Ordenanza Regional N.° 021-2025-GRLL-CR
Not legal advice. This is a community-maintained copy for research — verify against the official source before relying on it. Regional norm text may be OCR-extracted and contain errors.
Firmado digitalmente por CARRANZA BLAS Tania Lorena FAU 20440374248 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 18.09.2025 12:02:24 -05:00
Trujillo, 18 de Septiembre del 2025 Trujillo, 18 de Septiembre de 2025
ORDENANZA REGIONAL N° 000021-2025-GRLL-CR ORDENANZA REGIONAL N° -2025-GRLL-CR DISPONER LA INCORPORACIÓN OBLIGATORIA DEL HIMNO A LA REGIÓN LA LIBERTAD EN LA CURRÍCULA ESCOLAR Y SU ENTONACIÓN EN ACTOS PROTOCOLARES COMO SÍMBOLO DE IDENTIDAD CULTURAL Y COHESIÓN SOCIAL. EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de las facultades conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, así como otras normas complementarias; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: VISTO: En Sesión Ordinaria de Consejo Regional La Libertad, de fecha 11 de setiembre de 2025, y debatido el dictamen de la Comisión Ordinaria de Educación y Cultura, recaído sobre el Proyecto de Ordenanza Regional presentado por la Consejera Regional Tania Lorena Carranza Blas, relativo a disponer la incorporación obligatoria del Himno a la Región La Libertad en la currícula de las instituciones educativas públicas y privadas, así como su entonación en actos protocolares oficiales, y; CONSIDERANDO: Que, el Himno a la Región La Libertad representa una expresión viva de la memoria histórica, los valores y la identidad de los pueblos que conforman esta emblemática región del norte peruano. Su letra y música evocan el espíritu de lucha, la herencia cultural milenaria y la vocación de progreso de sus habitantes; Que, la identidad regional es un componente esencial de la formación integral del ciudadano. Fortalecerla desde la infancia, a través del ámbito educativo, contribuye a formar personas con sentido de pertenencia, respeto por su historia y compromiso con el desarrollo de su comunidad; Que, la Constitución Política del Perú reconoce, en su artículo 2 inciso 19, el derecho de toda persona a su identidad cultural, y en su artículo 44, promueve el bienestar general basado en la justicia, el desarrollo integral y la preservación del patrimonio cultural de la Nación; Que, la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que uno de los fines de la educación es fortalecer la identidad nacional, regional y local, así como promover los valores democráticos y la participación ciudadana; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, en sus artículos 15° y 38°, faculta a los Consejos Regionales a emitir ordenanzas en materias de su competencia, entre ellas la promoción de la cultura y la educación regional, mediante políticas educativas adecuadas a su realidad sociocultural; Firmado digitalmente por MORI BETTETA Carlos Enrique FAU 20440374248 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 18.09.2025 10:53:40 -05:00es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, Esta
aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: BFQTYSL
Que, mediante Ordenanza Regional N° 000002-2024-GRLL/CR, se institucionalizó oficialmente el Himno a la Región La Libertad como símbolo representativo de la región; en consecuencia, corresponde establecer mecanismos normativos para su difusión y aprendizaje sistemático en la educación básica; Que, según el Informe Técnico N 000327-2025-GRLL-GGR-GRE-SGGP, de fecha 12 de agosto del 2025, de la Sub Gerencia de Gestión Pedagógica de la Gerencia Regional de Educación es de la opinión favorable respecto a la propuesta de ordenanza regional que dispone la incorporación obligatoria del himno a la región la Libertad en la curricular escolar y su entonación en actos protocolares como símbolo de identidad cultural y cohesión social; Que, de acuerdo al Informe Legal N°000129-2025-GRLL-GGR-GRAJ-MSJB de fecha 20 de agosto del 2025, la suscrita de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica emite opinión legal PROCEDENTE respecto al Proyecto de Ordenanza Regional Relativo de: “DISPONER LA INCORPORACIÓN OBLIGATORIA DEL HIMNO A LA REGIÓN LA LIBERTAD EN LA CURRÍCULA ESCOLAR Y SU ENTONACIÓN EN ACTOS PROTOCOLARES COMO SÍMBOLO DEIDENTIDAD CULTURALY COHESIÓN SOCIAL”; ratificada por el Gerente Regional de Asesoría Jurídica mediante Oficio N 001516-2025-GRLL-GGR-GRAJ; Que, resulta impostergable incorporar el Himno a la Región La Libertad en los Planes Curriculares de Centro (PCC) y los Proyectos Educativos Institucionales (PEI), así como establecer su entonación obligatoria en actos cívicos, escolares y protocolares, como parte del proceso de construcción de ciudadanía y fomento de la cohesión social en toda la región; Que, estando a lo dispuesto por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su artículo 38°, el Consejo Regional del Gobierno Regional de la Libertad, ha emitido la siguiente: HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: ARTÍCULO PRIMERO. – DISPONER la incorporación obligatoria del Himno a la Región La Libertad en el plan curricular de las instituciones educativas públicas y privadas de la región, desde el nivel inicial hasta la educación secundaria. ARTÍCULO SEGUNDO. – ENCARGAR a la Gerencia Regional de Educación, en coordinación con las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL), la inclusión del contenido, análisis y práctica del Himno a la Región La Libertad en el Eje Integrador Regional: Identidad Cultural, dentro del PCC y el PEI. ARTÍCULO TERCERO. – ESTABLECER que todas las instituciones educativas, así como las dependencias públicas y privadas de la región, deberán entonar el Himno a la Región La Libertad inmediatamente después del Himno Nacional del Perú en todas sus ceremonias oficiales. ARTÍCULO CUARTO. – DISPONER que la Gerencia General del Gobierno Regional, a través de la Oficina de Imagen Institucional y las plataformas digitales oficiales, promueva campañas de difusión y capacitación sobre el Himno a la Región La Libertad en toda la comunidad educativa y ciudadanía. ARTÍCULO QUINTO. – DISPONER que la presente ordenanza entre en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano” y se difunda mediante el portal institucional del Gobierno Regional de La Libertad. Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: BFQTYSL
Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los dieciocho días del mes de septiembre del año dos mil veinticinco.
Documento firmado digitalmente por TANIA LORENA CARRANZA BLAS PRESIDENTA DEL CONSEJO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD
AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad.
Firmado digitalmente por ACUÑA PERALTA Cesar FAU 20440374248 hard Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 30.09.2025 13:02:09 -05:00
Documento firmado digitalmente por CESAR ACUÑA PERALTA GOBERNADOR REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: BFQTYSL
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionlalibertad/normas-legales/7248766-021-2025-grll-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/8765614/7248766-ordenanza-regional-021-2025-cr.pdf