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073-2026-GRLL-CR Regional Agreement La Libertad In force

Acuerdo Regional N.° 073-2026-GRLL-CR

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Firmado digitalmente por ESPIR CALDERON Indhira Leyla FAU 20440374248 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 13.04.2026 11:42:38 -05:00

Trujillo, 13 de Abrildel de 2026 Trujillo, 13 de Abril

ACUERDO REGIONAL N°

-2026-GRLL-CR

ACUERDO REGIONAL N° 000073-2026-GRLL-CR DECLARAR DE NECESIDAD PÚBLICA Y DE INTERÉS REGIONAL EL MEJORAMIENTO INTEGRAL DE LA INFRAESTRUCTURA Y CONDICIONES EDUCATIVAS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA INICIAL N° 1582 ‘MIS ANGELITOS’, UBICADA EN EL DISTRITO DE VÍCTOR LARCO HERRERA, PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD. El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Ordinaria de fecha 07 de abril del 2026, VISTO Y DEBATIDO, el pedido formulado mediante Oficio N° 000005-2026GRLL-CR-DCRT3 presentado por la Consejera Regional por la provincia de Trujillo, Mónica Fransisca Atoche Terrones, mediante el cual solicita que el Pleno del Consejo Regional, acuerden “Declarar necesidad púbica e interés regional el Mejoramiento integral de la infraestructura y condiciones educativas de la Institución Educativa Inicia N° 1582 ‘Mis Angelitos’, Distrito Víctor Larco Herrera, Provincia Trujillo, Departamento La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 14º de la Constitución Política del Perú de 1993, señala La educación promueve el conocimiento, el aprendizaje y la práctica de las humanidades, la ciencia, la técnica, las artes, la educación física y el deporte. Prepara para la vida y el trabajo y fomenta la solidaridad. Es deber del Estado promover el desarrollo científico y tecnológico del país; Que, Que, el artículo 16º de la Constitución Política del Perú dispone que el sistema y régimen educativo son descentralizados; corresponde al Estado coordinar la política educativa, establecer lineamientos generales de los planes de estudio, definir requisitos mínimos de organización de los centros educativos y supervisar su cumplimiento, asegurando que ninguna persona se vea impedida de recibir educación por razones económicas o limitaciones físicas o mentales; Que, Que, conforme al artículo 17º de la Constitución, la educación inicial, primaria y secundaria es obligatoria y gratuita en las instituciones del Estado; asimismo, las universidades públicas garantizan educación gratuita a quienes mantengan rendimiento satisfactorio y carezcan de recursos económicos suficientes. La ley regula también la subvención de la educación privada, incluyendo modalidades comunales y cooperativas, para garantizar pluralidad y acceso educativo; Que, el artículo 19º de la Constitución y el artículo 2º de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establecen que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 5º de la Ley N° 27867 establece que la misión del Gobierno Regional es organizar y conducir la gestión pública regional, dentro del marco de competencias exclusivas, compartidas y delegadas, contribuyendo al desarrollo integral y sostenible de la región; y que el artículo 15° faculta al Consejo Regional para aprobar, modificar o derogar normas que regulen asuntos de competencia del Gobierno Regional, mientras que el artículo 39° prescribe que los acuerdos del Consejo expresan la decisión institucional sobre asuntos de interés público; Que, el artículo 8º de la Ley N° 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, define la autonomía como el derecho y capacidad del gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia, sustentada en la responsabilidad de

Firmado digitalmente por MORI BETTETA Carlos Enrique FAU 20440374248 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 13.04.2026 10:45:26 -05:00es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, Esta

aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: SQGRLJF

promover y gestionar el desarrollo local, en tanto que el inciso f) del artículo 4° establece el principio de subsidiaridad, procurando eficiencia y control mediante la descentralización; Que, en Sesión Ordinaria del Consejo Regional de fecha 07 de abril del 2026, la Consejera Regional por la provincia de Trujillo, Mónica Francisca Tertones Atoche, sustentó la propuesta de Acuerdo Regional, señalando que, en ejercicio de su función de fiscalización, con fecha 05 de marzo de 2026 realizó una acción de supervisión a la Institución Educativa Inicial N° 1582 “Mis Angelitos”, ubicada en el distrito de Víctor Larco Herrera, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, la cual brinda servicio educativo en el nivel inicial a una población de 126 niños y niñas de 3, 4 y 5 años de edad, en etapa formativa temprana que demanda condiciones adecuadas de infraestructura, seguridad y salubridad para el óptimo desarrollo del servicio educativo; Que, el acceso a la educación constituye un derecho humano fundamental, que garantiza la igualdad de oportunidades para el desarrollo integral de la persona, correspondiendo al Estado asegurar la prestación del servicio educativo en condiciones de calidad, accesibilidad y equidad; Que, como resultado de la referida acción de fiscalización, se constató el deterioro crítico de la infraestructura de la Institución Educativa Inicial N° 1582 “Mis Angelitos”, evidenciándose ambientes declarados inhabitables en el año 2025, así como la presencia de grietas, fisuras, desprendimiento de materiales, deficiencias en los servicios higiénicos, patio, escaleras y ambientes administrativos, además de humedad, salitre y corrosión, configurándose un alto riesgo estructural y eléctrico, conforme a las evaluaciones realizadas por la Municipalidad Distrital de Víctor Larco Herrera; Que, dichas condiciones generan una situación de grave vulnerabilidad que pone en riesgo la seguridad, integridad física y bienestar de la comunidad educativa, así como la continuidad y calidad del servicio educativo, contraviniendo el deber del Estado de garantizar entornos educativos seguros y adecuados; Que, en ese contexto, la acción de fiscalización evidencia la necesidad urgente de una intervención integral orientada al mejoramiento de la infraestructura educativa de la referida institución, a fin de garantizar espacios seguros, dignos y adecuados que contribuyan al desarrollo integral de los niños y niñas en la primera infancia, en concordancia con el mandato constitucional de garantizar el derecho a una educación de calidad; En tal sentido, el Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú, por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley N° 27867 y sus modificatorias, así como por los artículos 23° y 64°del Reglamento Interno del Consejo Regional de La Libertad, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR, y demás normas complementarias, con dispensa de lectura y aprobación del acta, el Pleno del Consejo Regional: ACORDÓ POR UNANIMIDAD: ARTÍCULO PRIMERO. – DECLARAR de necesidad pública y de interés regional el mejoramiento integral de la infraestructura y condiciones educativas de la Institución Educativa Inicial N° 1582 “Mis Angelitos”, ubicada en el distrito de Víctor Larco Herrera, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, por constituir una intervención prioritaria para garantizar condiciones adecuadas de infraestructura, equipamiento y calidad del servicio educativo en beneficio de la primera infancia de la región. ARTÍCULO SEGUNDO. – RECOMENDAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de La Libertad, a través de la Gerencia General Regional, que disponga que la Gerencia Regional de Infraestructura, en coordinación con la Gerencia Regional de Educación y la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI), en el marco de sus competencias, evalúe, priorice e impulse la formulación y ejecución del proyecto de inversión pública Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: SQGRLJF

correspondiente, conforme a la normativa del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (Invierte.pe). ARTÍCULO TERCERO. – EXHORTAR a la Gerencia Regional de Educación de La Libertad y a las entidades competentes, a adoptar las acciones necesarias para garantizar condiciones adecuadas de infraestructura, seguridad y calidad del servicio educativo en la Institución Educativa Inicial N° 1582 “Mis Angelitos”. ARTÍCULO CUARTO. – DISPONER la notificación del presente Acuerdo de Consejo Regional a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Educación y demás entidades competentes, para los fines correspondientes. ARTÍCULO QUINTO. – DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Portal Institucional del Gobierno Regional de La Libertad, conforme a la Ley N ° 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. POR TANTO: MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA Documento firmado digitalmente por INDHIRA LEYLA ESPIR CALDERON PRESIDENTA DEL CONSEJO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD

Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: SQGRLJF


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