polo, mediante el cual solicita que el Pleno del Consejo Regional, acuerde Autorizar la licencia por motivos estrictamente personales a la Consejera Regional por la provincia de Sánchez Carrión, Gissela Lileth Crisólogo Polo, del 14 al 30 de julio de 2025; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú de 1993 modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley N° 27680, en el artículo 191°, establece que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la Ley N° 27867, en su artículo 11° prescribe que el Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Además, en el artículo 15° literal a) señala que es atribución del Consejo Regional: “Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; y en el artículo 39° establece que: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”; Que, asimismo, el artículo 2º del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL-CR prescribe que, El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, máxima instancia deliberativa, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional; Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado por la Ordenanza Regional N° 0052010-GR-LL/CR, no establece el trámite de solicitud de Licencias de consejeros y consejeras regionales, igualmente la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; sin embargo, debemos tener en consideración de no contravenir con lo que establece el numeral 4 del artículo 30° de la Ley 27867 que prescribe: Dejar de residir de manera injustificada hasta un máximo de 180 días en la región o por un término igual al máximo permitido por Ley para hacer uso de licencia;

Que, en Sesión Ordinaria del Pleno del Consejo Regional de La Libertad de fecha 1 de julio del año 2025, la Señora Consejera Regional representante de la provincia de Sánchez Carrión, Gissela Lileth Crisólogo Polo, sustento el contenido de su pedido relativo a su solicitud de licencia por motivos estrictamente personales del 14 al 30 de julio de 2025; En tal sentido, el Consejo Regional del Gobierno Regional de la Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias; y los artículos 23º y 64º del Reglamento

Firmado digitalmente por MORI BETTETA Carlos Enrique FAU 20440374248 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 14.07.2025 16:08:07 -05:00es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, Esta

aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: HEFIVFE

Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010GRLL/CR; demás normas complementarias, con dispensa de lectura y aprobación de acta, el Pleno del Consejo Regional ACORDÓ POR UNANIMIDAD: ARTÍCULO PRIMERO. – AUTORIZAR la licencia por motivos estrictamente personales a la Consejera Regional por la provincia de Sánchez Carrión, Gissela Lileth Crisólogo Polo, del 14 al 30 de julio de 2025. ARTÍCULO SEGUNDO. – DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. POR TANTO: MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA Documento firmado digitalmente por TANIA LORENA CARRANZA BLAS PRESIDENTA DEL CONSEJO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD

Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: HEFIVFE


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