Acuerdo Regional N.° 095-2026-GRLL-CR
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Firmado digitalmente por ESPIR CALDERON Indhira Leyla FAU 20440374248 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 09.06.2026 10:43:52 -05:00
Trujillo, 09 de Junio del de 2026 Trujillo, 09 de Junio
ACUERDO REGIONAL N°
-2026-GRLL-CR
ACUERDO REGIONAL N° 000095-2026-GRLL-CR
APRUEBAN EXHORTE A LA GOBERNADORA REGIONAL DE LA LIBERTAD PARA QUE, A TRAVÉS DE LA GERENCIA REGIONAL DE PRESUPUESTO, LA GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y DEMÁS ÓRGANOS COMPETENTES, SE PRIORICE LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS FINANCIEROS A FAVOR DE LAS MUNICIPALIDADES DISTRITALES DE MOLLEBAMBA Y CACHICADÁN, DESTINADOS AL FINANCIAMIENTO Y EJECUCIÓN DE SUS PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA PRIORITARIOS, DE CONFORMIDAD CON LA NORMATIVA PRESUPUESTAL VIGENTE El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Ordinaria de la fecha 01 de junio del 2026; VISTO Y DEBATIDO: El Oficio N° 000058-2026-GRLL-CR-DCRSCH, de fecha 29 de mayo de 2026, mediante el cual el Consejero Regional representante de la provincia de Santiago de Chuco, Sr. Jesús Miguel Antón Zegarra, presenta formalmente el pedido ante el Pleno para instar al Ejecutivo Regional a viabilizar las transferencias de capital destinadas a los distritos de la mencionada provincia; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el artículo 31° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, y el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, conforme al artículo 13° de la Ley N° 27867, correspondiéndole dictar las normas que regulen la gestión regional, así como canalizar las preocupaciones y demandas de la población a través de sus legítimos representantes; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 39° de la referida Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la voluntad de este órgano para pronunciarse sobre asuntos de interés público, ciudadano o institucional, así como para canalizar las solicitudes de los integrantes del Pleno en el ejercicio de sus funciones representativas; Que, mediante el Oficio N° 000058-2026-GRLL-CR-DCRSCH, el Consejero Regional por la provincia de Santiago de Chuco, Sr. Jesús Miguel Antón Zegarra, invocando lo señalado en el artículo 51° del Reglamento Interno del Consejo Regional (RIC) y específicamente el inciso f) del artículo 17° del mismo cuerpo normativo, el cual confiere el deber de "Canalizar las preocupaciones y necesidades de la comunidad y procesarlas de acuerdo a las normas vigentes", ha fundamentado la imperiosa necesidad de priorizar y viabilizar transferencias de capital para proyectos de inversión pública en los distritos que integran su circunscripción provincial; Que, el desarrollo equilibrado y descentralizado de la Región La Libertad exige que el Ejecutivo Regional ejecute y gestione de manera célere los recursos presupuestales correspondientes a las transferencias de capital, a fin de mitigar las brechas de infraestructura y servicios esenciales
Firmado digitalmente por MORI BETTETA Carlos Enrique FAU 20440374248 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 09.06.2026 10:27:17 -05:00es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, Esta
aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: RKFPWBQ
en los distritos de la provincia de Santiago de Chuco, asegurando así el bienestar socioeconómico de su comunidad; Estando a lo expuesto, con los fundamentos del pedido formulado, y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el Reglamento Interno del Consejo Regional de La Libertad, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR, con la dispensa de lectura y aprobación del acta, el Pleno del Consejo Regional; ACORDÓ POR UNANIMIDAD: ARTÍCULO PRIMERO. - Aprobar se EXHORTE a la Gobernadora Regional de La Libertad para que, a través de la Gerencia Regional de Presupuesto, la Gerencia Regional de Infraestructura y demás órganos competentes, se priorice la transferencia de recursos financieros a favor de las Municipalidades Distritales de Mollebamba y Cachicadán, destinados al financiamiento y ejecución de sus proyectos de inversión pública prioritarios, de conformidad con la normativa presupuestal vigente, conforme a lo peticionado mediante el Oficio N° 000058-2026-GRLL-CRDCRSCH por el Consejero Regional Jesús Miguel Antón Zegarra. ARTÍCULO SEGUNDO. - ENCARGAR a la Mesa Directiva y a la Secretaría del Consejo Regional de La Libertad la notificación formal del presente Acuerdo Regional al Despacho del Gobernador Regional y a las instancias ejecutivas pertinentes para su conocimiento, evaluación técnica y fines de ley correspondientes. ARTÍCULO TERCERO.- DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional a través del Portal Electrónico Institucional del Gobierno Regional de La Libertad, en cumplimiento de las normas de transparencia y acceso a la información pública. POR TANTO: Regístrese, Notifíquese y Cúmplase.
Documento firmado digitalmente por INDHIRA LEYLA ESPIR CALDERON PRESIDENTA DEL CONSEJO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD
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