Acuerdo Regional N.° 067-2026-GRLL-CR
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Firmado digitalmente por ESPIR CALDERON Indhira Leyla FAU 20440374248 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 09.04.2026 11:08:59 -05:00
Trujillo, 09 de Abrildel de 2026 Trujillo, 09 de Abril
ACUERDO REGIONAL N°
-2026-GRLL-CR
ACUERDO REGIONAL N° 000067-2026-GRLL-CR
APROBAR LA REALIZACIÓN DE UNA SESIÓN ORDINARIA DESCENTRALIZADA EN EL MES DE MAYO DE 2026, A FIN DE PROMOVER LA DESCENTRALIZACIÓN EFECTIVA DE LAS SESIONES DEL CONSEJO REGIONAL DE LA LIBERTAD, FORTALECER EL VÍNCULO ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL Y LA CIUDADANÍA, Y GARANTIZAR UNA MAYOR PARTICIPACIÓN DE LAS POBLACIONES DE LAS DISTINTAS PROVINCIAS, ESPECIALMENTE AQUELLAS UBICADAS EN ZONAS RURALES. El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Ordinaria de fecha 07 de abril de 2026, VISTO y DEBATIDO el Oficio N.° 0039-2026-GRLL-CR-DCRSC1, formulado por la Consejera Regional representante de la provincia de Sánchez Carrión, Indhira Leyla Espir Calderón, mediante el cual solicita que el Pleno del Consejo Regional apruebe la realización de una sesión ordinaria descentralizada en la ciudad de Chepén, provincia de Chepén, a fin de dar inicio al proceso de descentralización efectiva de las sesiones y fortalecer el acercamiento del gobierno regional a las zonas altoandinas de la región; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado conforme a su Artículo 191º, establece. – Que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme al artículo 2° inciso 17 de la Constitución Política del Perú, toda persona tiene derecho a participar en la vida política, económica, social y cultural de la Nación, siendo deber del Estado promover mecanismos que faciliten dicha participación ciudadana; Que, la Ley N.° 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, establece como finalidad del proceso de descentralización el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, promoviendo el acercamiento del Estado a la población; Que, el artículo 5° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, establece que la misión de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región; así como, en el artículo 10° establece las competencias exclusivas y compartidas que les asigna la constitución; siendo una competencia compartida de acuerdo al artículo 36° de la Ley Orgánica de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783, otras que se le delegue o asigne conforme a ley; Que, el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867, establece que los Acuerdos Regionales expresan la decisión de este órgano colegiado sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Firmado digitalmente por MORI BETTETA Carlos Enrique FAU 20440374248 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 09.04.2026 10:41:52 -05:00es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, Esta
aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: QSUPRUQ
Que, el Artículo 45º de la Ley antes acotada, señala que: (…). Los Gobiernos Regionales definen, norman, dirigen y gestionan sus políticas regionales y ejercen sus funciones generales y específicas en concordancia con las políticas nacionales y sectoriales; Que, la realización de sesiones descentralizadas constituye una herramienta fundamental para fortalecer la transparencia, la participación ciudadana y el control social, permitiendo que la población acceda directamente a los espacios de deliberación y toma de decisiones del Consejo Regional; Que, las provincias altoandinas y zonas rurales de la región La Libertad presentan mayores brechas de acceso a los servicios del Estado y a los espacios de representación política, por lo que resulta necesario promover su inclusión efectiva en la gestión pública regional; Que, la descentralización de las sesiones del Consejo Regional permite visibilizar las problemáticas locales, recoger demandas territoriales específicas y fortalecer la legitimidad de las decisiones adoptadas; Que, en ese sentido, resulta necesario impulsar de manera progresiva la descentralización de las sesiones del Consejo Regional en las distintas provincias de la región, como una práctica de buen gobierno basada en los principios de participación, inclusión y equidad territorial; Que, en mérito a lo dispuesto en el artículo 32° del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, aprobado mediante Ordenanza Regional N.° 0005-2010GR-LL/CR, se contempla la realización de sesiones descentralizadas; Que, la realización de la presente sesión descentralizada contribuirá a fortalecer la identidad regional, promover la participación ciudadana y acercar la gestión pública a las comunidades que históricamente han estado alejadas de los centros de decisión; Que, para la realización de la sesión descentralizada se deberá contar con un espacio adecuado que garantice el aforo y las condiciones necesarias, cuya coordinación estará a cargo de la Mesa Directiva del Consejo Regional; El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobierno Regionales Ley N°27867 y sus modificatorias; y los Artículos 23° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N°005-2010-GR-LL/CR; demás normas complementarias, el Pleno del Consejo Regional ACORDÓ POR UNANIMIDAD: ARTÍCULO PRIMERO. – APROBAR la realización de una Sesión Ordinaria Descentralizada del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad en la ciudad de Chepén, provincia de Chepén, a realizarse el martes 05 de mayo de 2026, como parte del proceso de descentralización de las sesiones del Consejo Regional. ARTÍCULO SEGUNDO. - DISPONER, que la realización de sesiones descentralizadas en las distintas provincias de la región se desarrolle de manera progresiva, con la finalidad de fortalecer la participación ciudadana, el acceso a la gestión pública regional y el acercamiento del Consejo Regional a la población. Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: QSUPRUQ
ARTÍCULO TERCERO. – ENCARGAR, a la Secretaría del Consejo Regional, realizar las acciones administrativas necesarias para la realización de la Sesión Ordinaria Descentralizada. ARTÍCULO CUARTO. – NOTIFICAR, el presente Acuerdo Regional, a la Gobernadora Regional de la Libertad, Vice Gobernador y Gerentes Regionales del Gobierno Regional de la Libertad, para su conocimiento, acciones y fines pertinentes. ARTÍCULO QUINTO. – NOTIFICAR, el presente Acuerdo Regional a las autoridades ediles de las municipalidades, tanto provincial como distritales de la provincia de Chepén, para su conocimiento y acciones respectivas. ARTÍCULO SEXTO. - PUBLICAR el presente Acuerdo Regional en el portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad y en el Diario El Peruano. POR TANTO: MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA.
Documento firmado digitalmente por INDHIRA LEYLA ESPIR CALDERON PRESIDENTA DEL CONSEJO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: QSUPRUQ
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