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168-2025-GRLL-CR Regional Agreement La Libertad In force

Acuerdo Regional N.° 168-2025-GRLL-CR

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Firmado digitalmente por CARRANZA BLAS Tania Lorena FAU 20440374248 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 18.06.2025 16:46:40 -05:00

Trujillo, 18 de Junio del de 2025 Trujillo, 18 de Junio

ACUERDO REGIONAL N°

-2025-GRLL-CR

ACUERDO REGIONAL N° 000168-2025-GRLL-CR

APRUEBAN LA PRIORIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO contenidas en los siguientes manuales: i) Manual de Operación & Mantenimiento del Establecimiento de Salud 3 de Octubre (Red Integrada de Salud Ascope), ii) Manual de Operación & Mantenimiento del Establecimiento de Salud Alto Perú (Red Integrada de Salud Ascope), iii) Manual de Operación & Mantenimiento del Establecimiento de Salud Casa Grande (Red Integrada de Salud Ascope), iv) Manual de Operación & Mantenimiento del Establecimiento de Salud Chequen (Red Integrada de Salud Chepén), v) Manual de Operación & Mantenimiento del establecimiento de Salud Chicama (Red Integrada de Salud Ascope), vi) Manual de Operación & Mantenimiento del Establecimiento de Salud Chocofan (Red Integrada de Salud Pacasmayo), vii) Manual de Operación & Mantenimiento del Establecimiento de Salud Chocope (Red Integrada de Salud Ascope), viii) Manual de Operación & Mantenimiento del Establecimiento de Salud Magdalena de Cao (Red Integrada de Salud Ascope), ix) Manual de Operación & Mantenimiento del Establecimiento de Salud Mariscal Castilla (Red Integrada de Salud Pacasmayo), x) Manual de Operación & Mantenimiento del Establecimiento de Salud Mazanca (Red Integrada de Salud Pacasmayo), xi) Manual de Operación & Mantenimiento del Establecimiento de Salud Molinos de Cajanleque (Red Integrada de Salud Ascope), xii) Manual de Operación & Mantenimiento del Establecimiento de Salud Pacanguilla (Red Integrada de Salud Chepén), xiii) Manual de Operación & Mantenimiento del Establecimiento de Salud Paiján (Red Integrada de Salud Ascope), xiiii) Manual de Operación & Mantenimiento del Establecimiento de Salud Pueblo Nuevo (Red Integrada de Salud Chepén), xv) Manual de Operación & Mantenimiento del Establecimiento de Salud Santiago de Cao (Red Integrada de Salud Ascope) y; las ACTIVIDADES DE MANTENIMIENTO contenidas en el Manual de Mantenimiento y adecuación Integral de los Ambientes de la I.E. Gue José Faustino Sánchez Carrión, distrito de Trujillo, Provincia de Trujillo. El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, en Sesión Extraordinaria Presencial de fecha 17 de junio de 2025, VISTO Y DEBATIDO el Oficio N° 101-2025-GRLL-CR-COMPLAN que contiene el Dictamen N° 0072-2025-GRLL-CR/COMPLAN emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de La Libertad, recaído sobre el Proyecto de Acuerdo Regional, relativo a aprobar la Priorización de las ACTIVIDADES DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO de quince (15) Establecimientos de Salud del Primer Nivel de atención de la Región La Libertad y, ACTIVIDADES DE MANTENIMIENTO respecto a los Ambientes de la I.E. GUE José Faustino Sánchez Carrión, Distrito de Trujillo, Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad, para ser financiadas, ejecutadas y supervisadas, bajo la modalidad de obras por impuesto; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N°27867, los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, los acuerdos del consejo regional expresan la decisión del consejo Regional sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme a lo establecido por el artículo 39° de la citada Ley N°27867. Asimismo, el artículo 15° de esta ley establece las atribuciones del Consejo Regional, indicando entre otras, el inciso a) aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y sus modificatorias (en adelante la Ley N° 29230) establece el marco normativo para que los

Firmado digitalmente por MORI BETTETA Carlos Enrique FAU 20440374248 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 18.06.2025 15:33:53 -05:00es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, Esta

aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: WWFLDIC

Gobiernos Regionales, Municipalidades y Universidades Públicas puedan suscribir convenios con las empresas privadas que impulsen la ejecución de proyectos de inversión de impacto regional y local con la participación del sector privado mediante la suscripción de convenios para para financiar, ejecutar y/o proponer proyectos de inversión, inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición (en adelante IOARR), e inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición de emergencia (en adelante IOARR de emergencia) en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, los que deben estar en armonía con las políticas y con los planes de desarrollo nacional, regional y/o local, y contar con la declaración de viabilidad, o con la aprobación, según corresponda; Que, de acuerdo con el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento de la Ley N°29230, corresponde a la Entidad Pública aprobar la lista de priorización que incluya Inversiones, que se encuentren registradas en el PMI cuando corresponda, y contar con la declaración de viabilidad o aprobación, según corresponda, conforme a los criterios establecidos en el SNPMGI. Asimismo, se pueden incluir actividades de operación y/o mantenimiento. Las Entidades Públicas del Gobierno Nacional pueden, adicionalmente, incluir proyectos de investigación aplicada y/o innovación tecnológica; Que, el inciso 1 del numeral 19.2 del artículo 19 del Reglamento de la Ley N°29230, indica que la lista de priorización de Inversiones y/o actividades de operación y/o mantenimiento a ejecutarse en el marco del TUO de la Ley N° 29230, en el caso de los Gobiernos Regionales, se aprueba mediante acuerdo del Consejo Regional. Esta facultad es indelegable; Que, mediante Memorando N°000654-2025-GRLL-GGR del 9 de mayo de 2025, el Ing. Herguein Martin Namay Valderrama, Gerente General Regional, dispuso que la Gerencia de Cooperación Técnica y Promoción de la Inversión Privada, inicie la implementación de la Fase de PRIORIZACION y los subsiguientes, respecto a las Actividades de Mantenimiento y adecuación Integral de los Ambientes de la I.E. GUE José Faustino Sánchez Carrión, Distrito de Trujillo, Provincia de Trujillo, Departamento de la Libertad, contenidas en el Manual de Mantenimiento denominado “MANUAL DE MANTENIMIENTO Y ADECUACION INTEGRAL DE LOS AMBIENTES DE LA I.E. GUE JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN, DISTRITO DE TRUJILLO, PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”, que será ejecutado en el marco de lo establecido en la Ley de Obras por impuestos; Que, mediante Memorando N°000695-2025-GRLL-GGR del 12 de mayo de 2025, el Ing. Herguein Martin Namay Valderrama, Gerente General Regional, dispuso que la Gerencia de Cooperación Técnica y Promoción de la Inversión Privada, inicie la implementación de la Fase de PRIORIZACION y los subsiguientes, respecto a las Actividades de Operación y Mantenimiento de quince (15) establecimientos de Salud del Primer Nivel de atención de la Región La Libertad, contenidas en los quince (15) manuales; Que, de acuerdo a lo señalado Informe N°000060-2025-GRCTPIP-SGPIP-VMSZ del 21 de mayo de 2025, el Ing. Víctor Miguel Sánchez Zelada, profesional técnico de la Subgerencia de Promoción de la Inversión Privada, actualmente, los Establecimientos de salud del primer nivel de atención, vienen atendiendo a los pobladores de su jurisdicción entre otros que requieran de sus servicios, sin una planificación de mantenimiento y gestión de activos que conlleve a un flujo organizado de ejecución de actividades de inspección, actividades preventivas y/o correctivas, acorde a los lineamientos para entornos sanitarios que todo Establecimiento de salud debe cumplir, permitiendo mejorar las condiciones existentes y mantener la operatividad del equipamiento, sin ampliar o modificar la capacidad operativa para la provisión de los servicios de salud, por lo que, la Gerencia Regional de Cooperación Técnica y Promoción de la Inversión Privada, a través de sus profesionales elaboró los Manuales que contienen Actividades de Operación y Mantenimiento de Quince (15) Establecimientos de Salud del Primer Nivel de atención de la Región La Libertad. Aunado a ello, señaló que la Institución Educativa José Faustino Sánchez Carrión del distrito y provincia Trujillo - La Libertad, viene brindando servicios educativos a los estudiantes de su jurisdicción, así como a otros que requieran, sin contar con una planificación adecuada de mantenimiento y gestión de su infraestructura, lo que genera que no exista un flujo organizado para la ejecución de actividades de Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: WWFLDIC

inspección, mantenimiento preventivo y/o correctivo, conforme a los lineamientos que todo entorno educativo debe cumplir, afectando las condiciones existentes y comprometiendo la conservación de la infraestructura, sin ampliar ni modificar la capacidad operativa destinada a la prestación de los servicios educativos, por lo cual, la Gerencia Regional de Cooperación Técnica y Promoción de la Inversión Privada, elaboró el Manual que contiene las Actividades de Mantenimiento y adecuación Integral de los Ambientes de la I.E. GUE José Faustino Sánchez Carrión, Distrito de Trujillo, Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad. Añadió que, las actividades de operación y/o mantenimiento contenidas en los Manuales señalados precedentemente, cuentan con la validación y conformidad de los órganos competentes – esto es- en el Caso de las actividades de operación y mantenimiento de los 15 Establecimientos de salud fue validado por la Gerencia Regional de Salud y, las actividades de mantenimiento de la Institución Educativa GUE José Faustino Sánchez Carrión, fue validado y visado por la Gerencia Regional de Educación; Que, el artículo 23 del Reglamento de la Ley N°29230, en su numeral 23.1 señala que las Entidades Públicas deben actualizar las listas de priorización periódicamente y como mínimo una vez al año, para lo cual, Proinversión brinda asistencia técnica a las respectivas Entidades Públicas, cuando así lo soliciten. La lista de priorización es publicada por Proinversión en su portal institucional dentro de los tres (3) días de recibida la información a la que se refieren los artículos 19 y 20. Asimismo en su numeral 23.2, señala que Proinversión actualiza la lista de priorización publicada en su portal institucional, retirando aquellas Inversiones y actividades de operación y/o mantenimiento que cuenten con un Convenio de Inversión suscrito y/o aquellos que se encuentren en ejecución o ejecutados bajo otra modalidad. Para ello, Proinversión requiere a las Entidades Públicas la debida actualización de la lista de priorización; Que en el numeral 30.1 del artículo 30 del Reglamento de la Ley N°29230, se señala que el proceso de selección de la Empresa Privada se realiza por un comité especial designado para tal efecto. El comité especial es designado por el titular de la Entidad Pública en la Resolución de aprobación de lista de priorización en caso de entidades del Gobierno Nacional. En el caso de Gobiernos Regionales, de Gobiernos Locales y Universidades Públicas, el comité especial es designado dentro de los dos (2) días siguientes a la aprobación de la lista de priorización por parte del titular de la entidad o a quien este delegue; Que, en ese contexto, el Gobierno Regional La Libertad ha establecido como política de gestión, promover la participación del sector privado para la ejecución de Proyectos de inversión pública y/o IOARR en el ámbito de su jurisdicción; Que, con la promoción de la participación de la inversión privada en la ejecución de proyectos, se busca favorecer el desarrollo de nuevas fuentes de generación de bienes, servicios y empleo, contribuyendo a mejorar la calidad de vida de la población; Que conforme al artículo XI del Título Preliminar del Reglamento del TUO de la Ley N°29230, las Entidades Públicas pueden suscribir un Convenio de asistencia técnica con Proinversión bajo la modalidad de asesoría o de encargo, previo acuerdo del Consejo Regional, del Concejo Municipal, del Consejo Universitario, o previa resolución del titular de la Entidad Pública del Gobierno Nacional, según corresponda; Que, corresponde resaltar que los costos1 de las actividades de operación y/o mantenimiento a priorizarse serán cubiertos dentro del tope de capacidad anual del Gobierno Regional La Libertad, establecido mediante Decreto Supremo N°218-2024- EF, actualizado mediante Decreto Supremo N°028-2025-EF publicado en el Diario Oficial “ de Capacidad Anual 2025, para los gobiernos regionales, gobiernos locales y universidades públicas para la emisión de Certificados de Inversión Pública Regional y Local – Tesoro Público (CIPRL);

Sin considerar los costos de control concurrente y gestión de proyectos que son asumidos por la Entidad.

Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: WWFLDIC

Que, en el caso de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Universidades, se verificó que el monto de inversión de las ACTIVIDADES DE OPERACIÓN Y/O MANTENIMIENTO, consideradas en el presente acuerdo no supera el tope de capacidad anual del Gobierno Regional La Libertad, asimismo, cumple con Reglas Fiscales establecidas en el Decreto Legislativo N°1275, por tanto, el Titular de la Entidad puede suscribir convenios bajo el mecanismo de Obras por Impuestos. Además, de acuerdo al artículo 22 del Reglamento de la Ley N°29230, en razón a ello, mediante Informes N°000135-2025GRLL-GGR-GRP y N°000136-2025-GRLL-GGR-GRP, el Gerente Regional de Presupuesto, el Economista Pedro Enrique Chalen Costa, emitió el Compromiso de Priorización Presupuestal y/o acreditación de la disponibilidad presupuestal para la ejecución bajo el mecanismo de obras por impuestos de las Actividades de Mantenimiento respecto a los Ambientes de la I.E. GUE José Faustino Sánchez Carrión, Distrito de Trujillo, Provincia de Trujillo, Departamento de la Libertad y, las Actividades de Operación y Mantenimiento de quince (15) Establecimientos de Salud del Primer Nivel de atención de la Región La Libertad [contenidas en los Manuales de Operación y/o Mantenimiento], por un monto total en el año 2025, equivalente a S/ 3’773,939.86 (tres millones setecientos setenta y tres mil novecientos treinta y nueve con 86/100 soles) y S/17’125,224.36 (diecisiete millones ciento veinticinco mil doscientos cuarenta y cuatro con 36/100 soles ), respectivamente, en la Fuente de Financiamiento: RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CRÉDITO, en la genérica de gasto 2.6., en el marco del Decreto Supremo N°028-2025-EF, mediante el cual se la actualización de los Topes Máximos de Capacidad Anual para la emisión de los Certificados de Inversión pública Regional y Local - Tesoro Público (CIPRL), aprobados mediante Decreto Supremo N°218-2024- EF, para gobiernos regionales, locales y universidades públicas; Que, de acuerdo al Informe Legal N°00093-2024-GRLL-GGR/GRAJ-MSJB, de fecha 22 de mayo del 2025, la suscrita es de la opinión que resulta procedente que mediante Acuerdo Regional se aprueba la Priorización de las Actividades de Mantenimiento respecto a los Ambientes de la I.E. GUE José Faustino Sánchez Carrión, Distrito de Trujillo, Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad y, las Actividades de Operación y Mantenimiento de quince (15) establecimientos de Salud del Primer Nivel de atención de la Región La Libertad, contenidas en los Manuales de Operación y/o Mantenimiento; Ratificado por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica mediante Oficio N°000577-2025-GRLL-GGRGRAJ; Que, en ese marco legal, el Gobierno Regional de La Libertad, por convenir a los intereses de la población de su jurisdicción, de contar con servicios públicos e infraestructura adecuada y eficiente, puede ejecutar bajo la modalidad de obras por impuestos, las inversiones que son priorizados; Que, en Sesión Extraordinaria Presencial del Consejo Regional de fecha 17 de junio del año en curso se propuso a debate el Dictamen N°0072-2025-GRLL-CR/COMPLAN, emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de La Libertad, que aprobó por unanimidad el proyecto de Acuerdo Regional relativo a aprobar la Priorización de las ACTIVIDADES DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO de quince (15) Establecimientos de Salud del Primer Nivel de atención de la Región La Libertad y, ACTIVIDADES DE MANTENIMIENTO respecto a los Ambientes de la I.E. GUE José Faustino Sánchez Carrión, Distrito de Trujillo, Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad, para ser financiadas, ejecutadas y supervisadas, bajo la modalidad de obras por impuestos; y, En tal sentido, el Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú, Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; y los artículos 23° y 64° del Reglamentos Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR y demás normas complementarias, con dispensa de lectura y aprobación de acta, el Pleno del Consejo Regional ACORDÓ POR MAYORÍA: ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la Priorización de las ACTIVIDADES DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO de Quince (15) Establecimientos de Salud del Primer Nivel de atención de la Región Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: WWFLDIC

La Libertad y, ACTIVIDADES DE MANTENIMIENTO respecto a los Ambientes de la I.E. GUE José Faustino Sánchez Carrión, Distrito de Trujillo, Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad, para su financiamiento y ejecución en el marco de la Ley N°29230, conforme se indica a continuación: ACTIVIDADES DE OPERACIÓN Y/O MANTENIMIENTO

COMPONENTES A INTERVENIR MANUAL DE OPERACIÓN & MANTENIMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD 3 DE OCTUBRE (Red Integrada de Salud Ascope)

PLAZO DE EJECUCIÓN (días MONTO DE INVERSIÓN DE LA calendario) ACTIVIDAD (incluye I.G.V.)

S/881,726.70

S/859,541.63

S/1,327,558.86

S/1,064,511.01

S/2,340,470.57

S/803,716.94

S/799,026.63

S/1,228,991.44

S/557,475.82

S/647,858.56

S/907,357.05

S/1,574,545.91

S/1,780,797.78

S/1,002,074.86

S/1,349,570.60

S/3,773,939.86

EQUIPAMIENTO MANUAL DE OPERACIÓN & MANTENIMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD ALTO PERÚ (Red Integrada de Salud Ascope) MANUAL DE OPERACIÓN & MANTENIMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD CASA GRANDE (Red Integrada de Salud Ascope) MANUAL DE OPERACIÓN & MANTENIMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD CHEQUEN Red Integrada de Salud Chepén) MANUAL DE OPERACIÓN & MANTENIMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD CHICAMA (Red Integrada de Salud Ascope) MANUAL DE OPERACIÓN & MANTENIMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD CHOCOFAN (Red Integrada de Salud Pacasmayo) MANUAL DE OPERACIÓN & MANTENIMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD CHOCOPE (Red Integrada de Salud Ascope) MANUAL DE OPERACIÓN & MANTENIMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD MAGDALENA DE CAO (Red Integrada de Salud Ascope) MANUAL DE OPERACIÓN & MANTENIMIENTO DEL EQUIPAMIENTO ESTABLECIMIENTO DE SALUD MARISCAL CASTILLA INFRAESTRUCTURA (Red Integrada de Salud Pacasmayo) MANUAL DE OPERACIÓN & MANTENIMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD MAZANCA (Red Integrada de Salud Pacasmayo) MANUAL DE OPERACIÓN & MANTENIMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD MOLINOS DE CAJANLEQUE (Red Integrada de Salud Ascope) MANUAL DE OPERACIÓN & MANTENIMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD PACANGUILLA (Red Integrada de Salud Chepén) MANUAL DE OPERACIÓN & MANTENIMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD PAIJÁN (Red Integrada de Salud Ascope) MANUAL DE OPERACIÓN & MANTENIMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD PUEBLO NUEVO (Red Integrada de Salud Chepén) MANUAL DE OPERACIÓN & MANTENIMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD SANTIAGO DE CAO (Red Integrada de Salud Ascope) MANUAL DE MANTENIMIENTO Y ADECUACION ESTRUCTURAS INTEGRAL DE LOS AMBIENTES DE LA I.E. GUE JOSE ARQUITECTURA FAUSTINO SANCHEZ CARRION, DISTRITO DE INSTALACIONES TRUJILLO, PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO SANITARIAS DE LA LIBERTAD. INSTALACIONES ELECTRICAS

ARTÍCULO SEGUNDO: FACULTAR al Gobernador de la Región La Libertad aprobar y convenir todas las variaciones o modificaciones que resulten necesarias durante la fase de ejecución, para el cumplimiento de los objetivos de las actividades de operación y/o mantenimiento priorizadas hasta la emisión de los Certificados de “Inversión Pública Regional y Local –Tesoro Público” CIPRL, Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: WWFLDIC

considerando que se encuentra facultado a suscribir los Convenios de Inversión Pública Regional con las Empresas Privadas, así como a aprobar, autorizar y supervisar los procedimientos del mecanismo de Obras por Impuestos, conforme lo establece el artículo 6 del T.U.O. la Ley N°29230. ARTÍCULO TERCERO: SOLICITAR la Asistencia Técnica, en la modalidad de asesoría, a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, según los alcances del artículo XI del Título Preliminar del Reglamento de la Ley N°29230. ARTÍCULO CUARTO: FACULTAR al Titular del Pliego a suscribir el Convenio de Asistencia Técnica con PROINVERSIÓN. ARTÍCULO QUINTO: AUTORIZAR a la administración realizar las afectaciones presupuestales y financieras en el Sistema Integrado de Administración Financiera SIAF que origine la emisión de los Certificados de “Inversión Pública Regional y Local –Tesoro Público” CIPRL, así como las modificaciones presupuestarias dirigidas a la emisión de los CIPRL, de conformidad con el Decreto Legislativo N°1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. ARTÍCULO SEXTO: PUBLICAR el presente Acuerdo en el Portal Institucional de la Entidad Pública y REMITIRLO a PROINVERSIÓN, según lo dispuesto en el numeral 23.1 del artículo 23 del Reglamento de la Ley N°29230. ARTÍCULO SÉPTIMO: NOTIFICAR el presente Acuerdo al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad, al Gerente General Regional, al Gerente Regional de Cooperación Técnica y Promoción de la Inversión Privada, a la Gerencia Regional de Presupuesto y, a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN; para su conocimiento y fines pertinentes.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE y ARCHÍVESE.

Documento firmado digitalmente por TANIA LORENA CARRANZA BLAS PRESIDENTA DEL CONSEJO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD

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