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088-2026-GRLL-CR Regional Agreement La Libertad In force

Acuerdo Regional N.° 088-2026-GRLL-CR

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Firmado digitalmente por ESPIR CALDERON Indhira Leyla FAU 20440374248 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 01.06.2026 16:16:51 -05:00

Trujillo, 01 de Junio del de 2026 Trujillo, 01 de Junio

ACUERDO REGIONAL N°

-2026-GRLL-CR

ACUERDO REGIONAL N° 000088-2026-GRLL-CR

INVITAR AL GENERAL RICARDO ESPINOZA CUESTAS, JEFE DE LA REGIÓN POLICIAL LA LIBERTAD, A FIN DE QUE EXPONGA ANTE EL PLENO DEL CONSEJO REGIONAL SU PLAN OPERATIVO DISEÑADO PARA CONTRARRESTAR LA INSEGURIDAD CIUDADANA EN LA REGIÓN LA LIBERTAD El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Extraordinaria de fecha 27 de mayo de 2026, VISTO Y DEBATIDO el pedido formulado mediante Oficio N.º 0000112026-GRLL-CR-DCRT3, presentado por la Consejera Regional por la provincia de Trujillo, Verónica Escobal Ordoñez, mediante el cual solicita que el Pleno del Consejo Regional acuerde invitar al General PNP Ricardo Espinoza Cuestas, Jefe de la Región Policial La Libertad, a fin de que exponga ante el pleno del Consejo Regional su plan operativo diseñado para contrarrestar la inseguridad ciudadana en la región La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 191° de la Constitución Política del Perú de 1993 y el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que la misión del gobierno regional es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región; Que, igualmente en su artículo 15°, instituye las atribuciones del Consejo Regional, indicando entre otras, el aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; y el artículo 39° establece que, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, el artículo 8º de la Ley N.º 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, establece que: “La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia. Se sustenta en afianzar en las poblaciones e instituciones la responsabilidad y el derecho de promover y gestionar el desarrollo de sus circunscripciones, en el marco de la unidad de la nación”; en tanto que el inc. f) de su artículo 4°, establece que uno de los principios de la descentralización es su subsidiaridad que consiste en que “Las actividades de gobierno en sus distintos niveles alcanzan mayor eficiencia, efectividad y control de la población si se efectúan descentralizadamente”; Que, mediante el Decreto Supremo N° 004-2013PCM, se Aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, constituyendo el principal instrumento orientador de la modernización de la Gestión Pública en el Perú, que establece la visión, los principios y lineamientos para la actuación coherente y eficaz del sector público, en todos sus niveles, fomentando la articulación intergubernamental, el control de la gestión y la transparencia; Firmado digitalmente por MORI BETTETA Carlos Enrique FAU 20440374248 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 01.06.2026 13:56:02 -05:00es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, Esta

aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: XDWOIVX

Que, la región La Libertad viene atravesando una situación crítica en materia de seguridad ciudadana, evidenciada en el incremento sostenido y significativo de la incidencia delictiva, particularmente en la comisión de delitos graves como homicidio, extorsión, sicariato, robo agravado, entre otros, los cuales vienen afectando de manera directa la tranquilidad pública, el normal desarrollo de las actividades económicas y la vida cotidiana de la población; situación que se ve agravada por la presencia, expansión y accionar organizado de bandas y organizaciones criminales en diversos ámbitos territoriales de la región, las cuales operan con creciente sofisticación, generando un clima generalizado de temor, inseguridad e incertidumbre que compromete el orden interno, debilita la cohesión social y socava la confianza de la ciudadanía en las instituciones públicas; Que, la seguridad ciudadana, en su condición de bien público esencial y componente fundamental del Estado constitucional de derecho, constituye una responsabilidad ineludible del Estado en todos sus niveles de gobierno, conforme a sus competencias constitucionales y legales, orientada a garantizar la plena vigencia de los derechos fundamentales de la persona, tales como el derecho a la vida, la integridad personal, la libertad individual, la inviolabilidad del domicilio y la libertad de tránsito; en tal sentido, resulta imperativo que las entidades públicas adopten medidas oportunas, integrales y articuladas, en el marco de una actuación interinstitucional coordinada, que permita prevenir, disuadir, controlar y sancionar la criminalidad, así como restablecer las condiciones de seguridad y convivencia pacífica que la población demanda legítimamente; Que, en ese contexto, corresponde a las autoridades regionales, en el marco de sus competencias y en coordinación con las entidades del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, promover acciones de seguimiento, fiscalización y articulación intergubernamental que contribuyan a mejorar la eficacia de las políticas públicas en materia de seguridad ciudadana, fortaleciendo la capacidad de respuesta del Estado frente al fenómeno delictivo y garantizando la protección de los derechos fundamentales y el bienestar general de la población de la región La Libertad; Que, la región La Libertad viene enfrentando de manera sostenida el fenómeno de la inseguridad ciudadana, evidenciado en la proliferación de delitos graves tales como la extorsión, el sicariato, el robo agravado, entre otros, los cuales se han configurado como una problemática recurrente en la ciudad de Trujillo y en diversas provincias de la región, generando un alto impacto negativo en la seguridad, el desarrollo económico y la convivencia pacífica; situación que demanda una respuesta inmediata, firme y eficaz por parte de las autoridades competentes, en el marco de sus funciones y responsabilidades; Que, en dicho contexto, y considerando la reciente designación del General PNP Ricardo Espinoza Cuestas como Jefe de la Región Policial La Libertad, resulta de interés público y de especial relevancia institucional conocer, de manera directa y transparente, las estrategias, lineamientos y acciones operativas que serán implementadas para enfrentar la criminalidad en la región, así como los resultados que se proyectan alcanzar en el corto y mediano plazo; ello con la finalidad de fortalecer la articulación interinstitucional, optimizar los mecanismos de coordinación entre los distintos niveles de gobierno y garantizar una respuesta integral, eficiente y sostenible en favor de la seguridad ciudadana y el bienestar de la población liberteña; Que, en sesión extraordinaria del Consejo Regional de fecha 27 de mayo de 2026, se presentó, sustentó y sometió a debate el pedido de invitar al General PNP Ricardo Espinoza Cuestas, en su condición de Jefe de la Región Policial La Libertad, a fin de que exponga ante el Pleno del Consejo Regional el plan operativo diseñado para contrarrestar la inseguridad ciudadana en la región La Libertad; ello en atención a la necesidad de fortalecer las acciones de prevención y control del delito, coadyuvar al mantenimiento del orden interno y la seguridad ciudadana, así Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: XDWOIVX

como garantizar la protección de la integridad personal y el patrimonio de la población en el ámbito regional; En tal sentido, el Consejo Regional del Gobierno Regional de la Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias; y los artículos 23° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR; demás normas complementarias, con dispensa de lectura y aprobación de acta, el Pleno del Consejo Regional ACORDÓ POR UNANIMIDAD: ARTÍCULO PRIMERO. – INVITAR al General PNP Ricardo Espinoza Cuestas, Jefe de la Región Policial La Libertad, a fin de que exponga ante el pleno del Consejo Regional de La Libertad el plan operativo diseñado para contrarrestar la inseguridad ciudadana en la región La Libertad, detallando las estrategias, acciones implementadas, resultados obtenidos y medidas previstas a corto y mediano plazo. ARTÍCULO SEGUNDO. – SOLICITAR que la exposición incluya información actualizada sobre los principales indicadores de criminalidad en la región, la articulación con los gobiernos locales y demás entidades competentes, así como las limitaciones operativas y necesidades institucionales para el cumplimiento de sus funciones. ARTÍCULO TERCERO. – ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional cursar la invitación correspondiente, señalando fecha y hora de la sesión en la que se llevará a cabo la exposición. ARTÍCULO CUARTO. – Disponer que la presente resolución sea publicada en los medios oficiales del Gobierno Regional y notificada a la Región Policial La Libertad, a efectos de que se dé cumplimiento a lo dispuesto en el presente Acuerdo Regional

POR TANTO: MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA

Documento firmado digitalmente por INDHIRA LEYLA ESPIR CALDERON PRESIDENTA DEL CONSEJO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD

Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: XDWOIVX


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