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109-2025-GRLL-CR Regional Agreement La Libertad In force

Acuerdo Regional N.° 109-2025-GRLL-CR

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Firmado digitalmente por CARRANZA BLAS Tania Lorena FAU 20440374248 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 09.05.2025 17:00:17 -05:00

Trujillo, 09 de Mayo del de 2025 Trujillo, 09 de Mayo

ACUERDO REGIONAL N°

-2025-GRLL-CR

ACUERDO REGIONAL N° 000109-2025-GRLL-CR “ACUERDAN INVITAR AL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE FLORENCIA DE MORA, A FIN DE QUE INFORME RESPECTO DE LA TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE FLORENCIA DE MORA, HASTA POR LA SUMA DE TRES MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS DOS CON 00/100 (S/ 3,955,802.00), DESTINADOS AL FINANCIAMIENTO DE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “RENOVACION DE PISTA; EN EL(LA) CALLE 21 DE OCTUBRE, 5 DE NOVIEMBRE, 24 DE ABRIL Y OTRAS CALLES COMPRENDIDAS ENTRE LA CALLE 20 DE JUNIO Y AV LOS LAURELES DEL DISTRITO DE FLORENCIA DE MORA, PROVINCIA TRUJILLO, DEPARTAMENTO LA LIBERTAD” CON CUI N° 2634400”. El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Ordinaria de fecha 6 de mayo de 2025, VISTO Y DEBATIDO, el pedido formulado mediante Oficio N° 000066-2025GRLL-CR-DCRT3 presentado por la Consejera Regional por la provincia de Trujillo, CPC. Verónica Rebeca Escobal Ordoñez, mediante el cual solicita que el Pleno del Consejo Regional, acuerden “invitar al alcalde de la Municipalidad Distrital de Florencia de Mora, a fin de que informe respecto de la transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Florencia de Mora, para el financiamiento de la ejecución del proyecto “Renovación de pista; en el(la) calle 21 de octubre, 5 de noviembre, 24 de abril y otras calles comprendidas entre la calle 20 de junio y av. los laureles del distrito de Florencia de Mora, provincia Trujillo, departamento La Libertad” con CUI N° 2634400.”; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 191° de la Constitución Política del Perú de 1993 y el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. – establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el artículo 5° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, establece que la misión del gobierno regional es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región; Que, el artículo 15° de la Ley antes acotada, establece las atribuciones del Consejo Regional, indicando entre otras, el aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; y el artículo 39º establece que, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, el artículo 45° de la Ley antes acotada señala que: (…) Los Gobiernos Regionales definen, norman, dirigen y gestionan sus políticas regionales y ejercen sus funciones generales y específicas en concordancia con las políticas nacionales y sectoriales; Que, el artículo 8º de la Ley N.º 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, establece que: “La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia. Se sustenta en afianzar en las poblaciones e instituciones la responsabilidad y el derecho de promover y gestionar el desarrollo de sus circunscripciones, en el marco de la unidad de la nación”; en tanto que el inc. f) de su artículo 4°, establece que uno de los principios de la descentralización es su

Firmado digitalmente por MORI BETTETA Carlos Enrique FAU 20440374248 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 09.05.2025 16:49:05 -05:00es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, Esta

aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: VYUUSFN

subsidiaridad que consiste en que “Las actividades de gobierno en sus distintos niveles alcanzan mayor eficiencia, efectividad y control de la población si se efectúan descentralizadamente”; Que, en particular, el inciso c) del artículo 10º de la Ley N.º 27867 – Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, sobre las Competencias exclusivas y compartidas de los Gobiernos Regionales, concordante con el inciso c) del artículo 35º de la Ley N.º 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, reconoce como su competencia exclusiva: “Aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto”; Que, el artículo 76° del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las transferencias financieras entre pliegos presupuestarios, son traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario; los cuales son destinados para la ejecución de actividades y proyectos de inversión pública incorporados a los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos del destino; Que, mediante el Decreto Supremo N.º 004-2013PCM, se Aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, constituyendo el principal instrumento orientador de la modernización de la Gestión Pública en el Perú, que establece la visión, los principios y lineamientos para la actuación coherente y eficaz del sector público, en todos sus niveles, fomentando la articulación intergubernamental, el control de la gestión y la transparencia; Que, mediante Resolución Directoral N.º 0001-2024-EF/50.01, se aprueba la Directiva N.º 00092024- EF/50.01 “Directiva de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria”, que tiene como objeto establecer las disposiciones técnicas para que las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, programen y formulen su presupuesto institucional con una perspectiva multianual, orientado al logro de los resultados priorizados establecido en las leyes anuales de presupuesto, los resultados sectoriales y los objetivos estratégicos institucionales y sujeto a la disponibilidad de recursos; en concordancia con lo establecido en el numeral 12) del Artículo 2º del Decreto Legislativo N.º 1440, que establece que la “Programación Multianual. - Consiste en que el Presupuesto del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fiscales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN)”; Que, respecto a la articulación intergubernamental que debe existir en el ámbito presupuestal, el apartado h) del inc. 13.1 del Art. 13 de la Ley N° 31953 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, faculta excepcionalmente a los Gobiernos Regionales las siguientes: Transferencias Financieras durante el Año Fiscal 2024: “Las que se realicen para el financiamiento y financiamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, así como para el desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias financieras se efectúan hasta el primer trimestre del año 2024, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado.”; Al respecto, mediante Acuerdo Regional N° 00097-2024-GRLL-CR, en Sesión Ordinaria de fecha 06 de junio del 2024, el Pleno del Consejo por unanimidad resolvió APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Florencia de Mora, hasta por la suma de Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: VYUUSFN

TRES MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS DOS CON 00/100 (S/ 3,955,802.00), destinados al financiamiento de la ejecución del Proyecto “RENOVACION DE PISTA; EN EL(LA) CALLE 21 DE OCTUBRE, 5 DE NOVIEMBRE, 24 DE ABRIL Y OTRAS CALLES COMPRENDIDAS ENTRE LA CALLE 20 DE JUNIO Y AV LOS LAURELES DEL DISTRITO DE FLORENCIA DE MORA, PROVINCIA TRUJILLO, DEPARTAMENTO LA LIBERTAD” con CUI N° 2634400; los cuales no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos; Asimismo, en su artículo tercero, se designó al Gerente Regional de Infraestructura, bajo responsabilidad, del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales son entregados los recursos que comprende la Transferencia Financiera, sin perjuicio del seguimiento por parte de los consejeros regionales, a fin de cautelar el cumplimiento de la finalidad de la transferencia autorizada conforme al artículo primero del presente acuerdo regional, en concordancia y aplicación de las disposiciones contenidas en el Acuerdo Regional N° 000063-2024-GRLL-CR, de fecha 09 de mayo de 2024, y, el numeral 13.4. del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; La finalidad de las transferencias financieras es el traspaso de fondos públicos entre diferentes presupuestos, sin contraprestación, para financiar actividades y proyectos de los presupuestos institucionales de los pliegos de destino. Estas transferencias permiten a los gobiernos y entidades públicas, como las municipalidades y unidades ejecutores, ejecutar proyectos y atender necesidades prioritarias de la comunidad; Es necesario que el alcalde de la Municipalidad Distrital de Florencio de Mora exponga ante el Pleno del Consejo Regional la utilización del recurso publico trasferido a su comuna por el Gobierno Regional de La Libertad; En sesión Ordinaria de Consejo Regional, realizada el día 6 de mayo de 2025, la Consejera Regional CPC. Verónica Rebeca Escobal Ordoñez, sustentó su pedido relativo a Acordar invitar al alcalde de la Municipalidad Distrital de Florencia de Mora, a fin de que informe respecto la transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Florencia de Mora, para el financiamiento de la ejecución del proyecto “Renovación de pista; en el(la) calle 21 de octubre, 5 de noviembre, 24 de abril y otras calles comprendidas entre la calle 20 de junio y av. los laureles del distrito de Florencia de Mora, provincia Trujillo, departamento La Libertad” con CUI N° 2634400.”; pedido que lo realiza en el marco de sus funciones de fiscalización contenidas en la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales concordante con el Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR. En tal sentido, el Consejo Regional del Gobierno Regional de la Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias; y los artículos 23° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR; demás normas complementarias, con dispensa de lectura y aprobación de acta, el Pleno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha 6 de mayo del 2025 se, ACORDÓ POR UNANIMIDAD: ARTÍCULO PRIMERO. – ACUERDAN invitar al alcalde de la Municipalidad Distrital de Florencia de Mora, a fin de que informe respecto de la transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Florencia de Mora, para el financiamiento de la ejecución del proyecto “Renovación de pista; en el(la) calle 21 de octubre, 5 de noviembre, 24 de abril y otras calles comprendidas entre la calle 20 de junio y av. los laureles del distrito de Florencia de Mora, provincia Trujillo, departamento La Libertad” con CUI N° 2634400. ARTÍCULO SEGUNDO. – NOTIFICAR al alcalde de la Municipalidad Distrital de Florencia de Mora, provincia de Trujillo, Región La Libertad, el presente Acuerdo Regional. Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: VYUUSFN

ARTÍCULO TERCERO. – COMUNICAR al Gobernador Regional, Gerente General Regional y Gerente Regional de Infraestructura, el presente Acuerdo Regional, para conocimiento. ARTÍCULO CUARTO. – DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. POR TANTO: MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA

Documento firmado digitalmente por TANIA LORENA CARRANZA BLAS PRESIDENTA DEL CONSEJO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD

Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: VYUUSFN


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