Ordenanza Regional N.° 019-2025-GRLL-CR
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Firmado digitalmente por CARRANZA BLAS Tania Lorena FAU 20440374248 soft Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 16.09.2025 09:32:50 -05:00
Trujillo, 16 de Septiembre del 2025 Trujillo, 15 de Septiembre de 2025
ORDENANZA REGIONAL N° 000019-2025-GRLL-CR ORDENANZA REGIONAL N° -2025-GRLL-CR DISPONE LA ADOPCIÓN DE NORMAS Y BUENAS PRÁCTICAS SOBRE PRODUCCIÓN, SISTEMATIZACIÓN LEGISLATIVA Y MEJORA DE LA CALIDAD REGULATORIA EN EL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú, la Ley N.º 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, la Ley N.º 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Decreto Legislativo N.º 1565 – Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, y demás disposiciones complementarias; EL
CONSEJO
REGIONAL
DEL
GOBIERNO
REGIONAL
DE
LA
LIBERTAD
Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 11 de septiembre de 2025, y DEBATIDO el OFICIO N° 118-2025GRLL-CR/COMPLAN que adjunta el DICTAMEN N° 86-2025-GRLL-CR/COMPLAN emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional La Libertad, recaído en el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a aprobar “Establecer la adopción, aplicación y cumplimiento obligatorio de normas nacionales e instrumentos técnicos en materia de producción normativa, sistematización legislativa y mejora de la calidad regulatoria, en el ámbito del Gobierno Regional de La Libertad y sus entidades adscritas, promoviendo el uso de buenas prácticas regulatorias en el ejercicio de la función normativa regional”, y: CONSIDERANDO Que, la Constitución Política del Perú establece en su artículo 191° que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y en su artículo 192°, inciso 6, les reconoce la facultad de dictar normas y disposiciones para su gestión. Que, la Ley N.º 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece en su artículo 15 que los gobiernos regionales ejercen función normativa, y en su artículo 37 señala que el Consejo Regional puede aprobar normas reglamentarias y otras disposiciones de interés regional. Que, el Decreto Legislativo N.º 1565 aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, promoviendo la aplicación del análisis de impacto regulatorio (AIR), la consulta pública, la prepublicación de normas y otros mecanismos orientados a la producción normativa eficaz, coherente y orientada al ciudadano.
Firmado digitalmente por MORI BETTETA Carlos Enrique FAU 20440374248 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 15.09.2025 15:49:59 -05:00es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, Esta
aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: LPQXUJS
Que, en el marco de los compromisos asumidos por el Estado Peruano en el proceso de adhesión a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), resulta prioritario que las entidades regionales adopten estándares regulatorios alineados con buenas prácticas internacionales. Que, la sistematización legislativa, el análisis ex ante de impacto normativo y la consulta pública contribuyen al fortalecimiento institucional, la transparencia y la mejora de la gobernanza regional. Que, de acuerdo al Informe del informe legal N° 249-2025-GRLL-MMCA de fecha 21 de agosto del 2025, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica concluyo, viable la propuesta de ordenanza regional, por estar sus objetivos acorde a las disposiciones legales establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1565- Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, y acorde a las normas reglamentarias señaladas en el Anexo I (que forma parte integrante de dicho proyecto normativo); esto es, estar orientados a fortalecer y armonizar el proceso de mejora de la calidad regulatoria, el marco institucional y los instrumentos que lo rigen como parte de un proceso ordenado, integral, coordinado, gradual y continuo, destinado a promover eficiencia, eficacia, transparencia y neutralidad en el ejercicio de la función normativa del Gobierno Regional La Libertad, lo cual garantizará además el cumplimiento efectivo de las políticas públicas e institucionales del Gobierno Regional de La Libertad. Que, conforme al Informe N° 000011-2025-GRLL-GGR-GRPAT-SGDMI-OLN de fecha 19 de agosto del 2025 de la Sub Gerencia de Desarrollo y Modernización Institucional, donde concluye: Teniendo en consideración el Informe N° 000010-2025-GRLL-GGR-GRPAT-SGDMIOLN (13/08/2025) y las consideraciones expuestas en el presente informe, RESULTA VIABLE TÉCNICAMENTE la iniciativa presentada por la Consejera Regional de la Provincia de Julcán, respecto al Proyecto de Ordenanza Regional reformulado, que “ DISPONE LA ADOPCIÓN DE NORMAS Y BUENAS PRÁCTICAS SOBRE PRODUCCIÓN, SISTEMATIZACIÓN LEGISLATIVA Y MEJORA DE LA CALIDAD REGULATORIA EN EL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD”, dejando constancia que se trata de un proyecto de norma regional perfectible porque su contenido está vinculado preferentemente a atender exigencias normativas de interés regional bajo calidad regulatoria. De igual manera, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica a través del Oficio N°001525-2025-GRLL-GGR-GRAJ que contiene el Informe Legal N°00132-2025-GRLL-GGRGRAJ-MSJB, de fecha 21 de agosto del 2025 es de la opinión legal procedente la presente propuesta de ordenanza. Que, en virtud de lo expuesto, y de conformidad con los artículos 23°, 61° y 63° del Reglamento Interno del Consejo Regional de La Libertad, aprobado mediante Ordenanza Regional N.º 0052010-GRLL/CR; Que, estando a lo acordado y aprobado, por unanimidad, en Sesión Ordinaria, de fecha 11 de septiembre de 2025, en la ciudad de Trujillo, el Consejo Regional del Gobierno Regional de La Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: LPQXUJS
Libertad, en uso de las facultades conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; y; los artículos 23°, 61° y 63° del Reglamento Interno del Consejo Regional de La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR y demás normas complementarias; con dispensa de la lectura y aprobación de Acta; el Pleno del Consejo Regional HA APROBADO POR UNANIMIDAD la siguiente ordenanza regional: ARTÍCULO PRIMERO. – DECLARAR de interés regional prioritario la adopción, aplicación y cumplimiento obligatorio de normas nacionales sobre producción normativa, sistematización legislativa y mejora de la calidad regulatoria en el ámbito del Gobierno Regional de La Libertad. ARTÍCULO SEGUNDO. – ADOPTAR con carácter obligatorio los siguientes dispositivos normativos e instrumentos técnicos emitidos por el Poder Ejecutivo: 1.
Decreto Legislativo N.º 1565
Decreto Supremo N.º 007-2022-JUS
Decreto Supremo N.º 009-2024-JUS
Decreto Supremo N.º 063-2021-PCM
Decreto Supremo N.º 061-2019-PCM
Resolución Ministerial N.º 141-2022-PCM
Resolución Ministerial N.º 151-2021-PCM
Resolución Ministerial N.º 285-2022-PCM
Resolución Ministerial N.º 196-2017-PCM
- Resolución de Secretaría de Gestión Pública N.º 010-2022-PCM/SGP
- Resolución de Secretaría de Gestión Pública N.º 012-2021-PCM-SGP
- Resolución Ministerial N.º 163-2021-PCM
- Resolución Ministerial N.º 124-2021-PCM ARTÍCULO TERCERO. – CREAR la Comisión Institucional de Mejora Regulatoria y Normativa del Gobierno Regional de La Libertad, como órgano técnico encargado de coordinar y supervisar la implementación de las acciones vinculadas a la mejora regulatoria, sistematización legislativa y aplicación de buenas prácticas normativas. La referida Comisión estará integrada por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, la Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial y el Equipo Técnico de la Comisión del Consejo Regional que corresponda, de acuerdo a la naturaleza de la iniciativa legislativa. Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por Gobierno Regional La Libertad, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026- 2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.regionlalibertad.gob.pe:8181/verifica/inicio.do e ingresando el siguiente código de verificación: LPQXUJS
ARTÍCULO CUARTO. – ENCARGAR a la Gerencia General Regional la elaboración y ejecución del Plan de Implementación de Buenas Prácticas Regulatorias y Normativas en un plazo no mayor a 60 días hábiles desde la publicación de la presente ordenanza. ARTÍCULO QUINTO. – DISPONER la prepublicación obligatoria de todos los proyectos de ordenanzas y normas regionales de carácter general en la sede digital del Gobierno Regional de La Libertad, como mecanismo de consulta pública previa. ARTÍCULO SEXTO. – ESTABLECER la aplicación obligatoria del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante (AIR Ex Ante) y del Análisis de Calidad Regulatoria como requisitos previos para la aprobación de normas regionales. ARTÍCULO SÉPTIMO. – DISPONER que la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, en coordinación con la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, organice actividades periódicas de capacitación al personal en técnica normativa, AIR y mejora de la calidad regulatoria. ARTÍCULO OCTAVO. – DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” y en el portal institucional del Gobierno Regional de La Libertad, entrando en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los quince días del mes de septiembre del año dos mil veinticinco
Documento firmado digitalmente por TANIA LORENA CARRANZA BLAS PRESIDENTA DEL CONSEJO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD
AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad. Firmado digitalmente por ACUÑA PERALTA Cesar FAU 20440374248 hard Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 19.09.2025 13:14:26 -05:00
Documento firmado digitalmente por CESAR ACUÑA PERALTA GOBERNADOR REGIONAL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERT
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