Skip to content
L Legalize.pe
059-2026-GRLL-CR Regional Agreement La Libertad In force

Acuerdo Regional N.° 059-2026-GRLL-CR

11 min read

Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.

Firmado digitalmente por ESPIR CALDERON Indhira Leyla FAU 20440374248 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 20.03.2026 23:49:26 -05:00

Trujillo, 20 de Marzo del de 2026 Trujillo, 20 de Marzo

ACUERDO REGIONAL N°

-2026-GRLL-CR

ACUERDO REGIONAL N° 000059-2026-GRLL-CR APRUEBAN LA TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO HASTA POR LA SUMA DE S/ 759,682.00 (SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), DESTINADOS AL FINANCIAMIENTO, PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DELEGADOS A LAS MUNICIPALIDADES DE LOS CENTROS POBLADOS El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Ordinaria de fecha 20 de marzo del 2026, VISTO Y DEBATIDO, el Oficio N° 00041-2026-GRLL-CR-COMPLAN de fecha 18 de marzo del 2026 suscrito por el Presidente de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Dr. Samuel Alfonso Leiva López, que contiene el Dictamen N° 009-2026-GRLL-CR-COMPLAN, recaído en el Proyecto de Acuerdo Regional relativo a “Aprobar la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Trujillo hasta por la suma de S/ 759,682.00 (Setecientos Cincuenta y Nueve Mil Seiscientos Ochenta y Dos Y 00/100 Soles), destinados al financiamiento, para la prestación de servicios públicos delegados a las Municipalidades de los Centros Poblados”, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39° de la Ley N° 27867, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”; Que, los literales a) y d) del Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar y modificar o derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional y aprobar los Estados financieros y Presupuestarios; Que, en virtud de lo dispuesto por la Constitución Política del Estado en su artículo 191º: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones”; y, así mismo, en su artículo 192º establece que: “Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo”; Que, la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala en su Art. 2º que: “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal”. Así mismo, en su Art. 4º se dispone que: “Los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo”;

Firmado digitalmente por MORI BETTETA Carlos Enrique FAU 20440374248 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 20.03.2026 23:13:08 -05:00es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, Esta

aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: JYOFVFE

Que, respecto a la articulación intergubernamental que debe existir en el ámbito presupuestal, en la QUINCUAGÉSIMA PRIMERA DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL de la Ley de Presupuesto para el año fiscal 2026, se establece: Se autoriza, durante el Año Fiscal 2026, a los gobiernos regionales a realizar transferencias financieras, a favor de la municipalidad provincial del ámbito geográfico de la municipalidad de centro poblado, para financiar la prestación de los servicios públicos delegados a las municipalidades de centros poblados, previa suscripción de convenio del gobierno regional con la municipalidad provincial del ámbito geográfico de la municipalidad de centro poblado. Las transferencias financieras autorizadas en el marco de la presente disposición se aprueban mediante acuerdo de Consejo Regional, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, y se publica en el diario oficial El Peruano. Asimismo, se autoriza, excepcionalmente, durante el Año Fiscal 2026, a los gobiernos regionales, a utilizar los recursos del Fondo de Compensación Regional (FONCOR) para realizar transferencias financieras en el marco de la presente disposición, a favor de las municipalidades de centros poblados (…). Que, en el mismo sentido, el inc. 13.2 del Art. 13 de la Ley N° 32513 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, establece que: “Las transferencias financieras autorizadas en el numeral 13.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Concejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo del Concejo Regional se publican en el diario oficial El Peruano, y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su sede digital”; Que el artículo 76° del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las transferencias financieras entre pliegos presupuestarios, son traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario; los cuales son destinados para la ejecución de actividades y proyectos de inversión pública incorporados a los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos del destino; Que, con Oficio Nº 411-2026-MPT-SG, de fecha 03 de febrero del 2026, el Sr. Alcalde de la Municipalidad Provincial de Trujillo remite a la Sra. Gobernadora Regional de La Libertad, la solicitud de financiamiento y la suscripción de un CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Y LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO PARA LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS A LAS MUNICIPALIDADES DE CENTROS POBLADOS, en el marco de los dispuesto en la quincuagésima primera disposición complementaria final de la Ley N.º 32513 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, que autoriza las Transferencias Financieras que realicen los Gobiernos Regionales para la prestación de los servicios públicos delegados a las Municipalidades de Centros Poblados, mediante Convenio con las respectivas Municipalidades Provinciales; Que, mediante el Informe N° 000002-2026-GRLL-GGR-GRPAT-SGP-HST, de fecha 13 de febrero de 2026, la Subgerencia de Planeamiento del Gobierno Regional emitió la validación técnica definitiva sobre el cumplimiento de los requisitos presentados por la Municipalidad Provincial de Trujillo, este documento es fundamental, ya que acredita fehacientemente que la solicitud de transferencia se ajusta a los lineamientos legales y operativos exigidos por la Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32513; Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: JYOFVFE

Que, mediante el Oficio N° 0143-2026-GGR-GRPAT, la Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial remitió la evaluación técnica favorable a la Gerencia de Administración, tras validar que la Municipalidad Provincial de Trujillo cumplió con todos los requisitos para acceder a los recursos del fondo regional12. En este documento se confirma que el monto total a transferir asciende a S/ 759,682.00, presupuesto destinado exclusivamente a financiar los servicios públicos delegados en sus 14 municipalidades de centros poblados; Que, mediante el Informe N° 000031-2026-GGR-GRA-SGTES, de fecha 16 de febrero de 2026, la Subgerencia de Tesorería confirma específicamente la disponibilidad de liquidez para viabilizar la transferencia financiera a favor de las municipalidades de centros poblados de la provincia de Trujillo, en este documento técnico se precisa que el monto total a ser transferido asciende a S/ 759,682.00 (Setecientos cincuenta y nueve mil seiscientos ochenta y dos y 00/100 soles), asignación que se sustenta en el criterio de distribución homogénea e igualitaria para los 14 centros poblados de la jurisdicción, con la emisión de esta conformidad, se garantiza que el requerimiento cuente con el respaldo líquido necesario dentro del techo presupuestal de S/ 7,000,000.00 certificado bajo la fuente de financiamiento FONCOR, asegurando que el Gobierno Regional dispone del efectivo inmediato para cumplir con los compromisos del convenio y fortalecer los servicios públicos delegados en Trujillo; Que, mediante el Oficio N° 000382-2026-GRLL-GGR-GRA, de fecha 02 de marzo de 2026, la Gerencia Regional de Administración solicita formalmente a la Gerencia de Presupuesto la emisión del informe técnico de disponibilidad presupuestal necesario para proceder con la suscripción del Convenio de Cooperación Interinstitucional con la Municipalidad Provincial de Trujillo; Que, con Informe Nº 0053-2026-GRLL-GGR-GRP, de fecha 5 de marzo de 2026, la Gerencia Regional de Presupuesto, concluye que, luego de la revisión del expediente se confirma que se cuenta con los recursos para financiar la transferencia financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Trujillo por la suma de S/ 759,682.00 (Setecientos cincuenta y nueve mil seiscientos ochenta y dos con 00/100 soles) verificándose fehacientemente que la propuesta cumple con todas las condiciones técnicas de la Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32513; Que, mediante Informe Técnico N.º 000015-2026-GRLL-GGR-GRPAT-SGP, de fecha 6 de marzo de 2026, la Sub Gerencia de Planeamiento, consideran que la Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial deben emitir opinión favorable respecto para la suscripción y firma del citado CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD Y LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO PARA LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS A LAS MUNICIPALIDADES DE CENTROS POBLADOS; Que, con Oficio Nº 269-2026-GRLL-GGR-GRPAT, de fecha 9 de marzo del 2026, la Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial deriva a la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica el informe técnico, los sustentos y el CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD Y LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO PARA LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS A LAS MUNICIPALIDADES DE CENTROS POBLADOS; a fin de actuar conforme a nuestras competencias, y continuar el trámite; Que, con Informe Legal N° 0074-2026-GRLL-GGR/GRAJ- KAMG, de fecha 10 de marzo del 2026, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica opina que resulta PROCEDENTE aprobar, mediante Acuerdo Regional, la transferencia financiera a favor de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO hasta por la suma de S/ 759,682.00 (SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), destinados al financiamiento, para la prestación de servicios públicos delegados a las Municipalidades de los Centros Poblados, en el marco de la QUINCUAGÉSIMA PRIMERA DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL de la Ley de Presupuesto Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: JYOFVFE

para el año fiscal 2026; transferencia que se hará efectiva previa suscripción de convenio con la Municipalidad Provincial del ámbito geográfico. Asimismo, resulta PROCEDENTE la suscripción del Convenio Cooperación Interinstitucional, entre el Gobierno Regional de La Libertad y la Municipalidad Provincial de Trujillo; Que, en virtud del principio de buena fe y presunción de veracidad, se debe asumir que la información que proporcionan los órganos competentes del Gobierno Regional de La Libertad al Consejo Regional es aquella que se ajusta a la realidad y que es correcta, debiendo proceder conforme a ella. Sin embargo, se prescribe que dicha información, es de naturaleza iuris tantum por tratarse de una presunción que admite prueba en contrario y, por tanto, podrá ser objeto de control concurrente y fiscalización y control posterior por los órganos y organismos correspondientes; precisando que, conforme a la labor remota que vienen realizado los órganos administrativos del Gobierno Regional de La Libertad; El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobierno Regionales Ley N° 27867 y sus modificatorias; y los Artículos 23° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GR-LL/CR; demás normas complementarias, el Pleno del Consejo Regional ACORDO POR UNANIMIDAD:

ARTÍCULO PRIMERO. – APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO hasta por la suma DE S/ 759,682.00 (SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), destinados al financiamiento, para la prestación de servicios públicos delegados a las Municipalidades de los Centros Poblados, en el marco de la QUINCUAGÉSIMA PRIMERA DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL de la Ley de Presupuesto para el año fiscal 2026; transferencia que se hará efectiva previa suscripción de convenio con la Municipalidad Provincial del ámbito geográfico. ARTÍCULO SEGUNDO.- AUTORIZAR a la Gobernadora Regional la suscripción del Convenio respectivo, conforme a lo determinado en la QUINCUAGÉSIMA PRIMERA DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL de la Ley de Presupuesto para el año fiscal 2026, así como disponer las acciones necesarias para la transferencia financiera autorizada en el artículo precedente. ARTÍCULO TERCERO.- DIFUNDIR, el presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano y a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. POR TANTO, MANDO SE REGISTRE, PUBLIQUE Y CUMPLA.

Documento firmado digitalmente por INDHIRA LEYLA ESPIR CALDERON PRESIDENTA DEL CONSEJO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD

Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: JYOFVFE


Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionlalibertad/normas-legales/7924407-059-2026-grll-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9684011/7924407-acuerdo-regional-000059-2026-cr.pdf