Ordenanza Regional N.° 021-2019-GRLL/CR
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GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD ORDENANZA REGIONAL N° 021-2019-GR-LL/CR
“ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA AGENDA AMBIENTAL REGIONAL LA LIBERTAD 2017-2019”
EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos 191 y 192” de la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de Descentralización, Ley 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, y demás normas complementarias.
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de fecha 05 de noviembre del 2019, el Proyecto de
Ordenanza Regional, Dictaminada por la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Protección del Ambiente, relativo a aprobar la “Agenda Ambiental Regional La Libertad 2017-2019” y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 191” de la Constitución Política del Perú y en concordancia con el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el Artículo 192° establece, que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomenten las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales de desarrollo;
Que, el inciso n), del artículo 35° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece como una competencia exclusiva a cargo de los Gobiernos Regionales, la promoción del uso sostenible de los recursos forestales y de biodiversidad; mientras que los incisos d) y e) del rtículo 36° de la misma norma, dispone como competencias compartidas a cargo de los Gobiernos egionales, la gestión sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental la preservación y administración de las reservas y áreas naturales protegidas regionales;
Que, el inciso a) y b), del artículo 53°, de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son funciones de los Gobiernos Regionales en materia ambiental, Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar planes y políticas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales e Implementar el Sistema Regional de Gestión Ambiental, en concordancia con las Comisiones Ambientales Regionales;
Que, el artículo 17”, de la Ley N* 28611 Ley General del Ambiente, establece que los instrumentos de gestión ambiental podrán ser de planificación, promoción, prevención, entre otros, rigiéndose por sus normas legales respectivas y los principios contenidos en la presente Ley;
Que, el artículo 23° de la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, establece que las Comisiones Ambientales Regionales, CAR, son las instancias de gestión ambiental, de carácter multisectorial, encargadas de coordinar y concertar la política ambiental regional. Promueven el diálogo y el acuerdo entre los sectores público y privado;
E PUELICA DEL Pe,
GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD
Que, el inciso b), del artículo 40° del Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, aprobado por Decreto Supremo N* 008-2005-PCM, establece que corresponde a la Comisión Ambiental Regional, Elaborar participativamente el Plan y la Agenda Ambiental Regional que serán aprobados por los Gobiernos Regionales;
Que, mediante Ordenanza Regional N° 008-2009-GRLL/CR, se constituyó la Comisión Ambiental Regional La Libertad, como un órgano de coordinación, con la finalidad de concertar la política ambiental regional y la aplicación de los instrumentos de gestión ambiental, con la participación de los diversos actores públicos y privados;
Que, mediante la Ordenanza Regional N° 017-2014-GR-LL/CR, se actualiza la Politica Ambiental Regional de La Libertad y se aprueba el Plan de Acción Ambiental Regional 2014-2021;
Que, mediante Ordenanza Regional N° 009-2016-GR-LL/CR, se aprobó la “Agenda Ambiental Regional 2015-2016”, con la finalidad de asegurar el cumplimiento de la Política Regional Ambiental en el ámbito de la Región La Libertad;
Que, según Acta del día 26 de enero del 2018, la Comisión Ambiental Regional La Libertad CARLL, acordó la aprobación de la propuesta de “Agenda Ambiental Regional La Libertad 2017-2019”;
Que, la aprobación e implementación de la “Agenda Ambiental Regional La Libertad 2017-2019”, tiene como finalidad asegurar el cumplimiento de la Política Regional Ambiental, fortaleciendo el desarrollo de la Región La Libertad, mediante la implementación de una gestión ambiental integrada y transectorial, que garantiza la intervención de las gerencias regionales, direcciones regionales sectoriales, y el involucramiento de instituciones públicas y privadas nacionales, regionales y locales;
Que, en atención a lo dispuesto por el Artículo 38° de la Ley N° 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias que señala: “Las Ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”;
Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191” y 192” de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobierno Regionales — Ley 27867 y sus modificatorias; y los artículos 23°, 61” y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010- GRLL/CR; demás normas complementarias; con dictamen de comisión; dispensa de lectura y aprobación de acta; el Pleno del Consejo Regional;
Y ACORDÓ POR UNANIMIDAD: HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: ARTICULO PRIMERO.- APROBAR la “Agenda Ambiental Regional La Libertad 2017-2019”, la
misma que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional, con la finalidad de asegurar el cumplimiento de la Política Regional Ambiental en el ámbito de la Región La Libertad.
ARTICULO SEGUNDO.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional del Ambiente, el seguimiento a la implementación y cumplimiento de la “Agenda Ambiental Regional La Libertad 2017-2019”, en coordinación con la Comisión Ambiental Regional de La Libertad.
ARTÍCULO TERCERO.- ESTABLECER, que las unidades orgánicas del Gobierno Regional La Libertad y las Entidades comprometidas con la ejecución e implementación de la “Agenda Ambiental Regional La Libertad 2017-2019”, prioricen en sus respectivos planes operativos institucionales, las actividades asignadas, de acuerdo a sus competencias y funciones.
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GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD
ARTÍCULO CUARTO.- DERÓGUESE, toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional.
RTÍCULO QUINTO.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su ublicación en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional La
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- Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. Reon En Trujillo, a los cinco dia del mes de noviembre del año dos mil diecinueve. ISESO
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Dr. DAVID OSVALDO CALDERÓN DE LOS RÍOS Presidente
AL SEÑOR GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional La Libertad 1h ROY, 2019
EVER CADENILLAS CORONEL GOBERNADOR —_ (a.i.)
Reg. Doc.: 05483185 Reg. Exp.: 04542129
Fuente: https://www.gob.pe/institucion/regionlalibertad/normas-legales/468396-021-2019-grll-cr PDF: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/577354/295806450409757880220200406-89391-nz0lvw.pdf